MODELO DE DECLARACIÓN DEL AUDITOR EXTERNO INDEPENDIENTE CONFORME AL ARTÍCULO 37 DE LAS DISPOSICIONES

En los términos del artículo 37 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades y emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la "Comisión") que contraten servicios de auditoría externa de Estados Financieros Básicos (las "Disposiciones"), en nuestro carácter de auditores externos de los estados financieros por el año que terminó el 31 de diciembre de 2020 de Compañía Minera Autlán, S. A. B. de C. V., declaramos lo siguiente:

  1. El que suscribe declaro que cumplo con los requisitos señalados en los artículos 4 y 5 de las disposiciones, según lo manifiesto en el Documento de Declaración anexo, así como que soy contador público titulado (o licenciado en contaduría pública) con título expedido por la Secretaria de Educación Pública, con certificado emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C. número 538 expedido el 1 de mayo de 2018. Asimismo, cuento con Número de Registro en la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF) del SAT 18353 expedido el 30 de abril de 2014. Por otra parte, Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C. (el "Despacho") cuenta con número de registro en la AGAFF del SAT 7433.
  1. Declaro que desde la fecha en que se prestan los servicios de auditoría externa, durante el desarrollo de la auditoría externa y hasta la emisión de nuestro Informe de Auditoría Externa de fecha 23 de febrero de 2021, así como de las fechas de los comunicados y opiniones requeridos conforme a lo señalado en el artículo 15 de las Disposiciones, cumplimos con los requisitos a que se refieren los artículos 4 y 5 de las Disposiciones, así como que el Despacho se ajusta a lo previsto en los artículos 6, 9 y 10, en relación con el artículo 14 de las Disposiciones.
  1. Declaro que el Despacho cuenta con evidencia documental de la implementación del sistema de control de calidad a que se refiere el artículo 9 de las Disposiciones y participa en un programa de evaluación de calidad que se ajusta a los requisitos que se contemplan en el artículo 12 de las Disposiciones.

Informo que tengo 2 años como auditor externo independiente y he realizado la auditoría de Estados Financieros Básicos de Compañía Minera Autlán, S. A. B. de C. V. y que Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C. ha prestado durante 7 años de servicios de auditoría externa.

Mediante este documento, manifiesto mi consentimiento expreso para proporcionar a la Comisión la información que esa nos requiera a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos mencionados.

Asimismo, nos obligamos a conservar la información que ampare el cumplimento de los requisitos mencionados en este manifiesto, físicamente o través de imágenes en formato digital, en medio ópticos o magnéticos, por un plazo mínimo de cinco años contados a partir de que se concluya la auditoría de Estados Financieros Básicos de la Entidad regulada.

Atentamente

C.P.C. Agustin Martinez Tamez

Galaz, Yamazaki,

Ruiz Urquiza, S.C.

Ave. Juárez 1102, piso 40 colonia Centro,

64000 Monterrey, México

Tel: +52 (81) 8133 7300

www.deloitte.com/mx

Anexo A

DECLARACIÓN DEL AUDITOR EXTERNO INDEPENDIENTE A LA EMISORA COMPAÑÍA MINERA AUTLÁN, S. A. B. DE C. V.

En los términos de los artículos 4 y 5 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las Entidades y Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de Estados Financieros Básicos (las "Disposiciones"), en mi carácter de auditor externo de los Estados Financieros Consolidados por el año que terminará el 31 de diciembre de 2020 de Compañía Minera Autlán, S. A. B. de C. V. y Subsidiarias, manifiesto lo siguiente:

  • Soy Socio del Despacho Galaz, Yamazaki, Ruiz, Urquiza S.C. (El "Despacho"), desde el año 2013.
  • Cuento con el registro vigente expedido por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria (AGAFF) número 18353 y/o con la certificación como contador público emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C. con número 538, expedido el 1 de mayo de 2018.
  • Cuento con la experiencia profesional necesaria para desarrollar labores de auditoría externa en los términos de la fracción III del Artículo 4 de las Disposiciones.
  • Soy independiente en términos del Artículo 6, Capítulo II de las Disposiciones.
  • No estoy suspendido ni expulsado de mis derechos como miembro de la asociación profesional a la que pertenezco.
  • No he sido ni estoy condenado por sentencia irrevocable por delito patrimonial o doloso que haya ameritado pena corporal.
  • No estoy inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano, así como no he sido declarado en quiebra o concurso mercantil sin que haya sido rehabilitado.
  • No tengo antecedentes de suspensión o cancelación de alguna certificación o registro que se requiera para fungir como Auditor Externo Independiente, por causas imputables a mí y que hayan tenido su origen en conductas dolosas o de mala fe.
  • No he sido ni he tenido ofrecimiento para ser consejero o directivo de la Emisora o, en su caso, con su controladora, subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial o Consorcio.
  • No tengo litigio alguno pendiente con la Emisora o, en su caso, con su controladora, subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial o Consorcio.
  • En el Anexo B Se entrega constancia firmada por el Director General del Despacho, dirigida a la Comisión Técnica de Calidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C., sobre el cumplimiento con lo dispuesto en la Norma Internacional de Control de Calidad 1 "Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros básicos, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados" emitida por el Consejo de Normas
    Internacionales de Auditoría y Aseguramiento de la Federación Internacional de Contadores. Se ha asignado un socio de revisión de la calidad del compromiso (EQCR) en los términos de la Norma
    Internacional de Control de Calidad 1 y la Norma Internacional de Auditoría (NIA 220) "Control de calidad de la auditoría de estados financieros". De conformidad con el artículo 9 y 10 de las Disposiciones.
  • En el Despacho contamos con una política actualizada para el archivo de papeles de trabajo de auditoría.
  • El equipo del compromiso y yo cumplimos con las normas profesionales y los requisitos de calidad aplicables y contamos con la capacidad técnica para el desarrollo del trabajo al que hacen referencia las disposiciones aplicables.

