En Madrid, a 30 de junio de 2022

LA FINCA GLOBAL ASSETS SOCIMI, S.A. (la "Sociedad") en virtud de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado y en el artículo 228 del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, y disposiciones concordantes, así como en la Circular 3/2020 del segmento BME Growth de BME MTF Equity, pone en conocimiento del mercado la siguiente:

OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

Con fecha 27 de junio de 2022, a las 16:30 horas, se ha celebrado en primera convocatoria la Junta General Ordinaria de accionistas de la Sociedad, con la asistencia del 99,36% del capital social.

En dicha sesión, se sometieron a deliberación los puntos del orden del día contenidos en el anuncio de convocatoria que se publicó el pasado 26 de mayo de 2022, habiéndose acordado los siguientes acuerdos por mayoría suficiente del capital social presente y/o representado de la Sociedad:

Primero.- La aprobación de la modificación de la denominación de la Sociedad de "LA FINCA GLOBAL ASSETS SOCIMI, S.A." a "LAFINCA GLOBAL ASSETS SOCIMI, S.A."

Como consecuencia de lo anterior se ha aprobado la modificación del artículo 1 de los estatutos sociales, según el siguiente tenor literal:

"DENOMINACIÓN SOCIAL

La Sociedad se denominará "LAFINCA GLOBAL ASSETS SOCIMI, S.A." (la "Sociedad") y se regirá por los presentes Estatutos y, en cuando en ellos no esté previsto, por la "Ley de Sociedades de Capital" o "LSC" y demás disposiciones legales que le sean aplicables".

Segundo.- La aprobación de los siguientes artículos de los estatutos sociales de la Sociedad:

El artículo 11.6.3 de los estatutos sociales, según el siguiente tenor literal:

"11.6. Lista de asistentes y quorum

.

1

(…/…)

11.6.3 La junta general de accionistas quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando los accionistas presentes o representados posean, al menos, el veinticinco por ciento del capital suscrito con derecho de voto. En segunda convocatoria, será válida la constitución de la junta cualquiera que sea el capital concurrente a la misma. Lo anterior, sin perjuicio del quorum de constitución reforzado que exige el artículo 194 de la Ley de Sociedades de Capital para los casos especiales."

El artículo 11.8.2 de los estatutos sociales de la Sociedad, según el siguiente tenor literal:

"11.8 Votación y adopción de acuerdos en la Junta General

(…/…)

11.8.2 Los acuerdos sociales se adoptarán por mayoría simple de los votos de los accionistas presentes o representados, salvo que legalmente se exija una mayoría distinta, entendiéndose adoptado cuando obtenga más votos a favor que en contra del capital presente o representado, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 194 de la Ley de Sociedades de Capital.

El artículo 194 de la Ley de Sociedades de Capital exige para que la junta general ordinaria o extraordinaria pueda acordar válidamente el aumento o la reducción del capital y cualquier otra modificación de los estatutos sociales, la emisión de obligaciones, la supresión o la limitación del derecho de adquisición preferente de nuevas acciones, así como la transformación, la fusión, la escisión o la cesión global de activo y pasivo y el traslado de domicilio al extranjero, la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho de voto en primera convocatoria y la concurrencia del veinticinco por ciento de dicho capital social en segunda convocatoria."

El artículo 12.1 de los estatutos sociales de la Sociedad, según el siguiente tenor literal:

"12.1 La Sociedad será regida y administrada por un Consejo de Administración integrado por un mínimo de tres (3) miembros y un máximo de cuatro (4) miembros."

El artículo 12.10 de los estatutos sociales de la Sociedad, según el siguiente tenor literal:

"12.10 Constitución. El Consejo de Administración quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión, presentes o debidamente representados, la mayoría de los vocales que en cada momento estén nombrados, siempre con un mínimo de tres. Igualmente, el Consejo de Administración quedará válidamente constituido, sin necesidad de previa convocatoria, siempre que estén presentes o representados la totalidad de sus miembros y todos ellos acepten por unanimidad la celebración de la reunión."

