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Información Relevante

Diciembre 23 de 2022

En cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3º del literal c) del artículo

5.2.4.1.5 del Decreto 2555 de 2010, la BMC Bolsa Mercantil de Colombia S.A. - en adelante "la Bolsa"- informa al mercado la modificación de un contrato relevante, en los siguientes términos:

  1. La Junta Directiva de la Bolsa, en Sesión Extraordinaria No. 651 del dieciocho (18) de enero de 2022, autorizó a la Presidente de la Bolsa para celebrar el Contrato de Prestación de Servicios No. 20220395 con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR, cuyo objeto es el siguiente: "Prestar sus servicios como Bolsa Mercantil de Colombia para el desarrollo de las actividades que promuevan la competitividad del sector agropecuario, a través del apoyo a la producción, comercialización, abastecimiento, almacenamiento de excedentes, incentivos, compras públicas y promoción al consumo de productos agrícolas, forestales pecuarios, pesqueros y acuícolas, en el marco de política sectorial".
  2. Dentro de las obligaciones específicas de la Bolsa, establecidas en la cláusula segunda del Contrato No. 20220395, se estipuló lo siguiente:

"2. Ejecutar los proyectos y programas que faciliten la producción, comercialización, a través de instrumentos como, compensaciones de precios, apoyos directos, coberturas, incentivos al almacenamiento de productos, incentivo a la producción, comercialización, transformación, transporte, compras públicas, estímulos a la producción y oferta excedentaria estacional, campañas de promoción al consumo, compras públicas, estímulos a la producción y oferta excedentaria estacional, de conformidad al Plan Operativo que apruebe el Comité Administrativo, y las resoluciones expedidas por el MINISTERIO.

(… )

6. Realizar la contratación derivada a que haya lugar, para el cumplimiento del objeto contractual,estos se sujetaran a los requisitos establecidos por LA BOLSA - BMC, sin perjuicio de los lineamientos que dicte el MINISTERIO o el Comité Administrativo del Contrato, así como de las obligaciones de vigilancia de estos contratos por parte del Ministerio, lo anterior de acuerdo con lo establecido en el Manual de Contratación, Supervisión e interventoría, numeral 5.7 (del 5.7.1 al 5.7.5) del MINISTERIO." (Subrayado fuera de texto)

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3. En cumplimiento de las obligaciones del señalado Contrato No. 20220395, el dieciocho (18) de agosto de 2022, la Bolsa celebró el Contrato de Prestación de Servicios No. 2022 - 004 con la CORPORACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN Y EL FOMENTO EMPRESARIAL -CEFIN, el cual inició su ejecución con la aprobación de las garantías exigidas, el veinticuatro (24) de agosto 2022 y cuyo objeto es el siguiente:

"(…) CEFIN, de manera independiente, sin subordinación, utilizando sus propios medios, elementos de trabajo, con su propio personal y con plena autonomía técnica, administrativa y directiva, se obliga con LA BOLSA a la prestación de sus servicios, para la ejecución del Programa para el fortalecimiento productivo, de postcosecha y de comercialización de pequeños y medianos productores a través de la implementación de Buenas Prácticas Agrícolas y Huerto Exportador, por medio del levantamiento de información y evaluación de predios, entrega de Kits, acompañamiento técnico y capacitaciones, en los términos y condiciones establecidos en este Contrato, en la Invitación y en los Lineamientos remitidos por el MINISTERIO."

  1. La cuantía del Contrato No. 2022 - 004 es por un valor de NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS DOCE PESOS MONEDA CORRIENTE ($9.151.219.512) IVA INCLUIDO, y su término de duración inicial era hasta el quince (15) de diciembre de 2022.
  2. El veintiocho (28) de noviembre de 2022, la Bolsa y la CORPORACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN Y EL FOMENTO EMPRESARIAL - CEFIN suscribieron el Otrosí No. 1 al Contrato No. 2022-004, el cual se perfeccionó, el seis (6) de diciembre de 2022, con la aprobación de las garantías exigidas.
  3. Mediante el citado Otrosí No. 1 al Contrato No. 2022 - 004, se modificó la CLÁUSULA TERCERA - ALCANCE, para ajustar el objeto del Programa, con el fin de aclarar que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) emite un
    "Registro" y no una "Certificación" para los cultivos que deseen ser reconocidos como "Huerto Exportador", así como reemplazar el
    Departamento de Arauca, por el Departamento de Risaralda y el Departamento de Valle del Cauca para la línea productiva de Plátano, de acuerdo con las modificaciones aprobadas por el Comité Administrativo del Contrato No. 20220395 mediante Acta No. 15 del dieciocho (18) de octubre de 2022.
  4. El quince (15) de diciembre de 2022, la Bolsa y la CORPORACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN Y EL FOMENTO EMPRESARIAL - CEFIN, suscribieron el Otrosí No. 2 al Contrato No. 2022-004, el cual se perfeccionó, el veintitrés (23) de diciembre de 2022, con la aprobación de las garantías exigidas.

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8. Mediante el referido Otrosí No. 2 al Contrato No. 2022 - 004, se modificó la cláusula SÉPTIMA. - DURACIÓN DEL CONTRATO, para prorrogar el plazo de ejecución del Contrato hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022.

Bogotá D.C., 23 de diciembre de 2022

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BMC - Bolsa Mercantil de Colombia SA published this content on 23 December 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 23 December 2022 22:01:02 UTC.