Grupo Elektra,

Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable

20 de junio de 2022

En la Ciudad de México, siendo las 11:00 horas del día 20 de junio de 2022, se reunieron en el domicilio social de Grupo Elektra, S.A.B. de C.V. ("Grupo Elektra" o la "Sociedad", indistintamente), ubicado en Avenida Insurgentes Sur No. 3579, Torre I, Penthouse, Colonia Tlalpan la Joya, Demarcación Territorial Tlalpan, C.P. 14000, los accionistas cuyos nombres y firmas aparecen en la lista de asistencia que se preparó con motivo de la presente, con el objeto de celebrar una Asamblea General Ordinaria de Accionistas.

Se certifica que la convocatoria correspondiente fue publicada el pasado 03 de junio de 2022, en el sistema de publicaciones de la Secretaría de Economía, en cumplimiento y con la anticipación prevista en los artículos Décimo Sexto y Décimo Séptimo de los estatutos de la Sociedad, publicación que se adjunta al cuerpo de esta Acta como Anexo 1.

En ausencia del Presidente del Consejo de Administración el contador público Ricardo Benjamín Salinas Pliego, presidió la Asamblea Olivia Acevedo Saldívar, Directora Jurídica Corporativa y actuó como secretaria de la asamblea Katia Sainz López, quienes aceptaron y protestaron los cargos conferidos por unanimidad de votos de las acciones representadas en la Asamblea.

Asimismo, estuvieron presentes el C.P. Mauro Aguirre Regis y el Corredor Público número 14, del Distrito Federal, ahora Ciudad de México, Mauricio Oropeza Estrada para dar fe de lo acontecido en la presente Asamblea.

La Presidenta de la Asamblea se cercioró de que el formulario de carta poder estuviera a disposición de los intermediarios con 15 días de anticipación a la celebración de la presente Asamblea, copia del cual se agrega a la presente acta como Anexo 2, formando parte integrante de la misma.

Asimismo, la Presidenta designó escrutadores a Ulises Lara Flores y Karla Patricia Martínez Morales, quienes aceptaron dichos cargos y en el desempeño de los mismos prepararon la lista de asistencia que se agrega a esta acta como Anexo 3, de la que se desprende que se encontraban representadas el 88.35% (ochenta y ocho punto treinta y cinco por ciento) de las acciones en circulación de la Sociedad.

En virtud de existir el quórum necesario conforme al artículo 189 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y Vigésimo Tercero de los Estatutos Sociales, la Presidenta declaró legalmente instalada la Asamblea y válidos los acuerdos que en su caso se adopten por el voto favorable de al menos la mayoría de las acciones en circulación representativas del capital social, proponiendo para su desahogo el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

  1. Presentación, lectura, discusión, y en su caso, aprobación sobre la distribución de utilidades.
  1. Presentación, lectura, discusión, y en su caso, aprobación de la revocación y otorgamiento de poderes.

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  1. Nombramiento de Delegados especiales de la Asamblea para acudir ante el Fedatario Público de su elección a protocolizar el Acta e inscribir en el Registro Público de Comercio, los acuerdos de la Asamblea, así como para ejecutar cualquier otro trámite relacionado con la misma.

Una vez aprobado por mayoría de votos el Orden del Día que antecede, se procedió a su desahogo de la siguiente manera:

  1. Presentación, lectura, discusión, y en su caso, aprobación sobre la distribución de utilidades.

PUNTO UNO.- En desahogo del primer punto del Orden del Día, la Presidenta de la Asamblea cedió la palabra al C.P. Mauro Aguirre Regis, quien dio una explicación de forma detallada de los Estados Financieros de la sociedad que se presentaron ante esta Asamblea para su aprobación el pasado 29 (veintinueve) de abril de 2022 (dos mil veíntidos); derivado de esta explicación el Sr. Aguirre sometió a consideración de los accionistas presentes la propuesta para decretar un dividendo en efectivo, por un monto neto de $5.20 (cinco pesos 20/100 Moneda Nacional), mismo que será pagado por cada acción serie única que se encuentre en circulación. Aunado a lo anterior, propuso a los accionistas que el pago del dividendo sea realizado preferentemente el 28 (veinticoho) de junio de 2022 (dos mil veíntidos), a través del SD Indeval, Sociedad para el Depósito de Valores, cumpliendo al efecto las formalidades legales requeridas por las disposiciones aplicables.

