Política de Dividendos Quálitas

CONTENIDO

Validado por:

Rodolfo Antonio García Solorzano: Gerente General

Autorizado por:

Junta General de Accionistas



TítuloPág.

1.OBJETIVO1

2.ALCANCE1

3.CONCEPTOS1

4.POLÍTICAS1

5.POLÍTICAS INVOLUCRADAS2

6.SANCIONES2

7.FORMATOS2

8.PROCESO2

1. OBJETIVO

Establecer la política de dividendos que regirá en Quálitas para el pago de dividendos a los accionistas, sobre las cuales versará el futuro de las utilidades generadas, atendiendo a las necesidades de la empresa o el futuro de esta.

2. ALCANCE

Este documento incluye la interacción de:

· Gerencia General

· Directorio

· Junta General de Accionistas

· Coordinador Jurídico Corporativo

3. CONCEPTOS

Dividendos

Porción de los beneficios que una empresa reparte anualmente entre sus accionistas.

Junta Obligatoria Anual de Accionistas

Se lleva a cabo cuando menos una vez al año dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico.

Utilidades

porcentaje de la renta neta (ganancias después de descontar inversiones e impuestos) obtenida por las empresas como resultado de su gestión.

POLÍTICAS POLÍTICAS GENERALES El cumplimiento del marco normativo que le es aplicable, que entre otros instrumentos normativos contiene a la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26887, (Ley General del Sistema Financiero) y la Ley General de Sociedades, Ley N° 26702. Conforme los establecido en el Artículo 85°, Literal a) del Decreto Legislativo Nº 861, Ley del Mercado de Valores, se ha procedido a elaborar la Política de Dividendos, la misma que contiene los criterios para la distribución de utilidades, aplicable a la compañía. POLÍTICAS PARTICULARES La Política de Dividendos consiste en la distribución de un mínimo de 30% y un máximo de 100% de las utilidades distribuibles del ejercicio anual. En Quálitas, la distribución de Dividendos no serán menores al 30% de las utilidades de libre disposición; salvo que la distribución de tal porcentaje no sea viable considerando los requerimientos de inversión de la empresa o su liquidez. Los criterios para la aplicación de dicha política son: la situación financiera y los requerimientos de inversión de Quálitas durante el ejercicio respectivo. El Directorio queda facultado para acordar la distribución de uno o más dividendos a cuenta y determinar la oportunidad de su pago. Sobre la base de dicho cumplimiento normativo y la existencia de utilidades distribuibles, queda a discreción de la Junta Obligatoria Anual de Accionistas o, de ser el caso, en la Junta General de Accionistas acordar el pago de dividendos en efectivo, a los accionistas en forma proporcional a la participación que cada uno de ellos tenga en el capital social de la Sociedad, por un porcentaje que no excederá el 50% (cincuenta por ciento) de la utilidad neta; siempre que se cumplan de manera concurrente las siguientes 3 (tres) condiciones:

· No se afecten los requerimientos legales o de crecimiento patrimonial de la Sociedad, contenidos en el ordenamiento jurídico aplicable a la Sociedad.

· Las condiciones económico-financieras de la Sociedad lo permitan; y

· El patrimonio efectivo no sea menor del 19% (diecinueve por ciento) de los activos y contingentes ponderados por riesgo totales, considerándose para tal cálculo lo establecido en el artículo 199[footnoteRef:1] de la Ley General del Sistema Financiero. [1: ARTÍCULO 199.- LÍMITE GLOBAL El patrimonio efectivo de las empresas debe ser igual o mayor al 10% de los activos y contingentes ponderados por riesgo totales que corresponden a la suma de: el requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de mercado multiplicado por 10, el requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo operacional multiplicado por 10, y los activos y contingentes ponderados por riesgo de crédito. Dicho cómputo debe incluir toda exposición o activo en moneda nacional o extranjera, incluidas sus sucursales en el extranjero.]

Si atendiendo a los criterios señalados el reparto de utilidades en los porcentajes establecidos resultara inconveniente a juicio de la Junta General de Accionistas o, en su caso, del Directorio, los referidos órganos podrán disponer el reparto de un porcentaje menor al mínimo establecido, así como la no distribución de dividendos. La sociedad distribuirá dividendos definitivos o a cuenta en el curso del propio ejercicio, con cargo a utilidades efectivamente obtenidas según los Estados Financieros del período después de cumplir con las detracciones de ley, estatutarias, cubrir pérdidas de los años anteriores y demás obligaciones. El pago de dividendos se comunicará en cada oportunidad, dependiendo de la situación financiera de la sociedad. El derecho a cobrar dividendos caduca a los tres años, a partir de la fecha en que su pago era exigible conforme a los acuerdos de Declaración de Dividendos. La Política estará determinada y podrá ser modificada de acuerdo a los requerimientos de inversión, la estructura la deuda y las condiciones financieras de la sociedad. La modificación de la presente política requerirá la aprobación previa de la Junta General de Accionistas de la empresa. POLÍTICAS INVOLUCRADAS

No aplica.

SANCIONES

La infracción a las normas contenidas en este documento traerá como consecuencia, una infracción grave:

No contar con una política de dividendos aprobada de conformidad con la normativa o no cumplir con informar el establecimiento de su política de dividendos o su modificación, por lo menos treinta (30) días antes de su aplicación, cuando ello sea exigible de acuerdo con lo dispuesto en la normativa, se le puede aplicar, entre otras, una sanción de multa no menor de veinticinco (25) UIT y hasta cincuenta (50) UIT.

PROCESO

Actividad

Responsable

Especificaciones

#

Descripción

1

Aprobación o modificación de la política de dividendos

Junta General de Accionistas

Todo cambio en esta política debe ser informada por lo menos 30 días antes de su aplicación

2

Comunicar como hecho de importancia

Coordinadora Jurídico Corporativo

El establecimiento de dicha política o su modificación sean comunicados por lo menos con treinta (30) días antes de su aplicación

Fin del Procedimiento

CONTROL DE CAMBIOS

Versión

Fecha de

Emisión o

Actualización

Descripción

Responsable

01

13.06.2013

- Aprobado por Junta General de Accionistas

Gerencia General

02

29.03.2023

- Adecuación del procedimiento

Gerencia General

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN VERSIÓN CÓDIGO PÁGINA

7 de marzo de 2023 01 00001 1 de 2

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Qualitas Compania de Seguros SA published this content on 19 March 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 19 March 2024 20:54:26 UTC.