Dynamic Cables Limited ha anunciado los detalles de las Órdenes de fecha 05 de octubre de 2023 emitidas a la Compañía por la Oficina del Superintendente, Impuesto Central sobre Bienes y Servicios, Rango-II, División-A, Jaipur. Las Órdenes de fecha 05 de octubre de 2023 han sido recibidas por la Compañía el 09 de octubre de 2023. Nombre de la autoridad para la orden 1: Oficina del Superintendente, CGST Range-l I, División A, Jaipur.

Naturaleza y detalles de la(s) acción(es) tomada(s), iniciada(s) u orden(es) dictada(s): La empresa ha recibido una orden de la Oficina del Superintendente, CGST Range-11, División A, Jaipur imponiendo una demanda de IGST por valor de 328.030 INR en virtud de la Sección 74(1) de la Ley CGST, 2017 para el período 2018-19 junto con los intereses en virtud de la Sección 50(1) de la Ley CGST,2017 y una multa por valor de 328.030 INR en virtud de la Sección 122(2)(b) de la Ley CGST, 2017 leída con la Sección 74 de la Ley CGST, 2017 y las disposiciones correspondientes de la Ley IGST, 2017. Fecha: 09 de octubre de 2023. Detalles de la(s) violación(es)/contravención(es) cometida(s) o supuestamente cometida(s): La Orden ha sido dictada sobre la base de que la Empresa no había pagado el GST bajo RCM sobre la comisión pagada en moneda extranjera a su agente ubicado en el extranjero por recibir servicios durante el Año Fiscal 2018-19.

Impacto en las actividades financieras, operativas o de otro tipo de la entidad cotizada, cuantificable en términos monetarios en la medida de lo posible: Basándose en la evaluación de la Sociedad y en el asesoramiento de los asesores fiscales, la Sociedad está en proceso de presentar los recursos contra dichas órdenes y espera un resultado favorable. No hay ningún impacto material en las finanzas, operaciones u otras actividades de la Compañía debido a dichas órdenes. Nombre de la autoridad para la orden 2: Oficina del Superintendente, CGST Range-II, División A, Jaipur.

Naturaleza y detalles de la(s) acción(es) tomada(s), iniciada(s) u orden(es) dictada(s): La Compañía ha recibido una orden de la Oficina del Superintendente, CGST Range-II, División A, Jaipur que la Demanda de GST de INR 80,550/- para el F.Y. 2018-19 y la penalización bajo la Sección 122 de la Ley CGST, 2017 no es sostenible. Fecha: 09 de octubre de 2023. Detalles de la(s) infracción(es)/infracción(es) cometida(s) o supuestamente cometida(s): La Orden ha sido dictada a favor de la empresa.

El departamento sostenía que la empresa no ha pagado el GST por un importe de 80.550 INR sobre la garantía bancaria personal dada por los directores para el límite de crédito sancionado a la empresa durante el año fiscal 2018-19. Impacto en las actividades financieras, operativas o de otro tipo de la entidad cotizada, cuantificable en términos monetarios en la medida de lo posible: No hay ningún impacto en las actividades financieras, operativas o de otro tipo de la empresa debido a esta Orden.