AVISO DE OFERTA PÚBLICA

A TASA VARIABLE

GRUPO CARSO, S.A.B. DE C.V.

CON BASE EN EL PROGRAMA DE CERTIFICADOS BURSÁTILES DE CORTO Y LARGO PLAZO CON CARÁCTER REVOLVENTE, CONFORME A LA MODALIDAD DE EMISOR RECURRENTE, ESTABLECIDO POR GRUPO CARSO, S.A.B DE C.V. (LA "EMISORA" O "GCARSO", INDISTINTAMENTE) DESCRITO EN EL PROSPECTO DE COLOCACIÓN DE DICHO PROGRAMA (EL "PROSPECTO"), POR UN MONTO TOTAL AUTORIZADO DE HASTA $25,000'000,000.00 (VEINTICINCO MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) O SU EQUIVALENTE EN UNIDADES DE INVERSIÓN ("UDIs" y EL "PROGRAMA",

RESPECTIVAMENTE), SE LLEVA A CABO LA OFERTA PÚBLICA DE HASTA 40,000'000 (CUARENTA MILLONES) DE CERTIFICADOS BURSÁTILES DE

CORTO PLAZO (LOS "CERTIFICADOS BURSÁTILES" O LOS "CERTIFICADOS") CON VALOR NOMINAL DE $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.) CADA UNO.

MONTO DE LA OFERTA

HASTA $4,000'000,000.00 (CUATRO MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.)

CARACTERÍSTICAS DE LA EMISIÓN AL AMPARO DEL PROGRAMA:

Todos los términos con mayúscula inicial utilizados en el presente aviso (el "Aviso") que no sean definidos en forma específica, tendrán el significado que se les atribuye en el Prospecto del Programa, o en el Título que documenta los Certificados Bursátiles.

DENOMINACIÓN DE LA EMISORA: MONTO TOTAL AUTORIZADO DEL PROGRAMA CON CARÁCTER REVOLVENTE: VIGENCIA DEL PROGRAMA:

TIPO DE VALOR:

TIPO DE OFERTA: CLAVE DE PIZARRA:

NÚMERO DE EMISIÓN CORRESPONDIENTE: MONTO DE LA EMISIÓN:

NÚMERO DE CERTIFICADOS BURSÁTILES: DENOMINACIÓN:

VALOR NOMINAL DE LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES:

PRECIO DE COLOCACIÓN: TASA DE REFERENCIA: MECANISMO DE COLOCACIÓN: FECHA DE PUBLICACIÓN DEL AVISO DE OFERTA PÚBLICA: FECHA DE OFERTA PÚBLICA DE LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES: FECHA DE CIERRE DEL LIBRO: FECHA DE PUBLICACIÓN DEL AVISO

DE COLOCACIÓN CON FINES INFORMATIVOS: FECHA DE REGISTRO EN BOLSA:

FECHA DE LIQUIDACIÓN: FECHA DE EMISIÓN:

PLAZO DE VIGENCIA DE LA EMISIÓN: FECHA DE VENCIMIENTO:

RECURSOS NETOS QUE OBTENDRA LA EMISORA CON LA COLOCACION:

Grupo Carso, S.A.B. de C.V.

Hasta $25,000'000,000.00 (Veinticinco mil millones de pesos 00/100 M.N.), o en su equivalente en UDIs.

5 (cinco) años contados a partir del oficio de inscripción del Programa emitido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Certificados Bursátiles de Corto Plazo. Oferta pública, primaria nacional. GCARSO 00324.

Décima segunda al amparo del Programa.

Hasta $4,000'000,000.00 (Cuatro mil millones de pesos 00/100 M.N.). Hasta 40,000'000 (Cuarenta millones) de Certificados Bursátiles. Pesos, moneda nacional.

$100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.) cada uno. $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.) cada uno.

A Tasa Rendimiento.

Construcción de libro.

15 de marzo de 2024.

20 de marzo de 2024.

20 de marzo de 2024.

20 de marzo de 2024.

20 de marzo de 2024.

20 de marzo de 2024.

20 de marzo de 2024.

82 (Ochenta y dos) días.

10 de junio de 2024.

