AVISO DE SUSCRIPCIÓN

CRESUD SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, INMOBILIARIA, FINANCIERA Y AGROPECUARIA

OFERTA DE CANJE DIRIGIDA A TENEDORES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES DECIMO CUARTA SERIE CLASE XXV EN CIRCULACIÓN POR UN VALOR NOMINAL DE USD 59.561.897, CON VENCIMIENTO EL 11 DE JULIO DE 2021 (CÓDIGO DE ESPECIE CAJA DE VALORES: 54299; TICKER: CSFQO) (LOS "TENEDORES ELEGIBLES").

LA OFERTA DE CANJE SE EFECTÚA COMO CONSECUENCIA DE LO DISPUESTO POR LA COMUNICACIÓN "A" 7272, MODIFICATORIA DE LAS COMUNICACIONES "A" 7106 Y "A" 7230, QUE RESTRINGE EL ACCESO AL MERCADO DE CAMBIOS PARA OBTENER DÓLARES ESTADOUNIDENSES AL IMPONER NUEVAS CONDICIONES PARA LA COMPRA DE DIVISAS PARA QUIENES REGISTRAN VENCIMIENTOS DE CAPITAL PROGRAMADOS HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021 POR EMISIONES DE TÍTULOS DE DEUDA CON REGISTRO PÚBLICO EN EL PAÍS DENOMINADOS EN MONEDA EXTRANJERA.

OFERTA PÚBLICA DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XXXIII POR UN VALOR NOMINAL DE

HASTA EL MONTO TOTAL MÁXIMO (SEGÚN SE DEFINE A CONTINUACIÓN).

DÉCIMA NOVENA SERIE DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES A SER EMITIDAS EN UNA CLASE EN EL MARCO DE NUESTRO PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES) POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA USD 500.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS O UNIDADES DE VALOR) (EL "PROGRAMA"), POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA EL EQUIVALENTE A USD 35.737.138 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO) (EL "MONTO TOTAL MÁXIMO").

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XXXIII, DENOMINADAS Y PAGADERAS EN DÓLARES

ESTADOUNIDENSES, A UNA TASA DE INTERÉS FIJA NOMINAL ANUAL DEL 9,00%, CON

VENCIMIENTO A LOS 36 MESES DE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN, CON

AMORTIZACIONES ANUALES DEL 33%, 33% Y 34%, RESPECTIVAMENTE, POR UN VALOR

NOMINAL DE HASTA USD 35.737.138 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CINCO MILLONES

SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO) (LAS "OBLIGACIONES

NEGOCIABLES CLASE XXXIII" Y/O LAS "OBLIGACIONES NEGOCIABLES"), A SER SUSCRIPTAS

MEDIANTE CUALQUERA DE LAS ALTERNATIVAS QUE SE DESCRIBEN A CONTINUACIÓN:

OPCIÓN BASE:

  1. INTEGRACIÓN EN ESPECIE, MEDIANTE EL CANJE DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES DECIMO CUARTA SERIE CLASE XXV (CÓDIGO DE ESPECIE CAJA DE VALORES: 54299; TICKER: CSFQO) DENOMINADAS Y PAGADERAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES EN CIRCULACIÓN DE

USD 59.561.897, A UNA TASA DE INTERÉS FIJA NOMINAL ANUAL DEL 9,00% CON VENCIMIENTO EL 11 DE JULIO DE 2021 (LAS "OBLIGACIONES NEGOCIABLES EXISTENTES"); Y (II) CANCELACIÓN DE AL MENOS EL 40% DEL CAPITAL DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES EXISTENTES PRESENTADAS AL CANJE.

OPCIÓN PAR:

(I) INTEGRACIÓN EN ESPECIE, MEDIANTE EL CANJE DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES

EXISTENTES; Y (II) PAGO POR PARTE DE LA COMPAÑÍA AL TENEDOR DE UNA

CONTRAPRESTACIÓN ANTICIPADA (TAL COMO SE DEFINE MÁS ADELANTE) EN PESOS, SOLO PARA LOS TENEDORES QUE ACEPTEN LA OFERTA DE CANJE EN O ANTES DE LA FECHA LÍMITE PARA ACCEDER A LA CONTRAPRESTACIÓN ANTICIPADA (TAL COMO SE DEFINE MÁS ADELANTE).

