COMPLEMENTO DEL PROSPECTO MARCO

EL PRESENTE DOCUMENTO DEBE SER LEÍDO CONJUNTAMENTE CON EL PROSPECTO MARCO CORRESPONDIENTE AL

SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPOSITO NEGOCIABLES - BANCO PICHINCHA

BANCO PICHINCHA

SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPOSITO NEGOCIABLES - BANCO

PICHINCHA

S/. 200,000,000.00

EMISIÓN Nº 1

PRIMERA EMISIÓN DEL SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO NEGOCIABLES-

BANCO PICHINCHA

S/. 200,000,000.00

BANCO PICHINCHA ("Emisor"), sociedad constituida bajo las leyes de PERU, ha convenido en emitir valores típicos representados por CERTIFICADO DE DEPOSITO NEGOCIABLES denominados PRIMERA EMISIÓN DEL SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO NEGOCIABLES-BANCO PICHINCHA, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 200,000,000.00 (DOSCIENTOS MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES) bajo el SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPOSITO NEGOCIABLES - BANCO PICHINCHA que posibilita la emisión de Valores hasta por un máximo en circulación de S/. 200,000,000.00 (DOSCIENTOS MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES) o su equivalente en DÓLARES.

La PRIMERA EMISIÓN DEL SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO NEGOCIABLES- BANCO PICHINCHA tendrá un valor nominal de S/. 1,000.00 (UN MIL y 00/100 NUEVOS SOLES) cada uno y podrán ser emitidos en una o más series de hasta S/. 200,000,000.00 (DOSCIENTOS MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES) cada una, por un plazo no mayor de un año.

Los CERTIFICADO DE DEPOSITO NEGOCIABLES serán nominativos, indivisibles, libremente negociables y estarán representados por anotaciones en cuenta en Cavali ICLV S.A. ("CAVALI"). Los CERTIFICADO DE DEPOSITO NEGOCIABLES generarán un rendimiento a ser determinado antes de la fecha de emisión de cada una de las series, con arreglo al mecanismo de colocación que se establece en el presente Complemento del Prospecto Marco.

"ESTOS VALORES HAN SIDO INSCRITOS Y EL TEXTO DE ESTE PROSPECTO HA SIDO REGISTRADO AUTOMÁTICAMENTE BAJO EL MECANISMO DE PROSPECTOS ELECTRÓNICOS EN EL REGISTRO PÚBLICO DEL MERCADO DE VALORES DE LA COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES, LO QUE NO IMPLICA QUE ELLA RECOMIENDE LA INVERSIÓN EN LOS VALORES QUE SEAN OFERTADOS EN VIRTUD DEL MISMO U OPINE FAVORABLEMENTE SOBRE LAS PERSPECTIVAS DEL NEGOCIO, O CERTIFIQUE LA VERACIDAD O SUFICIENCIA DE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL PRESENTE DOCUMENTO, LO CUAL ES RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS QUE LO SUSCRIBEN DENTRO DEL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA"

CREDICORP CAPITAL SERVICIOS FINANCIEROS S.A.

Entidad Estructuradora

CREDICORP CAPITAL SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA S.A.

AGENTE COLOCADOR

La fecha de elaboración del complemento del Prospecto Marco es 28 de Marzo de 2022

DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD

Este Complemento del Prospecto marco debe ser leído conjuntamente con el Prospecto marco que lo origina.

Los firmantes declaran haber realizado una investigación, dentro del ámbito de su competencia y en el modo que resulta apropiado de acuerdo con las circunstancias, que los lleva a considerar que la información proporcionada por el Emisor, o en su caso incorporada por referencia, cumple de manera razonable con lo exigido en las normas vigentes, es decir, que es revelada en forma veraz suficiente, oportuna y clara; y, con respecto a las ocasiones en que dicha información es objeto de pronunciamiento de un experto en la materia,

  • o se deriva de dicho pronunciamiento, que carecen de motivos para considerar que el referido pronunciamiento contraviene las exigencias mencionadas anteriormente, o que dicha información se encuentra en discordancia con lo aquí expresado.

