INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE

LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

Fecha fin del ejercicio de referencia:

CIF:

Denominación Social:

REALIA BUSINESS, S.A.

31/12/2020

A-81787889

Domicilio social:

AVENIDA DEL CAMINO DE SANTIAGO 40 MADRID

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  1. POLÍTICA DE REMUNERACIONES DE LA SOCIEDAD PARA EL EJERCICIO EN CURSO

A.1. Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.

Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.

En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:

  • Descripción de los procedimientos y órganos de la sociedad involucrados en la determinación y aprobación de la política de remuneraciones y sus condiciones.
  • Indique y en su caso, explique si se han tenido en cuenta empresas comparables para establecer la política de remuneración de la sociedad.
  • Información sobre si ha participado algún asesor externo y, en su caso, identidad del mismo.

El artículo 45º del Reglamento del Consejo de Administración dispone que entre las funciones de la comisión de nombramientos y retribuciones se encuentra la de proponer al consejo la política de retribuciones de los consejeros, de los directores generales o de quienes desarrollen sus funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del consejo de administración, de la comisión ejecutiva o del consejero delegado, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los consejeros ejecutivos, velando por su observancia.

Los componentes fijos de la retribución de los consejeros se aprobaron en el ejercicio de 2012, en un entorno de profunda crisis de la economía española y de todo el sector inmobiliario. En dicho ejercicio el comité de nombramientos y retribuciones realizó una propuesta de retribución del consejo que partía de un componente fijo, por la permanencia al consejo de administración y a sus comisiones, y unas dietas de asistencia a cada reunión. Los criterios que se utilizaron en su momento fueron los de establecer una remuneración adecuada para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado y retribuir su dedicación, y la cualificación y responsabilidad exigida por el cargo, sin comprometer la independencia de criterio de los consejeros, así como atender a un criterio de mercado. A tal efecto, en el ejercicio de 2012 se realizó una comparativa de la remuneración propuesta con la de los consejos del resto de sociedades del sector que cotizaban en bolsa, determinándose que la remuneración propuesta estaba en la banda baja de la media de todas ellas.

Desde el ejercicio de 2012, la remuneración del consejo de administración ha estado congelada, pese a que la sociedad ha ido mejorando progresivamente sus resultados. En el año 2016, y tras la dimisión del presidente ejecutivo, la comisión de nombramientos propuso al consejo de administración, y este a su vez a la junta general, una política de remuneraciones que, sin modificar las remuneraciones del resto de consejeros, reconocía al presidente no ejecutivo una remuneración específica por el desempeño del dicho cargo.

En la preparación de la vigente política de remuneraciones intervinieron y participaron activamente todos y cada uno de los miembros de la comisión de nombramientos y retribuciones, bajo la dirección y coordinación de su Presidenta, tomándose en consideración los comentarios, valoraciones, opiniones y sugerencias vertidos en dicho proceso por todos ellos. Asimismo, se contó con la información y el asesoramiento de los departamentos internos de la compañía.

La compañía no ha considerado necesario recurrir a asesores externos para la determinación de la política de retribuciones.

  • Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a lo fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso,
    una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.
    Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un

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período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aun no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.

No se han pactado conceptos retributivos variables.

  • Importe y naturaleza de los componentes fijos que se prevé devengarán en el ejercicio los consejeros en su condición de tales.

En el presente ejercicio se prevé que las retribuciones fijas de los Consejeros sean iguales a las devengadas en el ejercicio de 2020, esto es:

20.843,00 euros anuales por su pertenencia al Consejo de Administración 10.419,00 euros anuales por su pertenencia a la Comisión Ejecutiva

3.049,00 euros anuales por su pertenencia al Comité de Auditoría y Control

3.049,00 euros anuales por su pertenencia a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.

