INBEST PRIME VIII INMUEBLES SOCIMI, S.A.

Calle Serrano, 57

28006 Madrid

Madrid, 25 de mayo de 2022

Inbest Prime VIII Inmuebles SOCIMI, S.A. (en adelante "Inbest VIII", la "Sociedad" o el "Emisor"), en virtud de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado y en el artículo 228 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, así como en la Circular 3/2020 del segmento BME Growth de BME MTF Equity, pone en conocimiento del mercado la siguiente:

Otra información relevante

La Junta General Ordinaria de accionistas de Inbest Prime VIII Inmuebles SOCIMI, S.A., celebrada en primera convocatoria el 25 de mayo, adoptó por unanimidad con el voto favorable de la totalidad del capital que concurrió en la Junta, correspondiente al 91,97% del capital suscrito con derecho a voto, los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Examen y aprobación de las cuentas anuales individuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) y el informe de gestión, correspondientes al ejercicio 2021

Se acuerda por unanimidad aprobar las Cuentas Anuales (esto es, el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de Efectivo y la Memoria) y el Informe de Gestión de la Sociedad, correspondientes al ejercicio económico que se cerró el 31 de diciembre de 2021, de todo lo cual se desprenden unos beneficios de DOSCIENTOS CUATRO MIL CIENTO QUINCE EUROS (204.115.-€).

A los efectos oportunos, se hace constar que dichas Cuentas Anuales han sido objeto de verificación por el Auditor de Cuentas de la Sociedad, Ernst & Young,

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S.L., según informe de fecha 8 de abril de 2022, extendido en 5 folios de papel común.

SEGUNDO.- Aprobación de la gestión de los consejeros de la Sociedad

Se acuerda por unanimidad aprobar la gestión realizada por los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad durante el pasado ejercicio, agradeciendo el interés demostrado en el desempeño de sus funciones.

TERCERO.- Examen y aprobación de la propuesta de distribución del resultado del ejercicio 2021

Se acuerda por unanimidad aprobar la siguiente aplicación del resultado del ejercicio 2021:

A dividendos (90% del resultado)

183.703,50,- Euros

A reserva legal (10% del resultado)

20.411,50,- Euros

CUARTO.- Compensación de pérdidas de ejercicios anteriores con cargo a reservas de libre disposición (prima de emisión)

Se acuerda por unanimidad compensar en su totalidad los resultados negativos acumulados de los ejercicios sociales anteriores, que ascienden al importe de CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS EUROS (145.146.-€), con cargo a las reservas disponibles "prima de emisión" que figuran, a día de hoy, en el balance de la Sociedad.

En consecuencia, tras dicha operación de compensación de pérdidas de ejercicios sociales anteriores, los resultados negativos de ejercicios anteriores de la Sociedad quedan reducidos a la cantidad de CERO EUROS (0.-€).

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QUINTO.- Distribución de un dividendo extraordinario con cargo a

reservas de libre disposición (prima de emisión)

Se acuerda por unanimidad distribuir un dividendo extraordinario con cargo a reservas de libre disposición, por importe de DOS MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS EUROS (2.312.200.-€).

El reparto se realizará entre los accionistas, en proporción al capital que hayan desembolsado y será pagadero, previa acreditación de la titularidad de las acciones de su propiedad, con anterioridad al día 24 de junio de 2022 mediante transferencia bancaria.

Se deja constancia de que el reparto de dividendos acordado se efectúa de acuerdo con lo previsto en los artículos 273 a 276 de la Ley de Sociedades de Capital y en los estatutos sociales. En concreto, se hace constar que:

  1. No existen pérdidas de ejercicios precedentes, ni generadas desde el cierre del último ejercicio, que hagan que el valor del patrimonio neto sea o resulte ser, como consecuencia del reparto, inferior a la cifra de capital social.
  2. No constan contabilizados gastos de investigación y/o desarrollo.
  3. No existen otros motivos que impidan o condicionen este reparto.

SEXTO.- Delegación de facultades

Facultar a todos los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, así como al Secretario no Consejero, D. Cristóbal Cotta Martínez de Azagra, para que cualquiera de ellos indistintamente, actuando en nombre y representación de la Sociedad, pueda comparecer ante Notario con el objeto de legitimar las firmas de la certificación de este Acta y/o elevar a público los acuerdos precedentes, así como otorgar las correspondientes escrituras, con los pactos y declaraciones que fueran convenientes, pudiendo incluso (i) aclarar o subsanar cualesquiera de los extremos incluidos en la presente Acta; (ii) otorgar los documentos públicos o privados de subsanación, complementarios o aclaratorios que, en su caso, procedan hasta obtener la inscripción de los precedentes acuerdos en el Registro

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Mercantil; o (iii) solicitar, en su caso, del Registrador Mercantil la inscripción parcial de los acuerdos adoptados, si el mismo no accediera a su inscripción total.

En particular, se acuerda facultar a todos los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, así como al Secretario no Consejero, D. Cristóbal Cotta Martínez de Azagra, para que cualquiera de ellos indistintamente, actuando en nombre y representación de la Sociedad, pueda depositar las Cuentas Anuales de la Sociedad en el Registro Mercantil, pudiendo incluso aclarar o subsanar cualesquiera de los extremos incluidos en esta Acta.

Asimismo, se acuerda facultar a todos los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, así como al Secretario no Consejero, D. Cristóbal Cotta Martínez de Azagra, para (i) determinar la cuantía de dividendo que corresponda a cada acción (teniendo en cuenta, en su caso, que si la Sociedad tuviera acciones en autocartera los dividendos correspondientes a las acciones propias serán atribuidos proporcionalmente al resto de las acciones) y, (ii) retener en cada pago el porcentaje que correspondiese de acuerdo con la legislación fiscal vigente.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Circular 3/2020 del segmento BME Growth de BME MTF Equity, se deja expresa constancia de que la información comunicada por la presente ha sido elaborada bajo la exclusiva responsabilidad de la Sociedad y sus administradores.

Quedamos a su disposición para cuantas aclaraciones consideren oportunas.

Atentamente,

D. Ignacio Olascoaga Palacio

Presidente del Consejo de Administración

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INBEST Prime VIII Inmuebles Socimi SA published this content on 25 May 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 25 May 2022 22:10:29 UTC.