HECHO ESENCIAL

EMPRESAS LA POLAR S.A.

DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE VALORES: 806

Santiago, 19 de abril de 2022

Señora.

Solange Berstein Jaúregui Presidente

Comisión para el Mercado Financiero Av. Libertador Bernardo O'Higgins 1449 Santiago

De nuestra consideración:

Debidamente facultado por el directorio de Empresas La Polar S.A. (en adelante, la "Sociedad" o la "Compañía"), en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° y en el inciso segundo del artículo 10° de la Ley N° 18.045, y el numeral 2.2 de la Sección II de la Norma de Carácter General N° 30 de la Comisión para el Mercado Financiero, por medio de la presente vengo en informar lo siguiente en carácter de hecho esencial:

  • 1. El 19 de abril de 2022 se celebró la Junta Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, citada al efecto (en adelante la "JOA");

  • 2. En la JOA se acordó:

    • a. Aprobar la memoria anual, el balance, los estados y demostraciones financieras presentados por los administradores de la Compañía respecto del ejercicio 2021 y el informe de la empresa de auditoría externa al 31 de diciembre de 2021;

    • b. Designar como empresa de auditoría externa, para el ejercicio 2022, a la empresa EY Servicios Profesionales de Auditoría y Asesorías SpA;

c. Designar como clasificadores de riesgo a las firmas International Credit Rating

Compañía Clasificadora de Riesgo Limitada y Clasificadora de Riesgo Humphreys Limitada.

3. Inmediatamente a continuación de la JOA se celebró una Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad también citada para el 19 de abril de 2022 (en adelante la

"JEA");

4.

En la JEA se acordó:

a. Modificar los estatutos de la Sociedad con el objeto de incorporar normas referidas al cumplimiento del objeto social y a materias que debe considerar el directorio de la Sociedad en el desempeño de sus actividades. Lo anterior, con la finalidad de que la Sociedad obtenga la certificación de "Empresa B". En este sentido se incorporaron:

  • Un nuevo Artículo Cuarto Bis, inmediatamente a continuación del Artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, referido al objeto social, con el siguiente tenor: "Artículo Cuarto Bis. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo."

  • Un nuevo párrafo al final del Artículo Décimo Segundo de los estatutos de la

    Sociedad, relativo a su administración, con el siguiente tenor: "En el desempeño de sus actividades, la administración de la sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas de la sociedad."

b. Actualizar los estatutos sociales mediante adecuaciones formales y de referencia relacionados con cambios normativos incorporados a la Ley de Sociedades Anónimas y su Reglamento.

Sin otro particular, le saluda atentamente,

__________________________

Manuel Severin Larraín

Gerente General Empresas La Polar S.A.

cc. Banco de Chile como Representante de Tenedores de Bonos

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Empresas La Polar SA published this content on 19 April 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 19 April 2022 22:24:01 UTC.