En Madrid, a 18 de diciembre de 2020
A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
Comunicación de otra información relevante
A los efectos previstos en los artículos 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014, sobre Abuso de Mercado y 226 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y demás disposiciones concordantes, Vértice Trescientos Sesenta Grados, S.A. comunica la siguiente información:
Que la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el día de ayer 14 de diciembre de 2020, a las 10:00 horas, en primera convocatoria, en el edificio Castellana nº 81 de Madrid, ha aprobado todos y cada uno de los acuerdos sometidos a votación, en los términos previstos en la documentación puesta a disposición de los accionistas de la Sociedad. Dichos acuerdos son los siguientes:
Segundo.- Nombramiento de Auditor de Cuentas de VERTICE 360, S.A. y de su Grupo Consolidado para los ejercicios y cuentas anuales 2020, 2021 y 2022.
Elegir auditor de cuentas de la sociedad y de su grupo de sociedades a ETL GLOBAL AUDIT ASSURANCE, S.L, que ejercerá la auditoría para los ejercicios 2020, 2021 y 2022, facultando al Consejo de Administración, que podrá delegar a tal efecto en el Presidente del mismo, para suscribir el correspondiente contrato de arrendamiento de servicios, con las cláusulas y condiciones que estime convenientes, quedando igualmente facultado para realizar sobre el mismo las modificaciones que sean pertinentes de acuerdo con la legislación vigente en cada momento. Se hace constar que EUROPEAN TAX LAW GLOBAL AUDIT ASSURANCE SL, tiene su domicilio social en Madrid, c Núñez de Balboa 35 2º planta, y CIF número B47774914. Se halla inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M- 701484 Tomo 39510 Folio 85, y en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) con el número S 2253.
Tercero.- Modificación del artículo 19 de los Estatutos Sociales, y modificación de los artículos 16, 21 y 23 del Reglamento de la Junta General de Accionistas.
Aprobar la modificación del artículo 19 de los Estatutos sociales de la Compañía y la modificación de los artículos 16, 21 y 23 del Reglamento de la Junta General de Accionistas, que quedará redactado con el tenor literal que se indica:
ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD:
Texto actual | Modificación propuesta | ||
Artículo 19°.- LEGITIMACIÓN PARA | Artículo 19°.- LEGITIMACIÓN PARA | ||
ASISTIR A LA JUNTA GENERAL.- | ASISTIR A LA JUNTA GENERAL.- | ||
1. | Tienen derecho de asistencia a las | 1. | Tienen derecho de asistencia a las |
Juntas Generales los accionistas titulares de | Juntas | Generales, sin perjuicio de la | |
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Vértice trescientos sesenta grados S.A. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 23.463, folio 28, sección 8, hoja M-420904, inscripción 1. CIF A84856947
una o más acciones, incluidas las que no tienen derecho a voto, cuya titularidad aparezca inscrita en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta General y así lo acrediten mediante la exhibición, en el domicilio social o en las entidades que se indiquen en la convocatoria, del correspondiente certificado de legitimación o tarjeta de asistencia emitida por la Sociedad, o en cualquier otra forma admitida por la legislación vigente.
- También podrán asistir a las Juntas Generales, cuando fuesen requeridos para ello, los Directores, Gerentes, Técnicos y demás personas que tengan interés en la buena marcha de los asuntos sociales. El Consejo de Administración de la Sociedad estará obligado a asistir si bien la inasistencia de cualquiera de los consejeros no afectará a la válida constitución de la Junta General. En todo lo no establecido en el presente artículo, respecto a la legitimación para asistir a la Junta General se estará a lo dispuesto en la Ley.
-
Los accionistas podrán asistir y votar en la Junta General así como otorgar la
correspondiente representación, de conformidad con lo previsto en la Ley, el Reglamento de la Junta General y los presentes Estatutos. - El Consejo de Administración valorará, con ocasión de la convocatoria de cada Junta General si existen medios de comunicación a distancia que puedan permitir a los accionistas efectuar el voto y/o la delegación garantizando debidamente la identidad del sujeto que ejerce su derecho de voto o, en caso de delegación, las de representante y representado y si la utilización de los mismos es factible y conveniente. En caso de que el Consejo de Administración
posibilidad limitación del derecho de intervención durante su celebración para accionistas que sean titulares de menos de mil acciones, y que pueda quedar previsto en el Reglamento de la Junta General de Accionistas que esté vigente en cada convocatoria, los accionistas titulares de una o más acciones, incluidas las que no tienen derecho a voto, cuya titularidad aparezca inscrita en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta General y así lo acrediten mediante la exhibición, en el domicilio social o en las entidades que se indiquen en la convocatoria, del correspondiente certificado de legitimación o tarjeta de asistencia emitida por la Sociedad, o en cualquier otra forma admitida por la legislación vigente.
