Fecha | Fecha | ||||
Emisor | Recomendación | Respuesta | Comentario | Implementació | |
Modificación | |||||
n | |||||
La Compañía no cuenta en sus normas internas con disposición alguna que soporte la implementación de la recomendación, tales como pueden ser disposición en los | |||||
AGROGUACHAL | 1.1. La Sociedad proporciona un trato igualitario a todos los accionistas que, dentro de una misma clase de acciones, se encuentren en las | NO | estatutos sociales, en reglamento de Junta Directiva, políticas o códigos internos. Al respecto, es preciso mencionar que de conformidad con el artículo Ciento Once (111) | ||
S.A. | mismas condiciones, sin que ello suponga el acceso a información privilegiada de unos accionistas respecto de otros. | de los Estatutos Sociales, toda recomendación que voluntariamente la sociedad decida adoptar debe hacerlo mediante la Asamblea General de Accionistas, por lo que toda | |||
aprobación debe ser previamente debatida y aprobada por el máximo órgano social. | |||||
AGROGUACHAL | 1.2. La Junta Directiva ha aprobado un procedimiento concreto que define las prácticas de la sociedad para relacionarse con los accionistas de | No existe un procedimiento concreto. En la página web de la sociedad se cuenta con una opción al accionista para contactar la empresa y enviar sus inquietudes; se | |||
distintas condiciones, en materias como, por ejemplo, el acceso a la información, la resolución de solicitudes de información, los canales de | NO | indican datos del contacto. | |||
S.A. | |||||
comunicación, las formas de interacción entre los accionistas y la sociedad, su Junta Directiva y demás Administradores. | |||||
2.1. A través de su página web, la sociedad da a conocer al público con claridad, exactitud e integridad las distintas clases de acciones emitidas | La Compañía no cuenta en sus normas internas con disposición alguna que soporte la implementación de la recomendación, tales como pueden ser disposición en los | ||||
AGROGUACHAL | estatutos sociales, en reglamento de Junta Directiva, políticas o códigos internos. Al respecto, es preciso mencionar que de conformidad con el artículo Ciento Once (111) | ||||
por la sociedad, la cantidad de acciones emitidas para cada clase y la cantidad de acciones en reserva, así como los derechos y obligaciones | NO | ||||
S.A. | de los Estatutos Sociales, toda recomendación que voluntariamente la sociedad decida adoptar debe hacerlo mediante la Asamblea General de Accionistas, por lo que toda | ||||
inherentes a cada clase de acciones. | |||||
aprobación debe ser previamente debatida y aprobada por el máximo órgano social. | |||||
3.1. En operaciones que puedan derivar en la dilución del capital de los accionistas minoritarios (caso de un aumento de capital con renuncia al | La Compañía no cuenta en sus normas internas con disposición alguna que soporte la implementación de la recomendación, tales como pueden ser disposición en los | ||||
derecho de preferencia en la suscripción de acciones, una fusión, escisión o segregación, entre otras), la sociedad las explica detalladamente a | |||||
AGROGUACHAL | estatutos sociales, en reglamento de Junta Directiva, políticas o códigos internos. Al respecto, es preciso mencionar que de conformidad con el artículo Ciento Once (111) | ||||
los accionistas en un informe previo de la Junta Directiva, y con la opinión, sobre los términos de la transacción, de un asesor externo | NO | ||||
S.A. | de los Estatutos Sociales, toda recomendación que voluntariamente la sociedad decida adoptar debe hacerlo mediante la Asamblea General de Accionistas, por lo que toda | ||||
independiente de reconocida solvencia (fairness opinion), designado por la Junta Directiva. Estos informes se ponen a disposición de los | |||||
aprobación debe ser previamente debatida y aprobada por el máximo órgano social. | |||||
accionistas con antelación a la Asamblea dentro de los términos para el ejercicio del derecho de inspección. | |||||
4.1. La sociedad cuenta con una página web corporativa, en español e inglés, con un vínculo de Gobierno Corporativo o de relación con | |||||
AGROGUACHAL | accionistas e inversionistas o equivalente, en el que se incluye información financiera y no financiera en los términos propuestos en las | NO | La página web está solo en español, la Sociedad no ha adoptado Gobierno Corporativo. Incluye la información financiera requerida por Ley. | ||
S.A. | recomendaciones 32.3 y 33.3 y que, en ningún caso, podrá incluir información confidencial de la sociedad o relativa a secretos industriales, o | ||||
aquella cuya divulgación pueda ser utilizada en detrimento de la sociedad. | |||||
4.2. La sociedad cuenta con mecanismos de acceso permanente y uso dirigido exclusivamente a los accionistas, tales como un vínculo en la | El acceso a la página web no es exclusivo de los accionistas pero a través de ella pueden enviar sus inquietudes o contactar a la oficina de atención a inversionistas. La | ||||
AGROGUACHAL | página web de acceso exclusivo a accionistas, o una oficina de atención o relaciones con accionistas e Inversionistas, reuniones informativas | NO | página web de la Sociedad es de libre acceso. En ella se indica el nombre del contacto para resolver cualquier inquietud y se da la opción de dejar mensajes con sus | ||
S.A. | periódicas, entre otros, para que puedan expresar sus opiniones o plantear inquietudes o sugerencias sobre el desarrollo de la sociedad o | inquietudes. | |||
aquellas asociadas a su condición de accionistas. | |||||
AGROGUACHAL | 4.3. La sociedad organiza eventos de presentación de resultados trimestrales, dirigidos a sus accionistas y analistas del mercado, que pueden | NO | A los miembros de Junta Directiva se les presenta la información financiera y de operación de la Sociedad y a sus accionistas en la reunión ordinaria anual de la Asamblea | ||
S.A. | ser presenciales o a través de medios de comunicación a distancia (conferencia, videoconferencia, etc.). | General de Accionistas. La Sociedad no organiza eventos especiales adicionales a la reunión ordinaria anual para estos efectos, durante el año para los accionistas. | |||
AGROGUACHAL | 4.4. La sociedad organiza o participa en presentaciones, eventos o foros de renta fija, principalmente destinados a inversionistas en instrumentos | La Sociedad no organiza eventos especiales adicionales a la reunión ordinaria anual para estos efectos, durante el año para los accionistas. | |||
de deuda y analistas del mercado, en los que se actualizan los indicadores de negocio del emisor, la gestión de sus pasivos, su política | NO | ||||
S.A. | |||||
financiera, calificaciones, comportamiento del emisor respecto de covenants, etc. | |||||
AGROGUACHAL | 4.5. Los Estatutos de la sociedad prevén que un accionista o grupo de accionistas que representen al menos un cinco por ciento (5%) del capital | Sin embargo, el Artículo 55 del Estatuto Social establece que la Asamblea puede nombrar de su seno una comisión plural para que estudie las cuentas, inventarios y | |||
pueda solicitar la realización de Auditorías Especializadas sobre materias distintas a las auditadas por el Revisor Fiscal de la sociedad. En | NO | balances cuando no hubieran sido aprobados. Así mismo, el Artículo 69 permite que la Junta Directiva puede examinar, cuando a bien lo tenga, por si o por medio de uno | |||
S.A. | |||||
función de su estructura de capital, la sociedad podrá determinar un porcentaje inferior al cinco por ciento (5%). | o varios comisionados que ella misma designe, los libros, documentos, activos, fábricas y dependencias de la Compañía. | ||||