[$3,998,943,111.11 (TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO ONCE PESOS 11/100 M.N.).]

GASTOS RELACIONADOS CON LA EMISIÓN:

  1. Los demás Gastos relacionados de la emisión Es decir; Monto por Inscripción en el RNV de los Certificados Bursátiles, Cuota de
    Listado en BMV. Serán liquidados por el Emisor en su momento

CONCEPTO

MONTO

Comisión por Intermediación y Colocación (*)

$[1,056,888.89 ]

Derechos de inscripción en el RNV (**)

$[309,984.00 ]

Cuota de Listado en BMV (*).

$[564,888.89 ]

Comisión Depósito Indeval (*)

$[5,800.00]

Total de Gastos Relacionados con la Emisión (***)

$[2,027,944.00]

  1. Incluye IVA.
    (**) No aplica IVA.

DERECHOS QUE CONFIEREN

A LOS TENEDORES:Cada Certificado otorga a su titular los derechos señalados en el Título que documenta los Certificados Bursátiles.

CALIFICACIÓN CORTO PLAZO OTORGADA

POR HR RATINGS DE MÉXICO S.A. DE C.V.: "HR+1" significa que el emisor o emisión con esta calificación ofrece alta capacidad para el pago oportuno de obligaciones de deuda corto plazo y mantiene el más bajo riesgo crediticio. La calificación otorgada no constituye una recomendación para comprar, vender o mantener algún instrumento, ni para llevar a cabo algún tipo de negocio, inversión u operación, y puede estar sujeta a actualizaciones en cualquier momento, de conformidad con las metodologías de calificación de HR Ratings y en

términos de lo dispuesto en el artículo 7, fracción II y/o III, según corresponda, de las Disposiciones

de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores.

CALIFICACIÓN CORTO PLAZO OTORGADA

POR FITCH MÉXICO, S.A. DE C.V.:

"F1+(mex)": Las calificaciones nacionales F1+(mex), Indican la capacidad más fuerte de pago puntual

de los compromisos financieros en relación con otros emisores u obligaciones en el mismo país. Bajo

la escala de calificaciones nacionales de Fitch, esta calificación se asigna al riesgo de incumplimiento

más bajo en relación con otros en el mismo país o la misma unión monetaria. Cuando el perfil de

liquidez es particularmente fuerte, se agrega un (+) a la calificación asignada. La calificación otorgada

no constituye una recomendación de inversión y puede estar sujeta a actualizaciones en cualquier

momento de conformidad con las metodologías de esta institución calificadora.

DESTINO DE LOS FONDOS:

La Emisora utilizará los recursos que obtenga por motivo de esta emisión para restructuración de deuda

de corto plazo.

GARANTÍA:

Los Certificados Bursátiles serán quirografarios, por lo que no contarán con garantía específica.

FORMA DE CÁLCULO DE LOS INTERESES:

A partir de su Fecha de Emisión, y en tanto no sean amortizados en su totalidad, los Certificados

Bursátiles generarán un interés bruto anual sobre su Valor Nominal o en su caso sobre su Valor

Nominal Ajustado, a una tasa anual igual a la tasa a la que hace referencia el siguiente párrafo, que

Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, en su carácter de representante común

de los tenedores de los Certificados Bursátiles (el "Representante Común") calculará por lo menos 2

(dos) días hábiles anteriores a cada Fecha de Pago ("Fecha de Determinación de la Tasa de Interés

Bruto Anual"), que regirá durante el Período de Intereses correspondiente conforme a lo siguiente:

La tasa de interés bruto anual, (la "Tasa de Interés Bruto Anual"), se calculará mediante la adición de

[_.__ (____ punto ____)] puntos porcentuales, a la tasa de interés interbancaria de equilibrio ("TIIE"

o "Tasa de Interés de Referencia") a plazo de hasta 29 (veintinueve) días (o la que sustituya a ésta),

capitalizada o en su caso, equivalente al número de días naturales efectivamente transcurridos en el

Periodo de Intereses hasta la Fecha de Pago de intereses correspondiente, que sea dada a conocer por

el Banco de México, por el medio masivo de comunicación que éste determine o a través de cualquier

otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación, incluso Internet, autorizado al efecto por

dicho banco en la Fecha de Determinación de la Tasa de Interés Bruto Anual, o en su defecto, dentro

de los 15 (quince) días hábiles anteriores a la misma, caso en el cual deberá tomarse la tasa comunicada

a plazo de hasta 29 (veintinueve) días en el día hábil más próximo a dicha fecha.

