GRUPO FINANCIERO MULTIVA

3T 2023

Información financiera al 30 de septiembre de 2023

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Grupo Financiero Multiva, S. A. B. de C. V.,

Sociedad controladora filial

y subsidiarias

Notas a los estados financieros consolidados

(Millones de pesos, excepto valor nominal)

Por el trimestre terminado el 30 de septiembre de 2023

  1. Actividad

Grupo Financiero Multiva, S. A. B. de C. V. (el Grupo) con domicilio en Cerrada de Tecamachalco, número 45, Colonia Reforma Social, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, es una subsidiaria de Grupo Empresarial Ángeles, S. A. de C. V., quien posee el 53.02% de su capital social, el 46.98% restante es poseído por diversas personas físicas. El Grupo Financiero está autorizado para adquirir y administrar acciones con derecho a voto emitidas por entidades financieras y bursátiles relacionadas con la compra- venta y tenencia de acciones, en los términos de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras (LRAF) y las demás leyes aplicables.

Al 30 de septiembre de 2023, las subsidiarias del Grupo incluidas en la consolidación son las siguientes:

-

Banco Multiva, S. A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Multiva (el Banco) -

De quien posee el 99.99% de su capital social; se dedica a la prestación de servicios de banca múltiple

en los términos de la Ley de Instituciones de Crédito y demás leyes aplicables y las disposiciones

emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la Comisión) que comprenden, entre otras,

la recepción de depósitos, aceptación de préstamos, el otorgamiento de créditos, la operación con

valores y derivados y la celebración de contratos de fideicomiso. Al 30 de septiembre de 2023 el Banco

consolida sus estados financieros con Fondos de Inversión Multiva, S. A. de C. V., Sociedad Operadora

de Fondos de Inversión, (la Operadora de Fondos).

  • Casa de Bolsa Multiva, S. A. de C. V., Grupo Financiero Multiva (la Casa de Bolsa)- De quien posee el 99.99% de su capital social; es una sociedad autorizada para actuar como intermediaria financiera en operaciones de valores y derivadas en los términos de la Ley de Mercado de Valores (LMV) y disposiciones de carácter general emitidas por la Comisión.
  • Multivalores Servicios Corporativos, S. A. de C. V. (Multiva Servicios)- De quien posee el 99.99% de su capital social; hasta el 31 de diciembre de 2019, fue la prestadora de servicios administrativos complementarios y auxiliares a compañías relacionadas dentro del Grupo Financiero, quien emite su información financiera en los términos de las Normas de Información Financiera mexicanas (NIF).
  1. Autorización y bases de presentación- Autorización

El Lic. Javier Valadez Benítez (Director General); el C. P. Gustavo Adolfo Rosas Prado (Director de Administración y Finanzas); la L. C. Socorro Patricia González Zaragoza, CIA (Directora de Auditoría) y la C. P. Irma Gómez Hernández (Contadora General) autorizaron la emisión de los estados financieros consolidados adjuntos y sus notas.

De conformidad con la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), los estatutos del Banco y las Disposiciones de Carácter General aplicables a las Instituciones de Crédito (las Disposiciones), emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la Comisión), los accionistas y la Comisión tienen facultades para modificar los estados financieros después de su emisión.

(Continúa)

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Sociedad controladora filial

y subsidiarias

Notas a los estados financieros consolidados

(Millones de pesos, excepto valor nominal)

Bases de presentación

  1. Criterio de contabilidad

A partir de enero de 2022, se incorporaron nuevos criterios contables para el sistema financiero mexicano, de conformidad con las Normas de Información Financiera mexicanas (en adelante "NIF"), incluyendo cambios en los estados financieros y en los principales indicadores. Derivado de lo anterior, la información financiera publicada en el año 2022 no es comparable con la información del año 2021, ni con lo publicado en ejercicios anteriores. En la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 21 de diciembre de 2021, en el transitorio segundo, se establece que las Sociedades Controladoras de Grupos Financieros podrán adoptar una solución práctica y reconocer a la fecha de entrada en vigor, es decir, el 1° de enero de 2022, el efecto acumulado de los cambios contables.

  1. Declaración de cumplimiento

Los estados financieros consolidados del Grupo Financiero están preparados con fundamento en la legislación bancaria y de acuerdo con los criterios de contabilidad para Sociedades Controladoras de Grupos Financieros en México (los Criterios de Contabilidad) establecidos en el Anexo 1 de las Disposiciones, y las reglas de operación aplicables, establecidos por la Comisión así como por el Banco de México (el Banco Central), quienes tienen a su cargo la inspección y vigilancia de las instituciones de crédito y realiza la revisión de su información financiera.