AGROGUACHAL | 4.6. Para el ejercicio de este derecho, la sociedad cuenta con un procedimiento escrito con las precisiones que contempla la recomendación 4.6. | NO | No se ha acogido toda vez que el derecho de una auditoría especializada en las condiciones de la recomendación 4.5 no se encuentra consagrado en los estatutos | ||
S.A. | sociales, por lo cual su acogimiento no resulta procedente. | ||||
AGROGUACHAL | 5.1. Los miembros de la Junta Directiva y de la Alta Gerencia han aceptado expresamente en sus Cartas de Aceptación o contratos, que desde el | Lo mencionado no se estipula expresamente en sus cartas de aceptación; los miembros de la Junta Directiva y Directivos se atienen en ese caso a lo estipulado en la Ley. | |||
conocimiento de la presentación de una OPA u otras operaciones relevantes, tales como fusiones o escisiones, existirán períodos durante los | NO | ||||
S.A. | |||||
cuales se comprometen a no negociar, directa o indirectamente a través de interpuesta persona, acciones de la sociedad. | |||||
6.1. Sin perjuicio de la independencia de cada empresa individual integrada en el Conglomerado y las responsabilidades de sus órganos de | |||||
AGROGUACHAL | administración, existe una estructura organizacional del Conglomerado que define para los tres (3) niveles de gobierno - asamblea de | ||||
accionistas, Junta Directiva y Alta Gerencia - los órganos y posiciones individuales clave, así como las relaciones entre ellos, la cual es pública, | NO | La Sociedad es autónoma e independiente, no pertenece a conglomerado alguno. | |||
S.A. | |||||
clara y transparente, y permite determinar líneas claras de responsabilidad y comunicación, y facilita la orientación estratégica, supervisión, | |||||
control y administración efectiva del Conglomerado. | |||||
AGROGUACHAL | 6.2. La sociedad Matriz y sus Subordinadas más importantes han definido un marco de referencia de relaciones institucionales a través de la | ||||
suscripción de un acuerdo, de carácter público y aprobado por la Junta Directiva de cada una de dichas empresas, que regula los temas | NO | La Sociedad no es matriz, ni filial, ni subordinada de otra, es una Sociedad autónoma e independiente. | |||
S.A. | |||||
indicados en la recomendación 6.2. | |||||
AGROGUACHAL | 7.1. Salvo para aquellas disputas entre accionistas, o entre accionistas y la sociedad o su Junta Directiva, que por atribución legal expresa deban | ||||
dirimirse necesariamente ante la jurisdicción ordinaria, los Estatutos de la sociedad incluyen mecanismos para la resolución de controversias | NO | El Artículo 40 del Estatuto Social contiene la cláusula compromisoria para dirimir las controversias entre los accionistas o entre ellos y la Sociedad. | |||
S.A. | |||||
tales como el acuerdo directo, la amigable composición, la conciliación o el arbitraje. | |||||
AGROGUACHAL | 8.1. Además de otras funciones atribuidas a la Asamblea General de Accionistas por el marco legal, los Estatutos recogen expresamente las | NO | El Artículo 55 del Estatuto Social determina cuáles son las funciones de la Asamblea General de Accionistas, pero en dicho texto no especifica expresamente cuales son | ||
S.A. | funciones de la Asamblea General de Accionistas que se indican en la recomendación 8.1., y enfatizan su carácter de exclusivas e indelegables. | indelegables. Se analiza la posibilidad de incluir reforma estatutaria en ese sentido. | |||
AGROGUACHAL | 9.1. La sociedad cuenta con un Reglamento de la Asamblea General de Accionistas que regula todas aquellas materias que atañen a ésta, desde | No existe reglamente al respecto. La Sociedad se rige por lo estipulado en el Estatuto Social y en la Ley. Se está analizando el texto del posible Reglamento de | |||
su convocatoria, a la preparación de la información que deben recibir los accionistas, asistencia, desarrollo y ejercicio de los derechos políticos | NO | ||||
S.A. | Funcionamiento de la Asamblea General de Accionistas. | ||||
de los accionistas, de forma que éstos estén perfectamente informados de todo el régimen de desarrollo de las sesiones de la Asamblea. | |||||
10.1. Para facilitar el ejercicio del derecho de información de los accionistas, los Estatutos establecen que la Asamblea General de Accionistas | El Estatuto Social establece términos para la convocatoria a las reuniones de Asamblea General de Accionistas diferentes a los propuestos en la recomendación, pero | ||||
AGROGUACHAL | ordinaria debe convocarse con no menos de treinta (30) días comunes de anticipación y para las reuniones extraordinarias deberán convocarse | ||||
NO | respetando siempre los derechos de los accionistas, previstos en la ley, como por ejemplo el ejercicio del derecho de inspección. | ||||
S.A. | con no menos de quince (15) días comunes de anticipación. Lo anterior sin perjuicio de los términos legales establecidos para reorganizaciones | ||||
empresariales (por ejemplo fusión, escisión o transformación). | |||||
AGROGUACHAL | 10.2. Además de los medios tradicionales y obligatorios previstos en el marco legal, la sociedad asegura la máxima difusión y publicidad de la | La Sociedad siempre ha convocado según lo estipulado en el Estatuto Social, que no incluye medios electrónicos, como página WEB ni redes sociales. Se analizará en la | |||
convocatoria mediante la utilización de medios electrónicos, tales como la Web corporativa, mensajes de alerta a través de correo electrónico | NO | Junta Directiva estos medios electrónicos de difusión. No obstante en el año 2020 se realizó difusión también de la convocatoria por estos medios (correo electrónico y | |||
S.A. | |||||
individualizado e, incluso, si lo estima pertinente, por medio de las redes sociales. | página web). | ||||
10.3. Con el fin de aumentar la transparencia del proceso de toma de decisiones durante la Asamblea General, además del Orden del Día de la | |||||
AGROGUACHAL | reunión con el enunciado punto por punto de los temas que serán objeto de debate, la sociedad ha previsto que simultáneamente con la | NO | La Sociedad solo envía la convocatoria, no se han presentado, hasta la fecha, propuestas de acuerdo para ser presentadas por la Junta Directiva. | ||
S.A. | convocatoria o, al menos, con una antelación de quince (15) días comunes a la reunión, se pongan a disposición de los accionistas las | ||||
Propuestas de Acuerdo que para cada punto del Orden del Día la Junta Directiva elevará a la Asamblea General de Accionistas. | |||||
AGROGUACHAL | 10.4. La escisión impropia solo puede ser analizada y aprobada por la Asamblea General de Accionistas cuando este punto haya sido incluido | NO | El Estatuto Social no estipula expresamente esto, sin embargo, en el momento que fuere necesario, se seguirá lo dispuesto por la normatividad vigente y esta | ||
S.A. | expresamente en la convocatoria de la reunión respectiva. | recomendación. | |||
Si bien la sociedad normalmente cuenta con un punto de proposiciones y varios, este no se establece con el fin de ocultar o enmascarar temas de trascendencia, por el | |||||
10.5. El Orden del Día propuesto por la Junta Directiva contiene con precisión el contenido de los temas a tratar, evitando que los temas de | contrario, permite abordar temas adicionales que el Órgano de Administración considere necesarios. | ||||
AGROGUACHAL | |||||
trascendencia se oculten o enmascaren bajo menciones imprecisas, genéricas, demasiado generales o amplias como "otros" o "proposiciones y | NO | ||||
S.A. | En tal sentido, y atendiendo que la sociedad no cuenta con un procedimiento formal que soporte el cumplimiento de la recomendación, se procede a reportar como no | ||||
