El consejo de administración de Chanhigh Holdings Limited anuncia por la presente que el Sr. Fan Rong ha presentado su dimisión como director no ejecutivo independiente de la empresa con efecto a partir del 19 de abril de 2024 para poder dedicar más tiempo a sus otros compromisos. En consecuencia, tras su dimisión como INED, el Sr. Fan ha dejado de actuar como presidente del comité de auditoría y miembro del comité de estrategia de la Sociedad con efecto a partir del 19 de abril de 2024. Tras la dimisión del Sr. Fan, el Consejo y el Comité de Auditoría están formados cada uno por sólo dos INED y ninguno de estos dos INED restantes tiene las cualificaciones profesionales adecuadas o conocimientos de contabilidad o de gestión financiera relacionados .

Por lo tanto, la empresa no cumple los requisitos establecidos en (i) la norma 3.10(1) de las Normas que rigen la cotización de valores en la Bolsa (las "Normas de cotización"), según la cual la empresa debe tener al menos tres INED; (ii) la norma 3.10(2) de las Normas de cotización, según la cual al menos uno de los INED debe tener las cualificaciones profesionales adecuadas o conocimientos de contabilidad o de gestión financiera relacionados; y (iii) la norma 3.21 de las Normas de cotización, según la cual el Comité de Auditoría debe estar formado por un mínimo de tres miembros.