Finalmente, la Presidenta cuestionó a los accionistas sobre la existencia de alguna observación de su parte, manifestando éstos su negativa al respecto.

Después de analizar lo anterior, tras una amplia deliberación, del total de los accionistas asistentes votaron por mayoría de votos de las acciones representadas en la Asamblea, por lo cual aprobaron las siguientes:

R E S O L U C I O N E S

PRIMERA.- Se aprueba que de las utilidades acumuladas se separe una cantidad suficiente para realizar el pago de un dividendo neto a razón de $5.20 (cinco pesos 20/100 Moneda Nacional) por cada acción en circulación.

SEGUNDA.- Se aprueba que el pago a que se refiere la resolución inmediata anterior, sea hecho preferentemente el día 28 (veintiocho) de junio de 2022 (dos mil veíntidos), a través del SD Indeval, Sociedad para el Depósito de Valores.

TERCERA.- Se aprueba la utilidad neta restante, después de separar la cantidad que en su caso corresponda a la reserva legal y la necesaria para el pago del dividendo acordado, se registre en la cuenta de utilidades acumuladas pendientes de distribución.

CUARTA.- Se faculta a quienes resulten autorizados como delegados especiales de la Asamblea, para que indistintamente realicen los trámites y lleven a cabo todas las gestiones necesarias para el pago del dividendo, de conformidad con lo establecido en las resoluciones que anteceden.

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  1. Presentación, lectura, discusión, y en su caso, aprobación de la revocación y otorgamiento de poderes.

PUNTO DOS.- En relación con el segundo punto del Orden del Día, la Presidenta propuso a la Asamblea revocar poderes a fin de prescindir de aquellos que ya no se requieren, así como otorgar diversos poderes para dar cumplimiento oportuno a las necesidades de la operación de la Sociedad. Acto seguido, la Presidenta describió cada uno de los poderes que propuso revocar y otorgar.

Después de analizar lo anterior, tras una amplia deliberación, del total de los accionistas asistentes votaron por mayoría de votos de las acciones representadas en la Asamblea, por lo cual aprobaron las siguientes:

R E S O L U C I O N E S

PRIMERA.- Se aprueba la revocación de todos y cada uno de los poderes que hayan sido otorgados a los señores Francisco Xavier Borrego Hinojosa Linage y Ricardo Martínez Cruz, mismos que a continuación se enlistan:

Escritura

Fecha

Notaría

Notario

Apoderados

50,635

03 de septiembre

153

Jorge Antonio Sánchez

de 1999

Cordero Dávila

Ricardo Martínez

19 de enero de

Jorge Alfredo Domínguez

62,288

140

Cruz

2000

Martínez

Francisco Xavier

92,613

07 de octubre de

89

Gerardo Correa Etchegaray

Borrego Hinojosa

2002

116,548

20 de agosto de

15

Eduardo García Villegas

2009

SEGUNDA.- Se aprueba otorgar a los señores Gabriel Alfonso Roqueñí Rello, Rodrigo Pliego Abraham, Esteban Galíndez Aguirre, Mauro Aguirre Regis, Álvaro Alberto Calderón Jiménez, Guillermo Eduardo Carmona Zabiur, Jesús Morales Aguilar y Jorge Carlos Narváez Mazzini, para dar cumplimiento oportuno a las necesidades de la operación de la Sociedad. Dichos poderes y facultades podrán ser ejercidas según se indique más adelante:

