RESUMEN DE ACUERDOS

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL DE ACCIONISTAS

29 DE ABRIL DE 2024

URBI, DESARROLLOS URBANOS, S.A.B. DE C.V.

PRIMERA.- Se tiene por rendido y se aprueba en sus términos el informe del Director General de la Sociedad, a que se refiere el artículo 44, fracción XI, de la Ley del Mercado de Valores, respecto del ejercicio social que concluyó el 31 de diciembre de 2023, incluyendo los estados financieros auditados de la Sociedad y sus subsidiarias correspondientes a dicho ejercicio, para lo cual se tomaron en cuenta la opinión favorable del Consejo de Administración sobre el contenido del referido informe del Director General, y el dictamen de los auditores externos, mismos que se tienen por presentados.

SEGUNDA.- Se tiene por rendido y se aprueba en sus términos el informe sobre las principales políticas y criterios contables y de información seguidos en la preparación de la información financiera de la Sociedad durante el ejercicio social concluido el 31 de diciembre de 2023.

TERCERA.- Se tiene por rendido y se aprueba en sus términos el informe sobre las actividades del Consejo de Administración y las operaciones en las que intervino el propio Consejo, durante el ejercicio social concluido el 31 de diciembre de 2023.

CUARTA.- Se tienen por rendido y se aprueba en sus términos el informe sobre las actividades del Comité de Auditoría y Prácticas Societarias durante el ejercicio social concluido el 31 de diciembre de 2023, elaborado de conformidad con el artículo 43 de la Ley del Mercado de Valores.

QUINTA.- Agréguese un ejemplar de los documentos mencionados al expediente de la presente acta.

SEXTA.- Se aprueban todas y cada una de las operaciones llevadas a cabo por la Sociedad y sus subsidiarias durante el ejercicio social que concluyó el 31 de diciembre de 2023, y se ratifican todos y cada uno de los actos realizados por el Consejo de Administración, su Presidente Ejecutivo y demás miembros, y el Secretario y Prosecretario del mismo; por el Comité de Auditoría y Prácticas Societarias, y su Presidente y demás miembros; así como por el Director General y demás directivos relevantes de la Sociedad, en el desempeño de sus respectivos encargos.

SÉPTIMA.- Se aprueba que la Sociedad quede obligada a sacar en paz y a salvo a los miembros y funcionarios del Consejo de Administración, y del Comité de Auditoría y Prácticas Societarias; al Secretario y Prosecretario; y al Director General y demás directivos relevantes, de cualquier reclamación, demanda, procedimiento o investigación que pudiera iniciarse en México o en cualesquiera de los países en los que se encuentren registradas o coticen las acciones de la Sociedad, otros valores emitidos con base en dichas acciones u otros valores de renta fija o variable emitidos por la propia Sociedad, en los que dichas personas pudieran ser partes en su calidad de miembros de dichos órganos, propietarios y suplentes, y funcionarios o directivos, incluyendo el pago de cualquier daño o perjuicio que se hubiera causado y las cantidades necesarias para llegar, en caso de estimarse oportuno, a una transacción, así como la totalidad de los honorarios y gastos de los abogados y otros asesores que se contraten para velar por los intereses de esas personas en los supuestos mencionados, en el entendido de que será el Consejo de Administración

el órgano facultado para determinar, en los supuestos antes mencionados, si considera conveniente contratar los servicios de abogados y otros asesores diferentes a los que se encuentren asesorando a la Sociedad en el caso que corresponda. Lo anterior, en el entendido de que dicha obligación no será aplicable respecto de las responsabilidades que resulten de actos dolosos o de mala fe, o deriven de actos hechos u omisiones a que hacen referencia los artículos 34, 35 y 36 de la Ley del Mercado de Valores.

OCTAVA.- Se resuelve que de la utilidad neta del ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2023, reflejada en los estados financieros auditados de la Sociedad y sus subsidiarias correspondientes al ejercicio social concluido el 31 de diciembre 2023, se separe el equivalente al 5% (cinco por ciento) para la constitución de la reserva legal, y el 95% (noventa y cinco por ciento) restante se aplique a la cuenta de resultados acumulados.

NOVENA.- Se resuelve reelegir a los señores CUAUHTÉMOC PÉREZ ROMAN, JEAN VAN DE WALLE, THOMAS SAMUELSON, ALEJANDRO RODRÍGUEZ MIRELLES, NETZAHUALCÓYOTL PÉREZ ROMAN, HUMBERTO VALDÉS MIER, ADOLFO MURRIETA NAVARRO, PABLO VALENZUELA REYES y HÉCTOR FRANCISCO MUNGUÍA ROMO, como miembros propietarios del Consejo de Administración, sin que se designen suplentes.

DÉCIMA.- Se reelige al señor CUAUHTÉMOC PÉREZ ROMAN como Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración.

DÉCIMA PRIMERA.- Se hace constar la calificación que hace la Asamblea sobre la independencia de los señores JEAN VAN DE WALLE, THOMAS SAMUELSON, ALEJANDRO RODRÍGUEZ MIRELLES, HUMBERTO VALDÉS MIER y PABLO VALENZUELA REYES, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley del Mercado de Valores.

