Comunicado: Cuentas inactivas en Mibanco

La entidad financiera Mibanco comunica que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 182 de la Ley 26702, 'Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros' y los artículos 13 y siguientes de la Resolución S.B.S. Nº 0657-99, cumple con publicar la lista de cuentas que han permanecido inactivas y no han sido reclamadas durante los últimos diez (10) años.
En tal sentido, los titulares o beneficiarios deberán apersonarse a alguna de nuestras agencias a nivel nacional para realizar el retiro o cancelación, según corresponda, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación; caso contrario, los saldos de las cuentas de los clientes abajo indicados serán transferidos al Fondo De Seguro De Depósitos (FSD).

Conoce la lista de cuentas inactivas aquí

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MIBANCO - Banco de la Microempresa SA published this content on 14 January 2021 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 14 January 2021 20:03:06 UTC