El artículo 12.11 de los estatutos sociales de la Sociedad, según el siguiente tenor literal:

"12.11 Votación y adopción de acuerdos. Todos los consejeros tendrán derecho a manifestarse sobre cada uno de los asuntos a tratar, sin perjuicio de que corresponde al

.

2

Presidente el otorgamiento de la palabra y la determinación de la duración de las intervenciones. Cada miembro del Consejo de Administración puede emitir un voto. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes a la sesión, salvo disposición legal específica en otro sentido."

Tercero.- La aprobación de las cuentas anuales de la Sociedad correspondientes al ejercicio 2021, comprensivas del balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de gastos e ingresos reconocidos, el estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, el estado de flujos de efectivo y la memoria, que arrojan un resultado positivo de OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS Y VEINTIUN CENTIMOS DE EURO (8.270.839,21 €), así como el informe de gestión de la Sociedad. Las cuentas anuales han sido debidamente auditadas.

La aprobación de la aplicación del resultado de acuerdo con la propuesta formulada por el consejo de administración de la Sociedad, de forma que la integridad del resultado positivo del ejercicio 2021, por importe de OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS Y VEINTIUN CENTIMOS DE EURO (8.270.839,21 €), sea destinado al reparto de dividendos, según el siguiente calendario de pago y detalle:

Fecha de Devengo (Last

1 de julio 2022

trading date)

Ex - date

4 de julio 2022

Record - date

5 de julio 2022

Fecha

de pago del

6 de julio 2022

dividendo

Importe

bruto unitario

0,21870512 €

(euros/acción) (*)

  1. Sin excluir las acciones en autocartera Se hace constar que:
    1. Tendrán derecho a la percepción del dividendo quienes figuren legitimados en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (IBERCLEAR) en la Fecha de Devengo.
    2. El importe bruto de dividendo por acción está sujeto a variación en función de la autocartera existente al cierre del mercado (last trading date). Consiguientemente, el dividendo inicialmente fijado por acción se ajustará al alza, en atención a lo dispuesto en el artículo 148 a) de la Ley de Sociedades de Capital, por el importe que corresponda por acción a aquella parte del dividendo inherente al número total de acciones de las que la Sociedad sea titular en la Fecha de Devengo, que será atribuido proporcionalmente a las demás acciones. El dividendo final será comunicado al BME Growth mediante publicación de la correspondiente Otra Información Relevante.

.

3

La aprobación de que el pago del dividendo, neto de la correspondiente retención, se efectúe por Renta 4 Banco, S.A. como entidad designada para el pago del dividendo a través de los medios que IBERCLEAR pone a disposición de sus entidades participantes en la fecha de pago antes referida. Lo anterior, con la excepción del pago que corresponde a la accionista Dña. Yolanda García-Cereceda López de no estar sus acciones inscritas en el registro de anotaciones en cuenta de IBERCLEAR, salvo que, en la Fecha de Devengo, estas se encuentren ya inscritas, y en los términos que a continuación se indican.

En relación con el dividendo de Dña. Yolanda García-Cereceda López, se aprueba que:

  1. Parte del mismo en el importe de 387.141,59 € quede retenido en la Sociedad para su abono en la cuenta de la Tesorería de la Comunidad de Madrid dando cumplimiento al embargo de intereses, rentas o frutos de titularidad de Dña. Yolanda García-Cereceda notificado por la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid a la Sociedad con fecha 3 de febrero de 2022 y que fue a su vez comunicado a la accionista mediante carta de fecha 4 de febrero de 2022;
  2. Parte del mismo en el importe de 115.102,94 € quede retenido en la Sociedad para su abono a la cuenta de consignaciones del Juzgado de 1ª instancia nº 11 de Madrid, dando cumplimiento al embargo de los dividendos de Dña. Yolanda García- Cereceda López en el procedimiento de ejecución de títulos no judiciales 172/2015, notificado mediante oficio del citado Juzgado de fecha 25 de febrero de 2022 y que fue a su vez comunicado a la accionista y a su representante D. José Luis Segado Rodriguez mediante burofax con acuse de recibo de fecha 25 de marzo de 2022; y
  3. Que en caso de no estar sus acciones inscritas en el registro de anotaciones en cuenta de IBERCLEAR en la Fecha de Devengo, el importe restante del dividendo que corresponda abonar a Dña. Yolanda García-Cereceda (una vez detraídos los importes de los embargos), quede depositado a través de un cheque nominativo en la notaría de la Notario de Madrid, Doña Ana Fernandez-Tresguerres, cheque que podrá retirar mediante acreditación a la Notario del mantenimiento de su condición de accionista de la Sociedad, lo que podrá hacer mediante su manifestación de mantener, a la fecha de retirada del citado cheque, la titularidad de las acciones de la Sociedad.

