MEMORANDODE

  • : JAIME MANTILLA GARCÍA Presidente Junta Directiva.

    PARA

  • : ANDRÉS LÓPEZ VALDERRAMA

    Presidente Ejecutivo - Representante Legal Principal

    MARIO ANTONIO CAJIAO PEDRAZA

    Representante Legal Suplente

    MAURICIO PAREDES GARCÍA Representante Legal Suplente

    NATALIA RIVEROS CASTILLO

    Secretaria General

    ANA CECILIA PINILLA CÁRDENAS Coordinadora Jurídica de Secretaría General

    LUCY IVONNE OSPINA VELASQUEZ Abogada Junior de Secretaría General

    CÉSAR AUGUSTO FERREIRA ZAMBRANO Abogado Junior de Secretaría General

    ANA CRISTINA CASADO CORTÉS Abogada Junior de Secretaría General

    ÁNGELA MARÍA REYES URIBE Secretaria de la Secretaria GeneralFECHA

  • : 25 DE FEBRERO DE 2021

    ASUNTO

  • : DISPOSICIONES DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA SOBRE LAS PRÁCTICAS ILEGALES, NO AUTORIZADAS E INSEGURAS DE LOS EMISORES DE VALORES EN RELACIÓN CON LA REPRESENTACIÓN DE SUS ACCIONISTAS EN LAS ASAMBLEAS

Para dar cumplimiento a lo establecido en la Parte III Título I Capítulo VI de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera (C.E. 029/14) y con el fin de que los funcionarios que están directamente relacionados con la Asamblea General de Accionistas de la Corporación de Ferias y Exposiciones S.A. Usuario Operador de Zona Franca, en adelante Corferias, tengan un conocimiento claro y preciso sobre las obligaciones ante los accionistas de la Corporación, especialmente para asegurar un trato equitativo a todos y cada uno ellos, me permito informarles, sobre el obligatorio cumplimiento de las siguientes medidas:

Las prácticas ilegales, no autorizadas e inseguras de los emisores de valores que a continuación se describen son prohibidas ya sea que se realicen directamente o a través de interpuesta persona, toda vez que las mismas puedan constituir contravención a lo dispuesto por los artículos 184 y 185 del Código de Comercio y 23 numerales 2, 6 y 7 de la Ley 222 de 1995:

  • 1. Incentivar, promover o sugerir a los accionistas el otorgamiento de poderes donde no parezca claramente definido el nombre del representante para la Asamblea de Accionistas de las respectivas sociedades.

  • 2. Recibir de los accionistas poderes para las reuniones de asamblea, donde no aparezca claramente definido el nombre del respectivo representante.

  • 3. Admitir como válidos poderes conferidos por los accionistas, sin el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 184 del Código de Comercio, para participar en Asamblea de Accionistas.

  • 4. Sugerir o determinar el nombre de quienes actuarán como apoderados de los accionistas en la asamblea

  • 5. Recomendar a los accionistas que voten por determinada lista.

  • 6. Sugerir, coordinar, convenir con cualquier accionista o con cualquier representante de accionistas, la presentación en la asamblea de propuestas que hayan de someterse a su consideración.

  • 7. Sugerir, coordinar o convenir con cualquier accionista o con cualquier representante de accionistas, la votación a favor o en contra de cualquier proposición que se presente en la misma.

  • 8. En todo caso los administradores o los empleados de la sociedad emisora de acciones, pueden ejercer los derechos políticos inherentes a sus propias acciones y a aquellas que representen cuando actúen en calidad de representantes legales.

En consecuencia, de llegar a presentarse alguna de las situaciones antes descritas, se deberán adoptar las siguientes medidas correctivas y de saneamiento:

A.

Devolver a sus poderdantes los poderes que pudieren contravenir las prácticas ilegales, no autorizadas e inseguras mencionadas anteriormente.

B. Informar a los accionistas que los poderes no pueden conferirse a personas vinculadas directa o indirectamente con la administración o con los empleados de la sociedad

  • C. Los administradores no pueden recibir poderes especiales antes de la convocatoria por medio de cual se informe los asuntos a tratar en la asamblea

  • D. Los administradores deben adoptar todas las medidas necesarias para que los funcionarios de la respectiva sociedad obren con neutralidad frente a los distintos accionistas.

Así mismo, se designaron como funcionarios responsables encargados de verificar el adecuado cumplimiento de dicho procedimiento, a los doctores Andrés López Valderrama, Presidente Ejecutivo y Natalia Riveros Castillo, Secretaria General de Corferias.

Cordialmente,

(Original Firmado)

JAIME MANTILLA GARCÍA Presidente Junta Directiva.

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