REALIA BUSINESS, S.A.

CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

Se convoca la Junta General Ordinaria de Accionistas de Realia Business, S.A. (en adelante, la "Sociedad"), para su celebración en el domicilio social de la Sociedad, sito en (28050) Madrid, Avenida del Camino de Santiago, nº 40 (en adelante, el "Domicilio Social"), a las quince (15,00) horas del día 29 de junio de 2021, en primera convocatoria y, en caso de no obtenerse quórum suficiente, en el mismo lugar y hora el día 30 de junio de 2021, en segunda convocatoria.

La Junta General Ordinaria de Accionistas se celebrará con asistencia exclusivamente telemática de los accionistas y de los representantes de los accionistas, tanto en primera como en segunda convocatoria, respectivamente, en las fechas y hora previstas anteriormente, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto-ley34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético y en materia tributaria.

ORDEN DEL DIA

1.- Cuentas anuales, gestión social y resultado del ejercicio:

  1. Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de Realia Business, S.A., y de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de su Grupo Consolidado, todo ello correspondiente al ejercicio económico cerrado al 31 de diciembre de 2020.
  2. Examen y aprobación, en su caso, de la gestión social durante el ejercicio de 2020.
  3. Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio de 2020.

2.- Nombramiento de Consejeros:

  1. Nombramiento de Dª Esther Alcocer Koplowitz como consejera dominical.
  2. Nombramiento de Dª Alicia Alcocer Koplowitz como consejera dominical.

3.- Modificación de los Estatutos Sociales:

  1. Modificación del artículo 5º (capital) del Título II, relativo al Capital Social.
  2. Modificación de los artículos 14º (legitimación para asistir a la Junta General), 15º (medios de comunicación telemáticos), 18º (derecho de información) y 19º (representación) del Título III, Sección Primera, relativa a la Junta General.
  3. Creación de un nuevo artículo 14º.bis (asistencia a la Junta General por medios telemáticos. Juntas exclusivamente telemáticas) en el Título III, Sección Primera, relativa a la Junta General.
  4. Modificación del artículo 21º (modo de organizar la administración de la sociedad y representación de la sociedad. Facultades indelegables) del Título III, Sección Segunda, relativa al Consejo de Administración.
  5. Modificación del artículo 26º (remuneración de los miembros del Consejo de Administración) del Título III, Sección Segunda, relativa al Consejo de Administración.
  6. Modificación del artículo 27º (comité de auditoría y control) del Título III, Sección Tercera, relativa al Comité de Auditoría y Control, Comisión de Nombramientos y Retribuciones y otras comisiones.
  7. Modificación de los artículos 30º (informe anual de gobierno corporativo) y 31º (informe anual sobre las remuneraciones de los consejeros) del Título III, Sección Cuarta, relativa al Informe Anual de Gobierno Corporativo e Informe Anual sobre las Remuneraciones de los Consejeros.

4.- Modificación del Reglamento de la Junta General de Accionistas:

  1. Modificación del Preámbulo.
  2. Modificación del artículo 3º (junta general de accionistas) del Título II, relativo al Concepto, clases y funciones de la Junta General de Accionistas.
  3. Modificación de los artículos 8º (información disponible desde la fecha de la convocatoria), 9º (derechos de información previo o durante la celebración de la junta general) y 10º (delegaciones) del Título III, Capítulo II, relativo a la Preparación de la Junta.
  4. Modificación de los artículos 13º (derecho y deber de asistencia), 14º (mesa de la junta general) y 15º (constitución de la junta general de accionistas), y creación de un nuevo artículo 13.bis (asistencia telemática a la junta y junta exclusivamente telemática), del Título IV, Capítulo I, relativo a la

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Constitución de la Junta.

  1. Modificación de los artículos 16º (solicitudes de intervención) y 18º (Información) del Título IV, Capítulo II, relativo al Turno de intervención de los Accionistas.
  2. Modificación de los artículos 19º (votación de las propuestas), 19º.bis (emisión del voto a distancia) y 22º (acta de la junta) del Título IV, Capítulo III, relativo a las Votaciones y documentación de los acuerdos.

