"América Móvil informa respecto a resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones"

Ciudad de México, a 7 de diciembre de 2020. América Móvil, S.A.B. de C.V. ("AMX") [BMV: AMX] [NYSE: AMX | AMOV], informa haber recibido la resolución emitida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones ("IFT"), relacionada con su segunda evaluación "bienal" de las medidas asimétricas impuestas en marzo del 2014 a Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. ("Telcel"), Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. ("Telmex"), y Teléfonos del Noreste, S.A. de C.V. ("Telnor"), entidades que forman parte del denominado agente económico preponderante ("AEP") en el sector de las telecomunicaciones.

La resolución notificada determina suprimir ciertas medidas asimétricas, así como modificar y adicionar nuevas, tanto en servicios fijos como móviles.

En la parte fija, en términos generales se determinó: (i) el uso de un Modelo de Costos Incrementales Promedio de Largo Plazo para determinar las tarifas del Servicio de Acceso Indirecto al Bucle Local (SAIB), así como que en dicho servicio el IFT podrá determinar zonas geográficas con competencia en las que dichas tarifas serían determinadas libremente por el AEP; (ii) para el servicio de enlaces dedicados el IFT podrá determinar zonas geográficas y/o tipos de enlaces en competencia, para las cuales las tarifas se determinarían bajo una metodología de precios tope, considerando, entre otros, el número de operadores que prestan servicios en dichas zonas geográficas, así como la participación de mercado e infraestructura de redes existentes en dichas zonas; y (iii) se establecieron diversas modificaciones operativas y de información al sistema electrónico de gestión (SEG) de los servicios mayoristas fijos.

En la parte móvil, las principales adiciones y modificaciones están relacionadas con (i) detalle de información requerida para el análisis de la replicabilidad económica de las tarifas; (ii) reglas aplicables a la compraventa a plazos de equipos terminales por usuarios de Telcel; y (iii) la entrega de diversos nuevos reportes de información al IFT.

AMX considera que, nuevamente, la resolución del IFT no se basa en una evaluación integral en términos de competencia de los diferentes mercados que conforman el sector de telecomunicaciones, no considera los profundos cambios ocurridos en el sector de las telecomunicaciones a seis años de la imposición de medidas asimétricas ni la competencia efectiva existente tanto en servicios fijos como móviles.

La resolución notificada se encuentra siendo analizada en sus posibles efectos por AMX y sus subsidiarias y será impugnada en su momento conforme a las leyes aplicables.

El presente evento relevante contiene ciertos pronósticos o proyecciones, que reflejan la visión actual o las expectativas de AMX y su administración con respecto a su desempeño, negocio y eventos futuros. AMX usa palabras como "creer", "anticipar", "planear", "esperar", "pretender", "objetivo", "estimar", "proyectar", "predecir", "pronosticar", "lineamientos", "deber" y otras expresiones similares para identificar pronósticos o proyecciones, pero no es la única manera en que se refiere a los mismos. Dichos enunciados están sujetos a ciertos riesgos, imprevistos y supuestos. AMX advierte que un número importante de factores podrían causar que los resultados actuales difieran materialmente de los planes, objetivos, expectativas, estimaciones e intenciones expresadas en el presente evento relevante. AMX no está sujeta a obligación alguna y expresamente se deslinda de cualquier intención u obligación de actualizar o modificar cualquier pronóstico o proyección que pudiera resultar de nueva información, eventos futuros o de cualquier otra causa.

Para continuar a leer este documento, haga clic aquí para la versión original.

Attachments

  • Original document
  • Permalink

Disclaimer

América Móvil SAB de CV published this content on 07 December 2020 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 08 December 2020 16:10:01 UTC