BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A. - INTERBANK

martes, 26 de septiembre de 2023

Sres.

Superintendencia del Mercado de Valores

Presente.-

HECHO DE IMPORTANCIA : Comunicación de Acuerdos de Juntas Universales y Otros Órganos

De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada, aprobado mediante Resolución SMV Nº 005-2014-SMV/01, comunicamos la siguiente información:

Persona Jurídica : BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A. - INTERBANK

Tipo de Junta : Sesión de Directorio

Fecha : 26/09/2023

Descripción Hecho de Importancia : Comunica acuerdo relativo a bonos subordinados

Comentarios :

Se trataron los siguientes puntos:

  • El Directorio acordó, por unanimidad, lo siguiente:
  1. Aprobar, sujeto a la obtención de la previa autorización por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, la implementación de una o más de las alternativas disponibles para la redención anticipada de los bonos subordinados denominados "6.625% Fixed-to-Floating Rate Subordinated Notes due 2029" (los "Bonos Subordinados Nivel 2"), mediante el ejercicio de una opción de rescate de la totalidad de los Bonos Subordinados Nivel 2 (optional redemption), una o más ofertas de intercambio u ofertas de recompra de la totalidad o parte de los Bonos Subordinados Nivel 2 (en ambos casos para su inmediata amortización y cancelación), y/o prepagar anticipadamente (make-whole redemption) la totalidad o parte de los Bonos Subordinados Nivel 2; todo ello al amparo del correspondiente contrato de emisión (indenture) y las leyes aplicables.
  2. Delegar en los señores Luis Felipe Castellanos López Torres, Michela Casassa Ramat, Giorgio Bernasconi Carozzi, Zelma Acosta-Rubio Rodríguez y/o cualquier otro apoderado de la Sociedad que cuente con las facultades suficientes para ello, de manera expresa y de la forma más amplia que permita la legislación aplicable y el estatuto social, facultades necesarias y suficientes para que cualquiera de ellos, actuando individual e indistintamente, en representación del Banco, pueda, entre otros, (i) solicitar la autorización previa de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP para la implementación de las alternativas detalladas en el numeral 1 anterior; y, (ii) determinar el ejercicio, la ejecución y la implementación de cualquiera de las alternativas para la redención anticipada de los Bonos Subordinados Nivel 2, así como para la determinación de todos los términos y condiciones, la suscripción de todos los documentos y la contratación de todos los agentes que resulten necesarios y/o convenientes para la ejecución de tales alternativas.

Cordialmente,

ROBERTO RICARDO ESPINOZA CHECA

REPRESENTANTE BURSATIL

BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A. - INTERBANK

Firmado Digitalmente por:

ROBERTO RICARDO ESPINOZA CHECA

Fecha: 26/09/2023 04:00:17 p.m.

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INTERBANK - Banco Internacional del Perú SAA published this content on 26 September 2023 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 26 September 2023 21:12:08 UTC.