Alturas Minerals Corp. anuncia que ha avanzado en la ejecución del acuerdo de Opción y Arrendamiento con la Sociedad Contractual Minera Resguardo, para arrendar y adquirir el 100% de su Proyecto de Cobre-Oro Resguardo, ubicado a unos 95 km al noreste de Copiapó, en la III Región del norte de Chile, denominada "Región de Atacama". Con la suscripción del Acuerdo, el Optante otorga a Alturas una opción minera para adquirir el 100% de participación indivisa en las Concesiones.

Al cierre, la Opción será válida a partir del 31 de mayo de 2023 y expirará cuatro años después de la firma del Acuerdo. La vigencia de la Opción será obligatoria para el Optante y voluntaria para Alturas. El precio de compra agregado de las Concesiones está estructurado en pagos en efectivo por un total de USD 2,75 Millones (todos los impuestos incluidos), que se pagarán en cinco cuotas, con USD 50.000 dentro de los quince días siguientes a la fecha de cierre (de los cuales USD 25.000 se han pagado como depósito y el saldo se mantiene en custodia), y cuatro cuotas pagaderas de la siguiente manera: En o antes del primer aniversario de la fecha efectiva, la cantidad de 100.000 USD; En o antes del segundo aniversario de la fecha efectiva, la cantidad de 150.000 USD; En o antes del tercer aniversario de la fecha efectiva, la cantidad de 300.000 USD; y, En o antes del cuarto aniversario de la fecha efectiva, la cantidad de 2.150.000 USD.

Si, como resultado de las actividades mineras realizadas por Alturas en las Concesiones, se confirma la existencia de un pórfido, el precio de compra por la adquisición del título sobre las Concesiones pagadero por Alturas al Optante se incrementará en un 10% del precio de venta obtenido por Alturas por la transferencia de las Concesiones a un tercero, o en USD 30 Millones, el que sea mayor. Una vez que la Compañía ejerza la Opción, se aplicará una Regalía por Retorno Neto de Fundición ("NSR") del 1,5% (la "Regalía NSR") como contraprestación adicional por la transferencia de la Concesión que será efectiva a partir del inicio de la Producción Comercial en las Concesiones. Hasta dos años después del inicio de la Producción Comercial, la Compañía podrá comprar el 0,5% de la Regalía NSR a un precio de entre 2 y 6 millones de USD, dependiendo del tamaño, la ley y el tipo de mineralización, según se determine de conformidad con el Instrumento Nacional 43-101.

El Otorgante de la Opción también concede un derecho de tanteo para la adquisición de la Regalía NSR restante. Durante la vigencia de la Opción, el Otorgante también arrendará las Concesiones a la Compañía, como resultado de lo cual se conferirán a Alturas todos los derechos y obligaciones del Otorgante relacionados con las Concesiones, incluido el derecho a explotar las Concesiones. El Arrendamiento Minero tendrá una duración de cinco años y comenzará en la Fecha Efectiva o, lo que ocurra primero, cuando Alturas notifique al Optante su decisión de ejercer la Opción.

Una vez que el Arrendamiento Minero esté vigente, Alturas tendrá derecho a operar las Concesiones a su propio costo y riesgo, sujeto al cumplimiento de las leyes aplicables, tendrá derecho a iniciar la producción comercial de la mineralización de cobre de alta ley existente. Como compensación requerida por el Arrendamiento Minero, Alturas pagará al Opcionante una Regalía NSR sobre todos los minerales extraídos y comercializados de las Concesiones. Si el mineral extraído tiene una ley promedio inferior al 2,5%, la Regalía NSR del Arrendamiento será equivalente al 7,0% del precio al que se comercialice dicho mineral; y, si el mineral extraído tiene una ley promedio igual o superior al 2,5%, la Regalía NSR del Arrendamiento será equivalente al 9,0% de dicho precio.