Madrid, 6 de abril de 2022

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

A los efectos de dar cumplimiento al artículo 226 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, MAPFRE, S.A. (MAPFRE), pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la siguiente

INFORMACIÓN PRIVILEGIADA

MAPFRE informa de que en el día de hoy ha fijado los términos de una emisión de obligaciones subordinadas por importe nominal de 500.000.000 de euros. Las obligaciones devengarán un cupón fijo del 2,875% anual, pagadero anualmente, cuyo pago podrá verse diferido en determinadas circunstancias.

La emisión tiene vencimiento el 13 de abril de 2030 (sujeto también a diferimiento en determinadas circunstancias), previéndose supuestos de amortización anticipada.

La emisión de las obligaciones se realizará a un precio de emisión del 99,060% y su cierre y desembolso está previsto para el 13 de abril de 2022, sujeto a la firma del contrato de suscripción (Subscription Agreement) y al cumplimiento de las condiciones establecidas a tal efecto en el mismo.

La emisión se dirige exclusivamente a inversores profesionales y contrapartes elegibles, quedando expresamente excluidos los minoristas.

Las obligaciones se regirán por Derecho español, estando prevista su admisión a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija.

Las obligaciones computarán como fondos propios de nivel 3 (tier 3 instruments) de MAPFRE y su grupo consolidable de acuerdo con la normativa de solvencia aplicable.

Ángel L. Dávila Bermejo Secretario General

AVISO LEGAL

La presente comunicación no constituye una oferta para vender valores o una solicitud de oferta para comprar valores, ni habrá ninguna venta de valores, en los Estados Unidos de América o en cualquier otra jurisdicción en la cual esté prohibida dicha oferta, solicitud o venta sin registro o cualificación en virtud de la normativa de mercado de valores de dicha jurisdicción. Las obligaciones descritas en esta comunicación no han sido registradas de conformidad con la Securities Act de 1933 de los Estados Unidos de América. Sin dicho registro, las obligaciones descritas anteriormente no podrán ser ofrecidas o vendidas en los Estados Unidos de América o en cualquier otra jurisdicción, excepto al amparo de una exención de los requisitos de registro de la Securities Act de 1933 de los Estados Unidos de América o de cualquier otra exención aplicable.

Tal y como se ha establecido en la documentación relativa a la oferta de las obligaciones, existen otras restricciones en diferentes jurisdicciones, incluyendo Reino Unido, España, Bélgica o Italia.

La presente comunicación de información privilegiada constituye un anuncio y no un folleto. El folleto, que se espera que sea aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores a los efectos de la admisión a negociación de las obligaciones, una vez aprobado, será publicado en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y en la página web de MAPFRE.

Reglamento PRIIPs / Prohibición de ventas a inversores minoristas en el EEE - Las obligaciones no están destinadas a ser ofrecidas, vendidas o ser hechas disponibles de cualquier otro modo, y no deberán ser ofrecidas, vendidas o ser hechas disponibles de cualquier otro modo, a ningún inversor minorista en el Espacio Económico Europeo (el "EEE"). A tales efectos, un "inversor minorista" significa una persona que sea: un cliente minorista tal y como se define en el punto 11 del artículo 4(l) de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE (tal y como ha sido modificada, "MiFID II"); o un consumidor conforme al significado de la Directiva 2016/97/UE (la "Directiva de Distribución de Seguros") siempre y cuando tal consumidor no sea un cliente profesional conforme a la definición del punto (10) del artículo 4(l) de MiFID II. Por lo tanto no se ha preparado el documento de datos fundamentales ("key information document" o "KID") requerido por el

Reglamento (UE) No 1286/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de noviembre de 2014 sobre los documentos de datos fundamentales relativos a los productos de inversión minorista vinculados y los productos de inversión basados en seguros (el "Reglamento PRIIPs") para la oferta o venta de valores o para hacerlos disponibles a inversores minoristas en el EEE y, por lo tanto, la oferta o venta de las obligaciones, o hacerlas disponibles de otro modo, a cualquier inversor minorista en el EEE puede ser ilegal bajo el Reglamento PRIIPs.

Reglamento PRIIPs de Reino Unido / Prohibición de ventas a inversores minoristas en el Reino Unido - Las obligaciones no están destinadas a ser ofrecidas, vendidas o ser hechas disponibles de cualquier otro modo, y no deberán ser ofrecidas, vendidas o hechas disponibles de cualquier otro modo, a ningún inversor minorista en el Reino Unido. A tales efectos, un "inversor minorista" significa una persona que sea: (i) un "retail client" tal y como se define en el punto 8 del artículo 2 del Reglamento (UE) 2017/565 tal y como forma parte de la normativa nacional del Reino Unido en virtud de la European Union (Withdrawal) Act of 2018 ("EUWA"); o (ii) un "customer" con el significado de las normas del Financial Services and Markets Act 2000 (the "FSMA") y cualesquiera otras normas promulgadas bajo el FSMA para transponer la Directiva de Distribución de Seguros, siempre y cuando tal consumidor no sea un cliente profesional conforme se define en el punto (8) del artículo 2(l) del Reglamento (UE) 600/2014 tal y como forma parte de la normativa nacional del Reino Unido en virtud de la EUWA. Por lo tanto no se ha preparado el "key information document" o "KID" requerido por el Reglamento

PRIIPs tal y como forma parte de la normativa nacional del Reino Unido en virtud de la EUWA (el "Reglamento PRIIPs de Reino Unido") para la oferta o venta de valores o para hacerlos disponibles a inversores minoristas en el Reino Unido y, por lo tanto, la oferta o venta de las obligaciones, o hacerlas disponibles de otro modo, a cualquier inversor minorista en el Reino Unido puede ser ilegal bajo el Reglamento PRIIPs del Reino Unido.

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Mapfre SA published this content on 06 April 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 06 April 2022 16:41:01 UTC.