No. De entrada, los planes de pensiones no tributan en el impuesto sobre sucesiones y donaciones, sino en el del IRPF. El resto de bienes (valores, unit linked, cuentas, rentas vitalicias, fondos y carteras, estructurado e inmuebles) tributan por el impuesto sobre sucesiones y quedarán bloqueados hasta que se paguen los impuestos que se gravan.

La ley determina que los seguros de vida, igual que las rentas vitalicias y los unit linked, tienen una liquidez anticipada porque no forman parte de la masa hereditaria estrictamente.

Esto supone que los herederos podrían disponer del capital resultante de estos productos con anterioridad a la tributación por la totalidad de la herencia. Esta posibilidad permite obtener liquidez para afrontar el pago de los impuestos.

Además de lo anterior, estos productos también gozan de una reducción específica en el impuesto sobre sucesiones, hecho que puede reducir considerablemente su tributación.

La vivienda habitual del fallecido también tiene un tratamiento especial dependiendo de la comunidad autónoma. Lo mismo sucede con las empresas familiares.

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