Clave de Cotización: CASCB

Fecha: 2020-12-31

[411000-AR] Datos generales - Reporte Anual

Reporte Anual:

Anexo N Bis 1

Oferta pública restringida:

No

Tipo de instrumento:

Fideicomisos

Emisora extranjera:

No

Mencionar si cuenta o no con aval u otra garantía, especificar la Razón o Denominación Social:

No Aplica, en virtud de que la emisión no cuenta con un aval u otra garantía

En su caso, detallar la dependencia parcial o total:

No

1 de 57

Clave de Cotización: CASCB

Fecha: 2020-12-31

Número de fideicomiso:

2031

Datos relativos al contrato de fideicomiso:

Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Inversión, Administración y Fuente de Pago No. F/2031 (en lo sucesivo "el Fideicomiso").celebrado con fecha 12 de octubre de 2007 entre Concesionaria de Autopistas del Sureste, S.A. de C.V., actuando como Fideicomitente en el Fideicomiso (en adelante "la Concesionaria" o "la Fideicomitente"), y Banco Invex S. A., Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero, fiduciario, como Institución Fiduciaria (en lo sucesivo "Invex"), incluyendo su reforma integral de fecha 5 de octubre de 2011, el Convenio de Sustitución Fiduciaria de fecha 4 de octubre de 2011, en la cual se designó a HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, División Fiduciaria (en lo sucesivo "HSBC"), en el carácter de Fiduciario en Sustitución de Invex, y el Convenio de Sustitución Fiduciaria de fecha 30 de octubre de 2014, en la cual se designó a Banco Monex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Monex Grupo Financiero, en el carácter de Fiduciario en sustitución de HSBC (en los sucesivo "el Fiduciario"), así mismo, se hace referencia al Convenio de Sustitución del Representante común celebrado por Banco Invex S. A., Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero como Representante Común Sustituido, CI Banco S.A., Institución de Banca Múltiple como Representante Común Sustituto y el Fiduciario de fecha 11 de agosto de 2020, al igual que se refiere al Tercer Convenio Modificatorio al Fideicomiso de fecha 11 de agosto de 2020.

Nombre del fiduciario:

Banco Monex, S.A Institución De Banca Múltiple, Monex Grupo Financiero.

Fideicomitente:

Concesionaria de Autopistas del Sureste, S.A. de C.V

Clave de cotización:

CASCB

Fideicomisarios en primer lugar:

Los Tenedores de los Certificados Bursátiles Fiduciarios.

2 de 57

Clave de Cotización: CASCB

Fecha: 2020-12-31

Fideicomisarios en segundo lugar:

La Concesionaria, por lo que respecta a su derecho a recuperar la TIR establecida para el Capital de Riesgo conforme a lo previsto en la Concesión. Lo anterior en el entendido que previamente deberán quedar liquidados en su totalidad los Certificados Bursátiles.

Fideicomisarios en tercer lugar:

El FINFRA, por lo que respecta al pago de la Aportación al Fondo Carretero, conforme a lo previsto en los Anexos 9 y 10 del Título de Concesión, en caso de que el ingreso neto de la explotación de la Concesión resulte mayor al proyectado y, como consecuencia, la Concesionaria obtenga la TIR establecida para el Capital de Riesgo antes de que concluya el plazo de vigencia de la Concesión. Lo anterior en el entendido que previamente deberán haberse liquidado en su totalidad los Certificados Bursátiles Fideicomisario

Otros Fideicomisarios:

En cuarto lugar, la Concesionaria por lo que respecta a las cantidades remanentes del Fideicomiso una vez recuperada la TIR establecida para el capital de riesgo conforme a lo previsto en el Título de Concesión y realizado el pago de la Aportación al Fondo Carretero a FINFRA. Lo anterior en el entendido que previamente deberán haberse liquidado en su totalidad los Certificados Bursátiles. En Quinto Lugar, La Secretaría de Comunicaciones y Transportes para recibir el remanente del Fondo de Conservación. Lo anterior en el entendido que previamente deberán haberse liquidado en su totalidad los Certificados Bursátiles.

Administrador del patrimonio del fideicomiso:

Fideicomiso F/2031, Banco Monex, S.A Institución De Banca Múltiple, Monex Grupo Financiero.

Resumen de las características más relevantes de los activos o derechos a fideicomitir:

Tales como: tipo de valor, número, saldo insoluto inicial, saldo promedio inicial, promedio de cupón bruto y neto, promedio del servicio de la deuda, tasa promedio ponderada, plazo promedio de los activos, etc.