SOLICITUD DE CONSENTIMIENTO PARA IMPLEMENTAR LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS A

LOS TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES EXISTENTES, DE ACUERDO A LOS

TERMINOS DEL SUPLEMENTO DE PROSPECTO Y CANJE. QUIENES SE PRESENTEN

EXCLUSIVAMENTE A LA OFERTA DEL CANJE (MEDIANTE LAS OPCIONES BASE y PAR),

DECLARAN Y GARANTIZAN HABER OBTENIDO LA DEBIDA INFORMACIÓN PREVIA Y EL DERECHO A MANIFESTARSE CON RELACIÓN A LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS, OTORGANDO EN CONSECUENCIA, SU CONSENTIMIENTO IRREVOCABLE PARA IMPLEMENTAR LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS A LOS TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES EXISTENTES, CONOCIENDO TODAS LAS IMPLICANCIAS QUE ESO CONLLEVA Y RECONOCIENDO QUE LA OBTENCIÓN DE LOS CONSENTIMIENTOS SIN NECESIDAD DE ASAMBLEA RESULTA UN MECANISMO VÁLIDO PARA ADOPTAR LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS; Y DECLARAN Y GARANTIZAN QUE, AL TRANSFERIR LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES EXISTENTES AL AGENTE DE CANJE OTORGAN DE MANERA SIMULTÁNEA Y EXPRESA SU CONSENTIMIENTO IRREVOCABLE A TODAS Y CADA UNA DE LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS POR LA COMPAÑÍA A LOS TERMINOS Y CONDICIONES DE EMISION ORIGINALES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES EXISTENTES.

El presente aviso de suscripción (el "Aviso de Suscripción") corresponde a las Obligaciones Negociables a ser emitidas por Cresud Sociedad Anónima Comercial, Inmobiliaria, Financiera y Agropecuaria ("Cresud" o la "Compañía") en canje por las Obligaciones Negociables Existentes y de acuerdo los términos y mecanismos para canjear las Obligaciones Negociables Existentes descriptos en el presente y que forman parte del Prospecto del Programa de fecha 23 de octubre de 2020 (el "Prospecto") y del Suplemento de Prospecto y Canje de fecha 11 de junio de 2021 (el "Suplemento de Prospecto") (la "Oferta de Canje" o el "Canje"). Las Obligaciones Negociables Clase XXXIII serán emitidas a una tasa de interés fija nominal anual del 9,00%, con vencimiento a los 36 (treinta y seis) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, con amortizaciones anuales del 33%, 33% y 34%, respectivamente, denominadas y pagaderas en Dólares Estadounidenses, por hasta un valor nominal USD 35.737.138 (dólares estadounidenses treinta y cinco millones setecientos treinta y siete mil ciento treinta y ocho), y podrán suscribirse mediante cualquiera de las alternativas que se describen a continuación:

Opción Base: (i) integración en especie, mediante el canje de las Obligaciones Negociables Décimo Cuarta Serie Clase

XXV (Código de Especie Caja de Valores: 54299; Ticker: CSFQO), denominadas y pagaderas en dólares estadounidenses en circulación de USD 59.561.897, a una tasa de interés fija nominal anual del 9,00% con vencimiento el 11 de julio de 2021 (las "Obligaciones Negociables Existentes"); y (ii) cancelación de al menos el 40% del capital de las Obligaciones Negociables Existentes presentadas al Canje;

Opción Par: (i) integración en especie, mediante el Canje de Obligaciones Negociables Existentes; y (ii) pago por parte de la Compañía de una Contraprestación Anticipada en pesos, solo para los Tenedores que acepten la Oferta de Canje en o antes de la Fecha Límite para Acceder a la Contraprestación Anticipada. Asimismo, la Compañía, a su sola opción, y en el caso que esté en condiciones, sujeto a normativa cambiaria aplicable, de acceder a dólares estadounidenses mediante un nuevo financiamiento para realizar un pago en efectivo a los Tenedores Elegibles, luego de pagar el 100% del capital de las Obligaciones Negociables Existentes presentadas válidamente al Canje bajo la Opción Base que sean aceptadas por la Compañía, podrá decidir que quienes hubiesen presentado sus Obligaciones Negociables Existentes bajo la Opción Par, reciban una suma de dinero en concepto de pago de capital, la cual se prorrateará proporcionalmente entre todos aquellos que hayan aceptado la Oferta de Canje bajo la Opción Par (sin que ello resulte en un cambio en los términos económicos de la Oferta de Canje), y el monto restante, hasta completar USD 1 cada USD 1 de Obligaciones Negociables Existentes presentadas al Canje bajo la Opción Par que sean aceptadas, en Obligaciones Negociables Clase

XXXIII.