Deloitte se refiere a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad privada de responsabilidad limitada en el Reino Unido, y a su red de firmas miembro, cada una de ellas como una entidad legal única e independiente. Conozca en www.deloitte.com/mx/conozcanos la descripción detallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro.

  • El contenido del Informe de Auditoría Externa y de otros comunicados y opiniones señalados en el artículo 15 de las Disposiciones, son responsabilidad del Despacho.
  • En el supuesto que se identifiquen amenazas a la independencia o incumplimiento a las normas establecidas en los códigos de ética a que hace referencia la fracción X del artículo 6 de las Disposiciones, éstas se documentaran en los papeles de trabajo de la auditoría.
  • No tengo impedimento para participar en labores de auditoría externa para esta Emisora respecto a los años de servicio permitidos.
  • No tengo inversiones en acciones o títulos de deuda emitidos por esta Emisora. Así mismo he obtenido confirmación de los socios de la Firma y del equipo de auditoría, que ni ellos ni sus cónyuges, concubinas, concubinarios o dependientes económicos mantienen inversiones en acciones o títulos de deuda emitidos por esta Emisora.

Atentamente

C.P.C. Agustín Martínez Tamez

28 de julio de 2020

* * * * * *

2

A

AUTLAN'

Arq. Pedro Ramlrez Vazquez

200-10

Col. Valle Oriente, 66269

Garza García, N.L. México

T.52 (81) 8152-1500

www.autlan.com.mx

San Pedro Garza García, Nuevo León,

a 21

de

agosto

de

2020.

Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Av. Insurgentes Sur 1971, Torre Norte, Piso 7,

Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, Ciudad de México .

Osear Maldonado Charles, en mi carácter de Dir:ector General de Compañía Minera Autlán, S.A.B. de C.V. (Autlán), de conformidad con lo establecido en el Artículo 19 de las "Disposiciones de Carácter General aplicables a las Entidades y Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de Auditoría Externa de Estados Financieros Básicos" por medio de la presente informo a esta H. Comisión que en sesión del Consejo de Administración de Au~án celebrado el día 28 de julio de 2020 y previa recomendación del Comité de Auditoría de Autlán, se acordó la contratación del d.espacho Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited (Deloitte) para los servicios distintos al de auditoría externa que se indican a continuación así como la contraprestación respectiva:

Servicios adicionales a la auditoría de estados financieros c11

Servicio del sistema de denuncias anónimas 2J

C

Instrumentos financieros derivados Prevención de lavado de dinero

Procedimientos relacionados a efectos de Covid-19 en el control interno, TI y situación financiera

Auditoría a los estados financieros de Autlán EMD Revisión de diseño y eficacia operativa de controles Asesoría fiscal Certificación de los saldos a favor'de IVA para NAFIN

Pre-aprobación de honorarios pór asesorías legales y contables

Total de servicios

Importe en pesos $464,160 $171,600 $125,664 $124,800

$480,000 $400,000 $770,000 $848,000 $300,000 $3,684,224

(1)

• •

• •

Los servicios mencionados anteriormente no afectan a la independencia de Deloitte ni del auditor externo independiente principalmente por lo siguiente:

Autlán es responsable de asumir las funciones de administración y la toma de decisiones. Los trabajos no implican conflicto de interés respecto a la auditoría externa, conforme al código de ética del Instituto Mexicano de Contadores Públicos .

Los auditores externos no intervienen en el diseño e implementación del control interno Los auditores externos no inciden en las políticas y procedimientos de la administración del negocio de Autlán.

La información no formará parte de los papeles de trabajo del auditor externo.

A

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Compañia Minera Autlan SA de CV published this content on 14 July 2021 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 14 July 2021 16:50:04 UTC.