DÉCIMA SEGUNDA.- Como consecuencia, el Consejo de Administración de la Sociedad queda integrado como sigue:

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

CUAUHTÉMOC PÉREZ ROMÁN (Presidente Ejecutivo del Consejo)

JEAN VAN DE WALLE(*)

THOMAS SAMUELSON(*)

ALEJANDRO RODRÍGUEZ MIRELLES(*)

NETZAHUALCÓYOTL PÉREZ ROMÁN

HUMBERTO VALDÉS MIER(*)

ADOLFO MURRIETA NAVARRO

PABLO VALENZUELA REYES(*)

HÉCTOR FRANCISCO MUNGUÍA ROMO

(*) Consejero Independiente

DÉCIMA TERCERA.- Se ratifica a los señores licenciados JAIME CORTÉS ÁLVAREZ y AGUSTÍN ERNESTO GARAY CUARENTA, como Secretario y Prosecretario del Consejo de Administración de la Sociedad, no miembros del mismo, respectivamente.

DÉCIMA CUARTA.- Se ratifica como miembros del Comité de Auditoría y Prácticas Societarias, a los señores JEAN VAN DE WALLE, THOMAS SAMUELSON, ALEJANDRO

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RODRÍGUEZ MIRELLES, HUMBERTO VALDÉS MIER y PABLO VALENZUELA REYES , y, como Presidente del propio comité, al señor HUMBERTO VALDÉS MIER.

DÉCIMA QUINTA.- Se ratifica, para el ejercicio de 2024, el esquema de remuneración a los consejeros, consistente en la cantidad de $72,500.00 M.N. (SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), por cada reunión del Consejo o de los Comités, a la que asistan, incrementándose dicho importe en un 15% (QUINCE POR CIENTO) para los Presidentes de los Comités, y un 20% (VEINTE POR CIENTO) adicional, en caso de que el consejero deba viajar a la reunión.

DÉCIMA SEXTA.- Se resuelve llevar a cabo el reembolso y la correspondiente cancelación de las acciones representativas de la parte variable del capital social de la Sociedad, a razón de $111.88 M.N. (CIENTO ONCE PESOS Y OCHENTA Y OCHO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL) por cada acción reembolsada (en lo sucesivo, el "Reembolso de Acciones").

DÉCIMA SÉPTIMA.- Se resuelve que el referido Reembolso de Acciones se realice para todos los accionistas tenedores de acciones representativas de la parte variable del capital social en circulación, salvo aquellos accionistas que opten por no participar del Reembolso de Acciones, y así lo manifiesten dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de la fecha de publicación del aviso correspondiente en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles de la Secretaría de Economía, mediante la presentación, en ese mismo plazo, a la Sociedad, ya sea directamente o, en el caso de los tenedores de acciones depositadas en la S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V., por conducto de sus respectivos custodios, del escrito de manifestación de su voluntad de no participar del Reembolso de Acciones en los términos del formato que la Sociedad pondrá a disposición de los accionistas.

DÉCIMA OCTAVA.- Se acuerda que el Reembolso de Acciones sea pagadero en efectivo el segundo día hábil siguiente a la fecha en que concluya el referido plazo de veinte días hábiles concedido a los accionistas para manifestar su voluntad de no participar del Reembolso de Acciones.

DÉCIMA NOVENA.- Se resuelve que, como consecuencia del Reembolso de Acciones, se disminuya la parte variable del capital social por la cantidad de hasta $1,295'175,127.96

M.N. (UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTISIETE PESOS Y NOVENTA Y SEIS CENTAVOS, MONEDA NACIONAL), en el entendido de que el monto total de la disminución de la parte variable del capital social será determinado en definitiva por el Secretario del Consejo de Administración una vez que se conozca el número de acciones efectivamente reembolsadas y canceladas.

VIGÉSIMA.- Se acuerda que el Reembolso de Acciones y la consecuente disminución de capital se efectúen con base en los estados financieros de la Sociedad al 31 de marzo de 2024, incluidos en el último reporte trimestral presentado a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y a la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V. el pasado 26 de abril de 2024, mismos que se aprueban para tales efectos. Asimismo, se aprueba que el Reembolso de Acciones se pague con cargo al saldo de la cuenta de capital de aportación, debiéndose considerar al respecto lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente y demás disposiciones aplicables.

VIGÉSIMA PRIMERA.- Se autoriza e instruye al Secretario y al Prosecretario del Consejo de Administración de la Sociedad a publicar los avisos correspondientes, efectuar los asientos

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respectivos en los libros corporativos de la Sociedad, y realizar los actos y gestiones necesarios para la actualización de la inscripción de las acciones de la Sociedad en el Registro Nacional de Valores que lleva la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como para retirar en su momento los títulos respectivos cancelados de la S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V. Asimismo, se autoriza al Secretario del Consejo a (i) determinar, con base en la información recibida de parte de los accionistas, el número de las acciones efectivamente reembolsadas y canceladas, así como el monto de la consecuente disminución de la parte variable del capital social, y (ii) a realizar cualesquiera modificaciones o ajustes al acta de la presente Asamblea, que, en su caso, se requieran con motivo del referido trámite de actualización de inscripción.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- Se aprueba la designación de los señores licenciados JAIME CORTÉS ÁLVAREZ, AGUSTÍN ERNESTO GARAY CUARENTA y SERGIO ALEJANDRO VARGAS GALINDO, como delegados especiales de la presente Asamblea, para que, en caso de ser necesario, comparezcan conjunta o separadamente ante el Notario Público de su elección a protocolizar el acta de la presente Asamblea; expidan las certificaciones de esta acta o cualquiera de sus partes que fueran necesarias, y lleven a cabo los actos necesarios para formalizar, dar cumplimiento y ejecutar las resoluciones adoptadas por esta Asamblea.

No habiendo otro asunto que tratar, se suspendió la Asamblea por el tiempo necesario para la redacción de la presente Acta, la cual fue leída y aprobada por todos los asistentes, firmándola para su constancia el Presidente y Secretario de la Asamblea, el mismo día de su fecha.

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