5.- Autorización para la reducción del plazo de la convocatoria de las Juntas Generales Extraordinarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 515 de la Ley de Sociedades de Capital.

6.- Política de remuneraciones de los consejeros.

7.- Retribución del Consejo de Administración: fijación del importe máximo anual a satisfacer al conjunto de los consejeros por su condición de tales.

8.- Reelección del auditor de cuentas de la Sociedad y de su Grupo Consolidado para el ejercicio 2022.

9.- Autorización a los miembros del Consejo de Administración para el desarrollo, elevación a público, inscripción, subsanación y ejecución de los acuerdos adoptados.

10.- Aprobación, si procede, del acta de la junta, en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 202 de la Ley de Sociedades de Capital o, en su caso, aplicación de lo previsto en el artículo 203 del mismo texto legal.

11.- Informe Anual sobre las Remuneraciones de los Consejeros.

Intervención de Notario

El Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante Acta de la reunión de la Junta General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante, la "LSC").

Complemento de la convocatoria y presentación de nuevas propuestas

Los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento (3%) del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria de Junta General incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. A estos efectos, los accionistas deberán indicar el número de acciones de las que son titulares o que representan. Los accionistas que deseen ejercitar este derecho deberán remitir dicho complemento mediante notificación fehaciente que deberá recibirse en el Domicilio Social a la atención de la Secretaría General dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación de la presente convocatoria. El complemento de la convocatoria se publicará, como mínimo, con quince (15) días de antelación a la fecha establecida para la celebración de la Junta en primera convocatoria.

Los accionistas que representen ese mismo porcentaje podrán, en el plazo y forma señalados en el párrafo anterior, presentar propuestas fundamentadas de acuerdos sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día. Dichas propuestas, así como la documentación que en su caso se adjunte, se publicarán ininterrumpidamente en la página web de la Sociedad, www.realia.es, (en adelante, la "Web Corporativa") a medida que se reciban.

Derecho de asistencia, representación y voto

1. Asistencia:

De conformidad con lo establecido en el artículo 14º de los Estatutos Sociales (en adelante, los "ES"), tienen derecho de asistencia a la Junta General los accionistas titulares de una o más acciones, incluidas las que no tienen derecho a voto, cuya titularidad aparezca inscrita en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta, con cinco (5) días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta.

2. Representación:

Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque esta no sea accionista. La representación deberá conferirse en los términos y con el alcance establecido en la LSC, por escrito y con carácter especial para la Junta, salvo los supuestos excepcionados

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en la LSC, en los ES y el Reglamento de la Junta General (en adelante, el "RJG").

Si en la fórmula de delegación no se indicase la persona concreta a la que el accionista confiera su representación, esta se entenderá otorgada a favor del Presidente de la Junta General.

3. Voto:

Los accionistas que tengan derecho de asistencia podrán ejercer el voto asistiendo personalmente a la Junta por medios telemáticos y votando en la misma, o emitiendo su voto por medios de comunicación a distancia con carácter previo a la Junta.

4. Emisión de voto y otorgamiento de representación en la Junta General de accionistas por medios de comunicación a distancia, con carácter previo a la Junta.

4.I.- Voto por medios de comunicación a distancia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 15º de los ES y 19º bis del RJG, el voto sobre las propuestas relativas a los puntos del Orden del Día podrá ejercitarse por los accionistas mediante correspondencia postal o electrónica que garantice debidamente la identidad del accionista. El ejercicio de este derecho se hará conforme a las siguientes instrucciones.

4.I.1.- Voto por correspondencia postal.

Los accionistas que deseen votar mediante correspondencia postal deberán remitir la tarjeta de asistencia emitida por las entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta o el modelo de "tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia" facilitado por la Sociedad, acompañado del correspondiente certificado de posición.

La tarjeta de asistencia debidamente cumplimentada y firmada, junto con el certificado de posición, deberá hacerse llegar a la Sociedad por cualquiera de los siguientes procedimientos:

  1. Mediante entrega o envío al Domicilio Social a la atención del "Departamento de Bolsa y Relaciones con
    Accionistas"; o
  2. Mediante entrega a la entidad participante en Iberclear en la que tenga depositadas sus acciones.

