política de dividendos

1. Si la Sociedad, de conformidad con los Estados Financieros Auditados correspondientes al ejercicio y luego de cumplir con las detracciones de ley y estatutarias y demás obligaciones, tuviera utilidades del ejercicio de libre disposición, éstas se destinarán a una cuenta de resultados acumulados. En base a esta cuenta de resultados acumulados, se acordará la distribución de dividendos, sometiéndose a decisión de la junta obligatoria anual correspondiente dicha distribución. El pago de estos dividendos deberá ser realizado dentro de los sesenta (60) días calendarios posteriores al acuerdo societario correspondiente.

2. La junta general de accionistas podrá acordar la distribución de dividendos de la siguiente manera:

a) Las utilidades retenidas contabilizadas en la cuenta de Resultados Acumulados y que sean de libre disposición, se distribuirán vía dividendo en efectivo, el cual será equivalente al 5% del valor nominal de las acciones emitidas y pagadas al momento de convocarse la Junta, pudiendo alcanzar el monto a distribuir hasta el 50% de las utilidades de libre disposición.

b) De ser el caso que el 5% del valor nominal de las acciones emitidas al momento de convocarse la Junta, sea inferior al 50% de las utilidades de libre disposición obtenidas al cierre del ejercicio anual, la Junta podrá distribuir un mayor dividendo en efectivo, cuyo tope será el equivalente al 50% de las utilidades de libre disposición, previa aprobación de la junta general de accionistas.

c) No podrán ser distribuidos dividendos a cuenta.

d) Se podrá delegar en el Directorio la determinación de la oportunidad para la distribución de dividendos.

3. La política de dividendos estará vigente por tiempo indefinido, y podrá ser modificada por decisión de la Junta General de Accionistas, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones específicas aplicables a la distribución de dividendos en las normas del mercado de valores aplicables. En ese sentido, esta nueva política de dividendos sólo será aplicable 30 días hábiles luego de su aprobación y comunicación como Hecho de Importancia.

Chongoyape, 30 de marzo del 2023

EMPRESA AGRÍCOLA SAN JUAN SA

Attachments

  • Original Link
  • Original Document
  • Permalink

Disclaimer

Empresa Agrícola San Juan SA published this content on 30 March 2023 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 30 March 2023 22:54:11 UTC.