varios". | |||||
adoptada la misma. | |||||
AGROGUACHAL | 10.6. En el caso de modificaciones de los Estatutos, se vota separadamente cada artículo o grupo de artículos que sean sustancialmente | En todos los casos, las reformas estatutarias se votan independientemente artículo por artículo siempre que sean sustancialmente diferentes. Evidencia de lo anterior es la | |||
independientes. En todo caso se vota de forma separada un artículo si algún accionista o grupo de accionistas, que represente al menos el cinco | SI | última reforma estatutaria aprobada por la Asamblea General de Accionistas y en la cual se sometió a votación individual de varios artículos propuestos, lo anterior según | 1976-11-26 | ||
S.A. | |||||
por ciento (5%) del capital social, así lo solicita durante la Asamblea, derecho que se le da a conocer previamente a los accionistas. | el Acta de la Reunión Ordinaria de la Asamblea General de Accionistas No. 43 del 20 de marzo de 2019. | ||||
10.7. Sin prejuicio de lo establecido en el artículo 182 del Código de Comercio, con el objetivo de reforzar y garantizar el derecho de inspección e | |||||
información de los accionistas con antelación a la reunión de la Asamblea, los Estatutos reconocen el derecho de los accionistas, | |||||
AGROGUACHAL | independientemente del tamaño de su participación accionaria, a proponer la introducción de uno o más puntos a debatir en el Orden del Día de | NO | La Compañía no ha acogido la recomendación porque debido a su estructura y tamaño no se ha visto en la necesidad de implementarla | ||
S.A. | la Asamblea General de Accionistas, dentro de un límite razonable y siempre que la solicitud de los nuevos puntos se acompañe de una | ||||
justificación. La solicitud por parte de los accionistas debe hacerse dentro de los cinco (5) días comunes siguientes a la publicación de la | |||||
convocatoria. | |||||
10.8. Si la solicitud se desestima por la Junta Directiva, ésta se obliga a responder por escrito aquellas solicitudes apoyadas, como mínimo por | |||||
AGROGUACHAL | un porcentaje del cinco por ciento (5%) del capital social, o un porcentaje inferior establecido por la sociedad atendiendo al grado de | NO | Su adopción es improcedente toda vez que la Compañía no ha acogido la recomendación 10.7 que trata sobre el derecho de proposición de puntos a debatir en el orden | ||
S.A. | concentración de la propiedad, explicando las razones que motivan su decisión e informando a los accionistas del derecho que tienen de plantear | del día de la Asamblea General de Accionistas, recomendación que demandaría una reforma estatutaria que no ha sido aprobada por el máximo órgano de la Compañía. | |||
sus propuestas durante la celebración de la Asamblea de acuerdo con lo previsto en el citado artículo 182 del Código de Comercio. | |||||
AGROGUACHAL | 10.9. En el caso de que la Junta Directiva acepte la solicitud, agotado el tiempo de los accionistas para proponer temas conforme a las | Su adopción es improcedente toda vez que la Compañía no ha acogido la recomendación 10.7 que trata sobre el derecho de proposición de puntos a debatir en el orden | |||
recomendaciones precedentes, se publica un complemento a la convocatoria de la Asamblea General de Accionistas, mínimo con quince (15) | NO | ||||
S.A. | del día de la Asamblea General de Accionistas, recomendación que demandaría una reforma estatutaria que no ha sido aprobada por el máximo órgano de la Compañía. | ||||
días comunes de antelación a la reunión. | |||||
AGROGUACHAL | 10.10. En el mismo plazo señalado en el numeral 10.7. los accionistas también pueden presentar de forma fundamentada nuevas Propuestas de | Su adopción es improcedente toda vez que la Compañía no ha acogido la recomendación 10.7 que trata sobre el derecho de proposición de puntos a debatir en el orden | |||
Acuerdo sobre asuntos ya incluidos previamente en el Orden del Día. Para estas solicitudes, la Junta Directiva actúa de forma similar a lo | NO | ||||
S.A. | del día de la Asamblea General de Accionistas, recomendación que demandaría una reforma estatutaria que no ha sido aprobada por el máximo órgano de la Compañía. | ||||
previsto en los numerales 10.8 y 10.9 anteriores. | |||||
La Sociedad pone a disposición de los accionistas todos los documentos a considerar en las reuniones, en las oficinas de la administración durante el término estipulado | |||||
AGROGUACHAL | 10.11. La sociedad se obliga a utilizar los medios electrónicos de comunicación, principalmente la web corporativa con acceso exclusivo a los | para ejercer el derecho de inspección, no utiliza su página WEB para enviar ningún tipo de información, las citaciones y otras comunicaciones requeridas con accionistas | |||
NO | se hacen vía correo electrónico certificado o correo electrónico. Sin embargo, el año 2020 se publicó la información por medios electrónicos (página web y correos | ||||
S.A. | accionistas, para hacer llegar a éstos los documentos y la información asociada a cada uno de los puntos del Orden del Día de la reunión. | ||||
electrónicos) debido al aislamiento decretado por el Gobierno Nacional durante el mes de marzo de 2020. | |||||
10.12. Los Estatutos de la sociedad reconocen a los accionistas el derecho a solicitar con antelación suficiente la información o aclaraciones que | El Estatuto Social en el Artículo 99 consagra el derecho de los accionistas a tener acceso a la información de la Empresa en tiempo oportuno y en forma integral e | ||||
estime pertinentes, a través de los canales tradicionales y/o, cuando proceda, de las nuevas tecnologías, o a formular por escrito las preguntas | |||||
AGROGUACHAL | inspeccionar libremente los libros y documentos a que se refieren los Artículos 446 y 447 del Código de Comercio, dentro de los quince (15) días hábiles anteriores a las | ||||
que estimen necesarias en relación con los asuntos comprendidos en el Orden del Día, la documentación recibida o sobre la información pública | NO | ||||
S.A. | reuniones de la Asamblea General de Accionistas en las que se consideren los estados financieros de fin de ejercicio. Adicionalmente, la Administración atiende | ||||
facilitada por la sociedad. En función del plazo elegido por la sociedad para convocar la Asamblea General de Accionistas, la sociedad determina | |||||
inquietudes y suministra información relacionada con las reuniones de la Asamblea. | |||||
el periodo dentro del cual los accionistas pueden ejercer este derecho. | |||||
10.13. La sociedad ha previsto que la información solicitada pueda denegarse si, de acuerdo con los procedimientos internos, puede calificarse | |||||
AGROGUACHAL | como: i) irrazonable; ii) irrelevante para conocer la marcha o los intereses de la sociedad; iii) confidencial, lo que incluirá la información | SI | Los Artículos 98 y 99 del Estatuto Social establecen la manera como se maneja la información y el examen de los libros de la Sociedad. | 1976-11-26 | |
S.A. | privilegiada en el ámbito del mercado de valores, los secretos industriales, las operaciones en curso cuyo buen fin para la compañía dependa | ||||
sustancialmente del secreto de su negociación; y iv) otras cuya divulgación pongan en inminente y grave peligro la competitividad de la misma. | |||||
AGROGUACHAL | 10.14. Cuando la respuesta facilitada a un accionista pueda ponerlo en ventaja, la sociedad garantiza el acceso a dicha respuesta a los demás | NO | La Sociedad no ha visto necesaria la implementación de la Recomendación mediante reforma estatutaria o adopción de reglamento o política interna. | ||
