PAZ CORP S.A.

REGLAS SOBRE PARTICIPACIÓN Y VOTO A DISTANCIA

De conformidad con la Norma de Carácter General N°435 de la Comisión para el Mercado Financiero ("CMF"), el Directorio de Paz Corp S.A. (la "Sociedad") ha acordado las siguientes reglas en materia de participación y votación a distancia para la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, a celebrarse en Av. Apoquindo 4501, piso 21, Las Condes, Santiago (en adelante el "Domicilio Social"), el día 16 de junio de

2021, a las 9:00 (en adelante, la "Junta"):

Los accionistas con derecho a asistir a la Junta, podrán ejercer su derecho de asistencia y votación utilizando medios electrónicos o tecnológicos de comunicación a distancia, pudiendo participar y ser considerado para efectos de quorum de la Junta sin estar físicamente presentes en el lugar de su celebración.

La asistencia remota de los accionistas a la Junta por medios electrónicos o tecnológicos se hará a través del sistema de videoconferencia que se describe en el siguiente documento (HIPERVÍNCULO) (el "Documento Complementario"). Los términos y condiciones de participación y votación descritos en dicho documento serán obligatorios y vinculantes para todos los accionistas que participen de manera remota.

  1. Si usted desea asistir a la Junta por medios remotos, deberá informarlo así a la Sociedad, enviando un correo electrónico a la direccióninvestor@pazcorp.cl(el "Correo Electrónico Social") a más tardar el día 11 de junio, hasta las 17:00 horas, indicando
    (i) el correo electrónico corporativo del representante del respectivo accionista (en adelante la referida dirección de correo electrónico, el "Correo Electrónico Autorizado"); y (ii) si comparecerá por sí o en representación de uno o más accionistas.

Conjuntamente con la información antes requerida, deberá adjuntar en su correo electrónico (i) la carta poder de asistencia a la Junta, debidamente firmada por el representante legal respectivo, (ii) una copia de su cédula de identidad y (iii) si comparece en representación de uno o más accionistas, deberá adjuntar, además, una copia del poder debidamente otorgado por el o los accionistas correspondientes en formato ".pdf".

  1. Una vez revisados los antecedentes conformes y, en cualquier caso, antes de la fecha de celebración de la Junta, la Sociedad le informará si cumple con los requisitos para participar. Para efectos de la participación y votación remota, cada accionista o su representante, según corresponda, deberá sujetarse a las instrucciones contenidas en el Documento Complementario, adicionalmente a las de este documento. Si fuere calificado para participar, se le solicita que al momento de iniciar la videoconferencia tenga a mano su documento de identificación (cédula de identidad).
  2. Con el fin de simplificar el proceso de votación, el Presidente de la Junta propondrá que la votación de las materias sometidas a consideración de la Junta se realice mediante aclamación. En caso que accionistas deseen que la votación de una o más materias se realice por papeleta, dichas materias se votarán de esa manera, y las demás se votarán por aclamación.
  1. Con el objeto de votar a distancia aquellas materias que sean sometidas al sistema de votación por papeleta, los accionistas podrán entregar sus votos enviando por correo postal al Domicilio Social, debidamente firmada por el accionista o su representante, la papeleta física adjuntada por el Depósito Central de Valores a la carta de citación, indicando su votación para cada una de las materias de la Junta, con al menos cuatro días hábiles de anticipación a la fecha de la Junta. Dicho envío deberá ir dirigido al Gerente General de la Sociedad, César Barros Soffia. El señor Gerente General mantendrá cerrados los sobres hasta el conteo de votos de cada una de las materias en la Junta, y dicha votación será considerada vinculante, irrevocable y final para todos los efectos de la Junta.

En caso que las materias se aprueben por aclamación, la falta de uso de la opción antedicha no inhabilitará al accionista para votar en la Junta en la cual participe en forma remota, debiendo en este caso expresar su voto a viva voz al comienzo del escrutinio de cada una de las materias de la Junta, utilizando para ello el medio tecnológico utilizado para efectos de su participación en la Junta.

  1. El accionista que desee asistir a la Junta y ejercitar sus derechos deberá identificarse, exhibiendo para ello su cédula de identidad. El Secretario de la Junta confirmará la validez de la participación de dicho accionista, con la información que posea de conformidad a la letra a) y b) anterior. Los accionistas que asistan a través de medios remotos, y se incorporen a la Junta de la manera indicada en el Documento Complementario, serán incorporados en la lista de asistentes, certificándose su presencia por el Presidente y Secretario de la Junta.
  2. En caso que los accionistas aprueben votar las materias de la Junta mediante sistema de papeleta, el Secretario de la Junta procederá a abrir las papeletas y correos electrónicos recibidos de conformidad con la letra (d)(i) anterior, y a leer a viva voz la votación de los accionistas comunicados en forma remota, siendo dichos votos agregados a aquellos que se realicen de la manera indicada en la letra (d)(ii).

En caso que los accionistas aprueben votar las materias de la Junta mediante aclamación, el accionista que participe a través de medios remotos podrá hacerlo a viva voz, utilizando para ello el medio tecnológico utilizado para efectos de su participación en la Junta. Asimismo, en este caso las papeletas de votación enviadas por el accionista de conformidad con la letra (d)(i) anterior quedarán sin efecto y carecerán de valor, respecto de aquellas materias que se aprueben por aclamación.

  1. El voto de las propuestas sobre puntos comprendidos en la tabla de la Junta podrán emitirse a partir del momento en que la Presidencia de la Junta declare su válida constitución y realice una indicación en tal sentido, y hasta la hora señalada al efecto por el Presidente.
  2. Los accionistas asistentes a distancia podrán formular las preguntas o solicitar las aclaraciones que consideren pertinentes, siempre que se refieran a asuntos comprendidos en la tabla de la Junta, y una vez otorgada la palabra por el señor Gerente General para dichos efectos.

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  1. Si por circunstancias técnicas o por razones de seguridad derivadas de circunstancias sobrevinientes, se produjere o practicare una interrupción de la comunicación o el fin de la misma, no podrá invocarse esta circunstancia como privación ilegítima de los derechos del accionista, ni como causa de impugnación de los acuerdos adoptados por la Junta. Asimismo, es responsabilidad de cada accionista contar con los requisitos técnicos que le permitan conectarse adecuadamente a la Junta por medios remotos, siendo de su única responsabilidad cualquier interrupción interferencia, desconexión o problema de comunicación que se produzca con anterioridad o durante el transcurso de la misma, no pudiendo invocarse esta circunstancia como privación ilegítima de los derechos del accionista, ni como causa de impugnación de los acuerdos adoptados por la Junta.

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PAZ CORP SA published this content on 11 June 2021 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 11 June 2021 14:31:14 UTC.