Quien desee adquirir los CERTIFICADO DE DEPOSITO NEGOCIABLES de la PRIMERA EMISIÓN DEL SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO NEGOCIABLES-BANCO PICHINCHA del SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPOSITO NEGOCIABLES - BANCO PICHINCHA que se ofrecen deberá basarse en su propia evaluación de la información presentada en el presente documento respecto al valor y a la transacción propuesta. La adquisición de los valores presupone la aceptación por el suscriptor o comprador de todos los términos y condiciones de la oferta pública tal como aparecen en el presente prospecto informativo.

BANCO PICHINCHA, se encuentra sujeto a las obligaciones de informar estipuladas en la Ley del Mercado de Valores, así como en otras disposiciones pertinentes. Los documentos e información necesarios para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores, en el local de la SMV, Avenida Santa Cruz 315, Miraflores, donde podrá ser revisada y reproducida. Asimismo, dicha información estará disponible para su revisión en la página Web de la Bolsa de Valores de Lima en el sistema Bolsa News en la dirección de Internet:www.bvl.com.pe, luego de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores.

BANCO PICHINCHA, declara haber cumplido con lo dispuesto por la normatividad aplicable para efectos de la validez, y, en los casos que corresponda, oponibilidad de los derechos que confieren los valores en virtud del presente complemento del Prospecto Marco.

Julio Andres Malo Vasconez

Gerente General

BANCO PICHINCHA

Nelson Antonio Bertoli Bryce

Vicepresidente de Cumplimiento y Asesoría Legal

BANCO PICHINCHA

Rafael Adrian Sevilla Almeida

Vicepresidente de Finanzas y Tesoreria BANCO PICHINCHA

Ursula Libia Fernandez Rodríguez

Contador General

BANCO PICHINCHA

Franco Andres Bermudez Paz-Soldan

Executive Director

CREDICORP CAPITAL SERVICIOS FINANCIEROS S.A.

Diego Felipe Leon Kropf

Director

CREDICORP CAPITAL SERVICIOS FINANCIEROS S.A.

Formato TA2.1 - Complemento Prospecto Marco Electrónico - Subasta Cupón Cero

DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD

Este Complemento del Prospecto marco debe ser leído conjuntamente con el Prospecto marco que lo origina.

Los firmantes declaran haber realizado una investigación, dentro del ámbito de su competencia y en el modo que resulta apropiado de acuerdo con las circunstancias, que los lleva a considerar que la información proporcionada por el Emisor, o en su caso incorporada por referencia, cumple de manera razonable con lo exigido en las normas vigentes, es decir, que es revelada en forma veraz suficiente, oportuna y clara; y, con respecto a las ocasiones en que dicha información es objeto de pronunciamiento de un experto en la materia,

  • o se deriva de dicho pronunciamiento, que carecen de motivos para considerar que el referido pronunciamiento contraviene las exigencias mencionadas anteriormente, o que dicha información se encuentra en discordancia con lo aquí expresado.

Quien desee adquirir los CERTIFICADOS DE DEPÓSITO NEGOCIABLES de la PRIMERA EMISIÓN DEL SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO NEGOCIABLES - BANCO PICHINCHA del SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO NEGOCIABLES - BANCO PICHINCHA que se ofrecen deberá basarse en su propia evaluación de la información presentada en el presente documento respecto al valor y a la transacción propuesta. La adquisición de los valores presupone la aceptación por el suscriptor o comprador de todos los términos y condiciones de la oferta pública tal como aparecen en el presente prospecto informativo.

BANCO PICHINCHA, se encuentra sujeto a las obligaciones de informar estipuladas en la Ley del Mercado de Valores, así como en otras disposiciones pertinentes. Los documentos e información necesarios para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores, en el local de la SMV, Avenida Santa Cruz 315, Miraflores, donde podrá ser revisada y reproducida. Asimismo, dicha información estará disponible para su revisión en la página Web de la Bolsa de Valores de Lima en el sistema Bolsa News en la dirección de Internet:www.bvl.com.pe, luego de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores.

BANCO PICHINCHA, declara haber cumplido con lo dispuesto por la normatividad aplicable para efectos de la validez, y, en los casos que corresponda, oponibilidad de los derechos que confieren los valores en virtud del presente complemento del Prospecto Marco.

Julio Andrés Malo Vásconez

Gerente General

Banco Pichincha

Nelson Antonio Bertoli Bryce

Vicepresidente de Cumplimiento y Asesoría Legal

Banco Pichincha

Rafael Adrián Sevilla Almeida

Vicepresidente de Finanzas y Tesorería Banco Pichincha

Ursula Fernandez Rodriguez

Contadora General

Banco Pichincha

Franco Andrés Bermúdez Paz Soldán

Executive Director

Credicorp Capital Servicios Financieros S.A.