S.A. | accionistas de manera concomitante, de acuerdo con los mecanismos establecidos para el efecto, y en las mismas condiciones. | ||||
AGROGUACHAL | 11.1. Sin perjuicio de los límites previstos en el artículo 185 del Código de Comercio, la Circular Externa 24 de 2010 y las normas que las | ||||
modifiquen, adicionen o sustituyan, la sociedad no limita el derecho del accionista a hacerse representar en la Asamblea General de Accionistas, | SI | Así lo estipula el Artículo 34 del Estatuto Social. | 1976-11-26 | ||
S.A. | |||||
pudiendo delegar su voto en cualquier persona, sea ésta accionista o no. | |||||
11.2. La sociedad minimiza el uso de delegaciones de voto en blanco, sin instrucciones de voto, promoviendo de manera activa el uso de un | |||||
AGROGUACHAL | modelo estándar de carta de representación que la propia sociedad hace llegar a los accionistas o publica en su página web. En el modelo se | La Sociedad envía con la convocatoria un modelo de poder estándar para la representación en las reuniones de la Asamblea General de Accionistas, este modelo de poder | |||
incluyen los puntos del Orden del Día y las correspondientes Propuestas de Acuerdo determinados conforme al procedimiento establecido con | SI | 2019-09-30 | |||
S.A. | anterioridad y que serán sometidas a la consideración de los accionistas, con el objetivo de que el accionista, si así lo estima conveniente, | está publicado en la página WEB de la Sociedad. | |||
indique, en cada caso, el sentido de su voto a su representante. | |||||
12.1. Con el objetivo de revitalizar el papel de la Asamblea General en la conformación de la voluntad societaria, y hacer de ella un órgano | A la fecha, la Sociedad no posee Reglamento de Funcionamiento de Asamblea General de Accionistas, se rige por lo estipulado en la Ley y el Estatuto Social; no obstante, | ||||
AGROGUACHAL | mucho más participativo, el Reglamento de la Asamblea de la sociedad exige que los miembros de la Junta Directiva y, muy especialmente, los | ||||
NO | este reglamento será puesto a consideración de los accionistas en una próxima reunión de Asamblea, está en construcción. | ||||
S.A. | Presidentes de los Comités de la Junta Directiva, así como el Presidente de la sociedad, asistan a la Asamblea para responder a las inquietudes | ||||
de los accionistas. | |||||
AGROGUACHAL | 13.1. Los Estatutos señalan expresamente aquellas funciones que no podrán ser objeto de delegación a la Alta Gerencia, entre las que figuran | El Estatuto Social señala las funciones de la Junta Directiva en general, no define expresamente cuáles serán aquellas que no pueden delegarse a la Alta Gerencia de la | |||
NO | Sociedad. | ||||
S.A. | las establecidas en la recomendación 13.1. | ||||
AGROGUACHAL | 13.2. Sin perjuicio de la autonomía de los órganos de gobierno de las Empresas Subordinadas, cuando la sociedad actúa como matriz de un | ||||
Conglomerado, estas funciones de la Junta Directiva tienen enfoque de grupo y se desarrollan a través de políticas generales, lineamientos o | NO | La Sociedad no es matriz, ni filial, ni subordinada de otra, es una Sociedad autónoma e independiente. | |||
S.A. | |||||
solicitudes de información que respetan el equilibrio entre los intereses de la matriz y de las subordinadas, y del Conglomerado en su conjunto. | |||||
AGROGUACHAL | 14.1. La Junta Directiva ha aprobado el reglamento interno que regula su organización y funcionamiento, así como las funciones y | ||||
responsabilidades de sus miembros, del Presidente y del Secretario de la Junta Directiva, y sus deberes y derechos. El cual es difundido entre los | NO | El Reglamento de Junta Directiva está en construcción y se presentará en una próxima reunión de Asamblea General de Accionistas para su aprobación. | |||
S.A. | |||||
accionistas, y cuyo carácter es vinculante para los miembros de la Junta Directiva. | |||||
AGROGUACHAL | 15.1. La sociedad ha optado estatutariamente por no designar Miembros Suplentes de la Junta Directiva. | NO | El Artículo 59 del Estatuto Social dispone que la Junta Directiva tendrá 7 miembros principales y 7 miembros suplentes personales. | ||
S.A. | |||||
AGROGUACHAL | 16.1. A partir de la premisa de que una vez elegidos todos los miembros de la Junta Directiva actúan en beneficio de la sociedad, en un ejercicio | Se identifican los miembros independientes para efectos de Ley y el Estatuto Social. En el Reglamento de Funcionamiento de Junta Directiva que se está analizando se | |||
de máxima transparencia, la sociedad identifica el origen de los distintos miembros de la Junta Directiva de acuerdo con el esquema definido en | NO | ||||
S.A. | establece el esquema para identificar el origen de los distintos miembros de la Junta Directiva. Artículo 5° del Reglamento. | ||||
la recomendación 16.1. | |||||
AGROGUACHAL | 16.2. La sociedad cuenta con un procedimiento, articulado a través del Comité de Nombramientos y Retribuciones u otro que cumpla sus | La Sociedad no cuenta con un procedimiento como el que se refiere la recomendación, ni ha designado un comité de nombramientos y retribuciones. | |||
funciones, que permite a la Junta Directiva, a través de su propia dinámica y las conclusiones de las evaluaciones anuales, alcanzar los objetivos | NO | ||||
S.A. | |||||
señalados en la recomendación 16.2. | |||||
16.3. Los perfiles profesionales identificados como necesarios se informan por la Junta Directiva a los accionistas, de tal forma que los distintos | No existe un perfil profesional determinado para candidatos a Junta Directiva. En el Reglamento de Funcionamiento de Junta Directiva que será presentado en una próxima | ||||
AGROGUACHAL | reunión de la Asamblea de Accionistas, se ha contemplado el establecimiento de la información para determines los perfiles de los miembros de la Junta Directiva. Artículo | ||||
actores, principalmente accionistas controlantes, significativos, familias, agrupaciones de accionistas y accionistas institucionales, si existen, y la | NO | ||||
S.A. | 28 del Reglamento. | ||||
propia Junta Directiva, estén en condiciones de identificar los candidatos más idóneos. | |||||
16.4. La sociedad considera que la sola evaluación de las hojas de vida por parte de los accionistas es un recurso insuficiente para determinar la | |||||
AGROGUACHAL | idoneidad de los candidatos, por lo que cuenta con un procedimiento interno para evaluar las incompatibilidades e inhabilidades de carácter legal | La Sociedad no cuenta con un procedimiento para evaluar incompatibilidades e inhabilidades de los candidatos para ser miembros de Junta Directiva; se rige por lo | |||
y la adecuación del candidato a las necesidades de la Junta Directiva, a través de la evaluación de un conjunto de criterios que deben cumplir los | NO | ||||
S.A. | establecido en la Ley. | ||||
perfiles funcionales y personales de los candidatos, y la verificación del cumplimiento de unos requisitos objetivos para ser miembro de Junta | |||||
Directiva y otros adicionales para ser Miembro Independiente. | |||||
16.5. Además de los requisitos de independencia ya previstos en la Ley 964 de 2005, la sociedad voluntariamente ha adoptado una definición de | |||||
independencia más rigurosa a la establecida en la citada ley. Esta definición ha sido adoptada como marco de referencia a través de su | La Sociedad no posee reglamento de Junta Directiva. En el Reglamento que será presentado en una futura reunión de la Asamblea General de Accionistas; se establecen | ||||
AGROGUACHAL | Reglamento de Junta Directiva, e incluye, entre otros requisitos que deben ser evaluados, las relaciones o vínculos de cualquier naturaleza del | ||||
