COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES Insurgentes Sur 1971, Guadalupe Inn.

01020 Ciudad de México.

Ref: Informe a la CNBV sobre las obligaciones mencionadas en el artículo 19 de las Disposiciones de Carácter General aplicables a las Entidades y Emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaría y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos.

A la Comisión Nacional Bancaria y de Valores:

AVISO DE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE AUDITORIA Y SERVICIOS ADICIONALES A LOS DE AUDITORÍA

Juan Carlos Pioquinto Vázquez, en mi carácter de representante legal de Hoteles City Express S.A.B. de C.V. (en lo sucesivo la "Sociedad" o la "Emisora") de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Mercado de Valores y las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Entidades y Emisoras Supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ("CNBV") que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos (la "Circular Única de Auditores Externos"), me permito presentar la siguiente información para los efectos legales que correspondan:

  1. El consejo de administración en sesión realizada el 20 de julio de 2022 aprobó los honorarios para la auditoría de 2022 en $13,189,302.00
  2. En seguimiento a la recomendación emitida por el Comité de Auditoria en su sesión del 18 de octubre 2021 de conformidad con lo establecido en el artículo 28 fracción III inciso j) de la Ley del Mercado de Valores, el Consejo de Administración de la Sociedad fue informado y ratificó en su sesión del 21 de julio de 2021, la prestación de ciertos servicios adicionales permitidos distintos al de auditoria externa, el cual se adjunta al presente escrito como Anexo, y que fue contratado de conformidad con la Política para regular la contratación del Despacho y del Auditor Externo Independiente para la presentación de servicios de auditoria externa de estados financieros básicos y de otros servicios permitidos distintos a la auditoria externa.

    1. La prestación de los servicios adicionales descritos en el primer párrafo del presente aviso no afecta la independencia del Auditor, ni del equipo de trabajo de auditores externos, en la prestación a la Sociedad del servicio de auditoría de estados financieros básicos del ejercicio en curso, en virtud de que los servicios adicionales: (i) no se ubican en la lista establecida en el Artículo 6, fracción VII de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Entidades y Emisoras Supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que Contraten Servicios de Auditoria Externa de Estados Financiero Básicos (las "Disposiciones"); (ii) el Auditor y el respectivo equipo de trabajo, no estarán en la posición de auditar su propio trabajo;
    2. no actuarán como parte de la administración o del personal de la Sociedad, ni realizarán actividades cuya responsabilidad recaiga en la administración o el personal de la Sociedad; y
    3. dichos servicios no pondrán al Auditor en la posición de defensor o abogado de la Sociedad y la prestación de los servicios no representará un conflicto de interés entre el Auditor y la Sociedad. Informamos lo anterior de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de las Disposiciones Vigentes.

Atentamente

Juan Carlos Pioquinto Vázquez-Representante Legal En la Ciudad de México a la fecha de su presentación

ANEXO

Opinión fiscal y contable respecto a diferentes tópicos

$2,543,000

Dictamen para efectos de Seguridad social

$85,000

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Hoteles City Express SAB de CV published this content on 05 August 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 05 August 2022 18:55:16 UTC.