En caso de que la TIIE a plazo de hasta 29 (veintinueve) días dejare de existir o publicarse, el

Representante Común utilizará como tasa sustituta para determinar la Tasa de Interés Bruto Anual de

los Certificados Bursátiles, aquella que dé a conocer el Banco de México oficialmente como la tasa

sustituta de la TIIE aplicable para el plazo más cercano al plazo citado (la "Tasa Sustituta").

Para determinar la Tasa de Interés de Referencia o la Tasa Sustituta capitalizada o, en su caso,

equivalente al número de días naturales efectivamente transcurridos hasta la Fecha de Pago de intereses

correspondiente, el Representante Común utilizará la siguiente fórmula:

NDE

+

TR

PL

TC = ⎢⎜1

36000

× PL⎟

⎢⎝

En donde:

⎡36000

− 1

×

⎣ NDE

TC = Tasa de Interés de Referencia, o la Tasa Sustituta, capitalizada o equivalente al número de días naturales efectivamente transcurridos hasta la Fecha de Pago de intereses correspondiente.

TR

= TIIE o Tasa de Interés de Referencia o la Tasa Sustituta.

PL

= Plazo en días de la TIIE o Tasa de Interés de Referencia o Tasa Sustituta.

NDE

= Número de días naturales efectivamente transcurridos hasta la Fecha de Pago de intereses

correspondiente.

  • Tasa de Interés de Referencia: El público inversionista podrá consultar el comportamiento de esta tasa en la página de internet de Banco de México, la cual es www.banxico.gob.mx

El interés que devenguen los CB'S se computará en la Fecha de Determinación de la Tasa de Interés Bruto Anual y deberá comprender los días naturales en el Periodo de Intereses correspondiente. Los cálculos para determinar las tasas y el monto de los intereses a pagar se efectuarán cerrándose a centésimas.

Para determinar el monto de los intereses a pagar en cada Período de Intereses, el Representante Común utilizará la siguiente fórmula:

TB

I = VN

36000

× NDE

En donde:

I

= Interés bruto del Período de Intereses que corresponda

VN

= Valor Nominal o Valor Nominal Ajustado de los Certificados Bursátiles en circulación

TB

= Tasa de Interés Bruto Anual

NDE = Número de días naturales efectivamente transcurridos en el Periodo de Intereses hasta la

Fecha de Pago de intereses correspondiente.

El valor nominal ajustado de los Certificados Bursátiles en circulación (el "Valor Nominal Ajustado") se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

En donde:

VNAj

= Valor Nominal Ajustado de todos los Certificados Bursátiles en la Fecha de Pago de

intereses j.

VNAj-1 = Valor Nominal o, en su caso, Valor Nominal Ajustado de los Certificados Bursátiles en circulación en la Fecha de Pago de intereses inmediata anterior.

APj

=

Amortización del principal en la Fecha de Pago de intereses j.

j

=

Fecha de Pago determinada.

Para determinar el Valor Nominal Ajustado por cada Certificado Bursátil, el Representante Común utilizará la siguiente fórmula:

En donde:

VN

= Valor Nominal Ajustado por cada Certificado Bursátil en la Fecha de Pago.

VNA

= Valor Nominal o Valor Nominal Ajustado de todos los Certificados Bursátiles.

TC

= Número de Certificados Bursátiles en circulación.

El interés que causarán los Certificados Bursátiles se computará a partir de su Fecha de Emisión, o al

inicio de cada Periodo de Intereses, según corresponda y los cálculos para determinar las tasas y el

monto de los intereses a pagar deberán comprender los días naturales efectivamente transcurridos hasta

la Fecha de Pago de intereses correspondiente, y, en consecuencia, el siguiente Periodo de Intereses se

disminuirá en el número de días en el que se haya aumentado el Periodo de Intereses anterior. Los

cálculos se efectuarán cerrándose a centésimas. Iniciado cada Período de Intereses la Tasa de Interés

Bruto Anual de cada período no sufrirá cambios durante el mismo.

