Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C.

Paseo de la Reforma 505 piso 28 Colonia Cuauhtémoc

06500 Ciudad de México México

Tel: +52 (55) 5080 6000www.deloitte.com/mx

C.P.C. José Manuel Canal Hernando

Presidente del Comité de Auditoría Grupo KUO, S.A.B. de C.V.

Paseo de los Tamarindos 400-B, Piso 31 Col. Bosques de las Lomas

05120, Ciudad de México México

Muy estimado C.P.C. Canal:

En los términos de los Artículos 4 y 5 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades y emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la

"Comisión") que contraten servicios de auditoría externa de Estados Financieros Básicos (las "Disposiciones"), en nuestro carácter de auditores externos independientes de los estados financieros consolidados por el año que terminará el 31 de diciembre de 2022 de Grupo KUO,

S.A.B. de C.V. y Subsidiarias (la "Emisora"), manifestamos lo siguiente:

  • I. El que suscribe manifiesto que cumplo con los requisitos señalados en los artículos 4 y 5 de las disposiciones, según lo manifiesto en el Documento de Declaración que adjunto en el Anexo A, así como que soy contador público titulado con título expedido por la Secretaria de Educación Pública, con certificado emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C. número 8959 expedido el 31 de agosto de 2004. Asimismo, cuento con Número de Registro 17116, en la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del SAT ("AGAFF") expedido el 7 de marzo de 2008. Por otra parte, Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza,

    S. C. (el "Despacho") cuenta con número de registro 7433 en la AGAFF.

  • II. Que a la fecha de estas manifestaciones, cumplimos con los requisitos a que se refieren los Artículos 4 y 5 de las Disposiciones, así como que el Despacho se ajusta a lo previsto en los Artículos 6, 9 y 10, en relación con el Artículo 14 de las Disposiciones, que se refieren a asuntos que afectan la independencia del Despacho y del Auditor (Artículo 6), que el Despacho cuenta con un Sistema de Control de Calidad referido en la Norma Internacional de Control de Calidad 1 "Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros básicos, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados" emitida por el Consejo de Normas

    Internacionales de Auditoría y Aseguramiento de la Federación Internacional de Contadores y que este se revisa periódicamente conforme a la citada Norma (Artículo 9) y que el Despacho cuenta con un Manual actualizado sobre el Sistema de Control de Calidad a que se refiere la citada Norma (Artículo 10).

  • III. Que el Despacho cuenta con evidencia documental de la implementación del sistema de control de calidad a que se refiere el Artículo 9 de las Disposiciones y participa en un programa de evaluación de calidad que se ajusta a los requisitos que se contemplan en el Artículo 12 de las Disposiciones. En el Anexo B se incluye manifestación firmada por el Director General del Despacho, dirigida a la Comisión Técnica de Calidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. sobre el cumplimiento con lo dispuesto en la Norma Internacional de Control de Calidad 1. Manifiesto asimismo, que se ha asignado un socio de revisión de la calidad del compromiso (EQCR) en los términos de la Norma Internacional de Control de Calidad 1 y la Norma Internacional de Auditoría (NIA 220), de conformidad con los Artículos 9 y 10 de las Disposiciones.

Deloitte se refiere a Deloitte Touche Tohmatsu Limited, sociedad privada de responsabilidad limitada en el Reino Unido, y a su red de firmas miembro, cada una de ellas como una entidad legal única e independiente. Conozca enwww.deloitte.com/mx/conozcanosla descripción detallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro.

Informo que este será mi primer año realizando la auditoría de los Estados Financieros Consolidados como auditor externo independiente de Grupo KUO, S.A.B. de C.V. y Subsidiarias y que Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S. C. ha prestado durante 20 años el servicio de auditoría externa a esta Emisora.

Mediante este documento, manifiesto mi consentimiento expreso para proporcionar a la Comisión la información que ésta nos requiera a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos mencionados.

Asimismo, nos obligamos a conservar la información que ampare el cumplimento de los requisitos mencionados en este manifiesto, físicamente o través de imágenes en formato digital, en medios ópticos o magnéticos, por un plazo mínimo de cinco años contados a partir de que se concluya la auditoría al 31 de diciembre de 2022 de los Estados Financieros Consolidados de Grupo KUO, S.A.B. de C.V. y Subsidiarias.

Atentamente,

C.P.C. Emeterio Barrón Perales 18 de abril de 2022

Anexo A

DECLARACIÓN DEL AUDITOR EXTERNO INDEPENDIENTE A GRUPO KUO, S. A. B. DE C. V. (LA EMISORA)

En los términos de los Artículos 4 y 5 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las Entidades y Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de Estados Financieros Básicos (las "Disposiciones"), en mi carácter de auditor externo de los estados financieros consolidados por el año que terminará el 31 de diciembre de 2022 de Grupo KUO, S. A. B. de C. V. y Subsidiarias, manifiesto lo siguiente:

  • Soy Socio del Despacho Galaz, Yamazaki, Ruiz, Urquiza S.C. (El "Despacho"), desde el año 2008.

  • Cuento con el registro vigente expedido por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria (AGAFF) número 17116 expedido el 7 de marzo de 2008 y con la certificación como contador público emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C. con número 8959, expedido el 31 de agosto de 2004.

  • Cuento con la experiencia profesional necesaria para desarrollar labores de auditoría externa en los términos de la Fracción III del Artículo 4 de las Disposiciones.

  • Soy independiente en términos del Artículo 6, Capítulo II de las Disposiciones.

  • No he sido expulsado ni estoy suspendido de mis derechos como miembro de la asociación profesional a la que pertenezco.

  • No he sido ni estoy condenado por sentencia irrevocable por delito patrimonial o doloso que haya ameritado pena corporal.

  • No estoy inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano, así como no he sido declarado en quiebra o concurso mercantil sin que haya sido rehabilitado.

  • No tengo antecedentes de suspensión o cancelación de alguna certificación o registro que se requiera para fungir como Auditor Externo Independiente, por causas imputables a mí y que hayan tenido su origen en conductas dolosas o de mala fe.

  • No he sido ni he tenido ofrecimiento para ser consejero o directivo de la Emisora o de su controladora, subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial o Consorcio.

  • No tengo litigio alguno pendiente con la Emisora o, en su caso, con su controladora, subsidiarias, asociadas, entidades con las que realicen acuerdos con control conjunto o personas morales que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial o Consorcio.

  • En el Anexo B se entrega constancia firmada por el Director General del Despacho, dirigida a la Comisión Técnica de Calidad del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C. sobre el cumplimento con lo dispuesto en la Norma Internacional de Control de Calidad 1 "Control de Calidad en las Firmas de Auditoría que realizan auditorias y revisiones de Estados Financieros Básicos, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados" emitida por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento de la Federación Internacional de

    Contadores. Se ha asignado un socio de revisión de la calidad del compromiso ("EQCR")

    en los términos de la Norma Internacional de Control de Calidad 1 y la Norma Internacional de Auditoría (NIA 220) "Control de calidad de la auditoría de estados financieros", de conformidad con los Artículos 9 y 10 de las Disposiciones.

  • El Despacho cuenta con una política actualizada para el archivo de papeles de trabajo de auditoría.

Para continuar a leer este documento, haga clic aquí para la versión original.

Attachments

  • Original Link
  • Original Document
  • Permalink

Disclaimer

Grupo Kuo SAB de CV published this content on 29 April 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 29 April 2022 18:37:11 UTC.