4.I.2.- Voto mediante comunicación electrónica.

Los accionistas que deseen votar mediante comunicación electrónica podrán hacerlo a través de la Web Corporativa, en el enlace a "Accionistas e inversores", en el apartado destinado a la Junta General, siguiendo las instrucciones que al efecto aparecen especificadas en cada una de las pantallas de la citada Web Corporativa.

El voto mediante comunicación electrónica se emitirá bajo firma electrónica reconocida o firma electrónica avanzada, en los términos previstos en la normativa aplicable, siempre que estén basadas en (i) el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, respecto al cual no conste su revocación, o (ii) el certificado electrónico reconocido incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1.553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica.

Todo accionista que disponga de una firma electrónica que cumpla con uno de los requisitos indicados y se identifique con ella, podrá emitir su voto en relación con los puntos del Orden del Día de la Junta General.

4.II.- Otorgamiento de representación mediante sistemas de comunicación a distancia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 15º de los ES y el artículo 10º del RJG, los accionistas podrán otorgar su representación para la Junta General mediante correspondencia postal o electrónica que garantice debidamente la identidad del accionista, siguiendo las siguientes instrucciones:

4.II.1.- Otorgamiento de representación por correspondencia postal.

Los accionistas que deseen otorgar su representación mediante correspondencia postal deberán remitir la tarjeta de asistencia emitida por las entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta o el modelo de "tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia" facilitado por la Sociedad, acompañado del correspondiente certificado de posición.

Si se otorga la representación al Presidente de la Junta o del Consejo o a cualquier otro miembro del Consejo de Administración, incluidos el Secretario y el Vicesecretario, la tarjeta de asistencia debidamente cumplimentada

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y firmada, junto con el correspondiente certificado de posición, deberá hacerse llegar a la Sociedad por cualquiera de los siguientes procedimientos:

  1. Mediante entrega o envío al Domicilio Social a la atención del "Departamento de Bolsa y Relaciones con
    Accionistas"; o
  2. Mediante su entrega a la entidad participante en Iberclear en la que tenga depositadas sus acciones.

4.II.2.- Otorgamiento de representación mediante comunicación electrónica.

Los accionistas que deseen otorgar su representación mediante comunicación electrónica podrán hacerlo a través de la Web Corporativa, en el enlace a "Accionistas e inversores", en el apartado destinado a la Junta General, siguiendo las instrucciones que al efecto aparecen especificadas en cada una de las pantallas de la citada Web Corporativa.

El otorgamiento de representación mediante comunicación electrónica se emitirá bajo firma electrónica reconocida o firma electrónica avanzada, en los términos previstos en la normativa aplicable, siempre que estén basadas en (i) el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, respecto al cual no conste su revocación o

  1. el certificado electrónico reconocido incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1.553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica.

Todo accionista que disponga de una firma electrónica que cumpla con uno de los requisitos indicados y se identifique con ella podrá otorgar su representación a través de la Web Corporativa.

4.II.3.- Disposiciones comunes al otorgamiento de representación por medios de comunicación a distancia.

El accionista que otorgue su representación por medios de comunicación a distancia deberá comunicar al representante designado la representación conferida, que a su vez deberá dejar constancia de su aceptación. A estos efectos, se considerará que el representante acepta su representación al asistir por medios telemáticos a la Junta General, en los términos previstos en el apartado "Asistencia telemática a la Junta General" de esta convocatoria.

Cuando la representación se otorgue al Presidente de la Junta, del Consejo o a cualquier otro miembro del Consejo de Administración, incluidos el Secretario y el Vicesecretario, esta comunicación se entenderá realizada mediante la recepción por la Sociedad de la representación conferida.

En caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas y tendrá la obligación de conservar dichas instrucciones durante un año desde la celebración de la Junta correspondiente.

La delegación podrá también incluir aquellos puntos que, aún no previstos en el Orden del Día de la convocatoria, puedan ser tratados en la Junta, por así permitirlo la Ley.

El representante solo podrá ejercer el voto de su representado asistiendo personalmente por medios telemáticos a la Junta General.