El Representante Común dará a conocer a la CNBV a través del Sistema de Transferencia de

Información sobre Valores a cargo de dicha institución ("STIV-2"), a la Bolsa Mexicana de Valores

(la "BMV") a través del Sistema Electrónico de Envío y Difusión de Información (el "SEDI" o

"Emisnet") y al Indeval, por escrito o a través de los medios que éstos determinen, así como al Emisor

por escrito (pudiendo ser por correo electrónico), por lo menos con 1 (un) día hábil de anticipación a

la Fecha de Pago, correspondiente el importe de los intereses a pagar, la Tasa de Interés Bruto Anual

aplicable al Periodo de Intereses correspondiente y, en su caso, el monto de principal a amortizar.

Asimismo, dará a conocer a la BMV y a la CNBV la Tasa de Interés Bruto Anual aplicable al siguiente

Período de Intereses y, en su caso, el Valor Nominal Ajustado por cada Certificado Bursátil en

circulación.

Los Certificados Bursátiles dejarán de causar intereses a partir de la fecha señalada para su pago,

siempre que la Emisora hubiere constituido el depósito del importe de la amortización total, y en su

caso, de los intereses correspondientes, en las oficinas del Indeval, a más tardar a las 11:00 a.m. (hora

de la Ciudad de México) de ese día.

En los términos del artículo 282 de la LMV, la Emisora estipula que el título que ampara el monto total

de la Emisión no lleva cupones adheridos, haciendo las veces de éstos y para todos los efectos legales,

las constancias que el propio Indeval expida para tal efecto. La amortización de los Certificados

Bursátiles se efectuará contra la entrega del título o de la constancia emitida por Indeval, para tal efecto,

el día señalado para su vencimiento.

Los intereses que devenguen los Certificados Bursátiles se liquidarán de conformidad con lo que se

establece en los apartados "Periodicidad en el Pago de Intereses", "Intereses" y "Lugar y Forma de

Pago de Principal e Intereses" del título.

En el caso de que cualquiera de las fechas antes mencionadas sea un día que no sea día hábil, los

intereses se liquidarán el día hábil inmediato siguiente, calculándose en todo caso los intereses

respectivos por el número de días naturales efectivamente transcurridos hasta la Fecha de Pago de

intereses correspondiente y en consecuencia, el siguiente Período de Intereses se disminuirá en el

número de días en el que se haya aumentado el Período de Intereses anterior.

Los Certificados Bursátiles causarán intereses en el primer período de 26 (Veintiséis) días con

base en una Tasa de Interés Bruto Anual de [___]% [(________________ por ciento)].

VENCIMIENTO ANTICIPADO:

Los Certificados Bursátiles podrán contener disposiciones relativas a su vencimiento anticipado, según

se señale en el Título, en el presente Aviso de Oferta Pública.

INTERESES MORATORIOS:

En caso de incumplimiento en el pago oportuno y total de principal exigible, se, causarán intereses

moratorios, sobre el principal insoluto vencido y no pagado a partir de la Fecha de Pago en que ocurra

el incumplimiento y hasta que la suma de principal insoluta vencida haya quedado totalmente cubierta,

a una tasa anual igual a lo que resulte de sumar 1.5 (uno punto cinco puntos porcentuales) a la Tasa de

AMORTIZACIÓN:

AMORTIZACIÓN ANTICIPADA:

RÉGIMEN FISCAL:

PERIODICIDAD EN EL PAGO DE INTERESES:

LUGAR Y FORMA DE PAGO DE PRINCIPAL E INTERESES:

POSIBLES ADQUIRENTES: OBLIGACIONES DE LA EMISORA:

Rendimiento sobre una base de 360 (trescientos sesenta) días y por los días efectivamente transcurridos en mora. En su caso, los intereses moratorios, serán pagados en las oficinas del Representante Común, ubicadas en Avenida Paseo de la Reforma No. 284, piso 9, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México, o en la dirección que del Representante Común notifique en caso de que cambie el domicilio de sus oficinas, en la misma moneda que la suma principal. Lo anterior, en el entendido que todas las cantidades que se reciban de la Emisora se aplicarán en primer término al pago de intereses moratorios y finalmente al saldo principal insoluto.

