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DECLARACIÓN JURADA DIRECTOR INDEPENDIENTE

New York Stock Exchange Listed Company Manual

Por el presente instrumento y para los efectos de su postulación al cargo de Director Independiente de ENEL CHILE S.A. según lo dispuesto en el New York Stock Exchange Listed Company Manual ("NYSE"), en Sarbanes-Oxley Act de 2002 y demás reglamentación complementaria de los Estados Unidos de América, el suscrito declara bajo juramento lo siguiente:

  1. Que acepta ser candidato a Director Independiente según lo dispuesto en el New York Stock Exchange Listed Company Manual, en Sarbanes-Oxley Act de 2002 y demás reglamentación complementaria de los Estados Unidos de Américas;
  2. Que asume el compromiso de mantenerse independiente para efectos del New York Stock Exchange Listed Company Manual, en Sarbanes-Oxley Act de 2002 y demás reglamentación complementaria de los Estados Unidos de Américas por todo el tiempo en que ejerza el cargo de Director Independiente de ENEL CHILE S.A.;
  3. Que en relación a los requerimientos de independencia de los directores establecidos en la NYSE Listed Company Manual, declara lo siguiente:
    1. Que no es actualmente ni ha sido durante los últimos tres años empleado de ENEL CHILE S.A. o sus matrices o filiales.
    2. Que no tiene algún Familiar Inmediato1 que sea o haya sido un Ejecutivo de Alto Rango2 en ENEL CHILE S.A. o sus matrices o filiales, durante los últimos tres años, distintos de empleos anteriores como Presidente, CEO, u otro cargo como Ejecutivo de Alto Rango, de manera interina.
    3. Que no ha recibido ni él, ni alguno de sus Familiares Inmediatos, durante cualquier período de 12 meses en los últimos tres años, más de US$120,000 en compensación directa por parte de ENEL CHILE S.A., o cualquier matriz o filial, distinto a (i) honorarios por directorio y comités de directorio, (ii) pensiones u otras formas de compensación diferida en el tiempo por servicios prestados con anterioridad que no dependan de la prestación continuada de dichos servicios, (iii) compensación por
  1. Se entiende por Familiar Inmediato de una persona: sus hijos, hijastros, padres, padrastros, abuelos, nietos, tíos, primos, sobrinos, esposo, compañero permanente, hermanos, suegros, cuñados, nueras, yernos y cualquier otra persona (distinto a un inquilino o empleado) que comparta el lugar de habitación con esa persona.
  2. Se entiende por Ejecutivo de Alto Rango: el presidente, el vicepresidente financiero, el auditor, el accounting officer, cualquier otro vicepresidente del emisor encargado de una unidad o división principal de negocio, o cualquier otro ejecutivo que desarrolle funciones de diseño o creación de políticas de una compañía. Los Ejecutivos de Alto Rango de las matrices o filiales de una compañía serán considerados Ejecutivos de Alto Rango de la compañía si desarrollan esas funciones de diseño de políticas para la compañía.

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servicios como Presidente, CEO, u otro cargo como Ejecutivo de Alto Rango, de manera interina, y (iv) compensación por servicios prestados por un Familiar Inmediato como empleado de ENEL CHILE S.A., o cualquier matriz o filial, distintos de a Ejecutivo de Alto Rango.

  1. Que no es: (i) socio o empleado actual de alguna sociedad que sea el revisor fiscal o el auditor interno o externo de ENEL CHILE S.A. o alguna matriz o filial de ENEL CHILE S.A., como tampoco no: (ii) ha sido dentro de los últimos tres años socio o empleado de una firma de tal naturaleza, y que personalmente no haya trabajado en la auditoría de ENEL CHILE S.A. o alguna de sus matrices o filiales durante ese tiempo.
  2. Que no tiene un Familiar Inmediato que: (i) sea actualmente socio de alguna sociedad que sea el revisor fiscal o auditor interno o externo de ENEL CHILE S.A. o de alguna matriz o filial de ENEL CHILE S.A., o (ii) sea actualmente empleado de alguna sociedad que sea el revisor fiscal o auditor interno o externo de ENEL CHILE S.A. o de alguna matriz o filial de ENEL CHILE S.A. y esté trabajando en la auditoría de ENEL CHILE S.A. o de alguna de sus matrices o filiales, o (iii) fue, en algún momento durante los últimos tres años, socio o empleado de una de tales firmas y trabajó en la auditoría de ENEL CHILE S.A. o de alguna de sus matrices o filiales durante ese tiempo.
  3. Que ni él ni algún Familiar Inmediato, ha sido, en cualquier momento durante los últimos tres años, Ejecutivo de Alto Rango en alguna sociedad en la que, al mismo tiempo, haya sido miembro del comité de compensación de esa sociedad cualquiera de los Ejecutivos de Alto Rango de ENEL CHILE S.A. o de sus matrices o filiales.
  4. Que no es empleado actual, o tiene algún Familiar Inmediato que sea administrador o Ejecutivo de Alto Rango de una compañía que haya hecho pagos o desembolsos a ENEL CHILE S.A., o recibido pagos o desembolsos por parte de ENEL CHILE S.A. o de cualquier matriz o filial de ENEL CHILE S.A., por bienes o servicios por un valor que, en cualquiera de los tres últimos años fiscales excedan lo que resulte mayor entre (i) US$ 1 millón o (ii) el 2% de los ingresos brutos consolidados de dicha compañía.
  5. Que no ha sido administrador o Ejecutivo de Alto Rango durante cualquiera de los últimos tres años de una organización o fundación de caridad exenta de impuestos, que haya recibido contribuciones por parte de ENEL CHILE S.A. o alguna de sus matrices o filiales, que en un año fiscal cualquiera hayan excedido lo que resulte mayor entre (i) US$ 1 millón o (ii) el 2% de todos los otros ingresos consolidados de dicha organización o fundación de caridad.
  6. Que no tiene alguna otra relación que pueda interferir, o que pueda ser vista por

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terceros como una relación que puede interferir, en el ejercicio de su juicio independiente, en el desarrollo de sus responsabilidades como director.