Los Criterios Contables permiten la utilización de los criterios contables utilizados por las subsidiarias del Grupo Financiero, los cuales son como sigue: el Banco y la Casa de Bolsa, de acuerdo con los criterios contables para instituciones de crédito y casas de bolsa en México, respectivamente, emitidos por la Comisión; y las Normas de Información Financiera (NIF) para Multivalores Servicios Corporativos.

Los Criterios de Contabilidad establecen que la contabilidad de las instituciones de crédito debe ajustarse a la estructura básica de las Normas de Información Financiera (NIF) definida por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF) en la NIF A-1 "Estructura de las normas de información financiera", considerando en primera instancia las NIF contenidas en la Serie NIF A "Marco conceptual", así como lo establecido en el criterio de contabilidad A-4 "Aplicación supletoria a los criterios de contabilidad".

Asimismo, establecen que las instituciones deben observar los lineamientos contables de las NIF excepto cuando sea necesario, a juicio de la Comisión, aplicar una normatividad o criterios de contabilidad específicos sobre el reconocimiento, valuación, presentación y revelación aplicables a rubros específicos de los estados financieros y los aplicables a su elaboración.

Los Criterios de Contabilidad señalan que a falta de criterio contable específico de la Comisión para las instituciones de crédito, o en un contexto más amplio, de las NIF, se aplicarán las bases de supletoriedad previstas por la NIF A-8 "Supletoriedad", y sólo en caso de que las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) a que se refiere la NIF A-8 no den solución al reconocimiento contable, se podrá optar por una norma supletoria que pertenezca a cualquier otro esquema normativo, siempre que cumpla con todos los requisitos señalados en la citada NIF y el mismo criterio contable , debiéndose aplicar la supletoriedad en el siguiente orden: los principios de contabilidad generalmente aceptados en los Estados Unidos de América (US GAAP) y cualquier norma de contabilidad que forme parte de un conjunto de normas formal y reconocido, siempre y cuando cumpla con los requisitos del criterio A-4 "Aplicación supletoria a los criterios de contabilidad" de la Comisión.

(Continúa)

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Notas a los estados financieros consolidados

(Millones de pesos, excepto valor nominal)

  1. Uso de juicios y estimaciones

La preparación de los estados financieros consolidados requiere que la Administración efectúe estimaciones y suposiciones que afectan los importes registrados de activos y pasivos y la revelación de activos y pasivos contingentes a la fecha de los estados financieros consolidados, así como los importes registrados de ingresos y gastos durante el ejercicio. Los resultados reales pueden diferir de estas estimaciones y suposiciones.

Juicios

La información sobre juicios realizados en la aplicación de políticas contables que tienen el efecto más importante sobre los importes reconocidos en los estados financieros consolidados se describe en las siguientes notas:

  • Nota 15 - Inversiones en asociadas: Si el Grupo tiene influencia significativa
  • Nota 14 - Arrendamientos: determinación de si un acuerdo contiene un arrendamiento.
  • Nota 15 - Consolidación: determinación de si el Grupo tiene control de facto sobre una participada
  • Nota 6 - Inversiones en instrumentos financieros: el único modelo de negocio es Instrumentos Financieros Negociables (IFN).
  • Nota 10 - Cartera de crédito: definición del modelo de negocio como cobro de principal e interés (IFCPI).

Supuestos e incertidumbres en las estimaciones

La información sobre supuestos e incertidumbres de estimación que tienen un riesgo significativo de resultar en un ajuste material a los importes en libros de activos y pasivos en el siguiente año se incluye en las siguientes notas:

  • Nota 15- Operaciones de reporto: deterioro de los instrumentos financieros provenientes de cambios en sus valores en el mercado.
  • Nota 10 - Determinación de la estimación preventiva para riesgos crediticios y de recuperabilidad de cuentas por cobrar: supuestos e insumos utilizados en su determinación.
  • Nota 20 - Medición de obligaciones por beneficios definidos: supuestos actuariales claves.
  • Nota 21 - Reconocimiento de activos por impuestos diferidos: disponibilidad de utilidades futuras gravables, y la materialización de los impuestos diferidos.
  1. Moneda funcional y de informe

Los estados financieros consolidados antes mencionados se presentan en moneda de informe peso mexicano, que es igual a la moneda de registro y a su moneda funcional

Para propósitos de revelación en las notas a los estados financieros consolidados, cuando se hace referencia a pesos o "$", se trata de millones de pesos mexicanos, y cuando se hace referencia a dólares o USD, se trata de dólares de los Estados Unidos de América.