En un solo pago en la Fecha de Vencimiento de la Emisión serán amortizados a su Valor Nominal o en su caso Valor Nominal Ajustado, contra la entrega del Título correspondiente, o las constancias que Indeval expida para tal efecto.

El Representante Común calcular y publicar a más tardar 2 (dos) días hábiles antes de cada Fecha de Pago, los avisos de pago de intereses y/o amortización de principal correspondiente a los Certificados Bursátiles, notificar a la Emisora e informar a la CNBV a través del STIV-2, a la BMV a través del SEDI y a Indeval por escrito, o por los medios que éstas determinen.

El Emisor tendrá el derecho de amortizar anticipadamente de manera parcial o total los Certificados Bursátiles, antes de la Fecha de Vencimiento en cualquier Fecha de Pago de los intereses de la Emisión, a un precio por Certificado Bursátil igual a lo que sea mayor entre: (a) el valor nominal de los Certificados Bursátiles, o (b) el "precio limpio" calculado mediante el promedio aritmético de los últimos 30 (TREINTA) días previos a la fecha de notificación de la amortización anticipada proporcionado por el Proveedor Integral de Precios, S.A. de C.V. (PIP) y Valuación Operativa y Referencias de Mercado, S.A. de C.V. (VALMER). La fuente pública en la que los inversionistas podrán verificar los precios proporcionados por Proveedor Integral de Precios, S.A. de C.V. y Valuación Operativa y Referencias de Mercado, S.A. de C.V., son www.piplatam.com y www.valmer.com.mx respectivamente. La amortización anticipada se llevará a cabo conforme al precio establecido en el párrafo anterior, más los intereses devengados y no pagados respecto de los Certificados Bursátiles a la fecha de amortización anticipada y cualesquiera otras sumas adeudadas respecto de los Certificados Bursátiles, si las hubiere. Para ello (i) la Emisora, informará por escrito su decisión de ejercer dicho derecho de amortización anticipada al Representante Común y al INDEVAL, así como a la CNBV, a través de los medios que esta determine, y a la BMV y a los Tenedores, a través del SEDI (o cualquier otro medio que la BMV determine), cuando menos con 6 (SEIS) días hábiles de anticipación a la fecha en que el Emisor tenga la intención de amortizar anticipadamente la totalidad de los Certificados Bursátiles, y (ii) la amortización total anticipada se llevará a cabo en las oficinas de INDEVAL, ubicadas en Paseo de la Reforma No. 255, 3er. Piso, Colonia Cuauhtémoc, Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, o, de no ser posible, en las oficinas del Emisor. El Representante Común, el segundo día hábil inmediato anterior a la fecha que se hubiera establecido para llevar a cabo la amortización anticipada, calculará y publicará el valor al que se vayan a amortizar los Certificados Bursátiles, a través del SEDI que mantiene la BMV e informará por escrito a INDEVAL y a la CNBV, o a través de los medios que estas determinen de tal circunstancia.