Los bienes a fideicomitir consisten principalmente en los Derechos de Cobro de las cuotas de peaje derivadas de la explotación de los Tramos Carreteros "1", "2" y "3" de la Concesión, agrupados en dos autopistas:

  1. Autopista "Arriaga-Ocozocoautla" con una longitud de 93 km., con comienzo en Arriaga y finalización en Ocozocoautla y se compone de los siguientes tramos carreteros: a) Tramo "Arriaga-Tierra y Libertad", del km. 0+000 al km. 20+000; y b) Tramo "Tierra y Libertad- Ocozocoautla", del km. 20+000 al km. 93+000. La mencionada autopista es de tipo A2, se compone de 2 carriles, uno por sentido, con 12 metros de ancho de corona, 7 metros de calzada y 2.5 metros de acotamiento. Para su trazado se han tenido que construir diversos viaductos y 2 túneles para salvar la orografía de la Sierra de la Sepultura, así como toda una serie de obras de drenaje y pasos inferiores vehiculares, necesarios para dar servicio a los diversos ejidos de la zona. Dispone de 3 casetas de cobro situadas en los puntos kilométricos 1, 60 y 90, así como de diversas zonas de aparcamientos, sanitarios y tiendas de conveniencia. En la caseta de cobro del kilómetro 60, existen 2 casetas remotas que permiten la entrada/salida a la Autopista en dicho punto, dando servicio a la localidad de Jiquipilas. (ii) Autopista "Tuxtla Gutiérrez-San Cristóbal de las Casas", de 46.5 km, une ambas localidades, concretamente entre los entronques de Chiapa de Corzo y de San Cristóbal de las Casas. La mencionada autopista es de tipo A2, se compone de 2 carriles, uno por sentido, con 12 metros de ancho de corona, 7 metros de calzada y 2.5 metros de acotamiento. En los 46.5 km. de su recorrido se salvan más de 1,500 metros de desnivel, y una orografía complicada, lo que se ha conseguido con la construcción de diversos viaductos. En el sentido de descenso se han

3 de 57

Clave de Cotización: CASCB

Fecha: 2020-12-31

creado diversas zonas de frenado de emergencia, como medida de seguridad. Dispone de una caseta de cobro sita en el kilómetro 1+500, con servicios de sanitarios, tiendas de conveniencia, aparcamientos, ambulancia, entre otros.

Intereses / Rendimiento procedimiento del cálculo:

A partir de la Fecha de Emisión y en tanto no sean amortizados en su totalidad, los Certificados Bursátiles devengarán un interés anual sobre su Valor Nominal Ajustado, que será calculado y dado a conocer por el Representante Común con 2 (dos) Días Hábiles de anticipación a cada Fecha de Pago, aplicando la tasa de rendimiento anual de 6% (seis por ciento), la cual se mantendrá fija durante la vigencia de la Emisión ("la Tasa de Interés Bruta Anual") sobre el Valor Nominal Ajustado. Para determinar el monto de intereses pagaderos en cada Periodo de Intereses respecto de los Certificados Bursátiles, el Representante Común deberá aplicar el procedimiento establecido en el Título de los Certificados Bursátiles y en el Prospecto. Los rendimientos serán pagaderos en Moneda Nacional que deberán cubrirse en cada Fecha de Pago el Representante Común aplicará el valor de la UDI vigente en la Fecha de Pago correspondiente. El Representante Común calculará y dará a conocer por escrito a la CNBV, la BMV y al INDEVAL, por lo menos con 2 (dos) Días Hábiles de anticipación a cada Fecha de Pago, el importe de los intereses exigibles bajo los Certificados bursátiles expresado en Pesos, debiendo proporcionar los elementos necesarios para verificar el cálculo.

A partir de la Fecha de Emisión y en tanto no sean amortizados en su totalidad, los Certificados Bursátiles en circulación devengarán un interés anual sobre su Valor Nominal Ajustado, que será calculado y dado a conocer por el Representante Común con 2 (dos) Días Hábiles de anticipación a cada Fecha de Pago, aplicando la tasa interés bruto a rendimiento anual del 6% (6 por ciento), la cual se mantendrá fija durante la vigencia de la Emisión ("la Tasa de Interés Bruta Anual").

El Interés que devengarán los Certificados Bursátiles se computará a partir de su Fecha de Emisión o al inicio de cada Periodo y los cálculos para determinar el monto de los Intereses a pagar, deberá comprender los días naturales efectivamente transcurridos hasta la Fecha de Pago de intereses correspondiente. Los cálculos se efectuarán cerrándose a centésimas.