(Continúa)

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Notas a los estados financieros consolidados

(Millones de pesos, excepto valor nominal)

  1. Reconocimiento de activos y pasivos financieros en su fecha de concertación

Los estados financieros reconocen los activos y pasivos provenientes de operaciones de compraventa de divisas, inversiones en valores, reportos, préstamo de valores e instrumentos financieros derivados en la fecha en que la operación es concertada, independientemente de su fecha de liquidación.

  1. Presentación del resultado integral

En cumplimiento con el criterio contable D-2 "Estado de resultado integral" establecido por la Comisión, el Grupo presenta el resultado integral en un solo estado que presenta en un único documento todos los rubros que conforman el resultado neto, incrementado o disminuido por los Otros Resultados Integrales (ORI) del período, así como de la participación en los ORI de otras entidades, y se denomina "Estado de resultado integral".

  1. Resumen de las principales políticas contables-

Las políticas contables que se muestran a continuación se han aplicado uniformemente en la preparación de los estados financieros consolidados que se presentan, y han sido aplicadas consistentemente por el Banco de conformidad con los Criterios de Contabilidad establecidos para las instituciones de crédito en México emitidos por la Comisión.

  1. Reconocimiento de los efectos de la inflación

Los estados financieros consolidados que se acompañan fueron preparados de conformidad con los Criterios de Contabilidad, los cuales debido a que el Banco opera en un entorno económico no inflacionario conforme lo establece la NIF B-10 "Efectos de la inflación", incluyen el reconocimiento de los efectos de la inflación hasta el 31 de diciembre de 2007 con base en el valor de la Unidad de Inversión (UDI), que es una unidad de cuenta cuyo valor es determinado por el Banco de México (Banco Central) en función de la inflación.

  1. Bases de consolidación

Los estados financieros consolidados del Grupo incluyen los de sus subsidiarias mencionadas en la nota 1, en las cuales ejerce control. Los saldos y operaciones importantes entre las compañías del grupo se han eliminado en la preparación de los estados financieros consolidados. La consolidación se efectuó con base en los estados financieros de las entidades al 30 de septiembre de 2023, los que se prepararon de acuerdo con los Criterios de Contabilidad establecidos por la Comisión.

  1. Compensación de activos financieros y pasivos financieros

Un activo y pasivo financiero serán objeto de compensación de manera que se presente en el estado de situación financiera consolidado su importe neto, sólo cuando el Grupo tiene el derecho legalmente exigible y vigente de compensarlos en cualquier circunstancia, y a su vez la intención de liquidarlos sobre una base compensada, o de realizar el activo financiero y liquidar el pasivo financiero simultáneamente.

  1. Transacciones en moneda extranjera

Los registros contables están en pesos mexicanos y en monedas extranjeras (principalmente dólar), las que, para efectos de presentación de los estados financieros, en el caso de divisas distintas al dólar se convertirán

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(Millones de pesos, excepto valor nominal)

de la moneda respectiva a dólares, considerando la cotización que rija para la moneda correspondiente en relación al mencionado dólar en los mercados internacionales conforme lo establece la Comisión, y la equivalencia de la moneda nacional con el dólar será el tipo de cambio de cierre de jornada a la fecha de transacción o de elaboración de los estados financieros según corresponda, publicado por el Banco de México o la que la sustituya.

Las ganancias y pérdidas en cambios se registran en los resultados consolidados del ejercicio.

  1. Efectivo y equivalentes de efectivo

El efectivo se reconoce a su valor nominal. Se consideran efectivo, la moneda de curso legal y moneda extranjera en caja, los depósitos en el Banco Central y los depósitos en entidades financieras del país y el extranjero, ya sea en cuentas de cheques, giros bancarios, telegráficos o postales y remesas en tránsito

Los equivalentes de efectivo se reconocen inicialmente a su valor razonable. Éstos incluyen valores a corto plazo, de alta liquidez, fácilmente convertibles en efectivo que están sujetos a riesgos poco importantes en su valor (donde estos últimos son aquellos cuyo plazo de vencimiento se prevé dentro de un máximo de 48 horas a partir de su adquisición), entre otros, los préstamos interbancarios con vencimientos iguales o menores a tres días hábiles (operaciones de "Call Money"), la compra de divisas que no se consideren instrumentos financieros derivados conforme lo establece el Banco Central en la regulación aplicable, y otros equivalentes de efectivo tales como corresponsales, documentos de cobro inmediato, metales preciosos amonedados e inversiones disponibles a la vista.