Las dietas por la asistencia a las reuniones del consejo y de sus comisiones delegadas, que permanecen inalteradas desde que se fijaron en el ejercicio de 2012, ascienden a la suma de 1.894 € por la asistencia a cada reunión del consejo, 1.158 € por cada reunión de la comisión ejecutiva a la que asisten sus miembros, y 600 € por la asistencia a cada una de las reuniones de las comisiones delegadas.

Adicionalmente, se prevé que el Presidente del Consejo de Administración percibirá una retribución fija igual a la de 2020, es decir, la suma de 180.000 € fijos adicionales.

  • Importe y naturaleza de los componentes fijos que serán devengados en el ejercicio por el desempeño de funciones de alta dirección de los consejeros ejecutivos.

Se prevé que la retribución del Consejero Delegado, por sus funciones ejecutivas, en el ejercicio de 2021 será igual a la percibida en 2020, es decir, una suma fija de 175.000 euros anuales.

  • Importe y naturaleza de cualquier componente de remuneración en especie que será devengado en el ejercicio incluyendo, pero no limitado a, las primas de seguros abonadas en favor del consejero.

No existen componentes variables en la retribución.

  • Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
    Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.

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No existen componentes variables en la retribución.

  • Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
    Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.

No existen.

  • Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.

La sociedad ha suscrito un contrato con el Presidente y con el Consejero Delegado que no prevén cláusulas de indemnización y permanencia, y contienen pactos de exclusividad o no concurrencia, con excepciones tasadas.

  • Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre
    la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.

El contrato del Consejero Delegado y Primer Ejecutivo de la compañía es un contrato de prestación de servicios, con una duración de un año a partir de su entrada en vigor el 9 de octubre de 2015, y prorrogable por sucesivos períodos anuales, con un preaviso de treinta días. Dicho contrato fue ratificado en el Consejo de Administración de la Sociedad celebrado el día 2 de junio de 2020 con motivo de la reelección de Don Gerardo Kuri Kaufmann como Consejero Delegado.

Durante la vigencia del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, cualquiera de las partes podrá dar por finalizado el contrato con un preaviso, por ambas partes, de tres meses. No está previsto el pago de cantidad alguna como sustitución del preaviso. El contrato tampoco prevé primas de contratación, cláusulas de indemnización o blindaje, y contiene pactos de exclusividad o no concurrencia, con excepciones tasadas. No existen cláusulas de no competencia post-contractual.

  • La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria que será devengada por los consejeros en el ejercicio en curso en contraprestación por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.

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No se prevén remuneraciones suplementarias.

  • Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.

No existen.

  • La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.

No existen.

A.2. Explique cualquier cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio en curso derivada de:

  • Una nueva política o una modificación de la política ya aprobada por la Junta.
  • Cambios relevantes en las determinaciones específicas establecidas por el consejo para el ejercicio en curso de la política de remuneraciones vigente respecto de las aplicadas en el ejercicio anterior.
  • Propuestas que el consejo de administración hubiera acordado presentar a la junta general de accionistas a la que se someterá este informe anual y que se propone que sean de aplicación al ejercicio en curso.

La Junta General de la Compañía aprobó, el 28 de junio de 2018, la política de retribuciones para los ejercicios de 2019, 2020 y 2021, sin cambios significativos de la política de remuneraciones anterior.

A la fecha de emisión del presente Informe no hay cambios con respecto al ejercicio anterior, en la política de remuneraciones, ni el consejo no ha acordado ninguna propuesta relativa al contenido de la política de retribuciones a someter a la Junta General.

A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.

https://www.realia.es/uploads/accionistas_inversores/gobierno_corporativo/politicas_internas/Politica_de_remuneraciones.

A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.

Dada la amplia aceptación de la política de retribuciones presentada a la Junta General por el consejo de administración, no se ha considerado necesario realizar modificaciones derivas del resultado de las votaciones.

  1. RESUMEN GLOBAL DE CÓMO SE APLICÓ LA POLITICA DE RETRIBUCIONES DURANTE EL EJERCICIO CERRADO
    B.1. Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y,

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Realia Business SA published this content on 25 May 2021 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 26 May 2021 07:52:04 UTC.