En cualquier caso, la aceptación de un Tenedor Elegible a la Oferta de Canje implicará la prestación de su consentimiento irrevocable en forma simultánea y expresa de dicho Tenedor Elegible para que la Compañía implemente ciertas modificaciones esenciales a los términos y condiciones de emisión originales de las Obligaciones Negociables Existentes (las "Modificaciones Propuestas Esenciales"); y ciertas modificaciones no esenciales a los términos y condiciones de emisión originales de las Obligaciones Negociables Existentes (las "Modificaciones Propuestas No Esenciales" y, junto con las Modificaciones Propuestas Esenciales, las "Modificaciones Propuestas"), según corresponda (el "Consentimiento"). Asimismo, la aceptación de la Oferta de Canje constituirá un compromiso irrevocable por parte del Tenedor Elegible a otorgar aquellos otros documentos y consentimientos que pudieran ser necesarios o de cualquier modo requeridos por la Sociedad, a los efectos de implementar válidamente las Modificaciones Propuestas, según corresponda. Para mayor información véase la sección "Factores de Riesgo - Riesgos relacionados con las Obligaciones Negociables Existentes- Riesgos relacionados con la Oferta de Canje del Suplemento de Prospecto.

Se deja constancia que en todos los instrumentos generados por medios electrónicos, el requisito de la firma de una persona queda satisfecho si se utiliza una firma electrónica, en cuyo caso se los considera instrumentos privados firmados de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 286 y 287 del Código Civil y Comercial de la Nación. De este modo, todos y cada uno de los documentos relacionados con la Oferta del Canje y el Suplemento de Prospecto podrán ser firmados electrónicamente, y los Tenedores Elegibles declaran que tales documentos

resultarán válidos y vinculantes en todos sus términos y condiciones, deberán ser considerados como medio fehaciente, aun cuando los mismos sean suscriptos mediante firma electrónica, y tendrán la misma validez que si hubieran sido firmados en soporte físico.

La Oferta de Canje se realiza conforme lo establecido en los apartados "Horarios y Fechas Importantes", "Oferta de las Obligaciones Negociables -a)Resumen de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables", "Oferta de las Obligaciones Negociables - b) Descripción de la Oferta y negociación", "Plan de Distribución", "Oferta de Suscripción de las Obligaciones Negociables en Canje de las Obligaciones Negociables Existentes - a) Resumen de los términos y condiciones de la Oferta de Canje" y "Oferta de Suscripción de las Obligaciones Negociables en Canje de las Obligaciones Negociables Existentes - b) Descripción de la Oferta de Canje" del Suplemento de Prospecto. A los efectos de las instrucciones para realizar el Canje que emitirá el Agente del Canje, ver lo dispuesto en Oferta de Suscripción de las Obligaciones Negociables en Canje de las Obligaciones Negociables Existentes - a) Resumen de los términos y condiciones de la Oferta de Canje - Procedimientos para la Presentación de Obligaciones Negociables Existentes" del Suplemento de Prospecto.

A continuación, se detallan los principales términos de las Obligaciones Negociables y de la Oferta de Canje:

Oferta de Canje: La presente Oferta de Canje se produce como consecuencia de las nuevas restricciones al acceso al Mercado de Cambios para obtener dólares estadounidenses al ser impuestas nuevas condiciones para la compra de divisas dispuestas por la Comunicación "A" 7272, modificatoria de las Comunicaciones "A" 7106 y "A" 7230 para quienes registren vencimientos de capital programados hasta el 31 de diciembre de 2021, por emisiones de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera de clientes del sector privado o de las propias entidades. A tales efectos, por la presente la Emisora invita a todos los Tenedores Elegibles a: (i) canjear todas y cada una de las Obligaciones Negociables Existentes, según los términos y sujeto a las condiciones establecidas en el presente; (ii) a recibir el Repago de Capital bajo la Opción Base en la Fecha de Emisión y Liquidación; y a (iii) integrar en especie mediante Canje, las Obligaciones Negociables Existentes, de conformidad con las condiciones establecidas en el presente Suplemento de Prospecto, por las Obligaciones Negociables según se describe en "-Contraprestaciónde Canje para la Opción Base- y - Contraprestación de Canje para la Opción Par-" del Suplemento de Prospecto.

A la fecha de este Aviso de Suscripción, el monto de capital total de las Obligaciones Negociables Existentes en circulación es de USD 59.561.897 (Dólares Estadounidenses cincuenta y nueve millones quinientos sesenta y un mil ochocientos noventa y siete), bajo el Ticker: CSFQO, Código de especie en Caja de Valores 54299.

