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Información Relevante

Abril 3 de 2024

En cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1.1. del artículo 5.2.4.3.1. del Decreto 2555 de 2010, la BMC Bolsa Mercantil de Colombia S.A. - en adelante "la Bolsa" - se permite informar al mercado la modificación de un contrato relevante, en los siguientes términos:

  1. La Junta Directiva de la Bolsa, en Sesión Ordinaria No. 677 del diecinueve (19) de julio de 2023, autorizó a la Presidente de la Bolsa para celebrar el Contrato de Prestación de Servicios No. MADR - 402 - 2023 con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR, cuyo objeto es el siguiente: "Prestar servicios para brindar apoyo a los productores del sector agropecuario, a través de la puesta en marcha de programas que permitan incentivar la competitividad y la reactivación productiva con la finalidad de mejorar las condiciones de comercialización en las zonas afectadas por condiciones socio económicas y/o climáticas adversas, de conformidad con el proyecto denominado "FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS
    CADENAS PRODUCTIVAS AGROPECUARIAS A NIVEL NACIONAL".
  2. Dentro de las obligaciones específicas a cargo de la Bolsa, establecidas en la Cláusula Segunda del Contrato MADR - 402 - 2023, se estipuló lo siguiente:

"2. Implementar programas de coyuntura socioeconómica y climática mediante instrumentos de fortalecimiento productivo y comerciales, siguiendo el Plan Operativo aprobado por el Comité Administrativo, y las resoluciones expedidas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

(…)

"8. Concertar con los operadores de los diferentes programas que se requieran para el cumplimiento del objeto contractual, mediante la celebración de contratos derivados." (Subrayado fuera del texto)

3. En cumplimiento de las obligaciones del señalado Contrato MADR - 402 - 2023, el veintitrés (23) de octubre de 2023, la Bolsa celebró el Contrato de Prestación de Servicios No. 2023 - 013 con SOLUCIONES Y SUMINISTROS AGRÍCOLAS S.A.S., el cual inició su ejecución con la aprobación de las garantías exigidas, el veinticinco (25) de octubre de 2023 y cuyo objeto es el siguiente:

"(…) SOLUCIONES Y SUMINISTROS de manera independiente, sin subordinación, utilizando sus propios medios, elementos de trabajo, con su propio personal y con plena autonomía técnica, administrativa y

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directiva, se obliga con LA BOLSA a la prestación de sus servicios, para la ejecución del Programa de fortalecimiento a dos mil seiscientos cinco (2.605) Productores Agropecuarios afectados por desfavorables condiciones climáticas de los departamentos de la Guajira, Cesar, Atlántico, Sucre, Bolívar y Magdalena, mediante la entrega de insumos, elementos, equipos, acompañamiento técnico, y realización de capacitaciones, en los términos y condiciones establecidos en este Contrato y en los Lineamientos remitidos por el MINISTERIO."

  1. La cuantía del Contrato No. 2023 - 013 se fijó por un valor de QUINCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y OCHO PESOS. MONEDA CORRIENTE ($15.739.771.138 M/CTE.), incluido IVA, y el término de duración se pactó hasta el quince (15) de diciembre de 2023.
  2. El quince (15) de diciembre de 2023, la Bolsa y SOLUCIONES Y SUMINISTROS AGRÍCOLAS S.A.S., suscribieron el Otrosí No. 1 al Contrato No. 2023 - 013, el cual se perfeccionó el diecinueve (19) de diciembre de 2023, con la aprobación de las garantías exigidas.
  3. Mediante el citado Otrosí No. 1 al Contrato No. 2023 - 013, se modificó la Cláusula Tercera - Alcance, con la finalidad de adicionar seiscientos sesenta y nueve (669) Productores Agropecuarios para un total de tres mil doscientos setenta y cuatro (3.274) beneficiarios del Programa e incluir a Córdoba dentro de los departamentos en los cuales se ejecutará el Contrato. Además, se ajustó la distribución de los cupos de beneficiarios del Programa para los departamentos de la Guajira y Magdalena y se incluyó los correspondientes a Córdoba. Igualmente, se incluyeron los rangos de la Unidad Productiva de banano y plátano.

Así mismo, se ajustó el número de capacitaciones y acompañamiento técnico al total de los beneficiarios del Programa en atención a la adición del número de beneficiarios y del departamento de Córdoba.

