TEXTO ÍNTEGRO DE LA PROPUESTA DE ACUERDOS A SOMETER A LA JUNTA

GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE 2022 DE LA SOCIEDAD

AUDAX RENOVABLES, S.A.

ORDEN DEL DÍA

  1. Examen y aprobación de las cuentas anuales individuales y del informe de gestión individual correspondientes al ejercicio 2021
    Acuerdo que se propone
    Aprobar las cuentas anuales individuales de la Sociedad, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021, comprensivas del balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria, todos ellos en forma ordinaria, tal y como han sido formulados por el consejo de administración y verificados por el auditor de cuentas de la Sociedad según resulta del correspondiente informe de auditoría. Aprobar asimismo el informe de gestión individual correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021 (inclusivo del informe anual de gobierno corporativo), tal y como ha sido formulado por el consejo de administración.
    Las cuentas anuales individuales y el informe de gestión fueron puestos a disposición de los accionistas, tanto en el domicilio social como en la página web de la Sociedad desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria.
  2. Examen y aprobación de las cuentas anuales consolidadas y del informe de gestión consolidado correspondientes al ejercicio 2021
    Acuerdo que se propone
    Aprobar las cuentas anuales consolidadas de la Sociedad correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021, comprensivas del balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria, todos ellos consolidados, tal y como han sido formulados por el consejo de administración y verificados por el auditor de cuentas de la Sociedad según resulta del correspondiente informe de auditoría. Aprobar asimismo el informe de gestión consolidado correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021 (inclusivo del estado de información no financiera con su correspondiente informe de verificación independiente, así como del informe anual de gobierno corporativo), tal y como ha sido formulado por el consejo de administración y verificado por un prestador independiente de servicios de verificación, según se desprende de su informe de verificación.
    Las cuentas anuales y el informe de gestión consolidados fueron puestos a disposición de los accionistas, tanto en el domicilio social, como en la página web de la Sociedad desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria.

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  1. Examen y aprobación de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio 2021 Acuerdo que se propone
    De la cuenta de pérdidas y ganancias individual aprobada se desprende que la Sociedad, durante el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021, ha obtenido un resultado negativo (pérdidas) por importe de 4.935.471 euros, que se acuerda sea aplicado conforme a la propuesta efectuada por el consejo de administración y, en consecuencia, de la siguiente manera:
    A resultados negativos de ejercicios anteriores: 4.935.471 euros.
  2. Examen y aprobación del estado de información no financiera correspondiente al ejercicio 2021
    Acuerdo que se propone
    De conformidad con lo previsto en la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, en materia de información no financiera y diversidad, aprobar el estado de información no financiera de la Sociedad correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021 tal y como ha sido formulado por el consejo de administración y verificado por un prestador independiente de servicios de verificación, según se desprende de su informe de verificación.
    El referido estado figura incluido en el informe de gestión consolidado correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021, formando parte integrante del mismo.
  3. Aprobación de la gestión del consejo de administración y de sus comisiones en el ejercicio 2021
    Acuerdo que se propone
    Aprobar la gestión de los miembros del consejo de administración y de todos los actos realizados por el consejo de administración y sus comisiones durante el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021.
  4. Reelección de D. Francisco José Elías Navarro como consejero ejecutivo de la Sociedad
    Acuerdo que se propone
    Reelegir como consejero ejecutivo, por un nuevo período estatutario de cuatro (4) años, a D. Francisco José Elías Navarro, mayor de edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en carrer del Temple 25, 08911 Badalona (Barcelona) y provisto de DNI número 46.063.099-X, en vigor.
    En cumplimiento de lo establecido en los apartados 4, 5 y 6 del artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("LSC"), se deja constancia de que: (i) el consejo de administración ha propuesto la reelección de D. Francisco José Elías Navarro como consejero ejecutivo en su reunión de fecha 12 de mayo de 2022, según

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resulta de la propuesta adjunta al acta de dicha sesión; y (ii) la propuesta de reelección de D. Francisco José Elías Navarro como consejero ejecutivo fue precedida por el preceptivo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, emitido en su reunión de fecha 29 de septiembre de 2021.

  1. Reelección de D. Eduard Romeu Barceló como consejero ejecutivo de la Sociedad Acuerdo que se propone
    Reelegir como consejero ejecutivo, por un nuevo período estatutario de cuatro (4) años, a D. Eduard Romeu Barceló, mayor de edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en carrer del Temple 25, 08911 Badalona (Barcelona) y provisto de DNI número 46.566.233-L, en vigor.
    En cumplimiento de lo establecido en los apartados 4, 5 y 6 del artículo 529 decies LSC, se deja constancia de que: (i) el consejo de administración ha propuesto la reelección de D. Eduard Romeu Barceló como consejero ejecutivo en su reunión de fecha 12 de mayo de 2022, según resulta de la propuesta adjunta al acta de dicha sesión; y (ii) la propuesta de reelección de D. Eduard Romeu Barceló como consejero ejecutivo fue precedida por el preceptivo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, emitido en su reunión de fecha 29 de septiembre de 2021.
  2. Reelección de D. Josep Maria Echarri Torres como consejero independiente de la Sociedad
    Acuerdo que se propone
    Reelegir como consejero independiente, por un nuevo período estatutario de cuatro (4) años, a D. Josep Maria Echarri Torres, mayor de edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en Elgoibar Kalea 9, 20014, San Sebastián y provisto de DNI número 44.019.250-X, en vigor.
    En cumplimiento de lo establecido en los apartados 4 y 5 del artículo 529 decies LSC, se deja constancia de que: (i) la comisión de nombramientos y retribuciones ha propuesto la reelección de D. Josep Maria Echarri Torres como consejero independiente en su reunión de fecha 29 de septiembre de 2021, según resulta de la propuesta adjunta al acta de dicha sesión; y (ii) dicha propuesta de reelección fue secundada por el preceptivo informe justificativo de evaluación de la competencia, experiencia y méritos de D. Josep Maria Echarri Torres, emitido por el consejo de administración en fecha 12 de mayo de 2022, adjuntándose el referido informe al acta de la reunión del consejo de administración.
  3. Votación consultiva del informe anual sobre remuneraciones de los consejeros correspondiente al ejercicio 2021
    Acuerdo que se propone
    Aprobar, con carácter consultivo, el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros relativo al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2021, que incluye información sobre la política de remuneraciones de la Sociedad vigente para el año en curso, un resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones durante el