Asimismo, los Tenedores Elegibles declaran que en caso de optar por ingresar a la Oferta de Canje, aseguran haber obtenido la debida información previa y el derecho a manifestarse respecto de las Modificaciones Propuestas, otorgando el Consentimiento expreso e irrevocable para la implementación de las Modificaciones Propuestas a los términos de las Obligaciones Negociables Existentes, y reconociendo que la obtención de los Consentimientos sin necesidad de asamblea resulta un mecanismo válido para adoptar las Modificaciones Propuestas.

Período Para Participar de la Oferta de Canje: Comenzará el 11 de junio de 2021 a las 12:00 horas y finalizará el 28 de junio de 2021 a las 20:00 horas (horario de la Ciudad de Buenos Aires).

Elegibilidad Para Participar en la Oferta de Canje: La Oferta de Canje está dirigida únicamente a tenedores de las Obligaciones Negociables Existentes (los "Tenedores Elegibles").

Las personas que no son Tenedores Elegibles no podrán participar en la Oferta de Canje.

Contraprestación de Canje para la Opción Base: Los Tenedores Elegibles que presenten válidamente al Canje Obligaciones Negociables Existentes bajo la Opción Base recibirán por cada USD 1,00 de Obligaciones Negociables Existentes que presenten y que sean aceptadas, en la Fecha de Emisión y Liquidación lo siguiente:

  1. Una suma de dinero en concepto de repago de capital de tales Obligaciones Negociables Existentes presentadas al Canje, en efectivo, en Dólares Estadounidenses, que será equivalente a por lo menos el 40% de capital de las Obligaciones Negociables Existentes presentadas al Canje bajo la Opción Base que sean aceptadas por la Compañía (el "Repago de Capital"). La Compañía podrá ampliar este monto a su entera discreción, lo cual será informado en el Aviso de Resultados (conforme dicho término se define más adelante) y/o a través de un aviso complementario. En este sentido, el Repago de Capital se verá incrementado en la medida en que se presenten válidamente al canje y se acepten Obligaciones Negociables Existentes bajo la Opción Par (descripta más abajo), y/o en la medida en que la Compañía obtenga un nuevo financiamiento en dólares estadounidenses que le permita incrementar el monto de pago de capital bajo endeudamientos financieros, de acuerdo a la normativa cambiaria aplicable, y la Compañía decida aplicar dicho monto adicional al Repago de Capital, lo cual será informado oportunamente mediante un aviso complementario;
  2. el monto restante, hasta completar USD 1 cada USD 1 de Obligaciones Negociables Existentes presentadas al Canje bajo la Opción Base que sean aceptadas, en Obligaciones Negociables Clase XXXIII; y
  1. una suma de dinero en efectivo pagadera en Dólares Estadounidenses en concepto de los intereses devengados desde la última fecha de pago de intereses de las Obligaciones Negociables Existentes (inclusive) hasta la Fecha de Emisión y Liquidación (exclusive) correspondientes a las Obligaciones Negociables Existentes presentadas al Canje bajo la Opción Base que sean aceptadas.

En todos los casos, la suma de (i) y (ii) deberá ser el equivalente a 1 USD por cada 1 USD de Obligaciones Negociables Existentes presentadas al Canje y aceptadas por la Compañía.

Contraprestación de Canje para la Opción Par: Los Tenedores Elegibles que presenten válidamente al canje Obligaciones Negociables Existentes en la Oferta de Canje bajo la Opción Par recibirán por cada USD 1,00 de Obligaciones Negociables Existentes que presenten y que sean aceptadas, en la Fecha de Emisión y Liquidación lo siguiente:

  1. USD 1,00 de Obligaciones Negociables Clase XXXIII por cada USD 1,00 de Obligaciones Negociables Existentes presentadas al Canje bajo la presente opción que sean aceptadas; y
  2. una suma de dinero en efectivo pagadera en Dólares Estadounidenses en concepto de los intereses devengados de las Obligaciones Negociables Existentes desde la última fecha de pago de intereses hasta la Fecha de Emisión y Liquidación (exclusive).

