INBEST PRIME IV INMUEBLES SOCIMI, S.A.

Calle Serrano, 57

28006 Madrid

Madrid, 7 de octubre de 2020

Inbest Prime IV Inmuebles SOCIMI, S.A. (en adelante "Inbest IV", la "Sociedad" o el "Emisor"), en virtud de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado y en el artículo 228 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, así como en la Circular 3/2020 de BME Growth, pone en conocimiento del mercado la siguiente:

Otra información relevante

La Junta General Ordinaria de accionistas de Inbest Prime IV Inmuebles SOCIMI, S.A., en su sesión telemática celebrada en primera convocatoria el pasado 6 de octubre, adoptó por unanimidad con el voto favorable de la totalidad del capital que concurrió en la Junta, correspondiente al 88,32% del capital suscrito con derecho a voto, los siguientes acuerdos:

PRIMERO. - Aumento de capital por capitalización de créditos y consiguiente modificación estatutaria.

Se acuerda por unanimidad ampliar el capital social de la Sociedad, fijado actualmente en la cuantía de

OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS (8.948.794.-€), hasta la cifra de NUEVE MILLONES DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE EUROS (9.019.427.-€), es decir, aumentarlo en la cuantía de SETENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS (70.633.-€)

Para ello, se emitirán TRESCIENTAS SIETE MIL CIEN (307.100) acciones ordinarias nominativas, de VEINTITRÉS CÉNTIMOS DE EURO (0,23.-€) de valor nominal cada una de ellas. Al encontrarse representadas mediante anotaciones en cuenta, no es preceptivo especificar numeración alguna de las mismas.

Estas acciones otorgarán los mismos derechos y obligaciones que las hasta ahora existentes. Cada una de las nuevas acciones comenzará a gozar de los derechos a ella inherentes a partir de su suscripción y desembolso.

Estas nuevas acciones se emiten con una prima de emisión DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIETOS SESENTA Y SIETE EUROS (236.467.-€), es decir, una prima de emisión de SETENTA

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Y SIETE CÉNTIMOS DE EURO (0,77.-€) euros por acción euros por acción. En consecuencia, el total importe a desembolsar en concepto de capital y prima de emisión asciende a la cantidad de TRESCIENTOS SIETE MIL CIEN EUROS (307.100.-€), esto es, a UN EURO (1.-€) por acción.

Los accionistas aceptan por unanimidad en este acto las aportaciones realizadas y, en consecuencia, declaran íntegramente suscritas y desembolsadas las acciones emitidas, junto con la totalidad de su correspondiente prima de emisión, con efectos desde el día de hoy..

Como resultado de lo anterior, los accionistas acuerdan, por unanimidad, modificar el artículo 5 de los estatutos sociales, que en adelante y con derogación de su anterior redacción, será del tenor literal siguiente:

"Artículo 5º.- Capital Social

El capital social, que está totalmente suscrito y desembolsado, se fija en NUEVE MILLONES DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE EUROS (9.019.427. -€), representado por TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTAS CATORCE MIL NOVECIENTAS (39.214.900) acciones nominativas de VEINTITRÉS CÉNTIMOS DE EURO (0.23. -€) de valor nominal cada una de ellas.

SEGUNDO. - Delegación de Facultades.

Se acuerda por unanimidad facultar a todos los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, con facultad de sustitución, para que cualquiera de ellos indistintamente, de forma solidaria, actuando en nombre y representación de la Sociedad pueda: (i)comparecer ante Notario con el objeto de elevar a público los acuerdos precedentes y otorgar cuantos instrumentos pú blicos o privados fueran necesarios o convenientes hasta obtener la inscripción de los mismos en el Registro Mercantil, pudiendo incluso: (a) aclarar o subsanar cualesquiera de los extremos incluidos en la presente acta,

  1. otorgar las escrituras de subsanación, complementarias o aclaratorias que, en su caso, procedan hasta obtener la inscripción de los precedentes acuerdos en el Registro Mercantil, (c) solicitar, en su caso, del Registrador Mercantil la inscripción parcial de los acuerdos adoptados, si el mismo no accediera a su inscripción total, y (d) tomar cuantos acuerdos, y negociar y suscribir cuantos documentos públicos o privados fueran necesarios o convenientes para implementar, en general, los acuerdos adoptados por esta Junta General; (ii) otorgar la escritura pública en la que constarán las acciones representadas por medio de anotaciones en cuenta; depositar en Iberclear, en la Comisión Nacional del Mercado de Valores y ante los organismos rectores del Mercado Alternativo Bursátil una copia de la referida escritura y realizar en nombre y por cuenta de la Sociedad y de los propios accionistas cuantas actuaciones y gestiones sean necesarias o convenientes en relación con la modificación de la forma de representación de las acciones y su transformac ión en anotaciones en cuenta.

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Quedamos a su disposición para cuantas aclaraciones consideren oportunas.

Atentamente,

D. Javier Basagoiti Miranda

Presidente del Consejo de Administración

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Inbest Prime IV Inmuebles SOCIMI SA published this content on 07 October 2020 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 07 October 2020 19:09:03 UTC