El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados. Cuando un representante tenga representaciones de varios accionistas, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista.

4.II.4.- Conflicto de intereses.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la LSC, se informa de que el Presidente del Consejo de Administración, así como cualquier otro miembro del Consejo de Administración, pueden encontrarse en conflicto de intereses (i) respecto del punto 1.2 del Orden del Día, (ii) respecto del punto 6 del Orden del Día; (iii) respecto del punto 7 del Orden del Día; y (iv) en los supuestos recogidos en los apartados b) o c) del artículo

526.1 de la LSC, (separación de administradores y ejercicio de la acción social de responsabilidad) que pudieran presentarse fuera del Orden del Día con arreglo a la Ley. Asimismo, se encuentran en conflicto de interés las personas cuyo nombramiento se propone en el punto 2 del Orden del Día. En relación con todos ellos, si el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas, la representación, salvo indicación expresa en contrario, se entenderá conferida al Secretario de la Junta General de accionistas.

4.III.- Reglas comunes.

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4.III.1.- Plazo del ejercicio para la representación y voto por medios de comunicación a distancia.

Las representaciones otorgadas y los votos emitidos por medios de comunicación a distancia con carácter previo a la Junta, tanto mediante correspondencia postal como por comunicación electrónica, podrán emitirse a partir del día de la publicación de la convocatoria y deberán recibirse por la Sociedad antes de las 00,00 horas del día 28 de junio de 2021.

Las representaciones y los votos recibidos con posterioridad se tendrán por no conferidos y por no emitidos, respectivamente.

4.III.2.- Reglas de prelación sobre la asistencia, voto y representación por medios de comunicación a distancia.

4.III.2.1. Prioridad de la asistencia personal.

La asistencia personal por medios telemáticos a la Junta General tendrá el efecto de revocar el voto emitido y la representación otorgada por medios de comunicación a distancia.

La representación es siempre revocable. En cualquier caso, la asistencia personal por medios telemáticos a la Junta del representado tendrá valor de revocación de la representación otorgada.

4.III.2.2. Prioridad del voto a distancia sobre el otorgamiento de la representación a distancia.

El voto efectuado a través de cualquier medio de comunicación a distancia hará ineficaz cualquier otorgamiento de representación electrónica o mediante tarjeta impresa en papel, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada.

4.III.2.3. Prioridad en caso de realización de varios otorgamientos de representación o votos por medios de comunicación a distancia.

En el caso de que un accionista realice válidamente varios otorgamientos de representación o emita válidamente varios votos mediante diferentes medios de comunicación a distancia, prevalecerá la representación y/o voto que se haya recibido en último lugar, quedando invalidados los recibidos en momento anterior.

4.III.3.- Cotitularidad.

En caso de cotitularidad de las acciones, a los efectos del artículo 126 de la LSC se presumirá que el cotitular que vote u otorgue la representación por medios de comunicación a distancia se encuentra designado por el resto de los cotitulares para ejercitar los derechos derivados de las acciones.

4.IV.- Incidencias técnicas.

La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de delegación o voto electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad así lo requieran o demanden.

La Sociedad no será responsable de los daños y perjuicios que, en su caso, pudiera sufrir el accionista, derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos de conexión, mal funcionamiento del correo postal, o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y delegación mediante comunicación a distancia.

Asistencia telemática a la Junta General

Los accionistas que tengan derecho de asistencia y sus representantes podrán asistir a la Junta General a través de medios telemáticos, en los términos aprobados por el Consejo de Administración y recogidos en esta convocatoria.

I.- Registro previo, conexión y asistencia.

I.1.- Registro previo.

Los accionistas que deseen asistir por esta vía deberán registrarse en la plataforma de asistencia telemática habilitada en la Web Corporativa antes de las 00,00 horas del día 28 de junio de 2021, acreditando su identidad mediante alguno de los siguientes medios:

  1. El Documento Nacional de Identidad Electrónico; o
  2. Un Certificado Electrónico de Usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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Realia Business SA published this content on 26 May 2021 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 26 May 2021 06:42:05 UTC.