Ciudad de México, a 30 de abril de 2021.

Al Consejo de Administración, al Comité de Auditoría y a los Accionistas de:

Grupo Hotelero Santa Fe, S.A.B de C.V.

Por medio de la presente y en relación con la auditoría de los estados financieros consolidados de Grupo Hotelero Santa Fe, S.A.B de C.V. y subsidiarias (la "Emisora") por el año que terminó el 31 de diciembre de 2020, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que de acuerdo con el artículo 37 de las "Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades y emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos" (las Disposiciones, conocida también como Circular Única de Auditores Externos o CUAE), emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2018, lo siguiente:

  1. Soy Contador Público y cuento con la certificación vigente número 14421 emitida al efecto por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. Asimismo, cumplo con los requisitos señalados en los artículos 4 y 5 de la CUAE que a continuación se mencionan:

Artículo 4.

  1. Soy Socio de KPMG Cárdenas Dosal, S.C. (la Firma o KPMG), la cual fue contratada por la Emisora para prestar los servicios de auditoría externa de estados financieros básicos. La firma se ajusta a lo previsto en los artículos 9 y 10 de la CUAE.
  2. Tanto el Despacho como quien suscribe esta declaratoria, contamos con registro vigente expedido por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (AGAFF). Los números de registro son; el del Contador Público 16953 expedido el 06 de octubre de 2006 y el del Despacho es el 101 expedido el 28 de abril de 1993.
  3. Cuento con experiencia profesional de más de diez años en labores de auditoría externa.

Continúa

Artículo 5.

    1. Soy independiente en términos del artículo 6 de la CUAE.
    2. No he sido expulsado ni me encuentro suspendido de mis derechos como miembro del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.
    3. No he sido condenado por sentencia irrevocable por delito patrimonial o doloso que haya ameritado pena corporal.
    4. No estoy inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano, ni he sido declarado en quiebra o concurso mercantil sin que haya sido rehabilitado.
    5. No tengo antecedentes de suspensión o cancelación de alguna certificación o registro que para fungir como auditor externo independiente se requiera, por causas imputables a mi persona y que hayan tenido su origen en conductas dolosas o de mala fe.
    6. No he sido, ni tengo ofrecimiento para ser consejero o directivo de Grupo Hotelero Santa Fe, S.A.B. de C.V. o, en su caso, de sus subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan a la misma Emisora.
    7. No tengo litigio alguno pendiente con la Emisora o, en su caso, con sus subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan a la misma Emisora.
  1. Desde la fecha en que se prestan los servicios de auditoría externa, durante el desarrollo de la misma y hasta la emisión del informe de auditoría externa, así como de los comunicados y opiniones requeridos conforme a lo señalado en el artículo 15 de la CUAE, cumplo con los requisitos a que se refieren los artículos 4 y 5 antes señalados. Asimismo, el Despacho y las personas que forman parte del equipo de auditoría, se ajustan a lo previsto en los artículos 6, 7, 9 y 10, en relación con el artículo 14 de la CUAE.
  1. El Despacho cuenta con evidencia documental de la implementación del sistema de control de calidad a que se refiere el artículo 9 de la CUAE y participa en un programa de evaluación de calidad que se ajusta a los requisitos que se contemplan en el artículo 12 de la CUAE.

Asimismo, otorgo mi consentimiento para proporcionar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la información que ésta me requiera, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos anteriores. Adicionalmente, por medio de la presente, el Despacho queda obligado a conservar la información que ampare el cumplimiento de los requisitos anteriores, físicamente o a través de imágenes en formato digital, en medios ópticos o magnéticos, por un plazo mínimo de cinco años contados a partir de que concluyó la auditoría de estados financieros básicos de Grupo Hotelero Santa Fe, S.A.B. de C.V.

Me permito señalar que, el que suscribe como socio a cargo de la auditoría externa independiente, el Socio y Director a cargo de las subsidiarias, el Socio revisor de Calidad y el gerente de auditoría hemos intervenido en esa calidad en la auditoría de Grupo Hotelero Santa Fe, S.A.B. de C.V. por 1 año, 2 años y 1 año, y 1 año y 2 años, respectivamente comenzados desde los años 2020, 2018 y 2020, y 2020 y 2019 y que el Despacho ha auditado a Grupo Hotelero Santa Fe, S.A.B. de C.V. desde el ejercicio contable de 2010.

Esta declaratoria se emite únicamente para el propósito descrito en el primer párrafo de esta y para información del Consejo de Administración, al Comité de Auditoría y a los Accionistas, por ello, no debe usarse para ningún otro propósito, ni ser distribuido a otras partes.

KPMG Cárdenas Dosal, S. C.

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C.P.C. A. César Ramírez Angulo Socio

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