La presente sección contiene una breve descripción de ciertos impuestos aplicables en los Estados Unidos Mexicanos ("México") a la adquisición, propiedad y disposición de instrumentos de deuda como los Certificados Bursátiles por inversionistas residentes y no residentes en México para efectos fiscales, pero no pretende ser una descripción exhaustiva de todas las consideraciones fiscales que pudieran ser relevantes a la decisión de adquirir o disponer de Certificados Bursátiles. El régimen fiscal vigente podrá modificarse a lo largo de la vigencia de los Certificados Bursátiles. Recomendamos a todos nuestros inversionistas consultar en forma independiente a sus asesores fiscales respecto a las disposiciones legales vigentes aplicables a la adquisición, propiedad y disposición de instrumentos de deuda como los Certificados Bursátiles antes de realizar cualquier inversión en los mismos. La tasa de retención aplicable respecto a los intereses pagados se encuentra sujeta a: (i) para las personas físicas y morales residentes en México para efectos fiscales, a lo previsto en los artículos 54, 135 y demás aplicables de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente y el artículo 21 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024, es decir, a la tasa del 0.50 % (Cero punto cincuenta por ciento) anual sobre el monto del capital que dé lugar al pago de intereses; (ii) para los residentes en el extranjero que obtengan ingresos provenientes de México, será aplicable el artículo 153 y demás aplicables de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; y (iii) para las personas físicas y morales residentes en el extranjero para efectos fiscales, a lo previsto en el artículo 166 y demás aplicables de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. El régimen fiscal vigente podrá modificarse a lo largo del plazo de los Certificados Bursátiles. Los posibles adquirentes de los Certificados Bursátiles deberán consultar con sus asesores las consecuencias fiscales resultantes de la compra, el mantenimiento o la venta de los Certificados Bursátiles, incluyendo la aplicación de reglas específicas respecto de su situación en particular.

Los intereses que devenguen los Certificados Bursátiles serán pagaderos de conformidad con el Calendario de Pago de Intereses, según se establece en la sección "Periodicidad en el Pago de Intereses" del Título que documenta la presente Emisión. El primer pago de intereses se efectuará precisamente el día 15 de abril de 2024.

El lugar de amortización y pago de principal e intereses ordinarios de los Certificados Bursátiles será a través de Indeval, con domicilio en Avenida Paseo de la Reforma No. 255 3er. Piso, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500 Ciudad de México, o en la dirección que Indeval dé a conocer en caso de que cambie el domicilio de sus oficinas, contra entrega del Título o de la constancia emitida por INDEVAL, para tal efecto correspondiente. En caso de que el principal e intereses no sean cubierto en su totalidad en la Fecha de Vencimiento, Indeval, no será responsable de entregar el título; ni estará obligado a su entrega hasta que dicho monto sea íntegramente cubierto.

Personas físicas y morales cuando su régimen de inversión lo prevea expresamente. La Emisora tendrá durante la vigencia de la Emisión, las siguientes obligaciones:

1. Entregar a la CNBV y a la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V. (la "BMV") y a las demás

autoridades gubernamentales e instituciones correspondientes aquella información y documentación

que señale la legislación y reglamentación aplicable, incluyendo aquella prescrita por la LMV las

Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Emisoras de Valores y a Otros Participantes del

Mercado de Valores publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 19 de marzo de 2003 (las

"Disposiciones") entre las que se encuentran: (i) la información trimestral y anual correspondiente de

acuerdo con la LMV y con las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Emisoras de Valores

y a Otros Participantes del Mercado de Valores publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día

19 de marzo de 2003 (las "Disposiciones") y (ii) la información anual relacionada con la celebración

de su asamblea anual ordinaria de accionistas, dentro de la que se incluyen los informes del consejo de

administración presentados a la asamblea, los estados financieros anuales dictaminados por un

despacho de auditores externos y la demás información aplicable. En el caso de la información

financiera que se reporta trimestralmente, esta se debe presentar de manera acumulada y se acompañará

de la información correspondiente al mismo periodo del año anterior. Asimismo deberá (i) entregar al

Representante Común, dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se entreguen

los estados financieros trimestrales a la BMV de acuerdo a la legislación aplicable, una copia de los

mismos.

2. La CNBV, en conjunto con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (el "IMCP") y el Consejo

Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (el "CINIF"), así

como la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (la "SHCP"), en su conjunto, han decidido que a

partir del año 2012, las empresas que cotizan en la BMV adopten las Normas Internacionales de

Información Financiera (los "IFRS") publicados por el International Accounting Standards Board (el

"IASB"). Por lo anterior y a partir del año 2012, la Emisora debe preparar sus estados financieros

mediante los IFRS.

3. Divulgar al público inversionista, a través de los medios establecidos por la legislación aplicable, en

las fechas que señalen las Disposiciones, un ejemplar de los estados financieros de la Emisora y

cualquier otra información que la Emisora deba divulgar al público trimestralmente conforme a las

Disposiciones incluyendo, sin limitación, un documento en el que se informe sobre la exposición de la

Emisora a instrumentos financieros derivados al cierre del trimestre anterior.

