En Gijón, a 1 de octubre de 2024
IZERTIS, S.A. (en adelante, "Izertis" o la "Sociedad"), en virtud de lo previsto en el artículo 227
de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y disposiciones concordantes, así como en la Circular 3/2020 del segmento BME Growth de BME MTF Equity sobre información a suministrar por empresas incorporadas a negociación en
el segmento BME Growth de BME MTF Equity (en adelante, "BME Growth"), pone en su
conocimiento la siguiente:
OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE
El Consejo de Administración de la Sociedad, en fecha 27 de septiembre de 2024, al amparo de la autorización contenida en el acuerdo séptimo de la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada en sesión de fecha 13 de junio de 2024, para la adquisición derivativa de acciones propias de la Sociedad, ha acordado la aprobación de un programa de recompra de acciones
propias (en adelante, el "Programa de Recompra") que se realizará en los términos que se
indican a continuación:
1. Objetivo
El Programa de Recompra de acciones propias tendrá como objetivo la compra de acciones para:
- Hacer frente a pagos en acciones derivados de las adquisiciones corporativas;
- Su amortización mediante acuerdo de reducción de capital;
- El cumplimiento de las obligaciones derivadas de los programas de opciones de acciones u otras asignaciones de acciones para los empleados o los miembros de los órganos de administración o supervisión de la Sociedad o de una empresa asociada;
- El cumplimiento de las obligaciones inherentes a los instrumentos financieros de deuda convertibles en acciones.
2. Número máximo de acciones e inversión máxima
El número máximo de acciones que la Sociedad podrá adquirir al amparo del Programa de Recompra será de un máximo de 570.000 acciones propias representativas aproximadamente del 2 % del capital social de la Sociedad a la fecha de esta comunicación. Alternativamente, la inversión máxima que IZERTIS podrá destinar al Programa de Recompra de acciones propias asciende a un máximo de seis millones euros (6.000.000,00-€).
No obstante lo anterior, la Sociedad no se compromete a adquirir el número máximo de acciones o a invertir el importe máximo a que se refiere el párrafo anterior, quedando facultada para adquirir las acciones al amparo del programa según las necesidades de
satisfacción de las finalidades a que se refiere el apartado primero "Objetivo".
3. Condiciones de precio y volumen
Las acciones serán adquiridas por la Sociedad a precio de mercado, aplicando por analogía las condiciones de precio y volumen establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016 (en adelante, el "Reglamento Delegado"), en base a lo previsto en el artículo 5 del Reglamento (UE) 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el Abuso de Mercado (en adelante, el "RAM") y con sujeción a los términos autorizados por la Junta General de Accionistas de fecha 13 de Junio de 2024. En particular, en lo que se refiere al precio, la Sociedad no comprará acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (i) el precio de la última operación independiente; o (ii) la demanda independiente más alta de ese momento en los centros de negociación donde se efectúe la compra.
En lo que respecta al volumen de contratación, la Sociedad no comprará más del 25% del volumen medio diario de sus acciones en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra. El volumen medio diario de las acciones de la Sociedad a los efectos del cómputo anterior tendrá como base el volumen medio diario negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra.
No obstante, la sociedad no se compromete a adquirir el porcentaje máximo del volumen medio diario a que se refiere el párrafo anterior, quedando facultada, en consecuencia, para realizar adquisiciones de acciones por un volumen inferior al máximo indicado o, en su caso, a no realizarlas.
4. Plazo de duración
El Programa de Recompra comenzará el 1 de octubre de 2024 y permanecerá vigente hasta el 30 de junio de 2025. No obstante, la Sociedad se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia, se hubiera cumplido su finalidad y, en particular, si la Sociedad hubiera adquirido al amparo de este el número de acciones, o acciones por un precio de adquisición que alcanzara el importe de la inversión máxima, o si concurriera cualquier otra circunstancia que así lo aconsejara o exigiera.
La interrupción, finalización o modificación del Programa de Recompra, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud, serán debidamente comunicadas a BME Growth y a la CNMV mediante el correspondiente comunicado, con la periodicidad de siete (7) días y serán publicadas en la página web de la Sociedad.
5. Ejecución (gestor representante)
El Programa de Recompra tendrá como gestor representante de la Sociedad a Renta 4 Banco, S.A., quien realizará la compra de acciones propias en nombre de IZERTIS y tomará las decisiones de compra de manera independiente.
La Sociedad comunicará las operaciones de compra realizadas en ejecución del Programa de Recompra, así como cualquier modificación, interrupción o finalización del Programa de Recompra en los términos previstos en la normativa vigente, aplicando por
analogía lo previsto en el artículo 5 del RAM y el Reglamento Delegado.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Circular 3/2020 del BME MTF Equity, se deja expresa constancia de que la información comunicada por la presente ha sido elaborada bajo la exclusiva responsabilidad de la Sociedad y sus administradores.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional.
CONSEJERO DELEGADO DE IZERTIS, S.A.
LAREN CAPITAL, S.L.U.
Rep. por D. Pablo Martín Rodríguez
Disclaimer
Izertis SA published this content on October 01, 2024 and is solely responsible for the information contained herein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on October 01, 2024 at 16:03:25 UTC.