NO | los requisitos para definir los miembros independientes de Junta Directiva. | ||||
S.A. | candidato a Miembro Independiente con accionistas controlantes o significativos y sus Partes Vinculadas, nacionales y del exterior, y exige una | ||||
doble declaración de independencia: (i) del candidato ante la sociedad, sus accionistas y miembros de la Alta Gerencia, instrumentada a través | |||||
de su Carta de Aceptación y, (ii) de la Junta Directiva, respecto a la independencia del candidato. | |||||
16.6. La sociedad, a través de su normativa interna, considera que la Junta Directiva, por medio de su Presidente y con el apoyo del Comité de | |||||
Nombramientos y Retribuciones o quien cumpla sus funciones, es el órgano más adecuado para centralizar y coordinar con anterioridad a la | |||||
AGROGUACHAL | Asamblea General el proceso de conformación del órgano de administración. De esta forma, los accionistas que con base en su participación | NO | La Junta Directiva no coordina la conformación del órgano; los accionistas llevan a la Asamblea sus candidatos y los someten a consideración. | ||
S.A. | accionaria aspiran a ser parte de la Junta Directiva, pueden conocer las necesidades de la Junta Directiva y plantear sus aspiraciones, negociar | ||||
los equilibrios accionarios y el reparto entre las distintas categorías de miembros, presentar a sus candidatos y aceptar que la idoneidad de sus | |||||
candidatos sea evaluada por el Comité de Nombramientos y Retribuciones antes de la votación en Asamblea General de Accionistas. | |||||
16.7. El Reglamento de la Junta Directiva prevé que la evaluación de la idoneidad de los candidatos es una actividad cuya ejecución es anterior a | La Sociedad no posee Reglamento de Funcionamiento de Junta Directiva, ni la evaluación de candidatos previa a la reunión de Asamblea General de Accionistas. En el | ||||
AGROGUACHAL | la realización de la Asamblea General de Accionistas, de tal forma que los accionistas dispongan de información suficiente (calidades | ||||
NO | Reglamento de Funcionamiento de Junta Directiva que se está construyendo, se establecen los parámetros de esta evaluación de candidatos para la Junta Directiva. | ||||
S.A. | personales, idoneidad, trayectoria, experiencia, integridad, etc.) sobre los candidatos propuestos para integrarla, con la antelación que permita su | ||||
adecuada evaluación. | Artículo 28 inciso 3°; 7; 8 (último inciso). | ||||
17.1. El Reglamento de la Junta Directiva, estipula que los Miembros Independientes y Patrimoniales son siempre mayoría respecto a los | La Sociedad no posee Reglamento de Junta Directiva, pero los miembros independientes son mayoría siempre. En el Reglamento de Funcionamiento de Junta Directiva | ||||
AGROGUACHAL | que se encuentra en construcción, se establece este requisito como uno de los necesarios para ser miembro de la Junta Directiva. Artículo 28 inciso 3°; Artículo 7° Artículo | ||||
Miembros Ejecutivos, cuyo número, en el supuesto de integrarse en la Junta Directiva, es el mínimo necesario para atender las necesidades de | NO | ||||
S.A. | 8° último inciso. | ||||
información y coordinación entre la Junta Directiva y la Alta Gerencia de la sociedad. | |||||
17.2. A partir del porcentaje mínimo del veinticinco por ciento (25%) de Miembros Independientes fijado en la Ley 964 de 2005, la sociedad | La Sociedad no posee Reglamento de Junta Directiva, pero los miembros independientes son mayoría siempre. En el Reglamento de Funcionamiento de Junta Directiva | ||||
AGROGUACHAL | que se encuentra en construcción, se establece este requisito como uno de los necesarios para ser miembro de la Junta Directiva. Artículo 28 inciso 3°; Artículo 7° Artículo | ||||
analiza y voluntariamente ajusta, al alza, el número de Miembros Independientes, teniendo en cuenta, entre otros, que el número de miembros | NO | ||||
S.A. | 8° último inciso. | ||||
independientes guarde relación con el Capital Flotante. | |||||
AGROGUACHAL | 18.1. Las funciones del Presidente de la Junta Directiva se señalan en el Estatuto y sus responsabilidades principales son las que establece la | NO | No, el Estatuto Social no establece funciones del Presidente de la Junta Directiva. En el Reglamento de Funcionamiento de Junta Directiva que será presentado en una | ||
S.A. | recomendación 18.1 | futura reunión de la Asamblea General de Accionistas, se establecen las funciones del Presidente de la Junta Directiva. Artículo 23. | |||
AGROGUACHAL | 18.2. La normativa interna de la sociedad, prevé la posibilidad de que el Presidente de la Junta Directiva pueda contar con un tratamiento | No se establece en el Estatuto Social que el Presidente de la Junta Directiva devengue honorarios diferentes respecto de los demás miembros de la Junta Directiva, así | |||
diferenciado respecto de los demás miembros tanto en sus obligaciones como en su remuneración, como consecuencia del alcance de sus | NO | ||||
S.A. | como tampoco que tenga distinciones especiales respecto del tratamiento por parte de la Administración. | ||||
funciones específicas y su mayor dedicación de tiempo. | |||||
AGROGUACHAL | 18.3. Los Estatutos recogen las reglas para el nombramiento del Secretario de la Junta Directiva entre las que destacan las indicadas en la | NO | El Artículo 76 del Estatuto Socia solamente establece que el Secretario es de libre nombramiento y remoción por parte de la Junta Directiva y determina sus funciones. | ||
S.A. | recomendación 18.3. | ||||
AGROGUACHAL | 18.4. En el Reglamento de la Junta Directiva se establecen las funciones del Secretario, entre las que figuran las señaladas en la recomendación | No existe Reglamento de Junta Directiva, pero las funciones del Secretario se establecen en el Artículo 77 del Estatuto Social. En el Reglamento de Funcionamiento de la | |||
NO | Junta Directiva que será presentado en una futura reunión de Asamblea General de Accionistas y que se encuentra en construcción, se establecen las funciones del | ||||
S.A. | 18.4. | Secretario. Artículo 24. | |||
AGROGUACHAL | 18.5. La Junta Directiva ha constituido un Comité de Nombramientos y Remuneraciones | NO | No se ha constituido Comité de Nombramientos y Remuneraciones de la Sociedad. | ||
S.A. | |||||
AGROGUACHAL | 18.6. La Junta Directiva ha constituido un Comité de Riesgos. | NO | No se ha constituido Comité de Riesgos en la Sociedad. Sus funciones son ejecutadas por el Comité de Auditoría. | ||
S.A. | |||||
AGROGUACHAL | 18.7. La Junta Directiva ha constituido un Comité de Gobierno Corporativo. | NO | No se ha constituido Comité de Gobierno Corporativo en la Sociedad. | ||
S.A. | |||||
AGROGUACHAL | 18.8. Si la sociedad ha considerado que no es necesario constituir la totalidad de estos Comités, sus funciones se han distribuido entre los que | No se ha considerado la necesidad de constituir los comités en mención; estas atribuciones en caso de requerir alguna decisión en estos aspectos se llevarán a la Junta | |||
NO | Directiva o al Comité de Auditoría, la Sociedad se rige por lo estipulado en el Estatuto Social y la Ley. | ||||
S.A. | existen o las ha asumido la Junta Directiva en pleno. | ||||
18.9. Cada uno de los Comités de la Junta Directiva cuenta con un Reglamento Interno que regula los detalles de su conformación, las materias, | No existe Reglamento Interno de Funcionamiento de Junta Directiva ni los comités en mención. El Reglamento de Funcionamiento de Junta Directiva será presentado en | ||||