La Emisora da su conformidad para que, en caso de incumplimiento de las Obligaciones de Dar, Hacer

y no Hacer en Beneficio y/o frente a los Tenedores, le sean impuestas las sanciones y consecuencias

jurídicas a través de los órganos y procedimientos disciplinarios que se establecen en los

ordenamientos vigentes

DEPOSITARIO:

S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V.

REPRESENTANTE COMÚN:

Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero.

FACTORES DE RIESGO:

Ver capítulo de factores de riesgo inciso c) página 14 del Prospecto.

REPRESENTANTE COMÚN CALCULARA Y PUBLICARA A MÁS TARDAR 1 (UN) DÍAS HÁBILES ANTES DE CADA FECHA DE PAGO, LOS AVISOS DE PAGO DE INTERESES Y/O AMORTIZACIÓN DE PRINCIPAL CORRESPONDIENTE A LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES, NOTIFICAR A LA EMISORA E INFORMAR A LA CNBV A TRAVÉS DEL STIV-2, A LA BMV A TRAVÉS DEL SEDI Y A INDEVAL POR ESCRITO, O POR LOS MEDIOS QUE ÉSTAS DETERMINEN. ASIMISMO, INFORMARÁ CON LA MISMA ANTICIPACIÓN A LA CNBV Y A LA BMV A TRAVÉS DE LOS MEDIOS QUE ESTOS DETERMINEN Y A LA EMISORA LA TASA DE INTERÉS BRUTO ANUAL APLICABLE AL SIGUIENTE PERIODO DE INTERESES.

EL EMISOR E INVERSORA BURSÁTIL, S.A. DE C.V., CASA DE BOLSA, GRUPO FINANCIERO INBURSA SON PARTE DEL MISMO GRUPO EMPRESARIAL: TANTO EL EMISOR COMO EL INTERMEDIARIO COLOCADOR SON PARTE DEL MISMO GRUPO EMPRESARIAL. POR LO QUE PODRÍA EXISTIR UN INTERÉS ADICIONAL DEL REFERIDO INTERMEDIARIO EN LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES

LA CALIFICACION DE LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES PARA LA EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE CORTO PLAZO DESCRITA EN EL PROSPECTO, FUE OTORGADA POR HR RATINGS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. Y FITCH RATINGS, S.A. DE C.V. CONSIDERANDO ÚNICAMENTE AQUELLA INFORMACIÓN FINANCIERA DESCRITA EN EL DICTAMEN DE LA MISMA Y QUE LAS MENCIONADAS AGENCIAS CALIFICADORAS HAN REVISADO CONFORME A SUS PROCESOS Y POLÍTICAS. SE RECOMIENDA A LOS INVERSIONISTAS LEER LOS DICTAMENES DE DICHAS CALIFICACIONES Y SUS FUNDAMENTOS.

INTERMEDIARIO COLOCADOR

Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa,

Grupo Financiero Inbursa

Los Certificados Bursátiles objeto de la presente oferta pública forman parte del Programa autorizado por la CNBV y se encuentran inscritos con el No. 0495-4.19-2023-005 en el Registro Nacional de Valores y son aptos para ser listados en el listado correspondiente de la BMV.

La inscripción en el Registro Nacional de Valores no implica certificación sobre la bondad de los valores, la solvencia de la Emisora o sobre la exactitud o veracidad de la información contenida en el Prospecto, ni convalida los actos que, en su caso, hubieren sido realizados en contravención de las leyes. El Prospecto del Programa podrá ser consultado en la página de internet de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V. en la dirección www.bmv.com.mx,o en el portal de Internet de la Emisora: www.gcarso.com.mxo en el portal de Internet de la CNBV en la siguiente dirección www.gob.mx/cnbv.

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2024

Autorización de CNBV para su publicación: 153/3520/2022 de fecha 16 de diciembre de 2022.

Autorización de su actualización mediante oficio número 153/5622/2023 de fecha 17 de octubre de 2023.

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Grupo Carso SAB de CV published this content on 15 March 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 15 March 2024 17:20:55 UTC.