Asimismo, la Compañía ofrece una Contraprestación Anticipada que consistirá en el pago de USD 0,0075 por cada USD 1 de Obligaciones Negociables Existentes válidamente presentadas y aceptadas en el Canje bajo la Opción Par, en o antes de la Fecha Límite para Acceder a la Contraprestación Anticipada. Dicha contraprestación se abonará en Pesos en la Fecha de Emisión y Liquidación de acuerdo al tipo de cambio publicado mediante Comunicación "A" 3500 del BCRA del Día Hábil anterior a la Fecha de Expiración del Canje. A los efectos de recibir la Contraprestación Anticipada, los Tenedores Elegibles deberán ofrecer sus Obligaciones Negociables Existentes en o antes de la Fecha Límite para Acceder a la Contraprestación Anticipada.

La Compañía no pagará la Contraprestación Anticipada a los Tenedores Elegibles que acepten la Oferta de Canje y presenten válidamente las Obligaciones Negociables Existentes en la Oferta de Canje con posterioridad a la Fecha Límite para Acceder la Contraprestación Anticipada.

Asimismo, la Compañía, a su sola opción, y en el caso que esté en condiciones, sujeto a normativa cambiaria aplicable, de acceder a dólares estadounidenses mediante un nuevo financiamiento para realizar un pago en efectivo a los Tenedores Elegibles, luego de pagar el 100% del capital de las Obligaciones Negociables Existentes presentadas al Canje bajo la Opción Base que sean aceptadas por la Compañía, podrá decidir que quienes hubiesen presentado sus Obligaciones Negociables Existentes bajo la Opción Par, reciban una suma de dinero en concepto de pago de capital, la cual se prorrateará proporcionalmente entre todos aquellos que hayan aceptado la Oferta de Canje bajo la Opción Par (sin que ello resulte en un cambio en los términos económicos de la Oferta de Canje), y el monto restante, hasta completar USD 1 cada USD 1 de Obligaciones Negociables Existentes presentadas al Canje bajo la Opción Par que sean aceptadas, en Obligaciones Negociables Clase XXXIII.

Intereses Devengados:En todos los casos los tenedores de Obligaciones Negociables Existentes que presenten al canje sus Obligaciones Negociables Existentes bajo la Oferta de Canje que sean aceptadas, tendrán derecho a recibir en la Fecha de Emisión y Liquidación una suma de dinero en efectivo pagadera en Dólares Estadounidenses en concepto del correspondiente pago de intereses devengados y no pagados desde la fecha del último pago de intereses (inclusive) hasta la Fecha de Emisión y Liquidación (exclusive) mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por el respectivo tenedor en su Solicitud de Canje (el "Pago de Intereses Devengados") con respecto a Obligaciones Negociables Existentes. Los intereses dejarán de devengarse en la Fecha de Emisión y Liquidación para las Obligaciones Negociables Existentes presentadas al canje y aceptadas bajo la Oferta de Canje.

Redondeo: La Emisora redondeará hacia abajo el monto de capital de las Obligaciones Negociables hasta el múltiplo más cercano de USD 1.

Condiciones de la Oferta de Canje: La obligación de la Compañía de emitir las Obligaciones Negociables Clase XXXIII suscriptas mediante la entrega de Obligaciones Negociables Existentes en la Oferta de Canje está sujeta al cumplimiento de ciertas condiciones aplicables a la Oferta de Canje descriptas bajo el título "Oferta de Suscripción de Obligaciones Negociables en Canje de Obligaciones Negociables Existentes-b)Descripción de la Oferta de Canje- Condiciones de la Oferta de Canje".

Sujeto a la ley aplicable, la Compañía podrá dispensar el cumplimiento de cualquier de las otras condiciones a su solo criterio.

Condición Mínima de Canje: La Oferta de Canje está condicionada a que, como mínimo, el 60% del capital en circulación de las Obligaciones Negociables Existentes sean válidamente entregadas, no sean válidamente retiradas y sean aceptadas para el canje en o antes de la Fecha de Expiración. La Compañía podrá dispensar el cumplimiento de esta condición a su solo criterio.

Fecha Límite para Acceder a la Contraprestación Anticipada para la Opción Par: 20:00 horas (horario de la Ciudad de Buenos Aires) del 22 de junio de 2021, excepto que sea extendido, en cuyo caso se informará mediante un aviso complementario al presente Aviso de Suscripción.

Fecha de Expiración: 20:00 horas (horario de la Ciudad de Buenos Aires) del 28 de junio de 2021, excepto que sea extendido, en cuyo caso se informará mediante un aviso complementario al presente Aviso de Suscripción.

Fecha de Emisión y Liquidación: Se estima que será dentro del tercer Día Hábil posterior a la Fecha de Expiración, y será informada en el Aviso de Resultados.