AGROGUACHAL | funciones sobre las que debe trabajar el Comité, y su operativa, prestando especial atención a los canales de comunicación entre los Comités y | ||||
NO | una futura reunión de Asamblea General de Accionistas. | ||||
S.A. | la Junta Directiva y, en el caso de los Conglomerados, a los mecanismos de relacionamiento y coordinación entre los Comités de la Junta | ||||
Directiva de la Matriz y los de las empresas Subordinadas, si existen. | |||||
AGROGUACHAL | 18.10. Los Comités de la Junta Directiva están conformados exclusivamente por Miembros Independientes o Patrimoniales, con un mínimo de | ||||
tres (3) integrantes y presididos por un Miembro Independiente. En el caso del Comité de Nombramientos y Remuneraciones, los Miembros | NO | No existen Comités de Junta Directiva, excepto por el Comité de Auditoría. El Comité de Auditoría sí está integrado por miembros independientes. | |||
S.A. | |||||
Independientes, son siempre la mayoría. | |||||
No existen Comités de Junta Directiva, el Comité de Auditoría sí puede obtener apoyo de expertos externos, así lo dispone el Estatuto Social en el Artículo 103 último | |||||
AGROGUACHAL | 18.11. Los Comités de la Junta Directiva pueden obtener el apoyo, puntual o de forma permanente, de miembros de la Alta Gerencia con | NO | inciso. En el Reglamento de Funcionamiento de la Junta Directiva que será presentado en una futura reunión de Asamblea General de Accionistas y que se encuentra en | ||
S.A. | experiencia sobre las materias de su competencia y/o de expertos externos. | construcción, es establece también esta facultad al Comité de Auditoría. Artículo 39 inciso último y Artículo 40. | |||
AGROGUACHAL | 18.12. Para la integración de sus Comités, la Junta Directiva toma en consideración los perfiles, conocimientos y experiencia profesional de los | NO | No existen Comités de Junta Directiva, la Sociedad solo tiene Comité de Auditoría. | ||
S.A. | miembros en relación con la materia objeto del Comité. | ||||
AGROGUACHAL | 18.13. De las reuniones de los Comités se levanta acta, cuya copia se remite a todos los miembros de la Junta Directiva de la sociedad. Si los | La Sociedad no posee Comités de Junta Directiva, salvo el Comité de Auditoría, regulado por el Estatuto Social. Las Actas de dicho Comité se llevan conforme a los | |||
Comités cuentan con facultades delegadas para la toma de decisiones, las actas se ajustan a lo exigido en los artículos 189 y 431 del Código de | NO | Artículos 189 y 431 del Código de Comercio. | |||
S.A. | |||||
Comercio. | |||||
18.14. Salvo que el marco legal o regulatorio aplicable exija su constitución, en el caso de los Conglomerados la normativa interna prevé que las | |||||
AGROGUACHAL | Juntas Directivas de las Empresas Subordinadas pueden optar por no constituir Comités específicos para el tratamiento de ciertas materias y ser | NO | La Sociedad no es matriz, ni filial, ni subordinada de otra, es una Sociedad autónoma e independiente y no pertenece a conglomerado alguno. | ||
S.A. | éstas tareas asumidas por los Comités de la Junta Directiva de la Matriz, sin que esto suponga una transferencia hacia la matriz de la | ||||
responsabilidad de las Juntas Directivas de las empresas subordinadas. | |||||
18.15. La principal tarea del Comité de Auditoría es asistir a la Junta Directiva en su función de supervisión mediante la evaluación de los | El Artículo 108 del Estatuto Social expresamente consagra estas funciones al Comité de Auditoría. | ||||
AGROGUACHAL | |||||
procedimientos contables, el relacionamiento con el Revisor Fiscal y, en general, la revisión de la Arquitectura de Control de la Sociedad, incluida | SI | 2010-07-22 | |||
S.A. | Así mismo, el Comité se reunió en diversas ocasiones durante el año, con el fin de ejecutar y cumplir sus funciones. | ||||
la auditoría del sistema de gestión de riesgos implementado por la sociedad. | |||||
AGROGUACHAL | 18.16. Los miembros del Comité de Auditoría cuentan con conocimientos contables, financieros y otras materias asociadas, lo que les permite | NO | En el Reglamento de Funcionamiento de la Junta Directiva que será presentado en una futura reunión de Asamblea General de Accionistas y que se encuentra en | ||
S.A. | pronunciarse con rigor sobre los temas competencia del Comité con un nivel suficiente para entender su alcance y complejidad. | construcción, se establecen las competencias y conocimientos que deben tener los miembros del Comité de Auditoría. Artículos 31, 32 y 34. | |||
AGROGUACHAL | 18.17. A solicitud del Presidente de la Asamblea, el Presidente del Comité de Auditoría, informa a la Asamblea General de Accionistas sobre | NO | El Comité de Auditoría no elabora informes para la Asamblea General de Accionistas; se comunica con la Junta Directiva para plantear inquietudes y hallazgos. | ||
S.A. | aspectos concretos del trabajo realizado por el Comité, como por ejemplo, el análisis del alcance y contenido del Informe del Revisor Fiscal. | ||||
AGROGUACHAL | 18.18. El Reglamento Interno del Comité de Auditoría le atribuye las funciones que señala la recomendación 18.18. | NO | El Comité de Auditoría no posee Reglamento Interno de Funcionamiento, se rige por lo estipulado en el Estatuto Social y la Ley. | ||
S.A. | |||||
18.19. El principal objetivo del Comité de Nombramientos y Retribuciones es apoyar a la Junta Directiva en el ejercicio de sus funciones de | |||||
AGROGUACHAL | carácter decisorio o de asesoramiento asociadas a las materias de nombramientos y remuneración de los miembros de la Junta Directiva y de la | NO | No existe Comité de Nombramientos y Retribuciones en la Sociedad. | ||
S.A. | Alta Gerencia y vigilar la observancia de las reglas de Gobierno Corporativo, revisando periódicamente su cumplimiento, recomendaciones y | ||||
principios (en aquellos casos en que esta función no está atribuida expresamente a otro comité de la sociedad). | |||||
AGROGUACHAL | 18.20. Algunos miembros del Comité de Nombramientos y Retribuciones poseen conocimientos en estrategia, recursos humanos (reclutamiento | No existe Comité de Nombramientos y Retribuciones en la Sociedad. | |||
y selección, contratación, capacitación, administración o gestión del personal), política salarial y materias afines, con un nivel suficiente para | NO | ||||
S.A. | |||||
entender el alcance y la complejidad que estas materias presenten en la sociedad. | |||||
AGROGUACHAL | 18.21. A solicitud del Presidente de la Asamblea, el Presidente del Comité de Nombramientos y Retribuciones, puede informar a la Asamblea | No existe Comité de Nombramientos y Retribuciones en la Sociedad. | |||
General de Accionistas sobre aspectos concretos del trabajo realizado por el Comité, como por ejemplo el seguimiento de las políticas de | NO | ||||
S.A. | |||||
remuneración de la Junta Directiva y Alta Gerencia. | |||||
AGROGUACHAL | 18.22. El Reglamento Interno del Comité de Nombramientos y Retribuciones le atribuye las funciones que señala la recomendación 18.22. | NO | No existe Comité de Nombramientos y Retribuciones en la Sociedad. | ||
S.A. | |||||
AGROGUACHAL | 18.23. El principal objetivo del Comité de Riesgos es asistir a la Junta Directiva en el cumplimiento de sus responsabilidades de supervisión en | NO | No existe Comité de Riesgos en la Sociedad, estas funciones están siendo desarrolladas por el Comité de Auditoría. | ||
S.A. | relación con la gestión de riesgos. | ||||
AGROGUACHAL | 18.24. A petición del Presidente de la Asamblea, el Presidente del Comité de Riesgos puede informar a la Asamblea General de Accionistas | NO | No existe Comité de Riesgos en la Sociedad, estas funciones están siendo desarrolladas por el Comité de Auditoría. | ||
