Informe sobre la independencia del auditor externo de Neinor Homes S.A. para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2023

La Dirección de Auditoría Interna de Neinor Homes S.A. (en adelante, "Neinor Homes" o la "Sociedad"), como función delegada de la Comisión de Auditoría y Control (CAC), es la encargada, entre otras funciones, de evaluar anualmente la independencia y objetividad del auditor externo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital1, en nuestro Reglamento de la CAC2 y en la guía técnica sobre comisiones de auditoría 3/2017 emitida por la Comisión nacional del mercado de valores (CNMV) 3

Con carácter previo a la emisión del presente Informe, el auditor de cuentas, Deloitte S.L., ha remitido a la CAC una declaración escrita confirmando su independencia en la que indica que ha cumplido con los requerimientos de independencia aplicables de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, emitido por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio y su normativa de desarrollo. Se adjunta una copia al final del presente informe.

Es por ello que durante la realización del trabajo de auditoría de cuentas anuales consolidadas de Neinor Homes S.A. y sociedades dependientes (Grupo Neinor Homes) para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2023, así como el resto de los servicios prestados adicionales a la auditoría legal que se han llevado a cabo por parte del auditor externo, se han puesto de manifiesto los siguientes aspectos:

  • Se han establecido las oportunas relaciones con el auditor de cuentas para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo su independencia, para su posterior análisis por la Dirección de Auditoría Interna y la CAC.
  • No se han detectado errores u omisiones de información por parte del auditor externo que puedan poner en duda la independencia y objetividad de los trabajos realizados.
  • Desde Neinor se ha facilitado y proporcionado acceso a todos los datos y procedimientos relevantes para el desarrollo del trabajo. Entre éstos se incluyen: registros contables, contratos, convenios, acuerdos, políticas y procedimientos internos, etc.
  • El auditor de cuentas ha garantizado que, en aplicación de sus procedimientos internos, no ha identificado circunstancias que pudieran suponer una amenaza significativa a su independencia y que, por tanto, pudiesen suponer causas de incompatibilidad.
  • Desde Auditoría Interna se ha verificado que se ha cumplido la política de "Prestación de servicios distintos de auditoría por auditor externo"
  • Los auditores de cuentas, cumpliendo con los artículos 80 y 81 del Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba un desarrollo de la Ley 22/2015, de auditoría de cuentas, han presentado al comité de auditoría para su aprobación tres operaciones de verificación relativas al EINF (auditoría de información no financiera), verificación del periodo de pago y el SCIIF que ascienden a 50 K entre ambos. (Revisiones que se circunscriben a la Auditoría Global, pero que son independientes de la auditoría de información financiera).
    Para estos encargos, los auditores han presentado por informe todos los análisis y salvaguardas para mantener su independencia.
    Estos servicios han sido aprobados por el comité de auditoría, previamente a su realización.
  1. La normativa a la que se hace referencia es el artículo 529 quaterdecies sobre "Comisión de Auditoría" del Real Decreto
    Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
  2. La normativa a la que se hace referencia es el punto 9.6.d.iii sobre "Funciones generales de auditoría externa" del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control.
  3. La regulación se detalla en el apartado 65 de la guía tecnica 3/2017.

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Adicionalmente, en la citada declaración del auditor externo en la que confirma su independencia, se adjunta la relación de todos y cada uno de los servicios profesionales prestados tanto de auditoría de cuentas y relacionados, como de otra índole, y sus correspondientes honorarios (ver informe de Deloitte posterior).

Finalmente, consideramos destacable que en el presente ejercicio no se han prestado servicios que no sean de verificación relacionados con la auditoría.

En este sentido, se concluye que la independencia del auditor de cuentas no resulta comprometida ya que no se han identificado aspectos que puedan poner en duda esta cuestión.

Madrid, 21 de febrero de 2024.

Álvaro Conde (Dirección de Auditoría Interna y Riesgos)

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Neinor Homes SA published this content on 15 March 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 16 March 2024 17:26:04 UTC.