  1. Que en relación a los requerimientos de independencia del Comité de Auditoría, establecidos en la Sarbanes-Oxley Act de 2002, declara lo siguiente:
    1. Que no ha aceptado en el último año, directa o indirectamente, algún honorario distinto al derivado de su calidad de director o miembro de algún comité de directores, ya sea por consultoría, consejería o cualquier otro honorario por parte de ENEL CHILE S.A. o cualquiera de sus filiales, distintos a sumas pactadas en planes de retiro, o a compensaciones diferidas por servicios prestados con anterioridad a ENEL CHILE S.A. (siempre que dicha compensación no esté sujeta en cualquier forma a la continuación en la prestación de servicios).
      Para los efectos de esta pregunta, se entenderá que el declarante ha aceptado indirectamente cualquiera de dichos honorarios, si cualquiera de dichos honorarios fue pagado a: (i) cualquier entidad (a) que provea servicios de contabilidad, de consultoría, legales, de banca de inversión, o de asesoría financiera ("entidad de asesoría profesionales") a ENEL CHILE S.A. o cualquiera de sus filiales y (b) de la que el declarante sea (1) un socio o (2) un ejecutivo, como un director general, ocupando un cargo similar, o (3) un director ejecutivo, o (4) cualquiera que ocupe una posición similar a las descritas en los apartados anteriores (excepto socios con responsabilidad limitada, socios que no tengan facultades de administración y aquellos que ocupen posiciones similares en cada caso, y que no tengan una participación activa en el suministro de los servicios de la entidad), o (ii) su cónyuge o compañera(o) permanente, su hijo o hijastro menor de edad, o cualquier hijo o hijastro que comparta su lugar de habitación.
    2. Que no es una Persona Afiliada3 a ENEL CHILE S.A. o a cualquiera de sus

3 Se entenderá por Afiliado (a) o Persona Afiliada a Enel Chile S.A. una persona que directa, o indirectamente a través de uno o más intermediarios, Controla o es controlado o está bajo Control Común con Enel Chile S.A., excepto que no se considerará que una persona controla a Enel Chile S.A. si tal persona no es Beneficiario Real, directa o indirectamente, de más del 10% de cualquier clase de acciones con derecho a voto de Enel Chile S.A. y no es un Ejecutivo de Alto Rango de Enel Chile S.A.. Sin ser una enunciación exhaustiva, las siguientes personas se consideran Personas Afiliadas: Ejecutivos de Alto Rango, directores que también sean empleados de una afiliada, socios comanditados de una afiliada y miembros administradores de una afiliada.

Asimismo, se entenderá por Beneficialmente, Beneficiario Real o Propiedad Beneficiaria de una acción o un valor si el declarante, directa o indirectamente a través de un contrato, arreglo, entendimiento, acuerdo, relación o similar, tiene o comparte: (i) poder de voto, que incluye el poder de votar, o de dirigir el voto de esa acción o valor, o (ii) poder de inversión, que incluye el poder de disponer o de dirigir la disposición de dicho valor. Usted es considerado el Beneficiario Real de una acción o valor, si Usted directa o indirectamente crea o usa una fiducia, un poder, o un acuerdo de voto o cualquier otro contrato, acuerdo, arreglo o mecanismo con el propósito o el efecto de despojarse de la calidad de Beneficiario Real de una acción o valor, o de impedir o prevenir la adquisición de la calidad de Beneficiario Real como parte de un plan o esquema diseñado para evadir los requerimientos de reporte establecidos en la ley. Finalmente, Usted es considerado Beneficiario Real de una acción o de un valor si Usted tiene el derecho de adquirir la calidad de Beneficiario Real del valor en cualquier momento dentro de un término de 60 días, incluyendo pero no limitado a cualquier derecho de adquirir (a) a través del ejercicio de una opción o derecho, o (b) a través de la conversión de valores o acciones, o (c) de acuerdo con el poder de revocar una fiducia, una cuenta discrecional o un arreglo similar, o (d) de acuerdo con la terminación automática de una fiducia, una cuenta discrecional o un arreglo similar. Si Usted ha adquirido un valor o una acción, o una facultad señalada en (a), (b) o (c), con el propósito o efecto de cambiar o influenciar el Control de un emisor, o en relación con, o como participante en una transacción que tenga dicho propósito o efecto, entonces, inmediatamente, con base en esa adquisición Usted será

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matrices o filiales.

___________________________________

Individualización del Candidato

Firma

-Vil

Nombre Completo

--

Maria Teresa Vial Álamos

Cédula de Identidad /

12.627.794-6

Pasaporte

Domicilio

Los Juglares 3883, Lo Barnechea, Santiago de Chile

E-mail

tere.vial.alamos@gmail.com

Teléfono

+56 9 9 1885691

Fecha y lugar de la

Santiago de Chile, 4 de abril de 2024

declaración

considerado el Beneficiario Real de los valores o acciones que puedan ser adquiridos a través del ejercicio o conversión de dichos valores, o facultades.

Finalmente, se entenderá por Control la posesión, directa o indirecta, del poder de dirigir o hacer que se dirija la administración y políticas de Enel Chile S.A., sea o no a través de la propiedad sobre acciones con voto, por contrato, o algún medio similar.

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Enel Chile SA published this content on 09 April 2024 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 09 April 2024 22:34:05 UTC.