Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Ave. Juárez 1102, piso 40 colonia Centro,

64000 Monterrey, México

Tel: +52 (81) 8133 7300www.deloitte.com/mx

MANIFESTACIÓN DE CONSENTIMIENTO PARA LA INCLUSIÓN EN EL REPORTE ANUAL EL INFORME DE AUDITORÍA EXTERNA Y DE REVISIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL INFORME ANUAL

Al Presidente del Comité de Auditoría y a la Administración de GCC, S.A.B. de C.V.

En los términos del artículo 39 de las "Disposiciones de carácter general aplicables a las Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la "Comisión") que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos publicadas en el Diario Oficial de la Federación ("DOF") del 26 de abril de 2018 y sus modificaciones posteriores (las "Disposiciones"), y del artículo 84 Bis de las "Disposiciones de carácter general aplicables a emisoras de valores y otros participantes del mercado de valores publicadas en el DOF del 19 de marzo de 2003 y sus modificaciones posteriores" (la "Circular Única de Emisoras"), en nuestro carácter de auditor externo de los estados financieros consolidados por el año que terminó el 31 de diciembre de 2021 de GCC, S. A. B. de C. V. (la "Emisora"), manifestamos lo siguiente:

  • I. Que expresamos nuestro consentimiento para que la Emisora incluya en el reporte anual, el Informe de Auditoría Externa que al efecto emitimos.

  • II. Lo anterior en el entendido de que previamente nos cercioramos que la información contenida en los Estados Financieros Básicos Consolidados incluidos en el reporte anual, así como cualquier otra información financiera comprendida en dichos documentos cuya fuente provenga de los mencionados Estados Financieros Básicos Consolidados o del Informe de Auditoría que presentamos coincide con la auditada, con el fin de que dicha información sea hecha del conocimiento público.

Atentamente

Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

______________________________________

C.P.C. Gabriel González Martínez

Apoderado (Representante Legal)

Monterrey, México 27 de abril de 2022

______________________________________

C.P.C. Fernando Nogueda Conde

Auditor externo independiente Monterrey, México 27 de abril de 2022

*****

Deloitte se refiere a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad privada de responsabilidad limitada en el Reino Unido, y a su red de firmas miembro, cada una de ellas como una entidad legal única e independiente. Conozca enwww.deloitte.com/mx/conozcanosla descripción detallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro.

Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Ave. Juárez 1102, piso 40 colonia Centro,

64000 Monterrey, México

Tel: +52 (81) 8133 7300www.deloitte.com/mx

DECLARACIÓN DEL AUDITOR EXTERNO INDEPENDIENTE CONFORME AL ARTÍCULO 37 DE LAS DISPOSICIONES

En los términos del artículo 37 de las "Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades y emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la "Comisión") que contraten servicios de auditoría externa de Estados Financieros Básicos (las "Disposiciones")", en nuestro carácter de auditores externos de los estados financieros consolidados por el año que terminó el 31 de diciembre de 2021 de GCC, S. A. B. de C. V. (la "Emisora"), declaramos lo siguiente:

  • I. El que suscribe declaro que cumplo con los requisitos señalados en los artículos 4 y 5 de las Disposiciones, según lo manifiesto en el documento de Declaración anexo, así como que soy Contador Público titulado con título expedido por la Secretaria de Educación Pública, con certificado emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C. número 6834 expedido el 1 de mayo de 2017. Asimismo, cuento con Número de Registro en la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del SAT 13204 expedido el 22 de octubre de 1996. Por otra parte, Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C. (el "Despacho") cuenta con número de registro en la AGAFF del SAT 7433.

  • II. Declaro que desde la fecha en que se prestan los servicios de auditoría externa, durante el desarrollo de la auditoría externa y hasta la emisión de nuestro Informe de Auditoría Externa de fecha 14 de abril de 2022, así como de las fechas de los comunicados y opiniones requeridos conforme a lo señalado en el artículo 15 de las Disposiciones, cumplimos con los requisitos a que se refieren los artículos 4 y 5 de las Disposiciones, así como que el Despacho se ajusta a lo previsto en los artículos 6, 9 y 10, en relación con el artículo 14 de las Disposiciones.

  • III. Declaro que el Despacho cuenta con evidencia documental de la implementación del sistema de control de calidad a que se refiere el artículo 9 de las Disposiciones y participa en un programa de evaluación de calidad que se ajusta a los requisitos que se contemplan en el artículo 12 de las Disposiciones.

Informo que este es el primer año como auditor externo independiente y he realizado la auditoría de Estados Financieros Básicos Consolidados de GCC, S.A.B. de C.V. y que Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C. ha prestado durante nueve años de servicios de auditoría externa (incluyendo el actual).

Mediante este documento, manifiesto mi consentimiento expreso para proporcionar a la Comisión la información que esa nos requiera a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos mencionados.