Diego Felipe León Kropf

Director

Credicorp Capital Servicios Financieros S.A.

2

PROCEDIMIENTO DE COLOCACIÓN

Tipo de oferta

Los CERTIFICADO DE DEPOSITO NEGOCIABLES a emitirse bajo la PRIMERA EMISIÓN DEL SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO NEGOCIABLES-BANCO PICHINCHA serán colocados a través de oferta pública.

Límites mínimos

No existe un límite mínimo de colocación para las Series a realizarse dentro de la presente Emisión.

BANCO PICHINCHA se reserva el derecho de suspender o dejar sin efecto, en cualquier momento y sin necesidad de expresar causa alguna, la colocación de una o más de las Series a realizarse dentro de la presente Emisión.

Inversionistas

Se tiene previsto realizar las emisiones sucesivas de CERTIFICADO DE DEPOSITO NEGOCIABLES a través de diferentes Series que podrán dirigirse a distintos tipos de inversionistas en el Perú, no existiendo restricciones en su venta.

Medios de difusión de las colocaciones por oferta pública

Los términos y condiciones de PRIMERA EMISIÓN DEL SEGUNDO PROGRAMA DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO NEGOCIABLES-BANCO PICHINCHA serán informados a los inversionistas mediante publicación en el DIARIO DE CIRCULACION NACIONAL Y/O BOLETIN DE LA BOLSA DE VALORES DE LIMA, la misma que podrá ser efectuada hasta el día de inicio del periodo de recepción de las órdenes de compra de los valores. La publicación del Aviso de Oferta deberá efectuarse al menos un (01) día hábil antes de la Fecha de Colocación. El Prospecto Marco y el presente complemento están disponibles para su evaluación en el local de EL EMISOR y en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV y serán entregados por EL EMISOR a todos los inversionistas que lo soliciten.

Contenido del Aviso de Oferta

El aviso publicado debe contener como mínimo lo siguiente:

  • Reglamento que disponga la inscripción del Programa y los valores de la presente Emisión en el Registro Público del Mercado de Valores.

  • Identificación del (de los) agente(s) colocador(es).

  • Identificación del Emisor.

  • Identificación del instrumento con los términos y condiciones específicos de la emisión.

  • Precio de referencia mínimo (no obligatorio).

  • Monto por emitir y monto mínimo por serie.

  • Clasificación de riesgo vigente del programa, efectuada por dos (2) empresas clasificadoras de riesgo.

  • Fecha de inicio y fecha límite para la entrega de las propuestas.

  • Hora de inicio y hora límite para la entrega de las propuestas

  • Lugar(es) de entrega de las propuestas: dirección, teléfono, facsímil, responsables de la conducción.

  • Fechas de la subasta, emisión y vencimiento.

  • Número de dígitos de las propuestas.

  • Fecha y modalidad de pago, indicando hora límite.

  • Sistema de subasta propuesto.

  • Indicación de que los prospectos Marco y Complementarios pueden ser consultados en la SMV y en las oficinas del Emisor o del Agente Colocador.

Sistema de Subasta

Subasta Holandesa sobre Rendimiento Implícito - Cupón Cero

Recepción y confirmación de propuestas

CREDICORP CAPITAL SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA S.A. administrará el libro de demanda en el cual se consignarán todas las órdenes de compra que se reciban durante el período de recepción de las órdenes de compra. El inversionista remitirá la orden de compra a CREDICORP CAPITAL SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA S.A. vía facsímil o en forma original durante el periodo de recepción de órdenes de compra, cuya fecha de inicio y término será establecida por el Emisor y comunicada en el Aviso de Oferta.

CREDICORP CAPITAL SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA S.A. recibirá las órdenes de compra hasta la 1:00 PM del último día del plazo establecido para tal efecto. La subasta tendrá lugar el día hábil inmediato anterior a la fecha de la emisión de los CERTIFICADO DE DEPOSITO NEGOCIABLES correspondientes.