S.A. | sobre aspectos concretos del trabajo realizado por el Comité. | ||||
AGROGUACHAL | 18.25. Con los ajustes que sean necesarios para distinguir entre sociedades que pertenecen al sector financiero o al sector real de la economía, y | ||||
sin perjuicio de las funciones asignadas a este comité por las normas vigentes, el Reglamento Interno del Comité de Riesgos le atribuye las | NO | No existe Comité de Riesgos en la Sociedad, estas funciones están siendo desarrolladas por el Comité de Auditoría. | |||
S.A. | |||||
funciones establecidas en la recomendación 18.25. | |||||
AGROGUACHAL | 18.26. El principal cometido del Comité de Gobierno Corporativo es asistir a la Junta Directiva en sus funciones de propuestas y de supervisión | NO | La Sociedad no ha adoptado Comité de Gobierno Corporativo. | ||
S.A. | de las medidas de Gobierno Corporativo adoptadas por la sociedad. | ||||
AGROGUACHAL | 18.27. El Reglamento Interno del Comité de Gobierno Corporativo le atribuye las funciones que señala la recomendación 18.27. | NO | La Sociedad no ha adoptado Comité de Gobierno Corporativo. | ||
S.A. | |||||
AGROGUACHAL | 19.1 El Presidente de la Junta Directiva con la asistencia del Secretario y del Presidente de la sociedad prepara un plan de trabajo de la Junta | La Junta Directiva junto con su Presidente y la asistencia del Secretario y Gerente de la Sociedad, si define al inicio de cada periodo su cronograma de reuniones y su plan | |||
Directiva para el periodo evaluado, herramienta que facilita determinar el número razonable de reuniones ordinarias por año y su duración | SI | 2019-04-05 | |||
S.A. | de trabajo. | ||||
estimada. | |||||
AGROGUACHAL | 19.2. Salvo las entidades sometidas a vigilancia que por su régimen están obligadas mínimo a una (1) reunión por mes, la Junta Directiva de la | SI | Para el periodo 2020 - 2021, la Junta Directiva definió en su cronograma de reuniones un total de ocho (8) reuniones ordinarias y las cuales fueron materializadas en | 2019-04-05 | |
S.A. | sociedad celebra entre ocho (8) y doce (12) reuniones ordinarias por año. | debida forma. | |||
AGROGUACHAL | 19.3. Una (1) o dos (2) reuniones por año de la Junta Directiva tienen un foco claramente orientado a la definición y seguimiento de la estrategia | NO | En cada reunión se realiza el control de la estrategia; no existe una reunión específica para tal fin. | ||
S.A. | de la sociedad. | ||||
AGROGUACHAL | 19.4. La Junta Directiva aprueba un calendario concreto de sesiones ordinarias, sin perjuicio de que, con carácter extraordinario, pueda reunirse | SI | La Junta Directiva sí aprobó para el periodo 2020 - 2021 un calendario de reuniones ordinarias y lo cumplió a cabalidad. | 2019-04-05 | |
S.A. | cuantas veces sea necesario. | ||||
AGROGUACHAL | 19.5. Junto con la convocatoria de la reunión y, como mínimo, con una antelación de cinco (5) días comunes, se entregan a los miembros de la | Se envían además de los Estados Financieros, los documentos en su mayoría relacionados con cada punto del orden del día, la antelación en algunas oportunidades es de | |||
Junta Directiva los documentos o la información asociada a cada punto del Orden del Día, para que sus miembros puedan participar activamente | NO | 2 días. | |||
S.A. | |||||
y tomen las decisiones de forma razonada. | |||||
19.6. El Presidente de la Junta Directiva asume, con el concurso del Secretario de la Junta Directiva, la responsabilidad última de que los | La Sociedad no tiene actualmente en el Estatuto Social lo establecido en esta recomendación. En el Reglamento de Funcionamiento de la Junta Directiva que será | ||||
AGROGUACHAL | presentado en una futura reunión de Asamblea General de Accionistas y que se encuentra en construcción, se establece esta responsabilidad en los mismos términos de | ||||
miembros reciban la información con antelación suficiente y que la información sea útil, por lo que en el conjunto de documentos que se entrega | NO | ||||
S.A. | esta recomendación. | ||||
(dashboard de la Junta Directiva) debe primar la calidad frente a la cantidad. | |||||
AGROGUACHAL | 19.7. La responsabilidad última de la preparación del Orden del Día de las reuniones de la Junta Directiva corresponde al Presidente de la Junta | La responsabilidad última de la preparación del orden del día de las reuniones de la Junta Directiva de la Sociedad corresponde al Presidente de la Junta Directiva, con | |||
Directiva y no al Presidente de la sociedad, y se estructura de acuerdo con ciertos parámetros que permitan seguir un orden lógico de la | NO | quien se discuten los asuntos a tratar para disponer un orden lógico de presentación de los mismos. No obstante, esto no se encuentra formalizado en documento alguno. | |||
S.A. | |||||
presentación de los temas y los debates. | |||||
AGROGUACHAL | 19.8. En el Informe Anual de Gobierno Corporativo y en la página Web corporativa, la sociedad hace pública la asistencia de los miembros a las | NO | No existe Informe Anual de Gobierno Corporativo en la Sociedad, ni se publica en su página web la asistencia de los miembros de Junta Directiva a las reuniones. | ||
S.A. | reuniones de la Junta Directiva y sus Comités. | ||||
19.9. Anualmente la Junta Directiva evalúa la eficacia de su trabajo como órgano colegiado, la de sus Comités y la de los miembros | |||||
AGROGUACHAL | individualmente considerados, incluyendo la evaluación por pares, así como la razonabilidad de sus normas internas y la dedicación y | En la Sociedad no se evalúa la gestión de la Junta Directiva. En el Reglamento de Funcionamiento de la Junta Directiva que será presentado en una futura reunión de | |||
rendimiento de sus miembros, proponiendo, en su caso, las modificaciones a su organización y funcionamiento que considere pertinentes. En el | NO | Asamblea General de Accionistas y que se encuentra en construcción, se establece esta evaluación. Artículo 28. | |||
S.A. | |||||
caso de Conglomerados, la Junta Directiva de la matriz exige que el proceso de evaluación se lleve a cabo también en las Juntas Directivas de | |||||
las Empresas Subordinadas. | |||||
AGROGUACHAL | En la Sociedad no se evalúa la gestión de la Junta Directiva. En el Reglamento de Funcionamiento de la Junta Directiva que será presentado en una futura reunión de | ||||
19.10. La Junta Directiva alterna la técnica de la autoevaluación interna con la evaluación externa realizada por asesores independientes. | NO | Asamblea General de Accionistas y que se encuentra en construcción, se establece esta evaluación. Artículo 28. | |||
S.A. | |||||
AGROGUACHAL | 20.1. El Reglamento de la Junta Directiva complementa lo dispuesto en el marco normativo, en relación con los deberes y derechos de los | NO | La Sociedad no tiene Reglamento de Junta Directiva. En el Reglamento de Funcionamiento de la Junta Directiva que será presentado en una futura reunión de Asamblea | ||
S.A. | miembros de la Junta Directiva. | General de Accionistas y que se encuentra en construcción, se establecen los derechos y deberes de los Miembros de Junta Directiva. Artículos 25, 26, 27, 28 y 29. | |||
AGROGUACHAL | 20.2. El Reglamento de la Junta Directiva desarrolla el entendimiento de la sociedad respecto a los deberes de los miembros de la Junta | NO | La Sociedad no tiene Reglamento de Junta Directiva. En el Reglamento de Funcionamiento de la Junta Directiva que será presentado en una futura reunión de Asamblea | ||
S.A. | Directiva a que se refiere la recomendación 20.2. | General de Accionistas y que se encuentra en construcción, se establecen los deberes de los Miembros de Junta Directiva. Artículos 27 numerales 3, 5, 6 y 7. | |||
