Lima, 28 de marzo de 2023

Señores

Superintendencia del Mercado de Valores - SMV

Av. Santa Cruz N° 315

Miraflores.-

Asunto:Hecho de Importancia

Estimados señores:

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 28° del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo N° 093-2002-EF) y el Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada (Resolución CONASEV N° 005-2014-SMV-01) y con relación al hecho de importancia N° 2023013202 enviado hoy, a continuación se detallan los siguientes acuerdos: (i) aumento de capital social por capitalización de los resultados acumulados, resultados del ejercicio económico 2022 no distribuidos y de otras reservas de capital (reserva legal y otras reservas), (ii) modificación del artículo 5° del estatuto de la sociedad, (iii) delegación de facultades para el establecimiento de fecha de registro, canje y/o entrega, (iv) modificación del artículo 6 del reglamento de junta general de accionistas de la sociedad; y (v) otorgamiento de facultades para la formalización de acuerdos, los cuales fueron aprobados por su junta general de accionistas celebrada en la fecha:

1. Aumento de capital social por capitalización de los resultados acumulados, resultados del ejercicio económico 2022 no distribuidos y de otras reservas de capital (reserva legal y otras reservas).

La junta aprobó aumentar el capital social por capitalización de los resultados acumulados, resultados del ejercicio económico 2022 no distribuidos y de otras reservas de capital (reserva legal y otras reservas) por el importe ascendente a S/ 2 394 482 962,00, según el siguiente detalle:

a. Resultados acumulados a capitalizar

S/ 1 973 868 292,48

b. Parte de resultados del ejercicio 2022 no distribuidos

S/ 287 426 335,00

c. Otras reservas de capital (reserva legal y otras reservas)*

S/ 133 188 334,52

(*) Del importe total de S/ 133 188 334,52, la suma ascendente a S/ 127 712 780,18 corresponde a la reserva legal y la suma ascendente a S/ 5 475 554,34 corresponde a otras reservas.

2.

Modificación del artículo 5° del estatuto de la sociedad

Como consecuencia de la aprobación del aumento de capital social antes detallado y con la finalidad de que el estatuto de la sociedad refleje el nuevo importe del capital social y elnúmero de acciones en que éste queda representado, la junta aprobó modificar el artículo 5° del estatuto de la sociedad, quedando redactado de la siguiente manera:

"Artículo 5º.- El capital de la Sociedad es de S/ 3 033 046 862,00 (tres mil treinta y tres millones cuarenta y seis mil ochocientos sesenta y dos y 00/100 soles) representado por 3 033 046 862 (tres mil treinta y tres millones cuarenta y seis mil ochocientos sesenta y dos) acciones nominativas de S/ 1,00 (un sol) cada una, íntegramente suscritas y pagadas, gozando todas de iguales derechos y obligaciones".

3. Delegación de facultades para establecimiento de fecha de registro, canje y/o entrega

La junta aprobó delegar facultades al directorio de la sociedad para que- luego de inscribirse el aumento de capital detallado anteriormente- establezca las correspondientes fechas de registro, canje y/o entrega, pudiendo a su vez delegar dicha facultad.

  • 4. Modificación del artículo 6 del reglamento de junta general de accionistas de la sociedad

    La junta aprobó modificar el artículo 6° del reglamento de junta general de accionistas de la sociedad, quedando redactado de la siguiente manera:

    "Artículo 6°.- Elección de miembros del Directorio

    Los miembros del Directorio serán elegidos por la Junta por el período de tres (3)

    años, salvo las designaciones que se hagan para completar períodos. El período del Directorio termina en la misma oportunidad en que la Junta obligatoria anual resuelva sobre los estados financieros del último ejercicio del período y elija al nuevo Directorio. Sin embargo, el Directorio continuará en funciones, aunque hubiera concluido su período, mientras no se produzca la nueva elección, según lo establecido en el artículo 31 del Estatuto y el artículo 163 de la LGS, debiendo cumplir con lo establecido en el literal e) del artículo 18.2 del presente Reglamento".

  • 5. Otorgamiento de facultades para la formalización de acuerdos

    La junta aprobó otorgar facultades a los señores Monica Cataldo, identificada con Carné de Extranjería N° 005312653; Guillermo Martín Lozada Pozo, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 29671870; Daniel Abramovich Ackerman, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 09344431 y María del Carmen Soraya Ahomed Chávez, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 09161661, para que, en forma individual y a sola firma, actúen en nombre y representación de la sociedad para la ejecución y formalización del acuerdo de modificación del artículo 5° del estatuto aprobado, pudiendo realizar todos los actos y suscribir todos los documentos públicos y privados que sean necesarios para ello. En particular, los representantes están facultados para otorgar, suscribir la minuta y la escritura pública necesarias para formalizar y lograr la inscripción de la modificación del artículo antes mencionado y realizar cualquier acto que fuere pertinente.

Sin otro particular, quedamos de ustedes.

Atentamente,

ENEL DISTRIBUCIÓN PERÚ S.A.A

Pilar Cano Loli

Representante Bursátil

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Enel Distribución Perú SAA published this content on 28 March 2023 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 29 March 2023 02:25:04 UTC.