Aleatica, S. A. B. de C. V.

Declaración del Auditor Externo Independiente conforme al Artículo 37 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las Entidades y Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, al 31 de diciembre de 2023

Galaz, Yamazaki,

Ruiz Urquiza, S.C.

Paseo de la Reforma 505, piso 28 Colonia Cuauhtémoc

06500 Ciudad de México México

Tel: +52 (55) 5080 6000

www.deloitte.com/mx

Al Presidente del Comité de Auditoría de

Aleatica, S. A. B. de C. V.

Estimado Javier Soni Ocampo

En los términos del Artículo 37 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las Entidades y Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de Estados Financieros Básicos consolidados (las "Disposiciones"), en mi carácter de auditor externo independiente de los estados financieros básicos consolidados por el año que terminó el 31 de diciembre de

2023 de Aleatica, S. A. B. de C. V. y Subsidiarias (la "Emisora"), declaramos lo siguiente:

  1. Declaro que cumplo con los requisitos señalados en los artículos 4 y 5 de las disposiciones, así como que soy contador público titulado con título expedido por la Secretaría de Educación Pública, con certificado emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. número 12619 expedido el 30 de diciembre de 2006 y refrendado el 1 de mayo de 2022. Asimismo, cuento con Número de
    Registro en la Administración General de Auditoría Fiscal Federal ("AGAFF") del Servicio de Administración Tributaria ("SAT") 17090 expedido el 31 de enero de 2008. Por otra parte, Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C. (el "Despacho") cuenta con número de registro 7433 en la AGAFF del SAT expedido el 30 de enero de 2003.
  1. Declaro que desde la fecha en que se prestan los servicios de auditoría externa, durante el desarrollo de la auditoría externa y hasta la emisión de nuestro Informe de Auditoría Externa de fecha 02 de abril de 2024, así como de las fechas de los comunicados y opiniones requeridos conforme a lo señalado en el Artículo 15 de las Disposiciones, cumplo con los requisitos a que se refieren los artículos 4 y 5 de las Disposiciones, así como que el Despacho se ajusta a lo previsto en los artículos 6, 9 y 10, en relación con el Artículo 14 de las Disposiciones.
  1. Declaro que el Despacho cuenta con evidencia documental de la implementación del sistema de control de calidad a que se refiere el Artículo 9 de las Disposiciones y participa en un programa de evaluación de calidad que se ajusta a los requisitos que se contemplan en el Artículo 12 de las Disposiciones.

Informo que tengo 5 años como auditor externo independiente y he realizado la auditoría de los Estados Financieros Básicos Consolidados de Aleatica, S.A.B. de C.V. y Subsidiarias y que Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C. ha prestado durante 16 años los servicios de auditoría externa a esta Emisora.

Mediante este documento, manifiesto mi consentimiento expreso para proporcionar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la información que esa nos requiera a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos mencionados.

Asimismo, el despacho se obliga a conservar la información que ampare el cumplimento de los requisitos mencionados en este manifiesto, físicamente o través de imágenes en formato digital, en medio ópticos o magnéticos, por un plazo mínimo de cinco años contados a partir de que se concluya la auditoría de Estados Financieros Básicos Consolidados de la Emisora al y por el año terminado el 31 de diciembre de 2023.

Atentamente

Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C.

Afiliada de una Firma Miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited

C.P.C. Erik Padilla Curiel 02 de abril de 2024

Deloitte se refiere a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad privada de responsabilidad limitada en el Reino Unido, y a su red de firmas miembro, cada una de ellas como una entidad legal única e independiente. Conozca en www.deloitte.com/mx/conozcanos la descripción detallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro.

Aleatica, S. A. B. de C. V.

Manifestación de consentimiento conforme al Artículo 39 para la inclusión en el reporte anual el informe de auditoría externa y de revisión de la información del informe anual por el año que terminó el 31 de diciembre de 2023

Galaz, Yamazaki,

Ruiz Urquiza, S.C.

Paseo de la Reforma 505, piso 28 Colonia Cuauhtémoc

06500 Ciudad de México México

Tel: +52 (55) 5080 6000

www.deloitte.com/mx

Al Presidente del Comité de Auditoría de

Aleatica, S. A. B. de C. V. (la "Emisora")

En los términos del Artículo 39 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las Entidades y Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos consolidados, publicadas en el Diario Oficial de la Federación ("DOF") del 26 de abril de 2018 y sus modificaciones posteriores (las "Disposiciones") y del Artículo 84 Bis de las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y otros participantes del mercado de valores publicadas en el DOF del 19 de marzo de 2003 y sus modificaciones posteriores (la "Circular Única de Emisoras"), en nuestro carácter de auditores externos independientes de los estados financieros básicos consolidados por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2023, 2022 y 2021 de Aleatica, S. A. B. de C. V. y Subsidiarias (la "Emisora"), manifestamos lo siguiente:

  1. Que expresamos nuestro consentimiento para que la Emisora incluya en el Reporte Anual, el Informe de Auditoría Externa que al efecto emitimos.
  1. Lo anterior en el entendido de que previamente nos cercioramos que la información contenida en los Estados Financieros Básicos Consolidados incluidos en el Reporte Anual, así como cualquier otra información financiera comprendida en dichos documentos cuya fuente provenga de los mencionados Estados Financieros Básicos Consolidados o del Informe de Auditoría Externa que presentamos coincide con la auditada, con el fin de que dicha información sea hecha del conocimiento público.