AGROGUACHAL | 20.3. El Reglamento de la Junta Directiva desarrolla el contenido de los derechos de los miembros de la Junta Directiva que establece la | NO | La Sociedad no tiene Reglamento de Junta Directiva. En el Reglamento de Funcionamiento de la Junta Directiva que será presentado en una futura reunión de Asamblea | ||
S.A. | recomendación 20.3. | General de Accionistas y que se encuentra en construcción, se establecen los derechos de los miembros de Junta Directiva. Artículos 25, 4, 26, 40, y 24 numeral 9°. | |||
AGROGUACHAL | 21.1. La sociedad cuenta con una política y un procedimiento definido y formalizado en la normativa interna para el conocimiento, administración | ||||
y resolución de las situaciones de conflicto de interés, ya sean directos o indirectos a través de Partes Vinculadas, que pueden afectar a los | NO | La Sociedad no tiene actualmente en el Estatuto Social o Reglamento o documento equivalente, lo establecido en esta recomendación. | |||
S.A. | |||||
miembros de la Junta Directiva y demás Administradores. | |||||
21.2. El procedimiento para la gestión de los conflictos de interés distingue la naturaleza de los mismos, diferenciando entre conflicto de interés | |||||
AGROGUACHAL | esporádico o permanente. Si el conflicto de interés es esporádico, el procedimiento aplicable indica las reglas y pasos a seguir, que deben ser | La Sociedad no tiene actualmente entre sus políticas, el establecimiento de la administración de las situaciones de conflicto de interés, de que trata esta recomendación. | |||
relativamente fáciles de administrar y difícil de eludir para el afectado. Para el caso de conflictos de interés de carácter permanente, el | NO | En el Reglamento de Funcionamiento de la Junta Directiva que será presentado en una futura reunión de Asamblea General de Accionistas y que se encuentra en | |||
S.A. | |||||
procedimiento considera que si esta situación afecta al conjunto de las operaciones de la sociedad, debe entenderse como una causal de | construcción, se establecen principios relacionados con los intereses de la Sociedad. 3 principio, Artículos 19 y 29. | ||||
renuncia obligatoria por parte del afectado ya que le imposibilita para ejercer el cargo. | |||||
21.3. Los miembros de la Junta Directiva, Representantes Legales, miembros de la Alta Gerencia y demás Administradores de la sociedad | |||||
AGROGUACHAL | informan periódicamente a la Junta Directiva de las relaciones, directas o indirectas, que mantengan entre ellos, o con otras entidades o | ||||
estructuras pertenecientes al Conglomerado del que hace parte el emisor, o con el emisor, o con proveedores, o con clientes o con cualquier otro | NO | No informan periódicamente sus relaciones; lo hacen cuando lo consideran pertinente. | |||
S.A. | |||||
Grupo de Interés, de las que pudieran derivarse situaciones de conflicto de interés o influir en la dirección de su opinión o voto, construyendo así | |||||
un "mapa de Partes Vinculadas" de los Administradores. | |||||
AGROGUACHAL | 21.4. Las situaciones de conflicto de interés relevante entendidos como aquellos que obligarían al afectado a abstenerse de una reunión y/o | No se publica este tipo de información en la página WEB de la Sociedad. | |||
votación, en que se encuentren los miembros de la Junta Directiva y demás Administradores, son recogidas en la información pública que con | NO | ||||
S.A. | |||||
carácter anual publica la sociedad en su página Web. | |||||
AGROGUACHAL | 21.5. Para estos efectos, la definición de Parte Vinculada que aplica la sociedad es consistente con la Norma Internacional de Contabilidad nº 24 | NO | La Sociedad no tiene definido formalmente el concepto de Parte Vinculada. | ||
S.A. | (NIC 24). | ||||
AGROGUACHAL | 22.1. La sociedad cuenta con una política que define el procedimiento concreto para la valoración, aprobación y revelación de las operaciones | ||||
con Partes Vinculadas, incluidos los saldos pendientes y relaciones entre ellas, salvo para aquellas operaciones que cuenten con una regulación | NO | La Sociedad no tiene una política formal documentada para el procedimiento en mención. | |||
S.A. | |||||
específica, | |||||
AGROGUACHAL | 22.2. La política de la sociedad sobre operaciones con vinculadas aborda los aspectos de que trata la recomendación 22.2. | NO | La Sociedad no tiene una política formal documentada respecto de operaciones con vinculadas. | ||
S.A. | |||||
22.3 La política prevé que no requieren de autorización expresa por parte de la Junta Directiva, las operaciones vinculadas recurrentes propias | |||||
AGROGUACHAL | del giro ordinario realizadas en virtud de contratos de adhesión, o contratos marco generales, cuyas condiciones están perfectamente | NO | La Sociedad no tiene una política formal documentada respecto de operaciones con vinculadas. | ||
S.A. | estandarizadas, se aplican de forma masiva, y son realizadas a precios de mercado, fijados con carácter general por quien actúa como | ||||
suministrador del bien o servicio del que se trate, y cuya cuantía individual no sea relevante para la sociedad. | |||||
23.1. La sociedad cuenta con una política de remuneración de la Junta Directiva, aprobada por la Asamblea General de Accionistas y revisada | |||||
cada año, que identifica todos los componentes retributivos que efectivamente se pueden satisfacer. Estos componentes pueden ser fijos o | |||||
AGROGUACHAL | variables. Pueden incluir honorarios fijos por ser miembro de la Junta Directiva, honorarios por asistencia a las reuniones de la Junta y/o sus | ||||
Comités y otros emolumentos de cualquier clase devengados en el curso del ejercicio, cualquiera que sea su causa, en dinero o en especie, así | NO | La Sociedad no tiene política de remuneración de la Junta Directiva; los honorarios de sus miembros los aprueba la Asamblea General de Accionistas. | |||
S.A. | |||||
como las obligaciones contraídas por la sociedad en materia de pensiones o de pago de primas de seguros de vida, u otros conceptos, respecto | |||||
tanto de los miembros antiguos como actuales, así como aquellas primas de seguro por responsabilidad civil (pólizas D&O) contratadas por la | |||||
compañía a favor de los miembros de la Junta Directiva. | |||||
23.2. Si la sociedad adopta sistemas de remuneración mediante el reconocimiento de un componente variable vinculado a la buena marcha de la | |||||
AGROGUACHAL | sociedad en el medio y largo plazo, la política de remuneración incorpora límites a la cuantía que se puede distribuir la Junta Directiva y, si el | NO | La Sociedad no tiene política de remuneración de la Junta Directiva; los honorarios de todos sus miembros son fijos y los aprueba la Asamblea General de Accionistas. | ||
S.A. | componente variable está relacionado con los beneficios de la sociedad u otros indicadores de gestión al cierre del periodo evaluado, debe tomar | ||||
en cuenta las eventuales salvedades que figuren en el informe del Revisor Fiscal y que podrían minorar los resultados del periodo. | |||||
AGROGUACHAL | 23.3. Los Miembros Patrimoniales e Independientes de la Junta Directiva quedan expresamente excluidos de sistemas retributivos que incorporan | La Sociedad no tiene política de remuneración de la Junta Directiva; los honorarios de todos sus miembros, sin distinción alguna, los aprueba la Asamblea General de | |||
NO | Accionistas. | ||||
S.A. | opciones sobre acciones o una retribución variable vinculada a la variación absoluta de la cotización de la acción. |
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