Tel.: +(55) 8503 4200

Castillo Miranda y Compañía, S.C.

www.bdomexico.com

Paseo de la Reforma 505-31

Colonia Cuauhtémoc

Torre Mayor

México, D.F.

CP 06500

Ciudad de México, a 22 de octubre de 2021

Lic. Gonzalo Brockmann García

Presidente del Comité de Auditoría

Grupo Elektra, S. A. B. de C. V.

Insurgentes Sur 3579

Piso 9, Torre 1

Col. Tlalpan La Joya

C.P.14000, Ciudad de México

Estimado señor Brockmann:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de las Disposiciones de Carácter General aplicables a las Entidades y Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de Auditoría Externa de Estados Financieros Básicos (la "Circular Única de Auditores Externos") y con relación a la auditoría de estados financieros de Grupo Elektra, S. A. B. de C. V. (la "Emisora"), por el ejercicio anual que terminará el 31 de diciembre de 2021 que pretende realizar el despacho Castillo Miranda y Compañía, S. C. (miembro de BDO International) (el "Despacho"), manifiesto, bajo protesta de decir verdad lo siguiente:

  1. Previamente a la ratificación anual del Despacho para la prestación de servicios de auditoría de los Estados Financieros Básicos de la Emisora, el mismo cumple y se apega a lo dispuesto en la Circular Única de Auditores Externos (CUAE).
  1. Soy socio del Despacho y cuento con la certificación vigente número 14759 emitida al efecto por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C., y con número de registro 18242 expedido por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF), del Servicio de Administración Tributaria. Asimismo, el Despacho, tiene el número de registro 3255 en la AGAFF. Se adjuntan copias simples de dichos documentos como Anexo 1.
  1. Cuento con experiencia profesional de más de 10 años en labores de auditoría externa, según consta en el curriculum vitae que se adjunta al presente como Anexo 2.

IV. A la fecha de firma de la presente cumplo con lo establecido en el artículo 5 de la Circular Única de Auditores Externos, en virtud de que:

  1. No he sido expulsado, ni me encuentro suspendido de mis derechos como miembro del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. ni del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.
  2. No he sido condenado por sentencia irrevocable por delito patrimonial o doloso que haya ameritado pena corporal.
  3. No estoy inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano, ni he sido declarado en quiebra o concurso mercantil sin que haya sido rehabilitado.

Castillo Miranda y Compañía, S. C., una sociedad civil mexicana de contadores públicos y consultores de empresas, es miembro de BDO International Limited, una 1 compañía limitada por garantía del Reino Unido, y forma parte de la red internacional de firmas independientes miembro de BDO.

.

      1. No tengo antecedentes de suspensión o cancelación de alguna certificación o registro que para fungir como auditor externo independiente se requiera, por causas imputables a mi persona y que hayan tenido su origen en conductas dolosas o de mala fe.
    1. No he sido, ni tengo ofrecimiento para ser consejero o directivo de la Emisora o, en su caso, de su controladora, subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial o Consorcio.
    2. No tengo litigio alguno pendiente con la Emisora o, en su caso, con su controladora, subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial o Consorcio.
  1. Soy independiente en términos del artículo 6 de la Circular Única de Auditores Externos.

VI. El Despacho mantiene un sistema de control de calidad referido en la Norma Internacional de Control de Calidad 1 "Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan y revisiones de Estados Financieros Básicos, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados" y en la Norma Internacional de Auditoría 220 "Control de calidad de auditoría de Estados Financieros" o en su caso, las que las sustituyan (el "Sistema de Control de Calidad").

VII. El Despacho cuenta con evidencia documental de la implementación del sistema de control de calidad a que se refiere el artículo 9 de la CUAE y participa en un programa de avaluación de calidad que se ajusta a los requisitos que se contemplan en el artículo 12 de la CUAE.

Asimismo, otorgo mi consentimiento para proporcionar al Comité de Auditoría la información que este me requiera, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos anteriores. Adicionalmente, este comunicado se emite únicamente para el propósito descrito en el primer párrafo del mismo y para información del Comité de Auditoría, por lo tanto, no debe usarse para ningún otro propósito, ni ser distribuida a otras partes.

Atentamente,

___________________________________

C.P.C. Carlos Enrique Chárraga Sánchez Socio

2

ANEXO I

1 - 3

ANEXO I

2 - 3

ANEXO I

3 - 3

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Grupo Elektra SAB de CV published this content on 26 October 2021 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 26 October 2021 20:26:05 UTC.