  1. Se otorga a favor de los señores Gabriel Alfonso Roqueñí Rello y Rodrigo Pliego Abraham, los siguientes poderes:
  1. PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y con todas las facultades especiales que requieran poder o cláusulas especiales conforme a las disposiciones legales, sin limitación alguna y con la amplitud de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro, y del artículo dos mil quinientos ochenta y siete, ambos del Código Civil para el Distrito Federal y de sus correlativos de los Códigos Civiles de todas las entidades federativas de los Estados Unidos Mexicanos entre las que, de una manera enunciativa, pero no limitativa, se citan de manera expresa las siguientes facultades: para intentar, ejercitar, continuar y desistirse de toda clas de acciones, instancias y procedimientos, aún de juicios de amparo; para formular y ratificar denuncias y querellas penales, desistirse de las mismas y otorgar perdón, cuando proceda; para coadyuvar con el Ministerio Público, para constituirse en

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parte civil y para obtener la reparación civil de daño; para transigir; para comprometer en árbitros y arbitradores; para articular y absolver posiciones, inclusive las de carácter meramente personal; para recusar; reconocer firmas y documentos, para consentir sentencias, para recibir pagos, para hacer posturas, pujas y mejoras en remates y obtener la adjudicación de bienes; para ejecutar todos los demás actos expresamente autorizados por la Ley; y en general para comparecer ante particulares y ante toda clase de tribunales y autoridades judiciales y administrativas, incluyendo las penales civiles, mercantiles, fiscales, del Trabajo, de cualquier otra naturaleza ya sean federales, estatales, municipales o locales de todas las entidades Federativas de los Estados Unidos Mexicanos.

  1. PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, y PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN EN MATERIA LABORAL, con todas las facultades generales y especiales que requieran poderes o cláusula especial conforme a las disposiciones legales, sin limitación alguna, y con la amplitud de lo dispuesto por los dos primeros párrafos del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro, y del artículo dos mil quiniento ochenta y siete del Código Civil para el Distrito Federal y de sus correlativos de los Códigos Civiles de todas las entidades federativas de los Estados Unidos Mexicanos; entre las que de una manera enunciativa, pero no limitativa, se citan las siguientes facultades: para actuar con la Representación Legal y con la representación Patronal que por este acto se delega y realizar toda clase de actos de Dirección y Administración en relación con los trabajadores de la empresa poderdante; para actuar ante o frente a los trabajadores personalmente considerados y para todos los efectos de conflictos individuales y para actuar ante o frente a los sindicatos con los cuales existan o no celebrados contratos colectivos de trabajo y para todos los efectos de conflictos colectivos, y en general para todos los asuntos obrero- patronales y ante cualesquiera Autoridad del Trabajo y Autoridades de Servicios Sociales; para comparecer ante las juntas de Conciliación y Arbitraje, ya sean locales o federales, y ante cualquier autoridad de carácter laboral, para los efectos de acreditar la personalidad y la capacidad en juicio o fuera de juicio; para intentar, ejercitar, continuar y desistirse de toda clase de acciones, instancias y procedimientos, aún de juicios de amparo; para transigir; para comprometer en árbitros y arbitradores; para recusar; para comparecer y actuar en los juicios de orden laboral en todas sus etapas, con la Representación Legal y con la Representación Patronal en todas las audiencias y diligencias; para señalar domicilios convencionales, para recibir notificaciones; de manera especial para articular y absolver posiciones, inclusive las de carácter meramente especial; para comparecer a las audiencias de conciliación, demandas y excepciones y de ofrecimiento y admisión de pruebas y de desahogo de pruebas incluyendo la etapa conciliatoria, proponer arreglos conciliatorios, celebrar transacciones, tomar toda clase de decisiones, negociar, celebrar y suscribir toda clase de convenios laborales, y con tal carácter obligar a la misma empresa en todas sus relaciones con los trabajadores; y en general para representar a la empresa como Administrador y Patrón y Representante Legal, en los términos más amplios que establezca y requiera la legislación laboral, sus disposiciones reglamentarias, la jurisprudencia y demás disposiciones aplicables.
  2. PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN y DOMINIO LIMITADO EN MATERIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, para que en nombre y representación de la Sociedad, realicen todo tipo de trámites y gestiones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Sistema de Administración Tributaria, Tesorería del Gobierno del Distrito Federal y del Estado de México y cualquier dependencia del ramo, pudiendo entre otros, gestionar la obtención de la Firma Electrónica Avanzada o cualquier otra que la sustituya o complemente, cambios al Registro Federal de Contribuyentes, cambios de registros, avisos, altas, bajas y para la resolución de cualquier asunto que "la