- También podrán asistir a las Juntas Generales, cuando fuesen requeridos para ello, los Directores, Gerentes, Técnicos y demás personas que tengan interés en la buena marcha de los asuntos sociales. El Consejo de Administración de la Sociedad estará obligado a asistir si bien la inasistencia de cualquiera de los consejeros no afectará a la válida constitución de la Junta General. En todo lo no establecido en el presente artículo, respecto a la legitimación para asistir a la Junta General se estará a lo dispuesto en la Ley.
-
Los accionistas podrán asistir y votar en la Junta General así como otorgar la
correspondiente representación, de conformidad con lo previsto en la Ley, el Reglamento de la Junta General y los presentes Estatutos. - El Consejo de Administración valorará, con ocasión de la convocatoria de cada Junta General si existen medios de comunicación a distancia que puedan permitir a los accionistas efectuar el voto y/o la
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aprecie la posibilidad y conveniencia de su | delegación garantizando debidamente | la | ||
utilización, deberá incluir mención en la | identidad del sujeto que ejerce su derecho de | |||
convocatoria, y publicar ininterrumpidamente | voto o, en caso de delegación, las de | |||
en su página web, de los concretos medios de | representante y representado y si la utilización | |||
comunicación a distancia que los accionistas | de los mismos es factible y conveniente. En | |||
pueden utilizar para hacer efectivo sus | caso de que el Consejo de Administración | |||
derechos de representación, ejercitar o | aprecie la posibilidad y conveniencia de su | |||
delegar el voto, y, en su caso, asistencia. | utilización, deberá incluir mención en la | |||
Asimismo, se incluirán los plazos, formas y | convocatoria, y publicar ininterrumpidamente | |||
modos de ejercicio de los derechos de los | en su página web, de los concretos medios de | |||
accionistas que asistan a la Junta por medios | comunicación a distancia que los accionistas | |||
electrónicos o telemáticos, en caso de | pueden utilizar para hacer efectivo sus | |||
preverse esta posibilidad. | derechos de representación, ejercitar o | |||
delegar el voto, y, en su caso, asistencia. | ||||
Asimismo, se incluirán los plazos, formas y | ||||
modos de ejercicio de los derechos de los | ||||
accionistas que asistan a la Junta por medios | ||||
electrónicos o telemáticos, en caso de | ||||
preverse esta posibilidad. | ||||
REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS | ||||
Texto actual | Modificación propuesta | |||
Artículo 16°.- INFRAESTRUCTURA, MEDIOS | Artículo 16°.- INFRAESTRUCTURA, MEDIOS | |||
Y SERVICIOS DE QUE DISPONDRÁ EL | Y SERVICIOS DE QUE DISPONDRÁ EL | |||
LOCAL.- | LOCAL.- | |||
1. | El local destinado para la celebración | 1. | El local destinado para la celebración | |
de la Junta General será dotado del personal, | de la Junta General será dotado del personal, | |||
equipos técnicos y demás medidas que fueren | equipos técnicos y demás medidas que fueren | |||
necesarias para el normal desarrollo de la | necesarias para el normal desarrollo de la | |||
Junta General. | Junta General. | |||
2. | En garantía de la seguridad de los | 2. | En garantía de la seguridad de los | |
asistentes y del buen orden en el desarrollo de | asistentes y del buen orden en el desarrollo de | |||
la Junta General, se podrán establecer los | la Junta General, se podrán establecer los | |||
controles de seguridad, incluidos sistemas de | controles de seguridad, incluidos sistemas de | |||
control de acceso, que resulten adecuados. | control de acceso, que resulten adecuados. | |||
3. | A la entrada del local donde se | 3. | A la entrada del local donde se | |
celebre la reunión, se entregará a los | celebre la reunión, se entregará a los | |||
asistentes copia del texto íntegro de las | asistentes copia del texto íntegro de las | |||
propuestas de acuerdo que haya formulado el | propuestas de acuerdo que haya formulado el | |||
Consejo | de Administración para su | Consejo | de Administración para | su |