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ejercicio social 2021, así como el detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros.

Su texto íntegro se puso a disposición de los accionistas junto con el resto de la documentación relativa a la junta general de accionistas con carácter previo a la fecha de publicación del anuncio de convocatoria.

  1. Determinación del importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los consejeros en su condición de tales
    Acuerdo que se propone
    De conformidad con el artículo 18º de los estatutos sociales de la Sociedad, aprobar que la retribución para los consejeros en su condición de tales para el ejercicio 2022 ascienda a un importe máximo conjunto de 300.000 euros.
  2. Determinación del importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los consejeros con funciones ejecutivas
    Acuerdo que se propone
    De conformidad con el artículo 18º de los estatutos sociales de la Sociedad, aprobar que la retribución para los consejeros ejecutivos por sus funciones ejecutivas para el ejercicio 2022 ascienda a un importe máximo conjunto de 500.000 euros.
  3. Aprobación de la creación de un nuevo artículo 10º bis y modificación del artículo 15º de los estatutos sociales, relativo a la celebración de las juntas generales de accionistas por medios exclusivamente telemáticos
    Acuerdo que se propone
    Crear el artículo 10º bis y modificar el artículo 15º de los estatutos sociales (último párrafo) de los estatutos sociales, con el fin de posibilitar la celebración de juntas de forma exclusivamente telemática según lo establecido en el artículo 182 bis LSC introducido por la Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas (la "Ley 5/2021"). Por consiguiente, los artículos 10º bis y 15º de los estatutos sociales tendrán, en lo sucesivo, la siguiente redacción:
    "Artículo 10º bis.- Junta general exclusivamente telemática.
    La Junta podrá ser convocada asimismo para su celebración de forma exclusivamente telemática y, por tanto, sin asistencia física de los accionistas, de sus representantes y, en su caso, de los miembros del Consejo de Administración.
    La celebración de la Junta de forma exclusivamente telemática se ajustará a las previsiones legales y estatutarias así como al desarrollo de las mismas contenidas en el Reglamento de la Junta General y, en todo caso, estará supeditada a que la

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identidad y legitimación de los accionistas y de sus representantes se halle debidamente garantizada y a que todos los asistentes puedan participar efectivamente en la reunión mediante los medios de comunicación a distancia admitidos en el anuncio de convocatoria, tanto para ejercitar en tiempo real los derechos que les correspondan, como para seguir las intervenciones de los demás asistentes por los medios indicados, teniendo en cuenta el estado de la técnica y las circunstancias de la Sociedad."

"Artículo 15º.- Una vez aprobada el acta de la Junta de cualquiera de las formas legalmente previstas, los acuerdos sociales serán inmediatamente ejecutivos y obligatorios para todos los socios.

En cuanto a documentación, elevación a instrumento público y modo de acreditar los acuerdos sociales se estará a lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital y en el Reglamento del Registro Mercantil. El Consejo de Administración podrá requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta, y estará obligado a hacerlo siempre que, con cinco días de antelación al previsto para la celebración de la Junta, lo soliciten accionistas que representen, al menos, el uno por ciento del capital social o en aquellos supuestos en los que la Junta vaya a celebrarse de forma exclusivamente telemática. El acta notarial tendrá la consideración de acta de la Junta."

Las presentes modificaciones estatutarias han sido objeto de informe por parte del consejo de administración de conformidad con lo previsto en el artículo 286 LSC, copia del cual, junto con el texto íntegro de las modificaciones propuestas, se puso a disposición de los accionistas junto con el resto de la documentación relativa a la junta general de accionistas en la fecha de publicación del anuncio de convocatoria.

13. Aprobación de la creación de un nuevo artículo 14ª bis de los estatutos sociales, relativo a las acciones de lealtad

Acuerdo que se propone

Crear el artículo 14º bis de los estatutos sociales, con el fin de hacer aplicables a la Sociedad los preceptos relativos a las acciones de lealtad, de conformidad con lo establecido en los artículos 527 ter y siguientes de la LSC introducidos por la Ley 5/2021. Por consiguiente, el artículo 14º bis de los estatutos sociales tendrá, en lo sucesivo, la siguiente redacción:

"Artículo 14º bis.- Acciones con voto adicional por lealtad

Se confiere, de conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, un voto doble por lealtad a cada acción de la que sea titular un mismo accionista durante dos (2) años consecutivos ininterrumpidos desde la fecha de inscripción en el libro registro especial creado conforme a lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital.

A estos efectos, por voto doble se entiende el doble de los votos que correspondan a cada una de las acciones en función de su valor nominal.

Las acciones con voto doble por lealtad no constituirán una clase separada de acciones

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