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poderdante" mantenga con dichas dependencias hasta su decisión final, presente documentos, declaraciones, escritos, reclamaciones y reciba notificaciones o requerimientos, los desahogue y en general haga valer los derechos y recursos que correspondan a su representada, incluyendo para el finiquito de dichos asuntos, pudiendo realizar para tal efecto, todos los actos que sean necesarios en ejercicio del poder, quedando facultados para firmar los documentos públicos y privados que sean necesarios. En razón del poder general que se otorga, los apoderados también están facultados de forma enunciativa mas no limitativa para realizar cualquier acto o iniciar acción alguna ante cualquier autoridad para otorgar, constituir, ampliar y/o formalizar todo tipo de garantías ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Administración General de Grandes Contribuyentes, Servicio de Administración Tributaria, Administraciones Locales dependientes del Servicio de Administración Tributaria, así como ante cualquier otra autoridad fiscal, Juntas locales y federales de Conciliación y Arbitraje y, en general, ante cualquier autoridad administrativa o judicial; ya sean personales o reales y en cualquier forma permitida por la Ley, por lo que podrán constituir garantías en términos de lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación y su reglamento, así como de conformidad con la legislación común; en el entendido de que dichas garantías se constituirán en razón de haberse interpuesto algún medio de defensa.

  1. PODER para representar a la Sociedad en sus asambleas de accionistas, incluidas aquellas asambleas de accionistas de sus sociedades subsidiarias, afiliadas y/o asociadas, así como en resoluciones tomadas fuera de asamblea.
  2. FACULTAD PARA DELEGAR Y SUSTITUIR SUS PODERES Y FACULTADES Y PARA OTORGAR PODERES, ya sean generales, limitados o especiales, pudiendo éstos a su vez ser con o sin facultades de sustitución o delegación, dentro del límite de sus facultades, reservándose en todo caso y momento para sí su ejercicio, y para REVOCAR cualquier poder que haya otorgado o llegue a otorgar la Sociedad aún y cuando éstos hayan sido otorgados mediante Asamblea de Accionistas.
  3. PODER GENERAL PARA ACTOS DE DOMINIO, por lo que el apoderado tendrá todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes de la poderdante como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos, en los términos del tercer párrafo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y su correlativo de los Códigos Civiles para los Estados de la República.
  4. PODER PARA OTORGAR, SUSCRIBIR, ENDOSAR, AVALAR Y DE CUALQUIER OTRA FORMA NEGOCIAR TÍTULOS DE CRÉDITO en los términos del artículo noveno de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de su correlativo del Ordenamiento de cualquier otro lugar.
  5. PODER PARA OTORGAR AVALES Y SUBROGAR EN NOMBRE DE LA SOCIEDA.
  6. PODER, para constituir a la Sociedad como fiadora, obligada solidaria, o en cualquier forma garantizar y asumir obligaciones a cargo de la sociedad o de terceros, personas físicas o morales en forma onerosa o gratuita pudiendo aceptar o constituir garantías reales o personales.
  7. PODER, para abrir, operar y cancelar cuentas bancarias y de todo tipo, a nombre de la Sociedad, en cualquier institución financiera, nacional o extranjera, así como para hacer

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Grupo Elektra SAB de CV published this content on 27 June 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 27 June 2022 22:20:04 UTC.