Publicado el: 10 March, 2024
MERCANTIL SERVICIOS FINANCIEROS C.A. HECHO DE RELEVANCIA

Propuesta para la Cuarta Fase del Programa de Recompra de Acciones de la Compañía, que somete la Junta Directiva de Mercantil Servicios Financieros, C.A. a la consideración de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas del 22 de marzo de 2024.

La Junta Directiva de Mercantil Servicios Financieros, CA.

CONSIDERANDO

Que el mercado de capitales venezolano ha venido otorgando un valor significativamente bajo a las acciones de la Compañía;

CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva y la Gerencia de la Compañía han venido anunciando y promoviendo un conjunto de medidas, tanto en materia de desarrollo de negocios como de racionalización de costos, cuyos efectos y consecuencias se espera mejorarán, aún más, los indicadores financieros y operativos de la Compañía;

CONSIDERANDO

Que la situación patrimonial de la Compañía y de sus filiales les permiten cumplir en exceso con los requerimientos de capital de los negocios actuales y previstos para el futuro inmediato y con las reservas necesarias de acuerdo con las disposiciones legales y estatutarias pertinentes,

CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva y la Gerencia de la Compañía consideran que la inversión en sus propias acciones presenta una oportunidad atractiva en el corto, mediano y largo plazo,

ACUERDA

Someter a la consideración de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el próximo 22 de marzo de 2024, lo siguiente:

1. De conformidad con lo establecido por el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores, autorizar a la Junta Directiva para acordar que la Compañía adquiera sus propias acciones a través de cualquier bolsa de valores, en las oportunidades que considere conveniente y dentro de los términos y con las condiciones que a continuación se señalan:

  1. En ejercicio de esta autorización, la Junta Directiva podrá acordar, según su criterio, que la Compañía adquiera hasta dos y medio por ciento 2,5% del total de sus acciones "A" y/o "B" representativas de su Capital Suscrito y Pagado, incluyendo estas acciones en tesorería
  2. El precio por acción que la Compañía pagará se adecuará a las condiciones de mercado.
  3. La adquisición de acciones autorizada mediante este acuerdo deberá realizarse dentro de los dos (2) años siguientes a la celebración de esta Asamblea, quedando este acuerdo sin efecto una vez transcurra ese período, sin perjuicio de que la Asamblea pueda acordar nuevamente, aún dentro de ese plazo, autorizar a la Junta Directiva para que proceda a una nueva Fase de compra de acciones de la propia Compañía, y.

2. Autorizar a la Junta Directiva para que, dentro de los dos (2) años siguientes a la adquisición de las acciones a que se hace referencia en el punto anterior, proceda a dar a las acciones en tesorería el destino que corresponda de conformidad con lo establecido en el Artículo 73 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores, incluida la eventual redención de las acciones, en cuyo caso también queda facultada para fijar los montos de capital suscrito y pagado y de capital autorizado que resulten como consecuencia de las redenciones de acciones, si fuere el caso y las reducciones de capital que se realicen, así como para efectuar las modificaciones estatutarias que correspondan,

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Corporación Industrial de Energía CA published this content on 10 March 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 11 March 2024 16:32:04 UTC.