Los intereses que devenguen los Certificados Bursátiles se liquidarán a su equivalente en moneda nacional.

Para determinar el monto de intereses pagaderos en cada Período respecto de los Certificados Bursátiles, a su equivalente en moneda nacional, el Representante Común utilizará la siguiente fórmula:

Dónde:

I =

Intereses del periodo.

VAU j = Valor Nominal Ajustado de los Certificados Bursátiles en circulación en la Fecha de Pago j, expresado en UDIs.

TB = Tasa de Interés Bruta Anual.

NDE = Número de días efectivamente transcurridos hasta la Fecha de Pago de interés correspondiente.

VU = Valor de la UDI en moneda nacional en la Fecha de Pago de interés correspondiente.

j =

Número correspondiente a cada uno de los Periodos.

Toma valores de 1,2,…,n (donde 1 corresponde al primer Periodo, 2 al segundo y así sucesivamente hasta llegar a n que es el último).

Dichos pagos se realizarán en las siguientes Fechas de Pago, en el entendido de que si una Fecha de Pago coincide con un día inhábil, el pago se realizará el Día Hábil inmediato siguiente.

Para determinar el monto de intereses pagaderos en cada Fecha de Pago respecto de los Certificados Bursátiles, el Representante común utilizará la siguiente fórmula:

INTU j = VAU j-1((T)(D j)/360))

4 de 57

Clave de Cotización: CASCB

Fecha: 2020-12-31

Dónde:

INTU j = Monto de intereses pagados por los Certificados Bursátiles a la Fecha de Pago j, expresado en UDIs.

VAU j = Valor Nominal Ajustado total de los Certificados Bursátiles en la Fecha de Pago j, expresado en UDIs.

D j = Número de días efectivamente transcurridos en el periodo de intereses j, hasta la Fecha de Pago.

T = La Tasa de Interés Bruta Anual del 6% (seis por ciento).

Para determinar el monto de intereses en Pesos pagaderos en cada periodo de intereses respecto de los Certificados Bursátiles, el Representante Común, utilizará la siguiente fórmula:

INTP j = INTU j ·UDIS j

Dónde:

INTP j = Interés a pagar de cada Certificado Bursátil en la Fecha de Pago j, expresado en Pesos.

INTU j = Interés a pagar de cada Certificado Bursátil en la Fecha de Pago j, expresado en UDIs.

UDIs j = Valor en moneda nacional de las Unidades de Inversión en la Fecha de Pago j.

Para cada Fecha de Pago, el Valor Nominal Ajustado de los Certificados Bursátiles se fijará de conformidad con la siguiente fórmula:

VAU j =VAU j -1 -PP j

Dónde:

VAU j = Valor Nominal Ajustado total de los Certificados Bursátiles en circulación en la Fecha de Pago j, expresado en UDIs.

VAU j-1 = Valor Nominal Ajustado total de los Certificados Bursátiles en circulación en la Fecha de Pago j-1, expresado en UDIs, en el entendido que en la primera Fecha de Pago, el Valor Nominal Ajustado, será igual al Valor Nominal.

  1. j = Monto de principal pagado por los Certificados Bursátiles en circulación a la Fecha de Pago j, expresado en UDIs. Para calcular el Valor Nominal Ajustado total en pesos de los Certificados Bursátiles, se deberá aplicar la siguiente fórmula:

Para calcular el Valor Nominal Ajustado total en pesos de los Certificados Bursátiles, se deberá aplicar la siguiente fórmula:

VAP j =VAU j ·UDIS j

Dónde:

VAP j = Valor Nominal Ajustado total de los Certificados Bursátiles en la Fecha de Pago j, expresado en Pesos.

VAU j = Valor Nominal Ajustado total de los Certificados Bursátiles en la Fecha de Pago j, expresado en UDIs.

UDIS j = Valor en Pesos de las UDIs en la Fecha de Pago j.

En caso de que las UDIs desaparecieran y, en consecuencia, dejara de publicarse su valor en Pesos, será utilizada la Unidad de Cuenta que el Banco de México señale como sustituta o, en su defecto, se adoptará el índice o método que el Banco de México señale para medir variaciones del nivel general de precios a los consumidores. Para determinar el Valor Nominal Ajustado expresado en UDIs de cada Certificado Bursátil se deberá aplicar la siguiente fórmula:

5 de 57

Para continuar a leer este documento, haga clic aquí para la versión original.

Attachments

  • Original document
  • Permalink

Disclaimer

Monex Casa de Bolsa SA de CV Monex Grupo Financiero published this content on 28 May 2021 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 28 May 2021 14:36:00 UTC.