A través de la orden de compra, el inversionista manifiesta su voluntad irrevocable de adquirir los CERTIFICADO DE DEPOSITO NEGOCIABLES por lo que serán responsables por su cumplimiento si fuesen favorecidos con la adjudicación. El envío de una orden de compra por parte de un inversionista implica la aceptación de todos los términos y condiciones establecidos en el Prospecto Marco y en el presente Prospecto Complementario.

Las órdenes de compra se recibirán según el formato anexo al Prospecto Marco y deberán estar correctamente llenadas y firmadas por el inversionista, sin permitirse borrones ni enmendaduras. Asimismo, deberán consignar el nombre del inversionista, el monto solicitado y el rendimiento requerido, el cual deberá estar expresado en treintaidosavos (1/32) porcentuales.

El número máximo de órdenes de compra por inversionista será cinco (5), considerándose como válidas las cinco (5) primeras que presente.

No es necesaria una confirmación de la recepción de la orden de compra; sin embargo, los inversionistas interesados en confirmar la recepción de sus órdenes de compra podrán hacerlo telefónicamente llamando al teléfono que se indique en la Orden de Compra o en el Aviso de Oferta; o mediante el sellado del cargo correspondiente en caso que la orden haya sido entregada en original.

Mecanismo de asignación

El periodo de recepción de las órdenes de compra concluirá a la 1:00 PM del día de la subasta, luego de lo cual BANCO PICHINCHA establecerá el rendimiento de corte. La subasta será sobre la tasa de rendimiento implícito de colocación y el mecanismo de asignación es el de Subasta Holandesa con Posibilidad de Ampliación y Propuestas de Compra Acumulativas, por lo que los valores serán asignados a un único rendimiento de emisión. Las órdenes de compra son acumulativas, entendiéndose que se considerará para efectos de la adjudicación, la suma de todas aquellas órdenes cuyas rendimientos requeridos sean iguales o inferiores a la tasa de corte. El precio de colocación será bajo la par de su valor nominal.

El rendimiento de corte será determinado luego de ordenar las órdenes de compra de menor a mayor, de acuerdo con el rendimiento solicitado. El rendimiento de corte corresponderá a aquel en el que la suma del monto demandado iguale al monto base ofertado. En caso que la demanda total sea inferior al monto base ofertado, se considerará como rendimiento de corte aquel correspondiente al rendimiento más alto solicitado en las respectivas órdenes de compra. En caso BANCO PICHINCHA decida no ampliar el monto de la Emisión por encima del monto base ofertado, el rendimiento de corte será tomado como referencia para establecer el rendimiento de emisión.

BANCO PICHINCHA establecerá el rendimiento de emisión y el monto de la emisión o serie, pudiendo fijar este monto por debajo del monto demandado.

En caso la demanda total exceda el monto base ofertado, BANCO PICHINCHA podrá ampliar el monto de la Serie subastada por encima del monto base y hasta el monto máximo anunciado en el Aviso de Oferta, el mismo que deberá estar dentro de los límites máximos registrados para la Emisión (y Programa, de ser el caso). En este caso, el rendimiento de emisión será aquel en que la demanda iguale el monto al que BANCO PICHINCHA haya decidido ampliar la emisión.

Mecanismo de Adjudicación

Definido el monto de la emisión o serie y el rendimiento de emisión, se procederá a la asignación de los CERTIFICADO DE DEPOSITO NEGOCIABLES a aquéllas órdenes de compra cuyas rendimientos solicitados se encuentren por debajo o al nivel del rendimiento de emisión. El rendimiento de emisión, y por lo tanto, el precio de colocación, será único para todos los adjudicatarios.

Los CERTIFICADO DE DEPOSITO NEGOCIABLES serán adjudicados, en primer lugar, a la orden de compra que represente el menor rendimiento solicitado (o mayor precio ofrecido), a la orden de compra que le siga en orden ascendente en función al rendimiento ofrecido, y así sucesivamente hasta cubrir el monto de la Emisión o Serie, monto que podrá ser menor, igual o mayor al monto base de la subasta.

Mecanismo de prorrateo

En caso que la demanda exceda la oferta al rendimiento de emisión, se efectuará un prorrateo proporcional entre todos los adjudicatarios cuyas órdenes de compra solicitaron un rendimiento igual al rendimiento de emisión.

En caso el prorrateo origine la adjudicación de un número de valores no entero, el redondeo se hará a la unidad más cercana.

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Banco Financiero del Perù SA published this content on 06 April 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 06 April 2022 18:31:09 UTC.