Asimismo, nos obligamos a conservar la información que ampare el cumplimento de los requisitos mencionados en este manifiesto, físicamente o través de imágenes en formato digital, en medio ópticos o magnéticos, por un plazo mínimo de cinco años contados a partir de que se concluya la auditoría de Estados Financieros Básicos Consolidados de la Emisora al y por el año terminado el 31 de diciembre de 2021.

Atentamente

C.P.C. Fernando Nogueda Conde 14 de abril de 2022

Deloitte se refiere a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad privada de responsabilidad limitada en el Reino Unido, y a su red de firmas miembro, cada una de ellas como una entidad legal única e independiente. Conozca enwww.deloitte.com/mx/conozcanosla descripción detallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro.

Anexo

Declaración del Auditor Externo Independiente a la Emisora.

En los términos de los artículos 4 y 5 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las Entidades y Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos (las "Disposiciones"), en mi carácter de auditor externo de los estados financieros consolidados al y por el año que terminó el 31 de diciembre de 2021 de GCC, S. A. B. de C. V. (la "Emisora"), manifiesto lo siguiente:

  • Soy Socio del despacho Galaz, Yamazaki, Ruiz, Urquiza S.C., desde el año 2002.

  • Cuento con el registro vigente expedido por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria (AGAFF) número 13204 y/o con la certificación como contador público emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C. con número 6834, expedido el 1 de mayo de 2017.

  • Cuento con la experiencia profesional necesaria para desarrollar labores de auditoría externa en los términos de la fracción III del Artículo 4 de las Disposiciones.

  • Soy independiente en términos del artículo 6, Capítulo II de las Disposiciones.

  • No he sido expulsado ni estoy suspendido de mis derechos como miembro de la asociación profesional a la que pertenezco.

  • No he sido ni estoy condenado por sentencia irrevocable por delito patrimonial o doloso que haya ameritado pena corporal.

  • No estoy inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano, así como no he sido declarado en quiebra o concurso mercantil sin que haya sido rehabilitado.

  • No tengo antecedentes de suspensión o cancelación de alguna certificación o registro que se requiera para fungir como Auditor Externo Independiente, por causas imputables a mí y que hayan tenido su origen en conductas dolosas o de mala fe.

  • No he sido ni he tenido ofrecimiento para ser consejero o directivo de la Emisora o de su controladora, subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial o Consorcio.

  • No tengo litigio alguno pendiente con la Emisora o, en su caso, con su controladora, subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial o Consorcio.

  • Que el Despacho cuenta con evidencia documental de la implementación del sistema de control de calidad a que se refiere el Artículo 9 de las Disposiciones y participa en un programa de evaluación de calidad que se ajusta a los requisitos que se contemplan en el Artículo 12 de las Disposiciones. En el Anexo B se incluye manifestación firmada por el Director General del Despacho, dirigida a la Comisión Técnica de Calidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., sobre el cumplimento con lo dispuesto en la Norma Internacional de Control de Calidad 1 "Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorias y revisiones de estados financieros básicos, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados" emitida por el Consejo de Normas

    Internacionales de Auditoría y Aseguramiento de la Federación Internacional de Contadores. Manifiesto, asimismo, que se ha asignado un socio de revisión de la calidad del compromiso ("EQCR") en los términos de la Norma Internacional de Control de Calidad 1 y la Norma Internacional de Auditoría 220

    "Control de calidad de la auditoría de estados financieros", de conformidad con los artículos 9 y 10 de las Disposiciones.

  • El Despacho cuenta con una política actualizada para el archivo de papeles de trabajo de auditoría.

2

  • El equipo del compromiso y yo cumplimos con las normas profesionales y los requisitos de calidad aplicables y contamos con la capacidad técnica para el desarrollo del trabajo al que hacen referencia las disposiciones aplicables.

  • El contenido del Informe de Auditoría Externa y de otros comunicados y opiniones señalados en el Artículo 15 de las Disposiciones, son responsabilidad del Despacho.

  • En el supuesto que se identifiquen amenazas a la independencia o incumplimiento a las normas establecidas en los códigos de ética a que hace referencia la fracción X del Artículo 6 de las disposiciones, éstas se documentaran en los papeles de trabajo de la auditoría.

  • No tengo impedimento para participar en labores de auditoría externa para esta Emisora respecto a los años de servicio permitidos.

  • No tengo inversiones en acciones o títulos de deuda emitidos por esta Emisora. Así mismo he obtenido confirmación de los socios de la Firma y del equipo de auditoría, que ni ellos ni sus cónyuges, concubinas, concubinarios o dependientes económicos mantienen inversiones en acciones o títulos de deuda emitidos por esta Emisora.

Atentamente,

C.P.C. Fernando Nogueda Conde 14 de abril de 2022

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