La valuación de las disponibilidades representadas por metales preciosos amonedados se realiza a su valor razonable, considerándose como tal a la cotización aplicable a la fecha de valuación, excepto aquellos que por su naturaleza no tengan valor razonable, los cuales se reconocen a su costo de adquisición.

Las divisas adquiridas que se pacta liquidar en una fecha posterior a la concertación de la operación de compraventa, se reconocen como efectivo y equivalentes de efectivo restringidos; en tanto que las divisas vendidas se registran como una salida de efectivo y equivalentes de efectivo. Los derechos originados por las ventas de divisas se registran en el rubro de "Otras cuentas por cobrar, neto" y las obligaciones derivadas de las compras de divisas se registran en el rubro de "Acreedores por liquidación de operaciones".

El monto de los sobregiros en cuentas de cheques, el saldo compensado, de divisas a recibir y divisas a entregar, o de algún concepto que integra las disponibilidades, cuando muestran saldos negativos, se presenta en el rubro de "Otras cuentas por pagar".

Los intereses ganados y las utilidades o pérdidas por valuación se incluyen en los resultados consolidados del ejercicio conforme se devengan como parte de los ingresos o gastos por intereses. Los resultados por valuación y compraventa de metales preciosos amonedados y divisas se reconocen en el resultado por intermediación.

  1. Cuentas de margen

Las cuentas de margen están asociadas a transacciones con instrumentos financieros derivados celebrados en mercados o bolsas reconocidos, en las cuales se depositan activos financieros altamente líquidos destinados a procurar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes a dichos instrumentos, a fin de mitigar el riesgo de incumplimiento. El monto de los depósitos corresponde al margen inicial y a las

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(Millones de pesos, excepto valor nominal)

aportaciones o retiros posteriores que efectúen el Grupo y la cámara de compensación durante la vigencia del contrato de los instrumentos financieros derivados.

Las cuentas de margen en efectivo se reconocen a su valor nominal y se presentan dentro del rubro de "Cuentas de margen". Los rendimientos y las comisiones que afectan a las cuentas de margen, distintos a las fluctuaciones en los precios de los derivados, se reconocen en los resultados del ejercicio conforme se devengan dentro de los rubros de "Ingresos por intereses" y "Comisiones y tarifas pagadas", respectivamente. Las liquidaciones parciales o totales depositadas o retiradas por la cámara de compensación con motivo de las fluctuaciones en los precios de los derivados se reconocen dentro del rubro de "Cuentas de margen", afectando como contrapartida una cuenta específica que puede ser de naturaleza deudora o acreedora, según corresponda y que representa un anticipo recibido, o bien, un financiamiento otorgado por la cámara de compensación y que reflejará los efectos de la valuación de los derivados previos a su liquidación.

Las normas de reconocimiento de las cuentas de margen distintas a efectivo dependerán del derecho que tenga la cámara de compensación para vender o dar en garantía dicha cuenta de margen, así como el cumplimiento, en su caso de la entidad cedente. El cedente deberá reconocer la cuenta de margen conforme a lo siguiente:

  1. Si la cámara de compensación tuviese el derecho de vender o dar en garantía los activos financieros que conforman a la cuenta de margen, el cedente deberá reclasificar el activo financiero en su estado de situación financiera consolidado, presentándolo como restringido, los cuales seguirán las normas de valuación y revelación de conformidad con el criterio de contabilidad que corresponda de acuerdo con su naturaleza, debiéndose observar las normas de presentación contenidas en las Disposiciones.
  2. En caso de que la entidad cedente incumpla con las condiciones establecidas en el contrato, y por tanto no pudiera reclamar la cuenta de margen, deberá dar de baja la misma de su estado de situación financiera consolidado.
  3. Con excepción de lo establecido en el inciso b) anterior, la entidad cedente deberá mantener en su estado de situación financiera la cuenta de margen consolidado.

La contrapartida de naturaleza deudora o acreedora representará un anticipo recibido, o bien, un financiamiento otorgado por la cámara de compensación de manera previa a la liquidación del derivado.