  1. Adicionalmente, se modificó la Cláusula Séptima - Duración del Contrato, para prorrogar el plazo de ejecución del mismo hasta el día treinta (30) de marzo de 2024.
  2. De igual forma, se modificó la Cláusula Octava - Valor del Contrato, para adicionar al valor total de éste, la suma de TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($3.997.924.392 M/CTE) IVA INCLUIDO, para un valor total del Contrato No. 2023 - 013 de DIECINUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($19.737.695.530 M/CTE.) IVA INCLUIDO,

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que contempla todos los gastos, costos, impuestos, gastos financieros y demás erogaciones requeridas para la ejecución del Programa.

  1. Así mismo, se modificaron los numerales 9.2., 9.3., y 9.4., de la Cláusula Novena - Forma de Pago, con la finalidad de ajustar las formas de desembolso conforme a la adición presupuestal solicitada por el MADR y las instrucciones dadas por el encargado del seguimiento a la ejecución del Contrato. Respecto del primer desembolso del Contrato, se mantiene conforme se dispuso al momento de celebrar el mismo.
  2. En igual sentido, se modificó el Anexo No. 1 denominado: "Presupuesto del Programa", y se ajustó el detalle del costeo del Programa en atención a la adición presupuestal del Contrato la cual se encuentra relacionada con la distribución de nuevos beneficiarios a los departamentos de la Guajira, Magdalena y Córdoba.
  3. El veintitrés (23) de enero de 2024, la Bolsa y SOLUCIONES Y SUMINISTROS AGRÍCOLAS S.A.S., suscribieron el Otrosí No. 2 al Contrato No. 2023 - 013, el cual se perfeccionó el veinticuatro (24) de enero de 2024, con la aprobación de las garantías exigidas.
  4. A través del citado Otrosí No. 2 al Contrato No. 2023 - 013, se modificó la Cláusula Tercera - Alcance, con la finalidad de adicionar cuatrocientos cinco (405) Productores Agropecuarios para un total de tres mil seiscientos setenta y nueve (3.679) beneficiarios del Programa. Así mismo, se ajustó la distribución de los nuevos cupos de beneficiarios del Programa para el departamento de Córdoba.

Además, se ajustó el número de capacitaciones y acompañamiento técnico al total de los beneficiarios del Programa en atención a la adición del número de beneficiarios al departamento de Córdoba.

  1. De igual forma, se modificó la Cláusula Octava - Valor del Contrato, para adicionar al valor total de éste, la suma de DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($2.439.024.390 M/CTE) IVA INCLUIDO, para un valor total del Contrato No. 2023 - 013 de VEINTIDÓS MIL CIENTO SETENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTE PESOS MONEDA CORRIENTE ($22.176.719.920 M/CTE.) IVA INCLUIDO, que contempla todos los gastos, costos, impuestos, gastos financieros y demás erogaciones requeridas para la ejecución del Programa.
  2. Igualmente, se modificaron los numerales 9.3., y 9.4., de la Cláusula Novena
    • Forma de Pago, en aras de ajustar las formas de desembolso conforme a la adición presupuestal solicitada por el MADR y las instrucciones dadas por

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el encargado del seguimiento a la ejecución del Contrato. Respecto del primer y segundo desembolso del Contrato, se mantiene conforme se dispuso al momento de suscribir el Otrosí No. 1 al Contrato No. 2023 - 013.

  1. En igual sentido, se modificó el Anexo No. 1 denominado: "Presupuesto del Programa", y se ajustó el detalle del costeo del Programa en atención a la adición presupuestal del Contrato la cual se encuentra relacionada con la distribución de nuevos beneficiarios del Programa al departamento de Córdoba.
  2. El veintiséis (26) de marzo de 2024, la Bolsa y SOLUCIONES Y SUMINISTROS AGRÍCOLAS S.A.S., suscribieron el Otrosí No. 3 al Contrato No. 2023 - 013, el cual se perfeccionó el tres (3) de abril de 2024, con la aprobación de las garantías exigidas.
  3. Por medio del citado Otrosí No. 3 al Contrato No. 2023 - 013, se modificó la Cláusula Séptima - Duración del Contrato, con la finalidad de prorrogar el plazo de ejecución del mismo hasta el día treinta (30) de abril de 2024.

Bogotá D.C., 3 de abril de 2024

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BMC - Bolsa Mercantil de Colombia SA published this content on 04 April 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 04 April 2024 13:52:06 UTC.