PERÚ

Ministerio

SMV

INTERNAL

Superintendencia del Mercado

de Economía y Finanzas

de Valores

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"

"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional" "Año del Bicentenario de Congreso de la República del Perú"

Resolución de Intendencia General SMV

Nº 086-2022-SMV/11.1

Lima, 12 de diciembre de 2022

El Intendente General de Supervisión de Conductas

Vistos:

El Expediente Nº 2022045568, así como el Informe Interno N° 1718-2022-SMV/11.1 del 12 de diciembre de 2022, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados.

Considerando:

Que, mediante escrito presentado el 11 de noviembre de 2022, Enel Distribución Perú S.A.A. (antes, Edelnor S.A.A.) solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, a través del sistema de Ventanilla Única, la exclusión de los valores mobiliarios denominados «Cuarto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Quinta Emisión», «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Primera Emisión» y «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Novena Emisión» del Registro Público del Mercado de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, por cancelación total de las obligaciones derivadas de los mismos;

Que, se ha verificado que mediante Resolución Directoral de Emisores Nº 066-2009-EF/94.06.3 del 29 de octubre de 2009, en el marco de un trámite anticipado, se inscribió el programa de emisión denominado «Cuarto Programa de Bonos Corporativos de Edelnor», hasta por un monto máximo en circulación de US$ 150'000,000.00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Soles, y se registró el Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores;

Que, el 26 de julio de 2010, mediante un procedimiento de aprobación automática y en el marco del «Cuarto Programa de Bonos Corporativos de Edelnor», se inscribieron los valores mobiliarios denominados «Cuarto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Quinta Emisión», hasta por un monto máximo de S/ 60'000,000.00 (Sesenta Millones y 00/100 Soles), y se registró el Complemento del Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores y, posteriormente, en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;

Que, asimismo, se ha verificado que mediante Resolución de Intendencia General Nº 042-2013-SMV/11.1 del 30 de abril de 2013, en el marco de un trámite anticipado, se inscribió el programa de emisión denominado «Quinto Programa de Bonos Corporativos de Edelnor», por un monto máximo en circulación de US$ 300,000,000.00 (Trescientos Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Soles, y se registró el Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores;

Firmado Digitalmente por:

PILAR MILAGROS CANO LOLI

Fecha: 13/12/2022 04:38:10 p.m.

1

PERÚ

Ministerio

SMV

INTERNAL

Superintendencia del Mercado

de Economía y Finanzas

de Valores

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"

"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional" "Año del Bicentenario de Congreso de la República del Perú"

Que, el 30 de abril de 2013 y el 24 de enero de 2014, mediante procedimientos de aprobación automática y en el marco del «Quinto Programa de Bonos Corporativos de Edelnor», se inscribieron los valores mobiliarios denominados «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Primera Emisión» y «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Novena Emisión», respectivamente, ambos hasta por un monto máximo de S/ 100'000,000.00 (Cien Millones y 00/100 Soles), registrándose los correspondientes Complementos del Prospecto Marco, en el Registro Público del Mercado de Valores y, posteriormente, en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;

Que, de la evaluación de la documentación presentada por Enel Distribución Perú S.A.A., se ha verificado la cancelación total de las obligaciones derivadas de los valores mobiliarios denominados «Cuarto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Quinta Emisión», «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Primera Emisión» y «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Novena Emisión»;

Que, Enel Distribución Perú S.A.A. ha presentado la información y documentación requerida por la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus normas modificatorias; así como por el Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV N° 031-2012-SMV/01 y sus normas modificatorias, a efectos de la exclusión de los valores mobiliarios denominados «Cuarto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Quinta Emisión», «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Primera Emisión» y «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Novena Emisión»;

Que, el artículo 37, literal b), de la Ley del Mercado de Valores; así como los artículos 20 y 23 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, establecen que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores tiene lugar por resolución fundamentada de la SMV, cuando opere la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa;

Que, respecto a la obligación de realizar una Oferta Pública de Compra por Exclusión - OPC cuando se excluya un valor del Registro Público del Mercado de Valores, establecida en el artículo 38 de la Ley del Mercado de Valores y en el artículo 32 del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución CONASEV N° 009-2006-EF/94.10 y sus normas modificatorias, se debe señalar que la exclusión de los valores mobiliarios «Cuarto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Quinta Emisión», «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Primera Emisión» y «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Novena Emisión», se encuentra dentro de la causal de excepción para la no realización de una OPC, contemplada en el artículo 23 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, así como en el artículo 37, inciso a), del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión;

Que, el artículo 7, numeral 6, de la Política sobre Difusión de Proyectos Normativos, Normas Legales de Carácter General, Agenda Regulatoria y Otros Actos Administrativos de la SMV, aprobada por Resolución SMV Nº 014-2014- SMV/01 y sus normas modificatorias, establece que las decisiones contenidas en resoluciones administrativas que resuelvan la exclusión de valores mobiliarios del Registro Público del Mercado de Valores deben ser objeto de difusión a través del Portal

2

PERÚ

Ministerio

SMV

INTERNAL

Superintendencia del Mercado

de Economía y Finanzas

de Valores

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"

"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional" "Año del Bicentenario de Congreso de la República del Perú"

del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 37, literal b), de la Ley del Mercado de Valores; los artículos 19, 20, 21 y 23 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa; así como por el artículo 46, numeral 6, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus modificatorias, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores.

Resuelve:

Artículo 1°.-Disponer la exclusión de los valores mobiliarios denominados «Cuarto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Quinta Emisión», correspondiente al «Cuarto Programa de Bonos Corporativos de Edelnor», del Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 2°.-Disponer la exclusión de los valores mobiliarios denominados «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Primera Emisión» y «Quinto Programa de Bonos Corporativos Edelnor - Novena Emisión», correspondientes al «Quinto Programa de Bonos Corporativos de Edelnor», del Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 3°.-Pronunciarse a favor de la exclusión de los valores señalados en los artículos precedentes del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima.

Artículo 4°.-Difundir la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV (www.smv.gob.pe).nia

Artículo 5°.-Transcribir la presente resolución a Enel Distribución Perú S.A.A., en calidad de emisor; al Banco BBVA Perú, en calidad de Representante de los Obligacionistas del «Cuarto Programa de Bonos Corporativos de Edelnor»; al Banco Internacional del Perú S.A.A. - INTERBANK, en calidad de Representante de los Obligacionistas del «Quinto Programa de Bonos Corporativos de Edelnor»; a la Bolsa de Valores de Lima S.A.; y, a CAVALI S.A. I.C.L.V.

Regístrese, comuníquese y difúndase.

Alix Godos

Intendente General

Intendencia General de Supervisión de Conductas

3

Attachments

  • Original Link
  • Original Document
  • Permalink

Disclaimer

Enel Distribución Perú SAA published this content on 13 December 2022 and is solely responsible for the information contained therein. Distributed by Public, unedited and unaltered, on 13 December 2022 21:55:00 UTC.