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sometimiento a la Junta General en relación | sometimiento a la Junta General en relación | |||||||||
con cada uno de los puntos del Orden del Día. | con cada uno de los puntos del Orden del Día. | |||||||||
Se exceptúan aquellas propuestas que hayan | Se exceptúan aquellas propuestas que hayan | |||||||||
sido formuladas inmediatamente antes de la | sido formuladas inmediatamente antes de la | |||||||||
celebración de la Junta General y que, por tal | celebración de la Junta General y que, por tal | |||||||||
motivo, no puedan materialmente entregarse | motivo, no puedan materialmente entregarse | |||||||||
en forma escrita a todos los asistentes. | en forma escrita a todos los asistentes. | |||||||||
Asimismo, también se pondrá a disposición de | Asimismo, también se pondrá a | |||||||||
los asistentes copia de los informes de | disposición de los asistentes para su | |||||||||
administradores y demás documentación que, | consulta previa al inicio de la reunión, los | |||||||||
en virtud de mandato legal o de previsión | informes de administradores y demás | |||||||||
estatutaria, hayan sido puestos a disposición | documentación que, en virtud de mandato | |||||||||
de los accionistas en relación con dichas | legal o de previsión estatutaria, hayan sido | |||||||||
propuestas de acuerdo. | puestos a disposición de los accionistas en | |||||||||
relación con dichas propuestas de acuerdo. | ||||||||||
4. | El desarrollo íntegro de la Junta | |||||||||
General podrá ser objeto de grabación | 4. | El desarrollo íntegro de la Junta | ||||||||
audiovisual, si así lo determina su Presidente. | General podrá ser objeto de grabación | |||||||||
Los asistentes no podrán utilizar aparatos de | audiovisual, si así lo determina su Presidente. | |||||||||
fotografía, vídeo, grabación de imagen y/o | Los asistentes no podrán utilizar aparatos de | |||||||||
sonido, o equipos similares en la sala en | fotografía, vídeo, grabación de imagen y/o | |||||||||
donde se desarrolle la Junta General, salvo en | sonido, o equipos similares en la sala en | |||||||||
la medida en que lo permita el Presidente. Se | donde se desarrolle la Junta General, salvo en | |||||||||
podrá disponer asimismo la existencia de | la medida en que lo permita el Presidente. Se | |||||||||
medios que permitan la traducción | podrá disponer asimismo la existencia de | |||||||||
simultánea de las intervenciones de la Junta | medios que permitan la traducción | |||||||||
General cuando, por cualquier razón, se | simultánea de las intervenciones de la Junta | |||||||||
considere conveniente. | General cuando, por cualquier razón, se | |||||||||
considere conveniente. | ||||||||||
Artículo | 21°.- | SOLICITUD | DE | Artículo | 21°.- | SOLICITUD | DE | |||
INTERVENCIÓN.- | INTERVENCIÓN.- | |||||||||
1. | Una vez constituida la Junta General, | 1. | Una vez constituida la Junta General, | |||||||
los accionistas que, en ejercicio de sus | los accionistas que ostenten, al menos, mil | |||||||||
derechos, deseen intervenir en la Junta en el | acciones con derecho a voto y que, en | |||||||||
tumo de deliberaciones se identificarán ante | ejercicio de sus derechos, deseen intervenir en | |||||||||
el Secretario o, en su caso, ante el Notario (o | la Junta en el tumo de deliberaciones se | |||||||||
ante las personas que asistan a éstos), | identificarán ante el Secretario o, en su caso, | |||||||||
exhibiendo el Documento Nacional de | ante el Notario (o ante las personas que | |||||||||
Identidad, | o | documento identificativo | asistan a éstos), exhibiendo el Documento | |||||||
equivalente si se tratara de extranjeros, y la | Nacional de Identidad, o documento | |||||||||
tarjeta de asistencia en la que conste el | identificativo equivalente si se tratara de | |||||||||
número de acciones de que son titulares y las | extranjeros, y la tarjeta de asistencia en la que | |||||||||
acciones | que | representan. | Ambos | conste el número de acciones de que son | ||||||
documentos | les | serán | devueltos | una vez | titulares | y | las acciones que representan. | |||
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