  1. Inversión en instrumentos financieros
  1. Reconocimiento y medición inicial

Las inversiones en instrumentos financieros comprenden instrumentos de patrimonio neto, obligaciones, bonos, certificados y demás títulos de crédito y documentos que se emiten en serie o en masa, cotizados y no cotizados, que la entidad mantiene como posición propia. Se miden y reconocen inicialmente a su valor razonable más, en el caso de activos o pasivos financieros no medidos a valor razonable con cambios en éste, llevados a través de resultado integral, los costos de transacción directamente atribuibles a su adquisición o emisión, cuando en lo subsecuente se midan a su costo amortizado.

(Continúa)

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  1. Clasificación y medición posterior

En el reconocimiento inicial, las inversiones en instrumentos financieros se clasifican en las siguientes categorías, conforme al modelo de negocio y las características de los flujos contractuales de los mismos, como:

  • Instrumentos financieros negociables (IFN), medidos a valor razonable con cambios en resultados (VRCR) que representan la inversión en instrumentos financieros de deuda o de capital, y que tienen por objetivo obtener una utilidad entre el precio de compra y el de venta.

La clasificación de las inversiones en instrumentos financieros se basa tanto en el modelo de negocios como en las características de los flujos contractuales de los mismos. Atendiendo al modelo de negocios, un instrumento financiero o una clase de instrumentos financieros (un portafolio), puede ser administrado bajo:

  • Un modelo que busca recuperar los flujos contractuales (representado por el monto del principal e intereses).
  • Un modelo de negocio que busca, tanto la recuperación de los flujos contractuales como en el modelo anterior, como la obtención una utilidad mediante la venta de los instrumentos financieros, lo cual conlleva a desplazar un modelo combinado de gestión de estos instrumentos financieros.
  • Un modelo que busca obtener un máximo rendimiento a través de compra y venta de los instrumentos financieros.

Los instrumentos financieros no se reclasifican después de su reconocimiento inicial, excepto si el Grupo cambia su modelo de negocio, en cuyo caso todos los instrumentos financieros afectados son reclasificados a la nueva categoría en el momento en que el cambio en el modelo de negocio ha ocurrido.

La reclasificación de inversiones en instrumentos financieros entre categorías se aplica prospectivamente a partir de la fecha de cambio en el modelo de negocio, sin modificar ninguna utilidad o pérdida reconocida con anterioridad, tales como intereses o pérdidas por deterioro.

Cuando se realice alguna reclasificación conforme a lo antes mencionado, el Grupo deberá informar de este hecho por escrito a la Comisión Bancaria dentro de los 10 días hábiles siguientes a su determinación, exponiendo detalladamente el cambio en el modelo de negocio que las justifique. Dicho cambio deberá estar autorizado por el Comité de Riesgos del Grupo.

Un instrumento financiero se mide al costo amortizado si se cumplen las dos condiciones siguientes y no está clasificado como medido a su valor razonable con cambios a través de resultados:

  • el instrumento financiero se conserva dentro de un modelo de negocio cuyo objetivo es mantener los instrumentos financieros para obtener la recuperación de los flujos de efectivo contractuales; y
  • las condiciones contractuales del instrumento financiero dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que están representados únicamente por pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente (Sólo Pago del Principal e Intereses, o SPPI por sus siglas).

(Continúa)

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(Millones de pesos, excepto valor nominal)

Una inversión en un instrumento de deuda se mide a valor razonable con cambios en otros resultados integrales (ORI) si se cumplen las dos condiciones siguientes y no está clasificado como medido a valor razonable con cambios en resultados:

  • el activo financiero se conserva dentro de un modelo de negocio cuyo objetivo se logra tanto obteniendo los flujos de efectivo contractuales como vendiendo los activos financieros; y
  • las condiciones contractuales del activo financiero dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que están representados únicamente por pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente (SPPI).

Todos los instrumentos financieros no clasificados como medidos al costo amortizado o a valor razonable con cambios en otros resultados integrales (ORI) como se describe anteriormente, son medidos a valor razonable con cambios en resultados. Esto incluye todos los instrumentos financieros derivados (ver inciso

(j) de esta nota).

