El 12 de octubre de 2022, Omega Therapeutics Inc. celebró un Acuerdo de Colaboración y Licencia con Nitto Denko Corporation en virtud del cual, entre otras cosas, Nitto concedió a la empresa una licencia exclusiva, mundial, con derechos de autor, totalmente transferible y totalmente sublicenciable, en virtud de toda la propiedad intelectual que posea o controle Nitto en relación con su tecnología de nanopartículas lipídicas (“LNP”) que sea necesaria o útil para investigar, desarrollar, comercializar, fabricar, hacer fabricar, utilizar, vender, hacer vender, ofrecer a la venta o importar cualquier producto dirigido al oncogén c-Myc en el pulmón que (a) consista en (i) una composición de LNP aprobada por un comité directivo conjunto establecido por Nitto y la Compañía (el “JSC”) y (ii) uno o más controladores epigenómicos controlados por la Compañía y (b) (i) de no ser por las licencias concedidas a la Compañía por Nitto, infringiría al menos una reivindicación válida de la PI licenciada o (ii) incorpore o haga uso de otro modo de los datos, resultados o conocimientos técnicos incluidos en la PI licenciada. Según los términos del acuerdo, la empresa ha acordado pagar a Nitto un pago inicial en efectivo de 1,0 millones de dólares en los treinta días siguientes a la fecha de entrada en vigor, pago al que se restarán ciertas cantidades pagadas por la empresa a Nitto antes de la fecha de entrada en vigor. La Compañía está obligada a realizar hasta 84,0 millones de dólares en pagos futuros a Nitto en función de la consecución de determinados hitos de desarrollo, reglamentarios y de ventas.

La empresa también está obligada a pagar a Nitto cánones escalonados de un solo dígito, país por país, basados en las ventas netas del producto bajo licencia, sujetos a reducción en circunstancias específicas. A no ser que se rescinda antes, el Acuerdo expirará país por país cuando no haya más pagos de royalties debidos por la Compañía a Nitto en dicho país con respecto al Producto Bajo Licencia. Una vez que expire el plazo de regalías aplicable con respecto al Producto Bajo Licencia en un país, la licencia pasará a ser totalmente pagada, libre de regalías, perpetua e irrevocable con respecto al Producto Bajo Licencia en dicho país.

Según los términos del Acuerdo, la Compañía y Nitto han acordado investigar y desarrollar conjuntamente el Producto con Licencia para todas las aplicaciones terapéuticas, paliativas y/o profilácticas en humanos de acuerdo con un plan de desarrollo conjunto (el “Plan”). La Compañía correrá con todos los gastos razonables en los que incurra Nitto en el Plan. La JSC tendrá autoridad para tomar decisiones con respecto al Producto con Licencia hasta la primera presentación de una solicitud presentada a una autoridad reguladora para iniciar ensayos clínicos en humanos con respecto al Producto con Licencia, después de lo cual la Compañía tendrá la responsabilidad exclusiva y la única autoridad para tomar decisiones sobre el desarrollo y la comercialización del Producto con Licencia.

El Acuerdo contiene las declaraciones y garantías habituales de las partes y continuará en vigor a menos que sea rescindido por cualquiera de las partes de acuerdo con sus términos. Cualquiera de las partes podrá rescindir el Acuerdo en caso de que la otra parte incumpla el Acuerdo de forma no garantizada, por cualquiera de las partes en caso de quiebra, insolvencia o ciertos sucesos similares de la otra parte, por la Compañía en cualquier momento después del 13 de junio de 2023 por cualquier razón o sin ella, y por la Compañía país por país o en su totalidad hasta el 13 de junio de 2023 por ciertas razones específicas de buena fe. Tras la rescisión del Acuerdo, todos los derechos y licencias concedidos por Nitto a la empresa en virtud del mismo se extinguirán, pero la empresa conservará el derecho a distribuir, vender o disponer de otro modo de su inventario existente de los productos bajo licencia, en cada caso destinado a la distribución, venta o disposición durante un período no superior a tres meses a partir de la fecha de la rescisión efectiva, y dicha distribución, venta u otra disposición no constituirá una infracción de los derechos de propiedad intelectual o de propiedad de Nitto o de sus filiales. Dicho derecho a distribuir, vender o disponer de otro modo de su inventario existente del Producto bajo Licencia estará sujeto a la obligación continua de la Compañía de pagar regalías a Nitto bajo el Acuerdo.