Derecho de Modificación o Cancelación: Sujeto a la ley aplicable, la Oferta de Canje podrá ser modificada, extendida o, ante la falta de cumplimiento de una condición o su dispensa en forma previa a la Fecha de Expiración, según sea el caso, finalizada. Sin perjuicio de que la Compañía no tiene planes de hacerlo, se reserva el derecho de modificar, en cualquier momento, los términos de la Oferta de Canje de conformidad con la normativa aplicable. La Compañía informará a los Tenedores Elegibles en caso de cualquier modificación y extenderá la Fecha de Expiración en caso de ser requerido por la normativa aplicable.

El Consentimiento: Los Tenedores Elegibles declaran y garantizan que en caso de optar por ingresar a la Oferta de Canje, aseguran haber obtenido la debida información previa y el derecho a manifestarse respecto de las Modificaciones Propuestas, otorgando expresamente el Consentimiento para la implementación de las Modificaciones Propuestas a los términos de las Obligaciones Negociables Existentes (conforme a lo previsto en la sección "MODIFICACIONES PROPUESTAS A LOS TERMINOS DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES EXISTENTES" en el Suplemento de Prospecto). Una vez recibido el Consentimiento de los Tenedores Elegibles, en caso de obtenerse las mayorías requeridas, se considerarán aprobadas sin más trámite y en forma inmediata las Modificaciones Propuestas a los términos de las Obligaciones Negociables Existentes.

Las Modificaciones Propuestas No Esenciales: En caso que se obtenga el Consentimiento de al menos el 50% del capital de las Obligaciones Negociables Existentes en circulación, la Compañía podrá realizar las Modificaciones Propuestas No Esenciales, que modificarán condiciones no esenciales respecto de los términos de las Obligaciones Negociables Existentes. Para mayor información, véase "Modificaciones Propuestas A Los Términos De Las Obligaciones Negociables Existentes" del Suplemento de Prospecto.

Las Modificaciones Propuestas Esenciales: En caso que se obtenga el Consentimiento por un monto igual o superior al 90% del capital de las Obligaciones Negociables Existentes en circulación, la Compañía implementará las Modificaciones Propuestas Esenciales, en virtud de las cuales los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Existentes serán modificados y remplazados. Para mayor información, véase "Modificaciones Propuestas A Los Términos De Las Obligaciones Negociables Existentes" del Suplemento de Prospecto.

Agente de Canje:Caja de Valores S.A.

Colocadores: BACS Banco de Crédito y Securitización S.A., Banco Hipotecario S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., Banco Santander Río S.A., Banco de la Provincia de Buenos Aires, Balanz Capital Valores S.A.U., Puente Hnos. S.A., Banco Itaú Argentina S.A., Itaú Valores S.A., Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A.U., AR Partners S.A., Bull Market Brokers S.A., SBS Trading S.A. e Industrial Valores S.A. Sus domicilios están descriptos en la última página del Suplemento de Prospecto.

Forma de Suscripción e Integración: Las Obligaciones Negociables Clase XXXIII serán integradas en especie, mediante la entrega en canje de Obligaciones Negociables Existentes, de conformidad con los procedimientos y de acuerdo con lo dispuesto en la sección "Oferta De Suscripción De Obligaciones Negociables En Canje De Obligaciones Negociables Existentes" del Suplemento de Prospecto.

Para mayor información véase la Sección "Plan de Distribución" y "Oferta de Suscripción de Obligaciones Negociables en Canje de Obligaciones Negociables Existentes-b) Descripción de la Oferta de Canje" del Suplemento de Prospecto.

Precio de emisión: 100% del valor nominal (a la par).

Características: Las Obligaciones Negociables Clase XXXIII constituirán obligaciones directas, incondicionales, no subordinadas de la Compañía, con garantía común sobre su patrimonio. Calificarán pari passu sin preferencia entre sí y en todo momento tendrán al menos igual prioridad de pago que todo otro endeudamiento no garantizado y no subordinado, presente y futuro de la Compañía (con la excepción de ciertas obligaciones a las que las leyes argentinas le otorgan tratamiento preferencial).

Aviso de Resultados: En la Fecha de Expiración, luego del cierre de la adjudicación final de las Obligaciones Negociables Clase XXXIII, se informará a los inversores el Resultado del Canje, el Monto de la Emisión, la Fecha de Emisión y Liquidación y la Fecha de Vencimiento, mediante un aviso a ser publicado en el Boletín Diario de la BCBA, en la Página Web de la CNV y en la Página Web del MAE.

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