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Madrid, 18 de febrero de 2021

El Consejo de Administración de Repsol, S.A., en su reunión celebrada en el día de ayer, ha acordado someter a la aprobación de la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas, una propuesta de reducción del capital social por un importe máximo de 40.494.510 euros, mediante la amortización de un máximo de 40.494.510 acciones propias, representativas de aproximadamente el 2,58% del capital social de la Sociedad a la fecha de esta comunicación (la "Reducción de Capital").

A este respecto, al amparo de la autorización para la adquisición de autocartera conferida por la Junta General de Accionistas celebrada el 11 de mayo de 2018, dentro del punto octavo del orden del día, y de lo previsto en el Reglamento (UE) Nº 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el abuso de mercado, y del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, por el que se completa el Reglamento sobre el abuso de mercado en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización, el Consejo de Administración también ha acordado poner en marcha un programa de recompra de acciones propias (el "Programa de Recompra").

El Programa de Recompra será realizado en los términos que se indican a continuación:

1.

Objetivo

El Programa de Recompra se lleva a cabo con el único propósito de adquirir las acciones propias que se amortizarían en el caso de que la Reducción de Capital resultara aprobada por la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas en los términos que esta decida. Asimismo, la finalidad de la Reducción de Capital es coadyuvar a la retribución del accionista de Repsol mediante el incremento del beneficio por acción.

2.

Número máximo de acciones e inversión máxima

El número máximo de acciones a adquirir al amparo del Programa de Recompra (el "NMAA")

será de 40.494.510 acciones propias representativas aproximadamente del 2,58% del capital social de la Sociedad a la fecha de esta comunicación.

Por su parte, la inversión máxima neta del Programa de Recompra asciende a 445.439.610 euros (la "Inversión Máxima").

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A efectos del cálculo del importe de la Inversión Máxima, se computará únicamente el precio de adquisición de las acciones. No se computarán, por tanto, los gastos, comisiones o corretajes que, en su caso, pudieran repercutirse sobre las operaciones de adquisición.

3.

Condiciones de precio y volumen

La adquisición de las acciones se realizará a precio de mercado de conformidad con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016. En particular, en lo que se refiere al precio, Repsol no comprará acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (i) el precio de la última operación independiente; o (ii) la oferta independiente más alta de ese momento en los centros de negociación donde se efectúe la compra.

En lo que respecta al volumen de contratación, Repsol no comprará más del 25% del volumen medio diario de las acciones de Repsol en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra.

El volumen medio diario de las acciones de la Sociedad a los efectos del cómputo anterior tendrá como base el volumen medio diario negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra.

4.

Plazo de duración

El Programa de Recompra comenzará el día 18 de febrero de 2021 y permanecerá vigente hasta el 18 de mayo de 2021.

No obstante, Repsol se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia (esto es, el 18 de mayo de 2021), se hubiera cumplido su finalidad y, en particular, si Repsol hubiera adquirido al amparo del mismo el NMAA, o acciones por un precio de adquisición que alcanzara el importe de la Inversión Máxima, o si concurriera cualquier otra circunstancia que así lo aconsejara o exigiera.

La interrupción, finalización o modificación del Programa de Recompra, así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud, serán debidamente comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores con la periodicidad prevista en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016.

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Repsol SA published this content on 18 February 2021 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 18 February 2021 06:56:01 UTC.