Instrumentos financieros: Evaluación del modelo de negocio -

El Grupo realiza una evaluación del objetivo del modelo de negocio en el que se mantiene un instrumento financiero a nivel del portafolio, ya que esto es lo que mejor refleja la manera en que se administra el negocio y se entrega la información a la Administración. La información considerada incluye:

  • las políticas y los objetivos señalados para el portafolio y la operación de esas políticas en la práctica. Estas incluyen si la estrategia de la Administración se enfoca en cobrar ingresos por intereses contractuales, mantener un perfil de tasa de interés concreto o coordinar la duración de los instrumentos financieros con la de los pasivos que dichos instrumentos están financiando o las salidas de efectivo esperadas, o realizar flujos de efectivo mediante la venta de los instrumentos;
  • cómo se evalúa el rendimiento del portafolio y cómo este se informa a la Administración del Grupo;
  • los riesgos que afectan al rendimiento del modelo de negocio (y los instrumentos financieros mantenidos en el modelo de negocio) y, en concreto, la forma en que se gestionan dichos riesgos;
  • cómo se retribuye a los gestores del negocio (por ejemplo, si la compensación se basa en el valor razonable de los instrumentos gestionados o sobre los flujos de efectivo contractuales obtenidos); y
  • la frecuencia, el volumen y la oportunidad de las ventas en periodos anteriores, las razones de esas ventas y las expectativas sobre la actividad de ventas futuras.

Las transferencias de instrumentos financieros a terceros en transacciones que no califican para la baja en cuentas no se consideran ventas para este propósito, de forma consistente con el reconocimiento continuo de los instrumentos por parte del Grupo

Los instrumentos financieros que son mantenidos para negociación y cuyo rendimiento es evaluado sobre una base de valor razonable son medidos a valor razonable con cambios en resultados.

Instrumentos financieros: Evaluación de si los flujos de efectivo contractuales son solo pagos del principal y los intereses (SPPI) -

(Continúa)

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(Millones de pesos, excepto valor nominal)

Para propósitos de esta evaluación, el monto del "principal"' se define como el valor razonable del instrumento financiero en el momento del reconocimiento inicial. El "interés" se define como la contraprestación por el valor del dinero en el tiempo y por el riesgo crediticio asociado con el importe principal pendiente, durante un período de tiempo concreto y por otros riesgos y costos básicos de los préstamos (por ejemplo, el riesgo de liquidez y los costos administrativos), así como un margen de utilidad.

Al evaluar si los flujos de efectivo contractuales son solo pagos del principal e intereses (SPPI), el Grupo considera los términos contractuales del instrumento. Esto incluye evaluar si un instrumento financiero contiene una condición contractual que pudiera cambiar la oportunidad o importe de los flujos de efectivo contractuales de manera que no cumpliría esta condición.

Al hacer esta evaluación, el Grupo toma en cuenta:

  • eventos contingentes que cambiarían el importe o la oportunidad de los flujos de efectivo;
  • términos que pudieran generar apalancamiento;
  • términos que hacen referencia al valor del dinero en el tiempo, como por ejemplo ajustar la tasa del cupón, incluyendo las características de tasa variable;
  • términos que generen instrumentos derivados implícitos, o cambios en sus términos y condiciones, por indexación a variables ajenas a la naturaleza del contrato;
  • características de pago anticipado y prórroga; y
  • términos que limitan el derecho del Grupo a los flujos de efectivo procedentes de instrumentos específicos (por ejemplo, características de "sin recurso").

Una característica de pago anticipado es consistente con el criterio de únicamente pago del principal e intereses si el importe del pago anticipado representa sustancialmente los importes no pagados del principal e intereses sobre el importe principal, que puede incluir compensaciones adicionales razonables para el termino anticipado del contrato. Adicionalmente, en el caso de un instrumento financiero adquirido con un descuento o prima significativo de su importe nominal contractual, una característica que permite o requiere el pago anticipado de un importe que representa sustancialmente el importe nominal contractual más los intereses contractuales devengados (pero no pagados) (que también pueden incluir una compensación adicional razonable por termino anticipado) se trata como consistente con este criterio si el valor razonable de la característica de pago anticipado es insignificante en el reconocimiento inicial.

Instrumentos financieros: Medición posterior y ganancias y pérdidas -

Instrumentos

financieros negociables (IFN)

Estos instrumentos se miden posteriormente a valor razonable. Las ganancias y pérdidas netas, incluyendo cualquier ingreso por intereses o dividendos, se reconocen en resultados (VRCR). No obstante, ver inciso (j) de esta nota en el caso de los derivados designados como instrumentos de cobertura

(Continúa)

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Grupo Financiero Multiva SAB de CV published this content on 27 October 2023 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 27 October 2023 20:59:18 UTC.