Consorcio ARA, S.A.B. de C.V.

Declaración del auditor externo independiente conforme al artículo 37 de las disposiciones

Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Paseo de la Reforma 505, piso 28 Colonia Cuauhtémoc

06500 Ciudad de México México

Tel: +52 (55) 5080 6000www.deloitte.com/mx

C.P. Félix Gavito Marco

Presidente del Comité de Auditoría Consorcio Ara, S. A. B. de C. V. y Subsidiarias

Estimado C.P. Félix Gavito Marco

En los términos del Artículo 37 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades y emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de

Estados Financieros Básicos (las "Disposiciones"), en mi carácter de auditor externo independiente de los estados financieros consolidados por el año que terminó el 31 de diciembre de 2021 de Consorcio ARA, S.A.B. de C.V. declaramos lo siguiente:

  • I. El que suscribe cumple con los requisitos señalados en los artículos 4 y 5 de las Disposiciones, según lo manifiesto en el Documento de Declaración que adjunto en el Anexo A, así como soy Contador Público con título expedido por la Secretaria de Educación Pública, con certificado emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. número 10771 expedido el 30 de abril de 2013 y renovado el 30 de abril de 2021 con vigencia al 30 de abril de 2025. Asimismo, cuento con Número de Registro en la Administración General de Auditoría Fiscal Federal ("AGAFF") del Servicio de Administración Tributaria ("SAT") 17308 expedido el 12 de junio de 2009. Por otra parte, Galaz,

    Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C. (el "Despacho") cuenta con número de registro en la AGAFF del SAT 7433.

  • II. Que desde la fecha en que se prestan los servicios de auditoría externa, durante el desarrollo de la auditoría externa y hasta la emisión de nuestro Informe de Auditoría Externa de fecha 5 de abril de 2022, así como de las fechas de los comunicados y opiniones requeridos conforme a lo señalado en el Artículo 15 de las Disposiciones, cumplimos con los requisitos a que se refieren los artículos 4 y 5 de las Disposiciones, así como que el Despacho se ajusta a lo previsto en los artículos 6, 9 y 10, en relación con el Artículo 14 de las Disposiciones.

  • III. Que el Despacho cuenta con evidencia documental de la implementación del Sistema de Control de Calidad a que se refiere el Artículo 9 de las Disposiciones y participa en un programa de evaluación de calidad que se ajusta a los requisitos que se contemplan en el Artículo 12 de las Disposiciones. En el Anexo B se incluye manifestación firmada por el Director General del Despacho, dirigida a la Comisión Técnica de Calidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, sobre el cumplimiento con lo dispuesto la Norma Internacional de Control de Calidad 1. Manifiesto, asimismo, que se ha asignado un socio de revisión de la calidad del compromiso (EQCR) en los términos de la Norma Internacional de Control de Calidad 1 y la Norma Internacional de Auditoría (NIA 220). De conformidad con los artículos 9 y 10 de las Disposiciones.

Informo que 2021 será el primer año realizando la auditoría de estados financieros básicos como auditor externo independiente de Consorcio ARA, S.A.B. de C.V. y Subsidiarias; y que Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C. ha prestado durante veintitrés años el servicio de auditoría externa al mismo.

Mediante este documento, manifestamos nuestro consentimiento expreso para proporcionar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la información que ésta nos requiera a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos mencionados.

Asimismo, nos obligamos a conservar la información que ampare el cumplimento de los requisitos mencionados en este manifiesto, físicamente o través de imágenes en formato digital, en medio ópticos o magnéticos, por un plazo mínimo de cinco años contados a partir de que se concluya la auditoría de los Estados Financieros Básicos de la Emisora al y por el año que terminará el 31 de diciembre de 2021.

Atentamente

C.P.C. Rafael García Gómeza 26 de abril de 2021

Deloitte se refiere a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad privada de responsabilidad limitada en el Reino Unido, y a su red de firmas miembro, cada una de ellas como una entidad legal única e independiente. Conozca enwww.deloitte.com/mx/conozcanosla descripción detallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro.

Anexo A

Declaración del Auditor Externo Independiente a Consorcio ARA, S.A.B. de C.V.

