Sr. Javier Arrigunaga

Presidente del Comité de Auditoría y Prácticas Societarias El Puerto de Liverpool, S. A. B. de C. V.

Prolongación Vasco de Quiroga 4800, Torre 2 Piso 3 Col. Santa Fe Cuajimalpa

05348, Ciudad de México

Ciudad de México, 12 de marzo de 2024

Estimado Javier:

En cumplimiento con las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Entidades y Emisoras Supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (Comisión) que contraten Servicios de Auditoría Externa de Estados Financieros Básicos (las Disposiciones), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2018, incluyendo sus modificaciones, manifiesto, de conformidad con lo establecido en el Artículo 37 de dichas Disposiciones y con relación a los estados financieros consolidados de El Puerto de Liverpool, S. A. B. de C.V. (Emisora) correspondientes al año que terminó el 31 de diciembre de 2023, conjuntamente con el representante legal del Despacho en aquellos puntos que se refieren específicamente al propio Despacho, que:

  1. Soy contador público certificado con número de registro vigente 16279 en la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria (AGAFF), expedido el 21 de octubre de 2004. Asimismo, el Despacho en el que laboro tiene el número de registro vigente 06839 en la AGAFF expedido el 12 de agosto de 1999. Ambos registros se encuentran vigentes a la fecha de la presente. Adicionalmente, cumplo con los demás requisitos señalados en los artículos 4 y 5 de las Disposiciones.
  1. Desde la fecha en que se prestan los servicios de Auditoría Externa, durante el desarrollo de la misma y hasta la emisión del Informe de Auditoría Externa correspondiente, así como de los comunicados y opiniones requeridos conforme a lo señalado en el artículo 15 de las Disposiciones, según corresponda, cumplo con los requisitos a que se refieren los artículos 4 y 5 de las Disposiciones. También manifestamos que el Despacho se ajusta a lo previsto en los artículos 6, 9 y 10, con relación al artículo 14 de las Disposiciones.
  1. El Despacho cuenta con evidencia documental del sistema de control de calidad implementado a que se refiere el artículo 9 de las Disposiciones y participa en un programa de evaluación de calidad que se ajusta a los requisitos que se contemplan en el artículo 12 de las Disposiciones.

IV. Otorgo mi consentimiento expreso para proporcionar a la Comisión, la información que ésta requiera a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos anteriormente descritos.

  1. El Despacho donde laboro se obliga a conservar físicamente o a través de imágenes en formato digital, en medios ópticos o magnéticos y por un plazo mínimo de 5 años contados a partir de la conclusión de la auditoría, toda la documentación, información y demás elementos de juicio que amparan el cumplimiento de los requisitos anteriores.

VI. He realizado la auditoría de estados financieros básicos de la Emisora por 2 años; asimismo, manifestamos que el Despacho en el que laboro ha prestado el servicio de auditoría externa por

39 años. PricewaterhouseCoopers, S. C.

C.P.C. Arturo Elizondo O.

Socio de Auditoría

Página 2

Attachments

  • Original Link
  • Original Document
  • Permalink

Disclaimer

El Puerto de Liverpool SAB de CV published this content on 13 March 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 13 March 2024 23:43:02 UTC.