Atentamente

Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Afiliada a una Firma Miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited

______________________________________

C.P.C. Erik Padilla Curiel

Auditor externo y apoderado legal Ciudad de México, México

* * * * * *

Deloitte se refiere a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad privada de responsabilidad limitada en el Reino Unido, y a su red de firmas miembro, cada una de ellas como una entidad legal única e independiente. Conozca en www.deloitte.com/mx/conozcanos la descripción detallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro.

30 de agosto de 2023

Aleatica, S.A.B. de C.V.

Informe a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores sobre las obligaciones mencionadas en el artículo 19 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades y emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos.

A la Comisión Nacional Bancaria y de Valores:

Rubén López Barrera, en mi carácter de Director General y apoderado legal de Aleatica, S.A.B. de C.V. (la "Emisora"), de conformidad con el artículo 19 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades y emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaría y de Valores (la "Comisión") que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos (las "Disposiciones"), me permito presentar la siguiente información para todos los efectos legales:

En seguimiento a la recomendación emitida por el Comité de Auditoría y su posterior aprobación por el Consejo de Administración el 10 y 13 de diciembre de 2018, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción III, inciso j), de la ley del Mercado de Valores, se aprobó que la Administración de la Emisora contrate directamente con el Despacho encargado de la revisión de auditoría externa de estados financieros básicos la clase de servicios distintos a éste dentro de un límite específico por servicio en lo individual o en el acumulado dentro del año calendario de hasta el 25% del total de los honorarios establecidos en el contrato de auditoría externa, requiriendo así la aprobación específica para exceder el límite previamente aprobado para estos servicios.

    1. Descripción del servicio contratado:
    1. Alcance 1:
  • Elaboración de la documentación de precios de transferencia para las operaciones intercompañía realizadas por la Emisora durante el ejercicio fiscal 2023, de conformidad con el artículo 76 fracción IX, X y XII , 76-A fracción I y II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y el principio de valor de marcado.
    1. Alcance 2:
  • Elaboración del estudio de precios de mercado y transferencia por el ejercicio fiscal 2023 para Grupo Autopistas Nacionales, S.A. y Construcciones Amozoc Perote, S.A. de C.V. Esta revisión del valor se hará exclusivamente con fines del cumplimiento de la fracción III, apartado b), punto 2 del artículo 28 de la Ley Mexicana de Valores y fiscales de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta; y no podrá ser utilizado para soportar cantidades de los estados financieros.

2) Honorarios por el servicio contratado:

El importe de honorarios convenidos en el contrato de servicios se muestra como sigue, más el Impuesto al Valor Agregado. Este importe no excede el 25% de los honorarios por servicios de auditoría externa de estados financieros básicos para el ejercicio que terminará el 31 de diciembre de 2022:

a) Alcance 1:

Servicios

Ejercicio fiscal 2023

(más IVA)

Reporte de Precios de Transferencia

$1,061,120

Apoyo en el llenado del Anexo 9

$132,619

Declaraciones Informativas Locales

$889,978

Total

$2,083,716

a) Alcance 2:

Servicios

Ejercicio fiscal 2023

(más IVA)

Estudio de Precios de Mercado

$282,770

Total

$282,770

    1. Razones por las cuales la contratación del servicio no afecta la independencia del Despacho y del Auditor Externo Independiente:
  • El Despacho y el Auditor Externo Independiente no intervienen en la negociación y monto de las transacciones que se realizan entre las empresas relacionadas del Grupo.
  • El servicio contratado no incide en la información que se muestra en los estados financieros básicos.
  • La Administración de la Emisora es la responsable de la negociación y del monto que se establezca en las transacciones realizadas, así como de la toma de decisiones.

Anticipadamente a la aprobación de la contratación de dicho servicio, se evalúo por el Consejo de Administración el impacto que pudiera tener en la independencia del Despacho y del Auditor Externo Independiente, concluyendo en que la prestación de dicho servicio no afecta la independencia del Despacho ni la del Auditor Externo Independiente con base en lo anterior y a que el servicio no se ubica en la lista de supuestos señalados en el artículo 6 de las Disposiciones.

Dicha evaluación se realizó tomando en cuenta la importancia que el resultado del servicio contratado pudiera tener en los estados financieros básicos, así como el monto total de la remuneración autorizada con respecto a los servicios de auditoría externa.

Por medio del presente, se confirma a la Comisión que durante la evaluación no se identificaron indicios de que el servicio contratado pueda afectar la independencia del Despacho y del Auditor Externo Independiente.

Atentamente,

Rubén López Barrera

Director General

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Aleatica SAB de CV published this content on 06 May 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 06 May 2024 17:54:08 UTC.