MONTERREY, MEXICO. 4 DE DICIEMBRE DE 2020.- CEMEX, S.A.B. de C.V. ("CEMEX") (BMV: CEMEXCPO) informa que su subsidiaria indirecta, CEMEX Latam Holdings, S.A. ("CLH"), informó a la Superintendencia Financiera de Colombia que su subsidiaria, CEMEX Colombia S.A. ("CEMEX Colombia"), también subsidiaria indirecta de CEMEX, le fue notificada el día de hoy una sentencia favorable expedida en fecha 26 de noviembre de 2020, por la Sección Cuarta del Consejo de Estado referente al proceso administrativo sobre el procedimiento notificado en el 2011 por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ("DIAN"), en el cual la DIAN rechazó ciertas deducciones hechas por CEMEX Colombia en su declaración de impuestos del ejercicio fiscal 2009. El proceso administrativo se encontraba en apelación ante el Consejo de Estado desde julio de 2014, y éste ha sido resuelto en favor de CEMEX Colombia. Contra esta sentencia no procede recurso de reposición y ni apelación alguna. Con base a esta sentencia, CEMEX Colombia no tendrá que pagar impuestos adicionales, ni multas o intereses a la DIAN respecto al año gravable 2009.

El fallo a favor de CEMEX Colombia contempla adicionalmente la unificación de la jurisprudencia del Consejo de Estado sobre el entendimiento y alcance de las reglas de relación de causalidad, proporcionalidad y necesidad de las erogaciones, incluidas en el artículo 107 del Estatuto Tributario de Colombia, que fueron la base para el fallo a favor de CEMEX Colombia.

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