Facultar al Consejo de Administración para que realice las actuaciones que resulten necesarias o convenientes para el buen fin, la ejecución y la plena formalización del reparto de dividendos ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, incluidas las de aclaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad de este acuerdo.

Cuarto.- La aprobación de la gestión social realizada por Consejo de Administración de la Sociedad durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2021.

Quinto.- La aprobación de un dividendo a los accionistas con cargo a reintegro de prima de emisión por importe total de NUEVE MILLONES DE EUROS (9.000.000 €) con arreglo al siguiente calendario y detalle:

Fecha de Devengo (Last

1 de julio 2022

trading date)

Ex - date

4 de julio 2022

.

4

Record - date

5 de julio 2022

Fecha de pago del

6 de julio 2022

dividendo

Importe bruto unitario

0,23798626 €

(euros/acción) (*)

(*) Sin excluir las acciones en autocartera

Se hace constar que:

  1. Tendrán derecho a la percepción del dividendo quienes figuren legitimados en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (IBERCLEAR) en la Fecha de Devengo.
  2. El importe bruto de dividendo por acción está sujeto a variación en función de la autocartera existente al cierre del mercado (last trading date). Consiguientemente, el dividendo inicialmente fijado por acción se ajustará al alza, en atención a lo dispuesto en el artículo 148 a) de la Ley de Sociedades de Capital, por el importe que corresponda por acción a aquella parte del dividendo inherente al número total de acciones de las que la Sociedad sea titular en la Fecha de Devengo, que será atribuido proporcionalmente a las demás acciones. El dividendo final será comunicado al BME Growth mediante publicación de la correspondiente Otra Información Relevante.

La aprobación de que el pago del dividendo, neto de la correspondiente retención, se efectúe por Renta 4 Banco, S.A. como entidad designada para el pago del dividendo a través de los medios que IBERCLEAR pone a disposición de sus entidades participantes en la fecha de pago antes referida. Lo anterior, con la excepción del pago que correspondería a la accionista Dña. Yolanda García-Cereceda López de no estar sus acciones inscritas en el registro de anotaciones en cuenta de IBERCLEAR, salvo que, en la Fecha de Devengo, estas se encuentren ya inscritas, y en los términos que a continuación se indican.

En relación con el dividendo de Dña. Yolanda García-Cereceda López, en caso de no estar sus acciones inscritas en el registro de anotaciones en cuenta de IBERCLEAR en la Fecha de Devengo, el importe del dividendo que corresponda abonar a Dña. Yolanda García-Cereceda, quedará depositado a través de un cheque nominativo en la notaría de la Notario de Madrid, Doña Ana Fernandez-Tresguerres, que podrá retirar mediante acreditación a la Notario del mantenimiento de su condición de accionista de la Sociedad, lo que podrá hacer mediante su manifestación de mantener, a la fecha de retirada del citado cheque, la titularidad de las acciones de la Sociedad.

Facultar al Consejo de Administración para que realice las actuaciones que resulten necesarias o convenientes para el buen fin, la ejecución y la plena formalización del reparto de dividendos ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, incluidas las de aclaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad de este acuerdo.

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5

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La Finca Global Assets Socimi SA published this content on 30 June 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 30 June 2022 10:32:35 UTC.