PRIM, S.A.

Jorge Prim Martínez

VicePresidente Primero del

Consejo de Administración

Madrid, 29 de enero de 2021

A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

Asunto:

Programa de recompra de acciones de PRIM, S.A.

Muy señores nuestros:

En virtud de lo previsto en el artículo 227 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en el artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización (el "Reglamento Delegado 2016/1052") y disposiciones concordantes, ponemos en su conocimiento que, en el día de hoy, el Consejo de Administración de PRIM, S.A. ("PRIM" o la "Sociedad") ha acordado llevar a cabo un programa de recompra de acciones propias (el "Programa de Recompra") de conformidad con la autorización conferida por la Junta General de Accionistas celebrada el 30 de octubre de 2020 bajo el punto número décimo del orden del día.

El Programa de Recompra se efectúa al amparo de lo previsto en el Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado y en el Reglamento Delegado 2016/1052, con la finalidad de reducir el capital social de la Sociedad, previo acuerdo de la Junta General de Accionistas que convocará el Consejo de Administración en el momento oportuno.

El Programa de Recompra de acciones propias afectará a un máximo de 250.000 acciones, representativas del 1,4%, aproximadamente, del capital social de PRIM a la fecha de esta comunicación, y su importe monetario máximo asciende a 3.000.000 euros. El Programa de Recompra será llevado a cabo en los siguientes términos:

  1. Las acciones se comprarán a precio de mercado, de conformidad con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado 2016/1052. En particular, en lo que se refiere al precio, la Sociedad no comprará acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (i) el precio de la última operación independiente; o (ii) la oferta independiente más alta de ese momento en los centros de negociación donde se efectúe la compra. En lo que se refiere al volumen, PRIM no comprará en cualquier día de negociación más del 25 % del volumen diario medio de las acciones en el centro de negociación donde se efectúe la compra. El volumen medio diario de las acciones de la Sociedad a los efectos del cómputo anterior tendrá como base el volumen medio diario negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra.

Polígono Industrial Nº1, Calle Yolanda González nº 15 ( antes Calle F )- 28938 Móstoles, Madrid

Tel. +34 91 3342454 Fax +34 91 3342502 - Correo electrónico: presidencia@prim.es

PRIM, S.A.

Jorge Prim Martínez

VicePresidente Primero del

Consejo de Administración

  1. El Programa de Recompra tendrá una duración de 12 meses desde su inicio. Comenzará el 15 de febrero de 2021 y permanecerá vigente como máximo hasta el 14 de febrero de 2022.
    No obstante lo anterior, PRIM se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, con anterioridad a su indicada fecha límite de vigencia (esto es, el 14 de febrero de 2022), hubiera adquirido el número máximo de acciones autorizado por el Consejo de Administración, si se hubiera alcanzado el importe monetario máximo del Programa de Recompra o si concurriese alguna otra circunstancia que así lo aconsejara o exigiera.
  2. La interrupción, finalización o modificación del Programa de Recompra, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud serán debidamente comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores mediante la correspondiente comunicación, con la periodicidad prevista por el Reglamento Delegado 2016/1052.
  3. Se encomienda la ejecución del Programa de Recompra a una entidad de crédito en virtud de un Contrato firmado con esa entidad en los términos del Artículo 4, apartado 2.b) del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de manera que la entidad de crédito tomará sus propias decisiones en relación con el momento de realización de las compras de las acciones de la Sociedad, independientemente de esta.
    La implementación del Programa de Recompra conllevará la suspensión de la operativa del contrato de liquidez suscrito por PRIM.

Lo que les comunicamos a los efectos oportunos.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para trasladarles mis mejores saludos,

Jorge Prim Martínez

VicePresidente Primero del Consejo de Administración

Polígono Industrial Nº1, Calle Yolanda González nº 15 ( antes Calle F )- 28938 Móstoles, Madrid

Tel. +34 91 3342454 Fax +34 91 3342502 - Correo electrónico: presidencia@prim.es

Para continuar a leer este documento, haga clic aquí para la versión original.

Attachments

  • Original document
  • Permalink

Disclaimer

Prim SA published this content on 29 January 2021 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 01 February 2021 08:41:01 UTC.