Chiclayo, 05 de mayo de 2023

Señores

Superintendencia del Mercado de Valores - SMV

Presente. -

Referencia

:

Hecho de Importancia

Estimados Señores:

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores aprobado por Decreto Supremo N° 020-2023- EF y por el Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada aprobado por Resolución SMV N° 005-2014- SMV/01, cumplimos con informarles en calidad de Hecho de Importancia lo siguiente:

  1. Con fecha 16 de julio de 2019, mediante Resolución Gerencial Regional N° 000138-2019- GR.LAMB/GRTPE, la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Lambayeque declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por el Sindicato Único de Trabajadores de Cayaltí (en adelante, el "Sindicato") contra el Auto
    Directoral N° 000172-2019-GRLAMB/GRTPE-DPSC que declaró improcedente la huelga general indefinida convocada por el Sindicado y, en consecuencia, declaró procedente el inicio de la huelga indefinida cursada por el Sindicato a partir del día 17 de julio de 2019. 1
  2. Con fecha 16 de septiembre de 2019, se suspendió la huelga indefinida producto de acuerdos adoptados en una mesa de diálogo realizada con la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lambayeque2.
  3. Con fecha 15 de noviembre de 2019, mediante Resolución Gerencial Regional N° 000216-2019-GR.LAMB/GRTPE, la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Lambayeque declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por el Sindicato contra el Auto Directoral N° 000253-2019-GR.LAMB/GRTPE- DPSC que declaró improcedente el reinicio de la huelga general indefinida convocada por el Sindicado y, en consecuencia, declaró procedente el reinicio de la huelga indefinida a partir del 27 de setiembre de 20193.
  4. En la fecha, Agrícola Cayaltí S.A.A. ha suscrito con ocho (8) trabajadores integrantes del Sindicato Único de Trabajadores el levantamiento voluntario, de la huelga iniciada el 17 de julio del año 2019, acordando ambas partes como fecha de reincorporación el lunes 08 de mayo de 2023.
  1. Expediente N° 2019046578
  2. Expediente N° 2019046578
  3. Expediente N° 2019046578

Firmado Digitalmente por:

WENDY LISSET BECERRA

FERNANDEZ

Fecha: 05/05/2023 07:08:21 p.m.

Agrícola Cayaltí S.A.A. cumple con informar que el levantamiento de la huelga de los ocho

  1. trabajadores acordada con fecha 05 de mayo de 2023 y que origina el presente hecho de importancia no conlleva al levantamiento total de la medida, toda vez que a la fecha hay más de 100 trabajadores acogidos a la huelga. Asimismo, cumplimos con precisar que la incorporación de los ocho (8) trabajadores coadyuva al normal funcionamiento de la empresa, la cual no suspendió sus operaciones por el inicio de la huelga.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente,

Representante Bursátil

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Disclaimer

Agricola Cayaltí SAA published this content on 05 May 2023 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 06 May 2023 00:20:05 UTC.