En los términos de los artículos 4 y 5 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las Entidades y Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos (las "Disposiciones"), en mi carácter de Auditor Externo

Independiente de los estados financieros básicos (consolidados) al y por el año que terminó el 31 de diciembre de 2021 de Consorcio ARA, S.A.B. de C.V., (la Emisora) manifiesto lo siguiente:

  • Soy Socio de Galaz, Yamazaki, Ruiz, Urquiza S.C. (el Despacho), desde el año 2005.

  • Cuento con el registro vigente expedido por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria número 17308 y/o con la certificación como contador público emitida por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C. con número 10771, expedida el 30 de abril de 2013 y renovado el 30 de abril de 2021 con vigencia al 30 de abril de 2025.

  • Cuento con la experiencia profesional necesaria para desarrollar labores de auditoría externa en los términos de la fracción III del Artículo 4 de las Disposiciones.

  • Soy independiente en términos del Artículo 6, Capítulo II de las Disposiciones.

  • No he sido expulsado ni estoy suspendido de mis derechos como miembro de la asociación profesional a la que pertenezco.

  • No he sido ni estoy condenado por sentencia irrevocable por delito patrimonial o doloso que haya ameritado pena corporal.

  • No estoy inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano, así como no he sido declarado en quiebra o concurso mercantil sin que haya sido rehabilitado.

  • No tengo antecedentes de suspensión o cancelación de alguna certificación o registro que se requiera para fungir como Auditor Externo Independiente, por causas imputables a mí y que hayan tenido su origen en conductas dolosas o de mala fe.

  • No he sido ni he tenido ofrecimiento para ser consejero o directivo de Consorcio ARA, S.A.B. de C.V.

    • o de su controladora, subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial o Consorcio.

  • No tengo litigio alguno pendiente con Consorcio ARA, S.A.B. de C.V. o, en su caso, con su controladora, subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial o Consorcio.

  • En el Anexo B se entrega constancia firmada por el Director Nacional de Práctica Profesional del Despacho en la que se indica que en el Despacho contamos con un manual actualizado del Sistema de la Firma Global DTTL y el Director General del despacho, dirigida a la Comisión Técnica de Calidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., sobre el cumplimento con lo dispuesto en la Norma Internacional de Control de Calidad 1. Manifiesto, asimismo, que se ha asignado un socio de revisión de la calidad del compromiso (EQCR) en los términos de la Norma Internacional de Control de Calidad 1 y la Norma Internacional de Auditoría (NIA 220). De conformidad con los artículos 9 y 10 de las Disposiciones.

  • En el Despacho contamos con una política actualizada para el archivo de papeles de trabajo de auditoría.

  • Yo y el equipo del compromiso cumplimos con las normas profesionales y los requisitos de calidad aplicables y contamos con la capacidad técnica para el desarrollo del trabajo al que hacen referencia las disposiciones aplicables.

  • El contenido del Informe de Auditoría Externa y de otros comunicados y opiniones señalados en el Artículo 15 de las disposiciones, son responsabilidad del Despacho.

  • El suscrito y el equipo del compromiso no nos ubicamos en los supuestos previstos en los códigos de ética a que hace referencia la fracción X del Artículo 6 de las Disposiciones. Asimismo, en el supuesto que se identifiquen amenazas a la independencia o incumplimiento a las normas establecidas conforme a los códigos de ética a que hace referencia la fracción X del Artículo 6 de las Disposiciones, éstas se reportarán al Comité de Auditoría y se documentarán en los papeles de trabajo de la auditoría.

  • No tengo impedimento para participar en labores de auditoría externa para esta Emisora respecto a los años de servicio permitidos.

  • No tengo inversiones en acciones o títulos de deuda emitidos por la Emisora. Así mismo he obtenido confirmación de los socios involucrados en la auditoría y del equipo de auditoría, que ni ellos ni sus cónyuges, concubinas, concubinarios o dependientes económicos mantienen inversiones en acciones

    • o títulos de deuda emitidos por la Emisora.

Atentamente

C.P.C. Rafael García Gómez Auditor externo

Socio de Galaz, Yamazaki, Ruiz, Urquiza, S. C. Miembro de Deloitte Touche Thomatsu Limited 26 de abril de 2022

* * ** **

Anexo B

Para continuar a leer este documento, haga clic aquí para la versión original.

Attachments

  • Original Link
  • Original Document
  • Permalink

Disclaimer

Consorcio Ara SAB de CV published this content on 26 April 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 27 April 2022 04:34:05 UTC.